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Observación (CEACR) - Adopción: 2024, Publicación: 113ª reunión CIT (2025)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Uzbekistán (Ratificación : 2008)

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La Comisión toma note de las observaciones de la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA), recibidas el 31 de agosto de 2023.
Artículos 3, a) y d) y 7, 1) del Convenio. Peores formas de trabajo infantil y sanciones. Trabajo forzoso u obligatorio en la producción de algodón y trabajo peligroso. La Comisión toma nota, a partir de la memoria del Gobierno, de la adopción de la Resolución del Consejo de Ministros núm. 290, de 14 de julio de 2023, por la que se aprueba la nueva lista de trabajos pesados y en condiciones nocivas o peligrosas en los que está prohibido emplear a menores de 18 años de edad. La Comisión toma nota de que, como se establecía en la Resolución anterior, sigue estando prohibido que los niños trabajen en el riego y la recolección del algodón.
Asimismo, la Comisión toma nota de que el Gobierno señala que, en 2022, los grupos nacionales de supervisión llevaron a cabo actividades de supervisión del trabajo infantil y forzoso en la producción de algodón en 398 explotaciones agrícolas. Además, se realizaron encuestas en 21 centros de formación profesional, 298 escuelas de enseñanza general, 103 instituciones sanitarias, 15 entidades empresariales, 112 khokimiyat (administraciones locales) y a 2 453 personas en 151 asambleas ciudadanas. El Gobierno indica que los resultados del seguimiento nacional muestran que, en 2022, no se registraron casos de trata ni de participación forzosa de trabajadores en la temporada de recolección del algodón. La Comisión también toma nota de que, según las conclusiones del informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), «Supervisión por Terceros del Trabajo Infantil y del Trabajo Forzoso durante la Cosecha de Algodón», de 2021 (informe de la TPM de 2021), el algodón uzbeko sigue libre de trabajo forzoso y trabajo infantil sistemáticos. Asimismo, la Comisión toma nota de que: 1) el 29 de noviembre de 2023, la OIT organizó un taller para los interlocutores sociales con el fin de presentar el Enfoque integrado de la OIT sobre la buena gobernanza y el trabajo decente en el sector del algodón, el textil y la confección de Uzbekistán; 2) durante el taller, los participantes validaron el plan de trabajo para 2023-2026 del nuevo Proyecto “Rise for Impact” sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo en la cadena de suministro de algodón (2023-2026) , y 3) el Proyecto “Rise for Impact” pretende reforzar el respeto y la realización de los principios y derechos fundamentales en el trabajo mejorando los conocimientos de las comunidades algodoneras, las secciones de distrito de los mandantes, los sindicatos de agricultores y las organizaciones de la sociedad civil interesadas.
La Comisión toma nota, según las observaciones de la UITA, de los informes según los cuales, aunque no de manera sistemática, los niños siguen participando en la cosecha de algodón y otras tareas conexas. También toma nota de que, según las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño (CRC) de las Naciones Unidas, se siguen denunciando casos de trabajo infantil, en particular en la industria del algodón (CRC/C/UZB/CO/5, 27 de octubre de 2022, párrafo 45). La Comisión pide al Gobierno que fortalece sus esfuerzos para garantizar la eliminación efectiva del trabajo obligatorio y del trabajo peligroso de los menores de 18 años en la producción de algodón. A este respecto, solicita al Gobierno que continúe proporcionando información sobre: i) cualquier nueva actividad de sensibilización y seguimiento sobre el trabajo infantil durante la cosecha de algodón, ii) el Proyecto “Rise for Impact” y las medidas tomadas para su implementación, y iii) cualquier caso de trabajo infantil detectado, incluso de trabajo peligroso, en las cosechas de algodón. La Comisión también pide al Gobierno: i) que prosiga sus esfuerzos de supervisión por terceros, en colaboración con la OIT, y ii) que proporcione información sobre el número y la naturaleza de las infracciones detectadas y las sanciones aplicadas a las personas que contratan a menores de 18 años durante las cosecha de algodón.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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