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Caso individual (CAS) - Discusión: 2024, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169) - Perú (Ratificación : 1994)

Otros comentarios sobre C169

Caso individual
  1. 2024
  2. 2010
  3. 2009

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Información escrita proporcionada por el Gobierno

Artículo 1. Pueblos

La identificación de pueblos indígenas/originarios se realiza sobre la base de criterios de identificación según el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169) y la Ley N° 29785. Ello permite actualizar la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios (BDPI), para que se presten servicios públicos según características culturales/lingüísticas.
Según la BDPI, 55 pueblos indígenas u originarios tienen presencia tradicional, divididos en 9 211 localidades (5 153 comunidades campesinas, 2 303 nativas y 1 708 sin tipo identificado, y 47 son Pueblos Indígenas en Contacto Inicial). De este total, 4 327 son georreferenciadas (el 49 por ciento); 7 455 reconocidas (el 81 por ciento), y 5 825 tituladas (el 63 por ciento), abarcando a 2 880 352 personas (el 9,8 por ciento de la población).
La BDPI ha realizado, desde 2022, visitas a 144 comunidades de 12 departamentos para identificar pueblos, dado que no se tenía información de 1 393 comunidades. Para 2023, la brecha se redujo a 1 251. En 2023, se habían realizado cuatro actualizaciones del listado (mayo, junio, septiembre y diciembre), incorporando 192 nuevas localidades.

Artículos 2 y 33. Acción coordinada

La propuesta de la Política Nacional de Pueblos Indígenas u Originarios busca garantizar el ejercicio efectivo de los derechos colectivos de más de 5,9 millones de personas parte de un pueblo, según tres fases: i) actualización; ii) consulta previa, y iii) aprobación.
En 2024, la propuesta está en fase de consulta previa, que consta de siete etapas: i) identificación de medida a consultar; ii) identificación de pueblos; iii) publicidad; iv) etapa informativa; v) evaluación; vi) diálogo, y vii) decisión.
Entre mayo y diciembre de 2023, se realizaron:
  • 4 reuniones con organizaciones permitiendo consensos sobre la propuesta;
  • 9 reuniones de fortalecimiento de la información sobre la propuesta;
  • 17 asistencias técnicas para la validación multisectorial de la propuesta;
  • 6 reuniones con el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) para evaluar el problema público, y
  • entregables 1, 2 y 3 aprobados por el CEPLAN.
Entre marzo y abril de 2024, se realizó:
  • la consolidación del involucramiento de 45 entidades;
  • la realización de 56 reuniones con 37 entidades para la revisión de propuestas;
  • la presentación de propuestas de servicios durante la 5.ª reunión (6 y 9 de mayo) con 8 organizaciones indígenas y 33 entidades públicas, y
  • la identificación de 61 servicios y la generación de 102 propuestas para revisión.
Sobre la Comisión Multisectorial aprobada por el Decreto Supremo Nº 005-2021-MC, hasta mayo de 2024, los miembros reportaron el cumplimiento de acciones estratégicas.
De 122 acciones estratégicas, 41 se cumplieron, 50 están en proceso de cumplimiento y 31 están pendientes, según cada grupo técnico de trabajo (GTT):
  • GTT núm. 1 Acceso a la salud integral/intercultural: 16 acciones estratégicas cumplidas, 7 en proceso;
  • GTT núm. 2 Desarrollo/economía indígena: 5 acciones estratégicas cumplidas, 15 en proceso;
  • GTT núm. 3 Acceso a la educación intercultural: 9 acciones estratégicas cumplidas, 12 en proceso;
  • GTT núm. 4 Derechos de mujeres indígenas: 7 acciones estratégicas cumplidas, 1 en proceso, y
  • GTT núm. 5 Seguridad jurídica de tierra: 4 acciones estratégicas cumplidas, 15 en proceso.

Artículos 3 y 12. Derechos humanos. Mujeres indígenas

Sobre los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 009-2019-MC, se desarrolló:
  • la implementación de 11 talleres de capacitación para servidores públicos en materia de violencia sexual (septiembre - diciembre 2023);
  • la actualización, traducción (a seis lenguas indígenas) y difusión de mensajes de prevención de la violencia sexual en tres regiones (Loreto, Ucayali y Puno) (diciembre de 2023);
  • el otorgamiento de la distinción de «Personalidad Meritoria de la Cultura» a seis mujeres indígenas por su aporte en la lucha (septiembre - diciembre de 2023);
  • la realización del «Primer encuentro nacional de mujeres indígenas emprendedoras» para fortalecer su rol en la reactivación; el 11-14 de diciembre de 2023 con 53 mujeres (Awajún, Ashaninka, Bora, Kichwa, Matsigenka, Quechuas-Secoya y Shipibo-Konibo) de 15 regiones;
  • la realización del «Encuentro Nacional de Lideresas Indígenas» para presentar la Red de emprendimientos de mujeres para el fortalecimiento de capacidades; el 14 de diciembre de 2023 con mujeres, incluidas 18 lideresas de 9 regiones (Pasco, Cusco, Ayacucho, Loreto, San Martín, Amazonas, Puno, Huancavelica y Áncash);
  • la creación de la «Red nacional de mujeres indígenas u originarias y afroperuanas emprendedoras» (RM N° 086-2024-MC) para facilitar el acceso de emprendimientos al mercado laboral;
  • realización de la 19.ª edición del curso (agosto - septiembre de 2023, Tarapoto, San Martín) que, por primera vez, se dirigió a 50 mujeres de 15 regiones hablantes de 7 lenguas; para desarrollar las capacidades como intérpretes/traductoras, e
  • incorporación de mujeres capacitadas en 19 cursos en el Registro nacional de intérpretes y traductores de lenguas indígenas u originarias del Ministerio de Cultura.

Artículo 3. Derechos humanos y derechos fundamentales

Según la Ley N° 31405, que promueve la protección y el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes que se encuentra en situación de orfandad, se brindó asistencia según el padrón de beneficiarios:
Defensor fallecido Menor en orfandad Estado actual
Edwin Chota Andi Chota Incorporado - 17 de abril de 2023
Leoncio Quintisima Leoncio y Leyner Quintisima Incorporado - 1.º de junio de 2023
Jorge Ríos Robert, Mario, Luis y Junio Ríos En trámite la declaración de muerte presunta PJ
Francisco Pinedo Elmer, Aníbal y Diana Pinedo En trámite la renovación de DNI
Como resultado del conocimiento de posibles situaciones de riesgo sobre deudos (11 de septiembre de 2023), en el marco del Mecanismo intersectorial para la protección de personas defensoras de derechos humanos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) solicitó que se les otorguen garantías personales, siendo otorgadas (29 de septiembre de 2023).
Diversas entidades se reunieron el 4 de diciembre de 2023, con deudos para dar a conocer avances del «Plan de Acción-Saweto».
El 11 de abril de 2024, el juzgado penal colegiado de la Corte Superior de Justicia de Ucayali condenó a 28 años y 3 meses de pena privativa de libertad a los empresarios madereros Sres. Hugo Soria y José Estrada (autores mediatos de homicidio calificado) y a los Sres. Josimar y Segundo Atachi (coautores), en agravio de dirigentes asesinados, y se dispuso el pago de 200 000 soles por reparación civil. Sobre el imputado, el Sr. Eurico Mapes, se reservó su juzgamiento hasta que sea capturado.
En el marco del Mecanismo intersectorial para la protección de personas defensoras de derechos humanos, el «Registro sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos» tiene, a 31 de marzo de 2024:
  • 339 situaciones de riesgo registradas involucrando a 599 personas defensoras. De estas, 397 (el 66,28 por ciento) se autoidentifican como pueblos Shipibo-Konibo (74); Kichwa (65) Asháninka (42), Tallán (41), y Kakataibo (38).
  • Las 397 personas indicaron que se habían enfrentado a uno o más tipos de riesgos, como amenazas a la seguridad (el 59,43 por ciento); agresiones (el 16,67 por ciento); destrucción de la propiedad (el 5,98 por ciento); difamación (el 4,89 por ciento), y acoso (el 4,71 por ciento).
  • Situaciones de riesgo de personas defensoras autoidentificadas como pueblos indígenas. De estas, 170 estaban vinculadas con actividades ilegales como la tala ilegal (87), el tráfico ilícito de drogas (74), la minería ilegal (36), y el tráfico de tierras (35).
Para el fortalecimiento del mecanismo intersectorial, se realizó lo siguiente:
  • Instalación de siete mesas regionales para la protección de los defensores de derechos humanos (Madre de Dios, Ucayali, San Martín, Loreto, Amazonas, Junín y Piura) para la articulación territorial sobre situaciones de riesgo vinculadas con actividades ilegales, con la participación del Gobierno y de los actores sociales.
  • Realización de dos mesas técnicas (Ucayali) sobre: i) titulación de territorios de comunidades, con la participación de las autoridades y los pueblos (19 de marzo de 2024) y ii) desarrollo socioeconómico con las comunidades (21 de marzo de 2024).
  • Realización de siete reuniones con las autoridades y organizaciones sociales en cinco regiones (Piura, Iquitos, Chachapoyas, Satipo y Huánuco) para articular espacios multinivel para la protección de personas defensoras.
  • Realización de seis visitas públicas de alto nivel (con la participación de los ministerios: MINJUSDH, Ministerio de Ambiente (MINAM) y Ministerio de Cultura (MINCUL)) en Ucayali (3); Huánuco (1); Piura (1), y Madre de Dios (1). Destacan visitas a las Comunidades Flor de Ucayali y San Francisco, a fin de conocer las situaciones de riesgo.
  • Implementación de la intervención piloto a través de la actividad «Diseño de un sistema de alertas tempranas para prevenir el impacto negativo del tráfico ilícito de drogas» (Comunidad Flor de Ucayali, 28 de febrero de 2024), para identificar situaciones de riesgos.
  • Participación en tres iniciativas del Congreso: i) Sesión de prevención frente a la deforestación provocada por actividades ilícitas (8 de septiembre de 2023); ii) Audiencia pública sobre la problemática de las personas defensoras en Ucayali (23 de octubre de 2023), y iii) Sesión desconcentrada de la Comisión de Presupuesto para fortalecer presupuestalmente el Mecanismo (24 de octubre de 2023).
  • Presentación del proyecto de fortalecimiento del Mecanismo intersectorial para la protección de personas defensoras de los derechos humanos, por los ministerios: MINJUSDH, MINCUL y MINAM (26 de febrero de 2024).
  • Tres capacitaciones: i) Taller sobre las personas defensoras de los derechos humanos frente a situaciones de riesgo; para 95 policías de 6 regiones (Madre de Dios, Ucayali, Loreto, Huánuco, Junín y Amazonas); ii) taller sobre el mecanismo, para 126 líderes de 53 organizaciones de 7 regiones (San Martín, Ucayali, Huánuco, Madre de Dios, Loreto, Pasco y Amazonas), y iii) curso sobre el rol de las personas defensoras y la protección policial frente a los riesgos, para 115 policías de 7 regiones (Madre de Dios, Ucayali, Loreto, Huánuco, Junín, Amazonas y San Martín).
Sobre nuevos casos de asesinatos de líderes:
  • Sr. Quinto Inuma Alvarado (líder de la comunidad Kichwa, Santa Rosillo de Yanayacu): MINJUSDH gestionó: i) trasladar a la autoridad a la comunidad); ii) realizar la extracción de restos; iii) salvaguardar la vida y la integridad de los deudos y de otros líderes; iv) gestionar las acciones, con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio de Salud, para el soporte psicológico de los deudos/la comunidad, y v) brindar asistencia a los deudos.
  • Sr. Santiago Contoricón Antúnez (jefe de Asháninka de la Comunidad Puerto Ocopa-Junín): MINJUSDH gestionó: i) brindar el servicio de defensa pública de las víctimas para deudos; ii) visitar a la comunidad e informar sobre el mecanismo, y conocer sus situaciones de riesgo; iii) gestión de la beca de orfandad de la Universidad Continental (otorgada el 5 de mayo de 2023); v) el otorgamiento de garantías a deudos (19 de mayo de 2023); vi) brindar asistencia social a los deudos a través del Programa JUNTOS, y vi) hacer un seguimiento del caso (MINJUSDH-Defensoría del Pueblo).
El Poder Ejecutivo presentó el proyecto de ley Nº 7752/2023-PE, donde el MINCUL propone el numeral 3.8.5 para «la Modificación de artículos 108, 108-C y 200 Código Penal», para introducir circunstancias agravantes en el caso de que la víctima sea una persona defensora indígena.
Sobre las medidas para prevenir el uso excesivo de la fuerza: la RM N°952-2018-IN, y las Directivas N° 015-2022-CG PNP-EM; N° 008-2022-IN; N° 13-2023-CG PNP/EMG; N° 014-2023-CG PNP/EMG, y la decisión de la Dirección General de la Policía Nacional RCG-PNP N° 280-2023-CG PNP/EMG. Respecto de las Fuerzas Armadas (FFAA): RM N° 0066-2022-DE; RM N°0065-2022-DE; RM N° 0067-2022-DE; RM N° 038-2022-DE, y RM N° 013-2023-DE.
Este marco incluye el enfoque de derechos humanos y de interculturalidad y su aplicación se realizó entre diciembre de 2023 y abril de 2024:
  • Realización de cinco iniciativas formativas para policías: i) curso de formación de instructores en derechos humanos aplicados a la función policial dirigido a 25 policías; ii) taller de evaluación posterior a la acción para 40 oficiales superiores jefes de regiones y frentes policiales; iii) programa de actualización en intervenciones y operaciones policiales para 11 000 oficiales y suboficiales; iv) seminario/taller sobre el uso de la fuerza y los derechos humanos en conflictos sociales para 60 oficiales generales, y v) talleres de interculturalidad para 446 policías.
  • Realización de cinco programas en derechos humanos y derecho internacional humanitario para las FFAA: i) dos programas básicos para oficiales y civiles; ii) dos programas superiores para oficiales y civiles, técnicos y suboficiales, y iii) un Programa para Asesores Jurídicos Operacionales. Desde el Centro del Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las FFAA, se capacitó a 1 094 personas entre el personal de las FFAA, policías y civiles.
  • Realización de capacitaciones y conferencias sobre interculturalidad, derechos humanos y estándares en uso de la fuerza pública para fiscales, conforme a la directiva aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 534-2022-MP-FN.

Artículo 6. Consulta

Sobre la Comisión Multisectorial para la Aplicación del Derecho a la Consulta Previa, MINCUL informó, en abril de 2024 sobre:
  • la implementación de 95 procesos de consulta (83 concluidos);
  • la realización de 166 solicitudes de información a entidades responsables de cumplir acuerdos y 102 reuniones de asistencia técnica;
  • la ejecución del plan de trabajo 2023 y de acciones adicionales para seguimiento;
  • el seguimiento a 52 procesos de consulta previa (1 183 acuerdos suscritos). De estos, 14 se vinculan a áreas naturales protegidas, y
  • un seguimiento al cumplimiento de acuerdos de actas de consulta del lote 192. En este marco, se conoce del Ministerio de Energía y Minas (MINEM):
    • el fortalecimiento del seguimiento de acuerdos de consulta previa de la «mesa técnica para la prevención de conflictividad y atención a comunidades del grupo cuatro cuencas del ámbito del lote 192-Región Loreto», y
    • la conformación de subgrupos de trabajo (educación-salud-vivienda-titulación) y coordinaciones para el cumplimiento de acuerdos.

Artículos 7 y 15. Consulta y proyectos mineros

La evaluación ambiental de proyectos de exploración/explotación minera para estudios de impacto ambiental y las declaraciones de impacto ambiental, según el alcance de la actividad minera, corresponden al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y MINEM/Gobiernos regionales, respectivamente, con la participación de pueblos. Así, el 22 de diciembre de 2023, el MINCUL emitió 181 opiniones a solicitud del SENACE y del MINEM, de las cuales tres son opiniones vinculantes.
Respecto de los criterios del MINEM para constatar qué pueblos deben ser consultados en relación con un proyecto, cada entidad promotora debe identificar medidas que puedan tener relación con derechos colectivos de pueblos y, de afectarles, deben implementar la consulta previa.
Sobre las medidas para informar a los pueblos sobre la importancia de la consulta y promover su participación en dichos procesos, en 2023:
  • participación de 16 entidades: 5 ministerios (MINEM, Ministerio de Educación - MINEDU, MINCUL, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, MINAM), 3 organismos públicos (Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, Centro Nacional de Salud Intercultural, Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre), 4 Gobiernos regionales (Loreto, Cusco, Huancavelica, y Ucayali) y 3 Gobiernos locales (Ucayali, Manseriche y Nueva Requena), y en temas vinculados con áreas naturales protegidas, proyectos en minería, lotes de hidrocarburos;
  • implementación de 141 acciones de asistencia técnica sobre consulta previa a 2 389 participantes (865 servidores y 1 524 pobladores);
  • atención de 21 casos, de los cuales 12 se corresponden a la consulta previa;
  • fortalecimiento de las capacidades de 3 106 personas: 931 servidores públicos, 1 118 pobladores indígenas/originarios y 1 057 otros;
  • implementación de 11 cursos virtuales sobre «El derecho y proceso de consulta previa», capacitando a 3 890 personas. La edición 12 está en curso, y
  • elaboración de un Plan para la implementación de mecanismos de difusión intercultural sobre el estado de los acuerdos de consulta previa.

Artículo 14. Tierras

El Ministerio de Cultura brinda acompañamiento en la garantía del derecho colectivo a la tierra y territorio a 49 comunidades de 9 departamentos: San Martín (22); Ayacucho (9); Huánuco (5); Ucayali (3); Loreto (4); Pasco (3); Amazonas (1); Madre de Dios (1), y Cusco (1). Hasta ahora, se ha realizado:
  • el fortalecimiento de capacidades a 32 líderes indígenas de Loreto y Ucayali;
  • la participación en espacios de diálogo y mesas de titulación convocados por las direcciones regionales agrarias de tres regiones (San Martín, Huánuco y Ucayali);
  • el desarrollo de reuniones de coordinación con autoridades para la celeridad a procesos de saneamiento físico legal de casos de defensores en cinco regiones (San Martín, Huánuco, Ucayali, Pasco y Loreto), y
  • la asistencia técnica a los Gobiernos regionales de Ucayali, Pasco y Huánuco para la creación de «mesas técnicas de titulación», a fin de solucionar conflictos y realizar el procedimiento de demarcación y titulación del territorio.

Artículos 26 y 27. Educación

Sobre los servicios de educación, el Ministerio de Educación señala que, durante 2024, se realizó:
  • la segmentación de 73 092 docentes según el nivel de dominio de lengua originaria, estando la mayoría en nivel avanzado (39 493);
  • la emisión de 98 títulos de textos en 14 lenguas originarias y de 305 materiales de biblioteca en 43 lenguas originarias para educación básica;
  • la publicación de 16 manuales de escritura y de 9 vocabularios pedagógicos como herramientas lingüísticas para docentes, y
  • la elaboración del Plan de desarrollo docente en educación intercultural bilingüe para cierre de brechas.
Sobre la defensa y protección de los derechos de los pueblos en la Educación Intercultural Bilingüe, en el 2024, la Defensoría identifica en la Política Sectorial de Educación Intercultural Bilingüe brindando recomendaciones a 23 gerencias regionales de educación, para que:
  • las plazas vacantes para los docentes en Educación Intercultural Bilingüe se adjudiquen cumpliendo requisitos, y
  • los procesos de distribución de materiales educativos garanticen recursos para el reparto.

Discusión por la Comisión

Presidente - Tengo el honor de invitar al representante del Gobierno del Perú, el Excmo. señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a hacer uso de la palabra.
Representante gubernamental - Señor Presidente de la Comisión, señores delegados y delegadas, es un honor para mí dirigirme a ustedes en nombre del Estado peruano para reafirmar el compromiso de mi país con la implementación de las obligaciones jurídicas que derivan de los convenios de la OIT, para agradecer el acompañamiento constante de los órganos del sistema de control de normas internacionales y las recomendaciones que estos nos formulan, y para valorar los comentarios y preocupaciones de los distintos interlocutores sociales que nos impulsan a seguir mejorando.
El Convenio, vigente para el Perú desde 1995, supone no solo el derecho de estos pueblos a conservar sus culturas y sus formas de vida, sino también el derecho a participar de manera efectiva en las decisiones que les afectan. En tal sentido, procedo a informar en torno a la aplicación que venimos haciendo del referido Convenio, sobre los procesos judiciales por el asesinato de dirigentes indígenas.
Sobre los asesinatos de los dirigentes indígenas Sres. Edwin Chota, Leoncio Quintísima, Jorge Ríos y Francisco Pinedo, debo señalar que el Gobierno, a través de la Procuraduría General de la República adscrita al Ministerio de Justicia, conjuntamente con el Ministerio Público, ha logrado una histórica sentencia contra los responsables, y para ello ha desplegado una efectiva estrategia en base a las pruebas indiciarias.
Puedo afirmar con certeza que recientemente, a través de una sentencia de fecha 11 de abril del año en curso, los acusados fueron condenados a 28 años y tres meses de pena privativa de la libertad por el delito de homicidio calificado en agravio de nuestros hermanos dirigentes indígenas, disponiéndose además el pago de la reparación civil en favor de sus deudos.
La sentencia del denominado «caso Saweto» constituye un hito para la justicia amazónica y para los defensores de los derechos humanos, logrado tras casi una década de arduo litigio judicial. Esto será, seguramente, un gran precedente para mi país y para todos los Estados Miembros de la OIT.
El día de la lectura de la sentencia estuvo presente en la audiencia el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Sr. Eduardo Arana Ysa, como una demostración del compromiso y respaldo con las víctimas de tan execrable hecho.
También debo informar a esta honorable Comisión, que el Gobierno ha tomado medidas para proteger la vida y la integridad física y psicológica de los familiares de las víctimas. En tal sentido, sus hijos menores de edad fueron incorporados al padrón de beneficiarios que les ha permitido recibir asistencia económica y psicológica. Asimismo, las viudas fueron incorporadas al programa de protección y asistencia de víctimas y testigos, y a todos se les otorgó garantías personales ante posibles riesgos.
Por otro lado, informo que el Gobierno viene impulsando una intervención denominada «Plan de acción-Saweto» para mejorar las condiciones de vida de la comunidad a través de proyectos productivos, de infraestructura, saneamiento, transporte, seguridad y electrificación, entre otros.
Con relación a los nuevos casos de asesinatos de líderes indígenas como el Sr. Quinto Inuma, líder de la comunidad nativa Kichwa y Yanayacu y el Sr. Santiago Contoricón, jefe de la comunidad nativa de Puerto Ocopa, Junín, debemos referir que el Gobierno ha tenido una reacción inmediata, apersonando a los procuradores en el proceso de investigación del Ministerio Público a fin de identificar a los responsables y sancionarlos severamente.
Además, es necesario poner en conocimiento de esta Comisión que el Gobierno viene desarrollando acciones concretas para enfrentar las prácticas de trabajo forzoso, tala y minería ilegales, tal y como mencionamos a continuación: la adopción de un enfoque integral no solo centrado en la persecución y sanción del delito, sino también en la atención y reintegración de las víctimas; la aprobación del tercer Plan Nacional contra el Trabajo Forzoso con perspectiva intercultural e interseccional en el sector del trabajo y la promoción del empleo; la creación del Observatorio Nacional del Trabajo Forzoso; y la implementación de la línea 1819 para recibir denuncias sobre trabajo forzoso de todas las personas, protegiendo su identidad si así lo consideran. Se ha efectuado el Protocolo Intersectorial contra el Trabajo Forzoso. Adicionalmente, se viene organizando el proyecto piloto para la reinserción laboral de víctimas de trabajo forzoso.
Sobre el uso excesivo de la fuerza contra defensores indígenas en el contexto de protestas, y la difusión de discursos estigmatizadores y hostigamiento racista contra comunidades indígenas, señalamos lo siguiente. Los hechos descritos en el párrafo anterior son materia de investigación por parte del Ministerio Público. El Gobierno ha transferido 99 millones de soles para fortalecer los equipos de investigación de esta institución. El Ministerio Público es un órgano que goza de autonomía constitucional, y no depende del Poder Ejecutivo ni del Poder Judicial. En consecuencia, este, cuando tenga oportunidad, informará sobre los hechos y, de ser el caso, identificará a los responsables para que sean sancionados severamente.
Desde el Gobierno rechazamos toda forma de discriminación, y en tal sentido estamos desarrollando políticas públicas destinadas a erradicar estas prácticas, algunas de las cuales señalamos a continuación.
Se ha reforzado el acervo normativo aplicable al uso de la fuerza, insertándose el enfoque de derechos humanos e interculturalidad en la actuación policial, fiscal y de las fuerzas armadas.
Se han efectuado acciones de sensibilización y de capacitación beneficiando a 11 571 efectivos policiales, así como oficiales y suboficiales de las fuerzas armadas.
Se ha formulado la estrategia Perú sin Racismo, a fin de fomentar el respeto y la valoración de nuestra diversidad cultural para contribuir a reducir prácticas de discriminación étnico-racial en el marco de políticas públicas inclusivas.
Respecto a la protección de personas defensoras de derechos humanos, el Gobierno viene reforzando el funcionamiento del Mecanismo intersectorial para la protección de personas defensoras de derechos humanos. Este Mecanismo muestra reconocimiento de la necesidad de proteger, en particular, a los defensores indígenas, que se enfrentan a actividades ilícitas como la tala y la minería ilegal, y materializa las obligaciones de todos los sectores generando acciones de protección y sensibilización con participación del Gobierno y actores sociales.
Así, se han instalado siete mesas regionales para la toma de decisiones sobre situaciones de riesgo de los defensores, se vienen implementando proyectos de alerta temprana para prevenir el tráfico ilícito de drogas e identificar situaciones de riesgo para defensores de los derechos humanos.
Se han efectuado siete cursos sobre el rol de las personas defensoras de derechos humanos, con énfasis en la protección y respuesta ante situaciones de riesgo, alcanzando a 210 policías, 266 líderes de 53 organizaciones indígenas, 120 jueces y 40 fiscales especializados en derechos humanos e interculturalidad.
Sobre el derecho de consulta, a partir del trabajo que viene realizando la Comisión multisectorial para la aplicación del derecho de la consulta, debo informar lo siguiente: se han concluido 88 procesos de consulta previa, de estos 59 culminaron con acuerdos de consulta; y se han suscrito 1 238 acuerdos que son objeto de seguimiento por parte de la Comisión multisectorial.
En atención a los procesos de consulta en el sector minero, los criterios de consulta previa respetan la guía metodológica de identificación de los pueblos indígenas y originarios establecida por el Ministerio de Cultura. El Gobierno viene promoviendo mecanismos de diálogo previstos en la Ley del Derecho a la Consulta, aplicando los principios de oportunidad, interculturalidad, buena fe, ausencia de coacción o condicionamiento e información oportuna para lograr relaciones armoniosas entre los sectores y las comunidades involucradas.
Para avanzar en los procesos de identificación, demarcación y regularización de tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos indígenas, se han emitido lineamientos para la simplificación de procesos de reconocimiento, saneamiento y titulación de comunidades campesinas y nativas.
Brindamos asistencia técnica a Gobiernos regionales para crear mesas técnicas de titulación a fin de realizar el procedimiento de demarcación y titulación del territorio.
Esperamos haber absuelto en el breve tiempo que nos han concedido la información requerida en torno a la aplicación que venimos haciendo respecto al Convenio. Como verán, si bien el Perú, como muchos países, enfrenta grandes desafíos estructurales, queda claro que estamos desarrollando políticas en favor de la aplicación de este Convenio.
Estas son políticas de avanzada que nos colocan como un país que hace esfuerzos para enfrentar estos retos y desafíos.
Para nuestro país constituye esta ocasión una gran oportunidad para que, junto a los países de la OIT, sumemos esfuerzos y experiencias y, dentro del marco del Convenio, podamos seguir desarrollando políticas públicas para la protección de los derechos humanos de nuestros pueblos.
La pobreza y la pobreza extrema que existen en nuestra región constituyen la peor vulneración de los derechos humanos, pues no permiten el acceso a la alimentación y a los servicios básicos como la educación y la capacitación, sin los cuales es imposible desarrollar competencias para incorporarse al mercado laboral formal. Ocasionando generación tras generación una cadena de pobreza que es fundamental cortar porque la pobreza y la pobreza extrema generan trabajo forzoso, trabajo infantil, informalidad y otros males.
La OIT, conforme a su marco fundacional, puede ser el interlocutor perfecto para articular los esfuerzos de los empleadores, trabajadores y Gobiernos en beneficio de los derechos humanos de nuestras poblaciones.
Miembros trabajadores - El Convenio es un pilar fundamental para la protección de los derechos de los pueblos indígenas a nivel mundial. Sin embargo, en el Perú, su implementación ha sido significativamente insuficiente, lo que ha resultado en violaciones graves y continuas de los derechos de estos pueblos.
Es preocupante y lamentable que no es la primera vez que tenemos que tratar el caso del Perú por serias violaciones al Convenio. Durante los años 2009 y 2010, nuestra Comisión ya había examinado la situación de violencia contra los pueblos indígenas, en particular, tratamos los graves hechos que se produjeron en Bagua.
En junio de 2009, miles de manifestantes indígenas bloquearon la carretera a Bagua durante más de cincuenta días en la región Amazónica. Este acto de protesta fue una respuesta a una serie de decretos legislativos emitidos sin consulta previa, que amenazaban sus derechos fundamentales sobre la tierra y los recursos naturales. Este episodio culminó en una masacre que dejó 33 muertos, un capítulo oscuro y sangriento en la historia del Perú.
Catorce años después, el Gobierno peruano sigue demostrando una alarmante falta de compromiso con los derechos indígenas y con el cumplimiento del Convenio. No podemos dejar de mencionar un caso ocurrido en 2014 que se ha vuelto emblemático por la forma en que el Estado peruano socava los derechos humanos de los pueblos indígenas.
Desde hace años, la Comisión de Expertos ha insistido en que el Gobierno tome las medidas necesarias para investigar y sancionar a los responsables del asesinato de cuatro dirigentes indígenas de la comunidad Asháninka de Saweto, ocurrido en septiembre de 2014.
Estos líderes fueron asesinados tras denunciar la tala ilegal de madera en su comunidad. Aunque se dictó una sentencia condenando a 28 años de cárcel a los responsables, seis meses después, la Corte Superior de Ucayali anuló la decisión y ordenó un nuevo juicio, alegando falta de pruebas suficientes y una motivación inadecuada. Este proceso, plagado de irregularidades, refleja la falta de voluntad política del Gobierno para hacer justicia y proteger a los defensores de derechos indígenas.
Según la información que hemos recibido de las organizaciones sindicales del Perú, el Gobierno habría informado que, el 11 de abril de 2024, el juzgado penal condenó nuevamente a los implicados. Sin embargo, según la información recibida, ninguno de los condenados está actualmente preso.
Diez años después, la impunidad sigue reinando en los asesinatos de los líderes de Saweto, y las amenazas contra las familias de las víctimas no han cesado. La principal vocera de estas familias ha sido víctima de represalias en Pucallpa, lo que evidencia el continuo riesgo que enfrentan.
Como indica la Comisión de Expertos, es fundamental que los procedimientos judiciales sean resueltos rápidamente, dado que la lentitud de la justicia puede transformarse en una denegación de la misma.
El caso de Saweto es un reflejo de un problema mucho mayor: El tráfico ilícito de madera, facilitado por un sistema de trabajo forzoso que explota a las personas indígenas a través de un ciclo perpetuo de deudas. La Comisión de Expertos ha lamentado que el Gobierno no haya proporcionado información sobre los avances en la investigación de estas prácticas ilegales, ni sobre el trabajo forzoso en Ucayali. Esta inacción no solo perpetúa la explotación y violencia, sino que también socava la confianza en el sistema de justicia peruano.
Además, el Protocolo de actuación fiscal para la prevención e investigación de delitos contra defensores de derechos humanos, aprobado en 2022, está paralizado por falta de recursos económicos.
Esto es sumamente preocupante, dado el incremento de actividades ilegales, como la tala y minería en territorios indígenas, y las amenazas constantes que enfrentan quienes defienden sus tierras y el medio ambiente. Ejemplos recientes incluyen el asesinato del Sr. Santiago Contoricón en 2023. En abril de este año fue asesinado en la Amazonía peruana el guardaparque Victorio Dariquebe, perteneciente al pueblo Harakbut, quien había recibido amenazas por la defensa de su comunidad y sus territorios ancestrales. El líder indígena regresaba a su comunidad nativa cuando fue ultimado en la noche del viernes, presuntamente por mafias asociadas a la tala ilegal de madera. Además, su hijo, de 18 años, fue perseguido, golpeado y torturado por los atacantes.
De acuerdo con la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana —conformada por nueve organizaciones indígenas amazónicas descentralizadas que se ubican en el norte, centro y sur de la selva peruana— en los últimos diez años han sido asesinados 33 defensores de sus territorios y bosques.
La Comisión de Expertos también ha tomado nota de las observaciones de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos sobre el uso excesivo de la fuerza y los discursos estigmatizadores contra los manifestantes indígenas durante las protestas entre diciembre de 2022 y septiembre de 2023. Además, un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos destacó que las protestas en Apurímac, Ayacucho, Puno y Arequipa, protagonizadas en su mayoría por pueblos indígenas, fueron las más violentas y donde se registró el mayor número de víctimas.
Otro punto fundamental del Convenio se refiere a sus artículos 7 y 15 referentes a la consulta y evaluación de impacto. En el Perú, desde hace varios años, se ha denunciado la falta de consulta particularmente relacionada a la realización de proyectos mineros.
Un informe de la Defensoría del Pueblo, de 2022, indica que no se garantiza la consulta durante la evaluación del impacto ambiental de proyectos que afectan directamente a las comunidades indígenas. La falta de claridad en la identificación de los pueblos a consultar y en los procedimientos cuando las comunidades se niegan a participar es evidente. Esto es una violación directa del Convenio, que exige la consulta y la participación activa de las comunidades indígenas en decisiones que afectan a sus tierras y recursos.
Finalmente, la Comisión de Expertos ha lamentado la falta de avances en la identificación, demarcación y titulación de tierras tradicionalmente ocupadas por pueblos indígenas. Según la Defensoría del Pueblo, alrededor de 1 700 comunidades están pendientes de titulación, y es necesario simplificar los procedimientos administrativos para el saneamiento físico-legal de estas comunidades.
Es importante recalcar que los procedimientos de titulación de tierras a comunidades nativas se basan en la Constitución Política de 1933. El Estado peruano tiene una deuda histórica con las poblaciones amazónicas porque debe adecuar la legislación interna para garantizar los derechos a la tierra, conforme a los estándares internacionales, y no seguir entregándoles tierras en cesión de uso.
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas también ha expresado preocupación por la inseguridad jurídica y la alta contaminación en territorios nativos debido a la explotación de hidrocarburos y minerales.
En conclusión, la implementación del Convenio sigue siendo inadecuada. Exigimos un compromiso real y efectivo para garantizar los derechos de los pueblos indígenas, no solo en teoría, si no en la práctica diaria. Es fundamental que el Gobierno tome medidas concretas y urgentes para proteger a quienes han sido históricamente marginados y asegurar que sus derechos y territorios sean plenamente respetados. La comunidad internacional y los órganos de control de la OIT deben seguir vigilando y presionando para que el Gobierno cumpla con sus obligaciones internacionales y garantice justicia y dignidad para los pueblos indígenas.
Miembros empleadores - En primer lugar, queremos agradecer al Gobierno del Perú por la información oral y escrita proporcionada en relación con el cumplimiento en la ley, y en la práctica, del Convenio.
En la forma acostumbrada, quisiéramos dar información de contexto para una mejor comprensión del caso. Como lo mencionó el portavoz de los trabajadores, esta es la tercera vez que la Comisión discute el caso. La primera vez fue en el año 2009 y, posteriormente, se discutió en el año 2010. Desde entonces, y hasta ahora, la Comisión de Expertos realizó observaciones al respecto en los años 2017, 2021 y, finalmente, en el 2023, tomando nota de las memorias del Gobierno, de los comentarios formulados por los trabajadores y también por los empleadores.
En el seguimiento que hace la Comisión de Expertos en su última observación de 2023 plantea temas de la mayor relevancia. En primer lugar, en lo relativo al cumplimiento del artículo 3 del Convenio.
Sobre el proceso judicial relativo al asesinato de dirigentes indígenas en Alto Tamaya Saweto, la Comisión de Expertos deploró la falta de avances respecto a las sanciones en los casos de los asesinatos de los cuatro dirigentes indígenas asesinados hace más de una década. Asimismo, la Comisión de Expertos tomó nota con preocupación de las denuncias de amenazas y atentados contra la integridad de familiares de las víctimas e instó al Gobierno a tomar las medidas necesarias, tanto para resolver este proceso como para proteger a los familiares de las víctimas.
Los miembros empleadores manifestamos nuestra preocupación y rechazo ante cualquier acto de violencia y amenaza y, adicionalmente, manifestamos nuestra preocupación por la demora excesiva de la justicia para resolver casos como los presentados. Ello demuestra la existencia de un problema estructural en la administración de la justicia peruana que debería ser atendido de forma urgente y prioritaria.
Somos conscientes que el Perú ha experimentado un clima de violencia generalizado, como lo manifiesta la Comisión de Expertos, que entendemos existe, sobre todo en algunos territorios en los que también abunda el desarrollo de actividades económicas ilegales, como la minería y la tala ilegales.
Sería importante, entonces, dilucidar si la violencia se debe a la condición de pertenecer a pueblos indígenas o si está relacionada con el clima de violencia en estos territorios, o con las actividades ilegales que se practican en esos territorios.
Los miembros empleadores reconocen los avances presentados por el Gobierno a través de diferentes iniciativas para la protección de los defensores indígenas, tanto en el Informe de la Comisión de Expertos, como en la información adicional presentada a esta Comisión. No obstante, la muerte de otros líderes indígenas en el 2023, y otros actos de violencia contra estas poblaciones en el ámbito de las protestas que tuvieron lugar en el Perú en el año 2022, ponen de manifiesto que el Gobierno debería abordar estos asuntos de una manera más integral.
Los empleadores nacionales, a través de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP), han manifestado su preocupación, como relata el informe, por el aumento de actividades ilegales e informales como la tala y la minería ilegal, en el ámbito del territorio de los pueblos indígenas, y la necesidad de tomar medidas preventivas.
Instamos al Gobierno a que redoble sus esfuerzos en el ámbito de la justicia y la protección de derechos de los pueblos indígenas, así como en la lucha contra la informalidad y las actividades ilegales que se desarrollan en estos territorios y que afectan de manera particular a estos pueblos.
En segundo lugar, en lo relativo a los artículos 6, 7 y 8 sobre el desarrollo de las consultas, los miembros empleadores queremos resaltar que el Perú es uno de los pocos países de la región que cuenta con un procedimiento regulado de consulta y una estructura institucional que lo acompaña. Tengamos en consideración que el Perú ratificó el Convenio en 1994 y que la Ley sobre consulta previa se promulgó en el año 2011. Posteriormente, en el año 2012 se publicó el reglamento que acompaña a la Ley.
Conforme lo dispone la Ley de consulta previa y su reglamento, el proceso de consulta en el Perú se compone de siete etapas y, frente a este procedimiento, los empleadores queremos resaltar algunos aspectos positivos que han permitido avanzar en su implementación: el relacionamiento que se entabla entre los funcionarios del Estado y los pueblos indígenas; la utilización de las medidas que deberían hacer más célere y participativo el proceso; las terminaciones anticipadas de los procesos de consulta cuando los pueblos indígenas así lo deciden; la acreditación de no existencia de pueblos indígenas en Gabinete cuando se cuenta con la información adecuada y suficiente; y la oportunidad de llegar a acuerdos en el marco intercultural, que son fruto de propuestas realizadas por los representantes de pueblos indígenas, son importantes avances.
A pesar de estos avances, la Comisión de Expertos, después de analizar la normativa vigente y el informe entregado por la Defensoría del Pueblo, indicó que el Gobierno debe tomar medidas para identificar y abordar las dificultades en la implementación de los procesos de consulta en el sector minero y solicitó información adicional.
Sobre el particular, el sector empleador nacional ha señalado que no existe claridad sobre la forma de identificación de los pueblos indígenas a ser consultados, ni sobre la forma en la que se determina la afectación; tampoco sobre el marco procedimental cuando los pueblos indígenas se niegan a participar en las consultas.
A estos efectos, queremos resaltar algunas de las dificultades que presentan las consultas.
En primer lugar, la base de pueblos indígenas es referencial, por lo que no existe una predictibilidad en la identificación de los pueblos indígenas. Para la identificación de pueblos indígenas y su registro en la base de datos, no se garantiza el cumplimiento de criterios objetivos o de continuidad histórica. No existe tampoco claridad sobre la determinación de la afectación directa que puede causar un proyecto en los derechos colectivos de los pueblos originarios, y los plazos para implementar los procesos de consulta previa son excesivos.
Por un lado, no existen plazos para la etapa de evaluación, lo cual genera que muchos proyectos demoren meses o incluso años durante su proceso de evaluación. Frente a este panorama, en la práctica, la entidad estatal encargada de la toma de la decisión no da continuidad al proceso para cerrarlo y definir la adopción de una decisión, con lo cual se corre el riesgo de que se produzca un veto de facto a los proyectos de inversión y, por tanto, al progreso.
Lo anterior afecta directamente a la inversión, genera enormes pérdidas económicas y sociales, porque se dejan de generar miles de empleos formales y se pierde la posibilidad de progresar en las zonas que así lo requieren.
Lo anterior da cuenta de la necesidad de que se adopten medidas que garanticen que se lleven a cabo las consultas bajo el principio de buena fe, conforme lo establece el Convenio, y que permita el desarrollo de proyectos productivos y la generación de empleo formal.
Finalmente, hacemos eco de las observaciones de la Comisión de Expertos y solicitamos al Gobierno: que implemente acciones encaminadas a proteger la vida y la integridad de los familiares de los dirigentes indígenas asesinados; que ponga a disposición todos los medios necesarios para que todos los responsables, materiales e intelectuales, de estos asesinatos, sean procesados y sancionados definitivamente; que se informe sobre los criterios utilizados para determinar qué pueblos son consultados; y que se tomen todas las medidas necesarias para prevenir, investigar y sancionar el uso excesivo de la fuerza pública contra personas indígenas en el contexto de protestas en defensa de sus derechos.
Miembro trabajador, Perú - Empiezo mi discurso señalando que los asesinatos de los Sres. Edwin Chota, Jorge Ríos, Leoncio Quintisima y Francisco Pinedo, dirigentes defensores de pueblos indígenas de la comunidad Asháninka de Saweto, son una muestra del abandono por parte del Estado y de un claro clima de impunidad por la falta de justicia después de sus asesinatos, ya que, en el Perú, en la última década, han sido asesinados más de 30 defensores indígenas y a la fecha no se ha hecho justicia.
Lamentablemente, como en la Conferencia anterior, denuncio al Gobierno por los incumplimientos de un nuevo Convenio, no siendo la primera vez, ya que, en el año 2009, ya se había examinado la violencia contra los pueblos indígenas en Bagua en esta Comisión.
Después de 10 años de ocurridos los asesinatos de estos cuatro dirigentes indígenas por parte de taladores ilegales, recién el 11 de abril de 2024, el juzgado penal colegiado de la Corte Superior de Justicia de Ucayali condenó a 28 años y 3 meses de pena privativa de libertad a los empresarios madereros en agravio de dirigentes asesinados, y se dispuso el pago de 50 000 soles por reparación civil por cada uno. Al imputado, Sr. Eurico Mapes, se reservó su juzgamiento hasta que sea capturado.
Para llegar a esa primera instancia, se tuvo que seguir un largo tránsito, bajo un trámite plagado de una serie de irregularidades en que primaron los intereses y la presión de grupos criminales. Sin embargo, el Gobierno omite decir que ninguno de los condenados se encuentra preso. Reitero, diez años después de los asesinatos, persiste la impunidad para los asesinatos de los líderes indígenas de Saweto. Asimismo, la Comisión debe tomar nota que la sentencia del 11 de abril de 2024 ha sido apelada, los asesinos se encuentran libres para continuar con amenazas a las familias de las víctimas, ante un escenario de inseguridad en toda la comunidad y alrededores, que ha obligado a las familias de las víctimas a salir de sus comunidades, sus hijos no pueden estudiar, incluso son víctimas de reglaje. Han solicitado protección, pero ella no se les brinda.
Ahora, las familias de las víctimas todavía no saben si tendrán que esperar otros diez años más para conseguir una definitiva sentencia. En tanto el caso sigue impune.
Cabe precisar que el clima de violencia e impunidad que aceptan las autoridades peruanas a nivel nacional y regional constituye un grave obstáculo para el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas en la Amazonía peruana, consagrados en este Convenio.
En el Perú, los defensores de derechos humanos no pueden actuar en un entorno seguro y propicio, y tienen que lidiar con la criminalización y la estigmatización, acoso judicial, amenazas, ataques e intimidación, además de la falta de acceso a la justicia, falta de ejecución de sentencias, la poca protección efectiva de la policía y del sistema judicial, y el problema de la titulación de territorios de comunidades nativas.
En general, las comunidades indígenas, los campesinos, las personas defensoras del derecho a la tierra y del medio ambiente, son los grupos de defensores que corren mayor riesgo en el Perú, a pesar de que ellos están asumiendo la labor del Estado, al vigilar y denunciar casos de delitos como la tala ilegal, el trabajo forzoso y la minería ilegal.
De otro lado, el denominado Mecanismo intersectorial para la protección de personas defensoras de derechos humanos solo ha creado expectativas; pero, objetivamente, en cuanto a sus avances, han sido más de gestiones y coordinaciones entre las instituciones para atender casos de urgencia. No se conoce qué estrategias están desarrollando para resolver los temas de fondo que ponen en riesgo a las personas defensoras del medio ambiente y su territorio. El Mecanismo solo atiende algunas situaciones de urgencia, pero no resuelve las cuestiones estructurales que colocan en riesgo a las personas. Lo mismo podemos decir de los protocolos y mesas regionales; pareciera que es línea del Gobierno dejar indefensos a los defensores. Tampoco se garantiza la efectividad de los mecanismos aprobados a través de presupuestos suficientes y de rápida ejecución.
En resumen, podemos decir en el tema de la protección de los defensores indígenas que solo se han dado medidas de alerta y de conveniente publicidad cuando ya se produce la afectación, pero no se previene ni se sanciona.
Tal situación importa un ambiente propicio para los crímenes, así tenemos el asesinato del líder indígena Sr. Santiago Contoricón, en abril de 2023, tras denunciar la existencia de actividades ilegales en el territorio Asháninka en la provincia de Satipo. Asimismo, al asesinato del líder indígena Sr. Quinto Inuma Alvarado, apu de la comunidad nativa Santa Rosillo de Yanayacu, defensor ambiental que militaba contra la tala ilegal.
Nos preguntamos: ¿tendrá que esperarse diez años para que se sancione a los responsables? Ello revela que el Gobierno se encuentra de espaldas en la protección de la integridad de los pueblos indígenas y de sus dirigentes. No nos olvidemos de las familias de los deudos, quienes quedan en total indefensión, sin dinero, protección social, amenazados, sin poder trabajar, ni estudiar los hijos. ¿Qué ha hecho el Estado por ellos durante estos diez años?
Por ello, es importante fortalecer los mecanismos de protección, sumados a una voluntad política para poder asignar presupuestos para quienes denuncian y su entorno, recursos que les permitan sobrevivir, los que tienen que ser sostenibles y de acuerdo con la interculturalidad de los pueblos.
En cuanto a las observaciones sobre la situación de los derechos humanos en el contexto de las protestas en el Perú, efectivamente, como lo declara la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, entre diciembre de 2022 hasta septiembre de 2023 hubo 49 ejecuciones extrajudiciales, entre ellos población indígena, y se difundieron discursos estigmatizadores y hostigamientos racistas contra manifestantes que pertenecían a comunidades indígenas. Actualmente, los responsables directos siguen impunes, intencionalmente se retrasan las investigaciones, en una componenda de los poderes deslegitimados del Estado, en un marco de inestabilidad política, social, económica y de corrupción.
Con respecto al derecho a la consulta, el Gobierno no ha adecuado su legislación interna para honrar sus compromisos internacionales, no se ha pensado en la implementación del derecho a la consulta a los pueblos indígenas conforme al Convenio, pues se plantea el proceso solo como un mecanismo de información parcial.
En la actualidad, en nuestro país aún no se ha entendido el proceso de consulta como un diálogo transparente entre el Gobierno y los pueblos indígenas. Si bien existe un órgano encargado de implementar la consulta en el sector minero, sin embargo, el proceso de consulta se inicia una vez emitida la certificación ambiental y hasta antes de que se autorice la concesión minera. Esto es, no se ha garantizado la consulta de los pueblos indígenas durante la etapa de evaluación del impacto ambiental, desconociéndose que, de acuerdo con el Convenio, los Gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios en cooperación con los pueblos interesados.
La Comisión debe tomar nota que el Gobierno debe garantizar la consulta libre, previa e informada como lo dice la Declaración de las Naciones Unidas.
El Perú es un país pluricultural; sin embargo, la existencia de diversas culturas en nuestro país debe valorarse.
Finalmente, esperamos que el Gobierno, ahora que ha sido elegido miembro titular del Consejo de Administración, fije fecha para la misión de contacto directo sobre el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y muestre una apertura para cumplir con las conclusiones de esta Comisión, y, asimismo, se acuerde la visita de una nueva misión.
Miembro empleadora, Perú - Gracias por brindarnos la oportunidad de exponer la posición de los empleadores del Perú, representados por la CONFIEP, con relación a la aplicación del Convenio en nuestro país.
Como representantes del sector empleador de Perú, rechazamos y deploramos todo acto de violencia y lamentamos que esta situación se produzca de forma reiterada en los últimos años contra los dirigentes indígenas. Asimismo, lamentamos que la justicia no actúe de manera oportuna ante estos hechos delictivos, lo cual genera una situación de impunidad y expone permanentemente al peligro a los dirigentes indígenas y a sus familiares. Es claro que esta situación contraviene uno de los objetivos del Convenio, el de asegurar que los pueblos indígenas gocen en pie de igualdad de los derechos y oportunidades que la legislación nacional otorga a todos los ciudadanos.
Si bien saludamos que, luego de casi una década de ocurridos los hechos materia del caso, se haya dictado sentencia contra los culpables del asesinato de los cuatro dirigentes indígenas de la comunidad del Alto Tamaya-Saweto, conforme a lo recientemente informado por el Gobierno, lamentamos lo señalado por el representante de los trabajadores sobre que hasta la fecha no haya ninguna persona presa por estos lamentables hechos.
También sabemos que las organizaciones criminales de la minería y la tala ilegal continúan amenazando y dañando a los pueblos indígenas y a sus dirigentes, como ha sido puesto de manifiesto por la CONFIEP en las distintas discusiones del caso.
Recientemente, como bien señaló el portavoz de los trabajadores de mi país, el pasado 19 de abril, fue asesinado el Sr. Victorino Dariquebe, guardaparque de la reserva comunal Amarakaeri y parte del pueblo indígena Harakbut. Las investigaciones señalan que serían mineros informales los responsables del asesinato. También, el pueblo indígena Wampís ha venido advirtiendo al Gobierno sobre la invasión de mineros ilegales en su territorio. En abril de este año, los dirigentes del pueblo Wampís visitaron Lima para hacer un llamado a las autoridades del Gobierno central a atender su situación.
En el Perú, la tala y la minería ilegales se vinculan con otros delitos, como son el narcotráfico, el trabajo forzoso, el trabajo infantil, la trata de personas, el sicariato, la extorsión, el homicidio, el robo de tierras y la evasión tributaria. Además, dañan el medio ambiente, al afectar severamente los bosques, y agudizan el cambio climático: entre 2011 y 2022, estas actividades han deforestado 2,6 millones de hectáreas de bosque en nuestro país.
La minería ilegal se ha convertido en la principal economía criminal de nuestro país, equivalente al 2,5 por ciento de nuestro producto bruto interno. Por ello, urge que el Gobierno adopte políticas efectivas de lucha contra la delincuencia y el crimen organizado que afectan a la población a nivel nacional, y en especial a los más vulnerables, como son la población indígena. Estas políticas deben aprobarse convocando a todos los actores involucrados, incluyendo a los trabajadores y los empleadores.
Los empleadores y los trabajadores de nuestro país hemos sido proactivos. Desde hace siete meses, organizaciones sindicales y gremios empresariales, entre ellos la CONFIEP, venimos trabajando de forma conjunta, buscando mitigar la inseguridad ciudadana. El mes pasado presentamos al Gobierno diversas propuestas formuladas en consenso para enfrentarla, pues la inseguridad ciudadana genera pérdidas al país estimadas en el 3,09 por ciento de nuestro producto bruto interno.
Para finalizar con este aspecto referido al cumplimiento del artículo 3 del Convenio, remarcamos que es necesario que se garantice la aplicación del Convenio en un ambiente de diálogo social y entendimiento, exento de violencia e intimidación.
Adicionalmente, conforme a lo establecido en los artículos 6, 7 y 15 del Convenio, se requiere una implementación efectiva y de buena fe del proceso de consulta, que no lo convierta en un veto encubierto a la inversión privada, que es el único mecanismo para generar trabajo decente. En el Perú, el sector privado genera el 80 por ciento de la inversión y el 71 por ciento del empleo formal.
El sistema actual requiere ser perfeccionado, debemos superar las dificultades en la aplicación del Convenio, lo que permitirá la generación de empleos directos e indirectos, con el correspondiente bienestar y el progreso para las zonas más pobres, incluyendo los territorios indígenas. En tal sentido, es necesario atender los siguientes puntos.
En primer lugar, que en el proceso de identificación de los pueblos indígenas a ser consultados no existan demoras burocráticas.
Se requiere, también, que los plazos para implementar procesos de consulta previa sean acotados, pues resultan excesivos. Por un lado, no existen plazos para la etapa de evaluación que implica la identificación de pueblos y determinación de afectación a derechos colectivos, lo cual genera que la evaluación de muchos proyectos demore meses o incluso años. En la etapa de implementación, se establece un plazo de 120 días calendario. Sin embargo, en la práctica, este plazo no se cumple y la etapa puede extenderse por varios meses o incluso años. Por ejemplo, tenemos el caso del proyecto Antapaccay-Coroccohuayco, con una duración de más de tres años, y el proyecto Tajo Chalcobamba, con una duración de dos años.
En tercer lugar, no debe confundirse la consulta con un procedimiento de aprobación previa. La falta de un acuerdo no implica que no se haya cumplido con el proceso de consulta en los términos establecidos en el Convenio.
Otro tema a resolver es que no hay claridad sobre las situaciones en las que los pueblos indígenas no participan en el proceso de consulta. Es necesario precisar el agotamiento de esfuerzos del Gobierno en estas situaciones, así como los mecanismos que garanticen una aplicación del Convenio de buena fe, como lo establece su propio texto.
Un último aspecto, y no por ello menos importante y que requiere ser atendido por el Gobierno de forma prioritaria, es el cierre de brechas socioeconómicas, pues incide en la desnaturalización del objetivo de la consulta. Debido a las múltiples y numerosas necesidades de los pueblos indígenas, los procesos de consulta se utilizan erradamente para canalizar demandas sociales cuya atención es responsabilidad del Gobierno. Esta situación se hace más grave aún en el contexto actual del país, en el que el 29 por ciento de la población se encuentra en situación de pobreza.
Finalmente, reiteramos la plena disposición del sector empleador del Perú de trabajar de forma tripartita para resolver las dificultades que no permiten una plena aplicación del Convenio, lo cual otorgará la certeza y seguridad jurídica necesarias para permitir el desarrollo de inversiones que generen empleos con estándares de trabajo decente. También reiteramos la solicitud de los empleadores de la región de contar en la Oficina con un especialista en el Convenio que permita una adecuada asistencia técnica y acompañamiento.
Miembro gubernamental, México, hablando en nombre del grupo de los Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC) - Realizo esta intervención en representación de una mayoría de países del GRULAC en el marco de la información proporcionada por el Gobierno en relación con las recomendaciones formuladas por la Comisión de Expertos sobre la aplicación del Convenio. El GRULAC toma nota de los esfuerzos desplegados por el Gobierno para visibilizar y proteger a sus pueblos indígenas y tribales, poblaciones vulnerables que guardan especial relevancia para nuestra región. Valoramos las medidas adoptadas por el Gobierno para la prevención, investigación y sanción de actos de violencia contra defensores indígenas; así como los esfuerzos desplegados en la promoción y protección de sus derechos humanos, especialmente para aquellos que se encuentran en contextos de actividades ilícitas, tales como la minería y la tala ilegal. Tomamos nota de las medidas tomadas por el Gobierno para incluir a los pueblos indígenas en la evaluación de los proyectos de exploración o explotación minera, permitiendo fortalecer la participación directa de estas comunidades.
Considerando lo descrito, invitamos al Gobierno a seguir implementando y realizando acciones concretas que le permitan continuar aplicando los principios y reglas vinculantes previstas en el Convenio, para lo cual, alentamos a la Oficina a brindar la asistencia técnica que corresponda.
Miembro trabajador, España - Hablo en nombre de la Unión General de Trabajadores (UGT) y la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) de España. El Informe de la Comisión de Expertos evidencia un incumplimiento general del Convenio por parte del Gobierno, que incluye asesinatos de dirigentes indígenas, impunidad, amenazas a familiares de víctimas, represión indiscriminada durante protestas, ausencia de consultas y difusión de discursos estigmatizantes, entre otras violaciones. Es evidente que estamos ante un caso de extrema gravedad que afecta a población altamente vulnerable. La propia Comisión de Expertos recuerda en su informe que «un clima de violencia e impunidad constituye un grave obstáculo para el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas consagrados en el Convenio».
Si atendemos a los casos concretos presentados por los trabajadores, como el caso Saweto, vemos que detrás de las violaciones a los derechos de las comunidades, que incluyen asesinatos e impunidad, existe un trasfondo social y económico relacionado con la actividad de economías ilegales, como la tala ilegal y el trabajo forzoso.
La tala ilegal de madera en el Perú supone un negocio que genera ingentes cantidades de dinero para los grupos criminales involucrados, representando casi el 40 por ciento de toda la madera producida en el país. El Informe de la Comisión de Expertos recoge la información suministrada por la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP) sobre que la motivación principal del crimen fue la denuncia de actividades de tráfico ilícito de madera que se sirve de trabajo forzoso de personas indígenas. Este es otro asunto fundamental del caso, porque el descontrol gubernamental sobre las actividades de tala ilegal permite la existencia de trabajo forzoso de personas indígenas, quienes, ante sus precarias condiciones de vida y falta de recursos, son captados por grupos criminales, que los emplean de manera informal incumpliendo cualquier normativa laboral.
Además, los grupos criminales imponen a los trabajadores indígenas la provisión de víveres, generando una deuda que condena a estos trabajadores a una relación infinita de sumisión.
Este mecanismo, que sin dudas supone una situación de trabajo forzoso, es conocido como «habilitación» y representa una clara violación del artículo 20 del Convenio, que prescribe que el Gobierno debe garantizar que los trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas «no estén sujetos a sistemas de contratación coercitivos, incluidas todas las formas de servidumbre por deudas».
Debe destacarse que, no solo las organizaciones de trabajadores han denunciado esta situación, sino que, como se ha dicho y como recoge el Informe de la Comisión de Expertos, lo ha hecho también la CONFIEP, que informó sobre el aumento de las actividades ilegales e informales, como la tala y la minería, en el ámbito de territorios de pueblos indígenas en el país.
La propia Comisión de Expertos en su informe lamenta que el Gobierno no ha proporcionado informaciones que le fueron solicitadas sobre las investigaciones relacionadas con la tala ilegal de madera y los casos de trabajo forzoso vinculados, bajo la mencionada forma de la «habilitación».
Termino diciendo que estamos ante un caso sobre el que la Comisión debe exigir, con la máxima firmeza, al Gobierno, la puesta en marcha de medidas urgentes para impedir las actividades de economías ilegales que socavan los derechos incluidos en el Convenio, además de otras destinadas a fortalecer los mecanismos de protección para los defensores de pueblos indígenas que denuncian estos delitos.
Miembro gubernamental, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte - El Reino Unido sigue de cerca la situación en el Perú de los defensores de los derechos humanos y del medio ambiente, incluidos los de los pueblos indígenas, y acoge con satisfacción la oportunidad de debatir estas cuestiones en este foro. El Reino Unido considera que los pueblos indígenas y las comunidades locales son actores fundamentales, especialmente en lo que respecta a la protección y el uso sostenible del medio ambiente.
El Reino Unido acoge con satisfacción los esfuerzos del Gobierno para avanzar en la protección de los derechos de estos grupos. El Reino Unido toma nota de que, después de diez años, el caso Saweto ha avanzado significativamente, y es de esperar que concluya con justicia para las familias de los cuatro defensores del medio ambiente indígenas asesinados por empresarios madereros ilegales en 2014.
También tomamos nota del compromiso de las autoridades peruanas de investigar los asesinatos de líderes indígenas y defensores del medio ambiente, incluidos los de los Sres. Santiago Contoricón y Quinto Inuma Alvarado, y esperamos que se haga justicia. El Reino Unido hace un llamamiento al Gobierno para que intensifique sus esfuerzos para garantizar la protección de los pueblos indígenas, cumpla sus propios compromisos de defender sus derechos fundamentales y colectivos, y cumpla sus obligaciones en relación con el Convenio.
Alentamos al Gobierno a proteger el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa y al acceso a servicios públicos culturalmente sensibles. También pedimos al Gobierno que tome medidas para atajar las actividades ilegales, como la minería y la tala ilegales, que amenazan a estos grupos y a sus territorios.
Pedimos al Gobierno que actúe con rapidez para demostrar que todo responsable de infringir los derechos de los pueblos indígenas o de violar sus territorios rendirá cuentas y comparecerá ante la justicia.
El Reino Unido ha declarado anteriormente la necesidad de investigaciones imparciales sobre las alegaciones de abusos y acciones desproporcionadas por parte de la policía y las fuerzas armadas, incluyendo presuntas acciones dirigidas contra grupos indígenas, durante las protestas nacionales de 2022-2023 en el Perú. El Reino Unido anima al Gobierno a garantizar el progreso para avanzar en estas investigaciones y llevar a los responsables ante la justicia.
En conclusión, el Reino Unido acoge con satisfacción los continuos esfuerzos del Gobierno para aplicar las recomendaciones de este informe y cumplir sus compromisos con los grupos señalados, y espera sinceramente que adopte medidas rápidas para cumplir plenamente el Convenio.
Miembro empleador, Chile - Lamentamos profundamente la pérdida de vidas humanas de dirigentes indígenas, así como las demoras del sistema de justicia del Perú en atender estos casos, sancionar a los responsables y brindar reparación y protección adecuadas a las víctimas y sus familiares. Es preocupante además que los pueblos indígenas y sus dirigentes continúen expuestos a este tipo de violencias.
Como se ha adelantado, esta situación de inseguridad está ligada al desarrollo de actividades de la economía ilegal, en particular, la tala y la minería ilegal. En este sentido, debemos llamar la atención sobre el hecho de que una forma de combatir estas actividades es creando un ambiente adecuado para que se desarrollen proyectos formales que brinden a las comunidades alternativas de desarrollo dentro de la legalidad, ofreciendo empleos que cumplan los estándares del trabajo decente y aleje a las personas, incluidas las pertenecientes a pueblos indígenas, de los trabajos informales y precarios, con escasa o nula seguridad para su salud y vidas.
De otro lado, con relación al procedimiento de consulta, se ha mencionado que uno de los problemas que se enfrentan en el Perú es la dificultad para identificar de manera cierta a los actores que deben ser objeto de consulta. Al respecto, en 2023, la Comisión de Expertos señaló que el Gobierno no había proporcionado información en relación con los avances en los procesos de identificación, demarcación y titulación de las tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos cubiertos por el Convenio.
Resaltamos la información entregada por el Gobierno sobre la creación de la Comisión multisectorial para dar seguimiento a los acuerdos llegados en el marco de procesos de consulta y que el Ministerio de Cultura ha brindado asistencia en dichos procesos; sin embargo, estas actividades de asistencia técnica son insuficientes. Es necesario que las medidas se concentren en garantizar la titulación de tierras de las 1 700 comunidades que aún la requieren, de manera que se aclare la identidad de los sujetos legitimados para el proceso de consulta.
Miembro trabajador, Honduras - Tenemos que denunciar, lamentar y condenar con firmeza al Gobierno en tanto las violaciones en contra de manifestantes y la impunidad de un alto número de asesinatos perpetrados contra dirigentes indígenas. No ha cesado, pese a los esfuerzos que se han hecho desde organizaciones de derechos humanos y pese, también, al llamado de atención reiterado que desde la OIT se ha hecho al Gobierno.
El Informe de la Comisión de Expertos pone una vez más el foco en el asesinato de cuatro dirigentes de la comunidad Asháninka en Alto Tamaya, departamento de Ucayali, que parece adquirir el carácter de una pesadilla que no cesa desde su ejecución en 2014, tras denunciar la tala ilegal de madera en su región. El juicio penal a los imputados no solamente ha tenido un proceso lento, sino que además ha conocido retrocesos por la nulidad de lo actuado, decretado por un tribunal superior que ordenó que volviera a la etapa de conocimiento judicial por presuntos defectos procesales. No estamos en contra de las garantías que deben de gozar todas las personas que pueden ser acusadas, pero en los hechos, la lentitud del proceso ha materializado una situación de verdadera impunidad de los violentos asesinatos de personas que no hacían otra cosa que defender los derechos de sus comunidades de manera pacífica.
Los datos aportados a la Comisión de Expertos por las organizaciones sindicales dejan entrever la existencia de irregularidades en la misma actuación fiscal, lo que constituye una preocupante señal negativa del funcionamiento del Poder Judicial en ese país. Siendo una de las funciones esenciales del Estado la administración de justicia, la impunidad que gozan quienes perpetraron los asesinatos deja claro que estamos en tres problemas de enorme significación. Por una parte, la violación de derechos humanos muy básicos, como la seguridad, la integridad física y la vida misma. En segundo lugar, por la afectación de los derechos de los pueblos indígenas tal como están reconocidos en el Convenio. Finalmente, por la constatación puntual de la existencia de severas fallas del Estado, que no llega a cumplir siquiera con sus deberes esenciales como es el de dictar justicia en tiempo y forma.
La impunidad es tal, en el caso referido, que los acusados han acosado y amenazado a familiares de las víctimas en tanto permanecieron en libertad. Pero con ser trágicos los sucesos y los procesos que venimos reseñando, no podemos decir que son los únicos. La violencia ha continuado con similares características, tal como lo demuestran los recientes asesinatos de los líderes indígenas Sr. Santiago Contoricón, en abril de 2023, tras denunciar la existencia de actividades ilegales en el territorio Asháninka en la provincia de Satipo, y el del compañero Sr. Quinto Inuma Alvarado ocurrido en noviembre de 2023 en Santa Rocío de Yanayacu, región de San Martín. A estos casos habría que agregar el de los desplazamientos y consiguientes desarraigos, por razones de seguridad, de dirigentes y militantes de otras comunidades.
Finalmente, es igualmente grave que, en el contexto de las protestas populares desarrolladas en diciembre de 2022 y septiembre de 2023, se desatara un uso excesivo de la fuerza por parte de la policía contra personas indígenas en regiones fuera de la capital.
Miembro empleador, México - Nos permitimos manifestar que no debemos olvidar que los garantes de la consulta libre, previa, informada y culturalmente adecuada son precisamente los Estados. Que toda consulta debe realizarse de «buena fe», principio fundamental para garantizar que la consulta no sea simplemente una formalidad, tal y como se manifestó en la Conferencia Internacional del Trabajo de 1988. Esta propia Comisión ha subrayado también que «un diálogo auténtico debe estar basado en el respeto de los derechos y la integridad de los pueblos indígenas».
La Comisión de Expertos ha destacado que los procesos de consulta ayudan a fortalecer la confianza entre el Gobierno y los pueblos indígenas. Debemos recordar, pues, que la consulta debe brindar a los pueblos la posibilidad efectiva de expresar su punto de vista en el proceso de formulación de decisiones que les afecten. Por lo que es fundamental que el Gobierno garantice que los pueblos indígenas cuenten con toda la información pertinente y esta pueda ser comprendida en su totalidad, debiendo otorgar tiempo suficiente para que se organicen en sus propios procesos para la toma de sus decisiones y participen de forma eficaz en las decisiones que se adopten.
De acuerdo con la información que han proporcionado los empleadores a la Comisión de Expertos, no existe claridad sobre la forma de identificación de los pueblos indígenas a ser consultados, ni sobre la forma en que se determina la afectación; tampoco existe un marco claro sobre cómo proceder cuando los pueblos indígenas se niegan a participar en las consultas, lo que genera una gran incertidumbre en dos vías. Por un lado, no se garantiza el completo acceso al derecho de la consulta y, por el otro, genera un clima de incertidumbre legal a los proyectos del sector empleador.
Además, algunas autoridades caen en un error de solicitar que se someta a consulta previa actos administrativos que no son susceptibles de afectar directamente a las comunidades, lo que se encuentra fuera de lo previsto en el artículo 15 del Convenio, ya que dicho artículo señala que, para las actividades extractivas, la consulta aplica a los actos administrativos que autoriza el inicio de la exploración y la explotación de recursos, pero no se requiere someter a consulta la certificación ambiental.
Miembro trabajadora, Noruega - Los sindicatos de los países nórdicos expresamos nuestra profunda preocupación por las graves violaciones de los derechos humanos de los pueblos indígenas en el Perú. El Perú cuenta con 55 grupos indígenas diferentes dentro de sus fronteras. Esto hace que el Gobierno tenga una responsabilidad especial a la hora de aplicar y salvaguardar las disposiciones del Convenio en beneficio y protección de su población indígena.
Las comunidades indígenas de la Amazonía peruana son objeto de discriminación, violencia, amenazas y trabajos forzosos relacionados con actividades económicas ilegales, entre las que destacan la tala, la minería y el cultivo de coca. Todo ello queda ilustrado por el emblemático caso judicial sobre los brutales asesinatos de cuatro líderes asháninkas de Alto Tamaya-Saweto en 2014. Aunque el crimen ocurrió hace diez años, y los autores fueron condenados en 2023, su detención definitiva sigue a la espera de la aprobación de un tribunal superior. Pedimos justicia definitiva. Las familias de las víctimas y su comunidad merecen protección. Los condenados deben ser detenidos inmediatamente.
Lamentablemente, los defensores de la tierra y los derechos humanos están siendo agredidos en el Perú. Desde 2012 hasta 2022, 54 defensores de derechos han sido asesinados. Más de la mitad de los fallecidos son indígenas. A pesar de que el Perú ha establecido un registro y un Mecanismo intersectorial para la protección de personas defensoras de los derechos humanos, estas medidas están siendo, por desgracia, infrautilizadas, ya que los líderes indígenas siguen siendo asesinados.
El Gobierno fomenta la reactivación de su economía. Sin embargo, es inaceptable que los agentes económicos que operan en tierras indígenas eviten obtener el consentimiento libre, previo e informado, y opten, en cambio, por el acoso y la violencia. Al permitir la impunidad de tales actos, el Gobierno permite tácitamente estas prácticas contra los indígenas que no hacen sino defender sus derechos básicos.
Por último, si no se reconocen los derechos básicos de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, es más fácil que los actores ilegales entren y tomen el control de estos territorios. La formalización de las 1 700 reclamaciones pendientes de comunidades nativas y campesinas en el Perú contribuirá a reforzar aún más los derechos de los pueblos indígenas y a mejorar la protección frente a los actores ilegales.
Pedimos al Gobierno que garantice los derechos de los pueblos indígenas, mejore su protección y establezca sus territorios para hacer frente a la violencia directa contra ellos y acabar con la impunidad de los autores.
Miembro empleadora, Guatemala - Apoyamos lo dicho por nuestra portavoz y como empleadores queremos expresar nuestro rechazo ante cualquier acto de violencia o amenaza. Además, manifestamos nuestra preocupación por la demora injustificada de la justicia en sancionar a los responsables de este tipo de casos y en brindar mecanismos adecuados de reparación y protección a las víctimas y a sus familias.
Por otro lado, vale la pena señalar que, aunque el Convenio no exige que se cuente con una regulación nacional sobre la consulta previa, el Gobierno ha optado por aprobar una normativa interna que en términos generales la regula adecuadamente. Sin embargo, en la aplicación práctica, esta regulación se omite consistentemente para resolver asuntos clave, como la adecuada identificación de las poblaciones materia de consulta y la solución de las situaciones en las cuales la población se niega a participar en los procesos de consulta, alejándose del principio de buena fe contenido en el Convenio. Es imprescindible resolver estas deficiencias. Para ello, se deberá tomar en cuenta dos aspectos:
  • i) la Observación General de la Comisión de Expertos sobre este Convenio efectuada en 2011. En dicha oportunidad, la Comisión de Expertos expresó que estas consultas no implican un derecho de veto ni su resultado será necesariamente alcanzar un acuerdo para lograr el consentimiento, y
  • ii) que la obligación de garantizar consultas adecuadas recae clara y explícitamente en los Gobiernos, no en las personas o en las empresas privadas.
Nos parece importante llamar a la reflexión respecto a la manera en la cual el entrampamiento en los procesos de consulta paraliza proyectos formales, generadores de empleos que cumplen con los estándares del trabajo decente. Esto a su vez propicia la aparición y el desarrollo de actividades ilegales, como la tala y la minería ilegales, que afectan gravemente el bienestar y la seguridad de los pueblos originarios, el medio ambiente y a la sociedad en general.
Hacemos un llamado al Gobierno a atender de manera urgente los problemas mencionados en consulta con los interlocutores sociales más representativos.
Miembro trabajadora, Costa Rica - Un componente fundamental del Convenio es el derecho a la consulta por parte de los Gobiernos en aspectos que tengan que ver con el interés de esas comunidades en relación con los proyectos que se estimen implementar.
La consulta tiene como propósito, según el artículo 7 del Convenio, que se efectúen estudios en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas por el Gobierno puedan tener sobre estos pueblos. A su vez, el artículo 15 obliga a los Gobiernos a establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados y en qué medida, antes de proceder o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras.
En el caso del Perú, las observaciones de la Comisión de Expertos dejan entrever que no han garantizado la consulta de los pueblos indígenas durante la etapa de evaluación del impacto ambiental de aquellas medidas que afecten directamente a pueblos indígenas, razón por la cual la Comisión de Expertos recuerda al Gobierno su deber de cumplir cabalmente con el artículo 7 del Convenio.
En lo sustantivo, la Comisión pide al Gobierno que tome medidas para identificar y abordar las dificultades que siguen presentándose en la implementación de procesos de consulta en el sector minero.
Queremos agregar que no se trata simplemente de cumplir el Convenio mediante la implementación de un deber de consulta a los pueblos interesados. Esto porque la consulta tiene dos dimensiones fundamentales: por un lado, tiende a proteger un interés directamente afectado, por ejemplo, por un proyecto de exploración y explotación minera o de otro tipo; pero la consulta también tiene la significación de materializar el derecho al reconocimiento de los pueblos como sujeto histórico y singular desde el punto de vista histórico, social, espiritual y cultural.
Esa doble dimensión de la consulta resulta esencial para cumplir plenamente con el Convenio. El Gobierno debe cumplir con ese deber para que el reconocimiento y la participación no queden reducidos a un mero progreso escrito.
Miembro empleador, Honduras - En primer lugar, como miembros empleadores, deseo expresar nuestro rechazo a cualquier tipo de violencia que se pueda presentar en contra de las poblaciones indígenas, en específico, y de cualquier otro grupo poblacional en el Perú.
Este caso nos debe de llevar a una profunda reflexión en cuanto a la aplicación efectiva del Convenio, ya que se ha dificultado su aplicación en distintos países, sobre todo de la región latinoamericana. Hoy conocemos el caso del Perú, donde se señalan actos de violencia contra líderes indígenas, lo cual es condenable en todo sentido; pero solo es una evidencia de la ausencia del Gobierno, que permite la participación ilegal en muchos sectores, entre ellos la minería ilegal, la cual viene a operar bajo un contexto de competencia desleal; pero lo más grave es que pone en riesgo la integridad y la vida de muchos ciudadanos en el Perú.
Deseo resaltar que, en el caso del Perú, un tema importante a destacar es que cuenta con la regulación de un mecanismo de consulta, el cual ha servido de referencia a muchos países, pero debemos reconocer que estos mecanismos de consulta presentan muchos desafíos. El principal de ellos es la intervención de otras agencias, quienes han venido a generar nuevos conceptos, muy diferentes al concepto de consulta previa que establece el Convenio. Esto es un problema que se comienza a vivir en el Perú debido a que las poblaciones indígenas desconocen los procedimientos de consulta, generando con ello una especie de veto, lo cual no está contemplado en el texto del Convenio. Esto es una realidad, por lo cual la Oficina debe prestar mayor atención a este importante Convenio.
Llamo a la atención que en distintas ocasiones se ha pedido a la Oficina de la OIT dar mayor atención al Convenio, sobre todo en los países de la región de Latinoamérica, en donde se debe contar con especialistas que ayuden a los distintos Estados que hemos ratificado el Convenio para construir mecanismos de consulta efectiva de forma tripartita, para de esta forma evitar incumplimientos del Convenio y ejercer el control y la gobernanza sobre un Convenio tan importante que garantiza el derecho a la consulta previa y otros derechos fundamentales de los pueblos indígenas.
Finalmente, deseamos reiterar el apoyo del sector empleador en trabajar en forma tripartita para garantizar el cumplimiento del Convenio.
Miembro trabajadora, Canadá - La Comisión pide al Gobierno que identifique y aborde las cuestiones relativas a la aplicación de los procesos de consulta en el sector minero. Más de 70 empresas mineras canadienses están activas en el Perú, juntas representan cerca de 10 000 millones de dólares de los Estados Unidos en activos equivalentes al 4,5 por ciento del producto interior bruto del Perú en 2021. El Canadá, sede del 75 por ciento de las empresas mineras mundiales, promueve la industria y saluda al Perú como un socio minero estratégico.
Mientras el Gobierno impulsa una agenda favorable a la minería, el Canadá sostiene que ambos países se beneficiarán de la expansión de las actividades extractivas. Pero el botín de las políticas favorables a la minería en el Perú no se reparte de forma equitativa, como suele ocurrir, ya que la mayoría de la población está subordinada a los intereses y beneficios de una élite minera transnacional.
Los interlocutores indígenas de las organizaciones no gubernamentales canadienses indican que la industria intenta explotar las minas donde sea y como sea lo más rápido posible, con escasa participación de las personas afectadas. Por ejemplo, la provincia meridional peruana de Puno, cerca de la frontera con Bolivia, alberga numerosas explotaciones mineras, algunas en fase de exploración y otras que ya han iniciado la producción. Durante las protestas que se produjeron a escala nacional a principios de 2023, Puno fue escenario de una fuerte represión policial mientras las comunidades indígenas y campesinas se movilizaban para exigir reformas que aborden las responsabilidades medioambientales tóxicas que han dejado tras de sí los proyectos existentes y que se respete su derecho a dar su consentimiento a futuros proyectos a través de procesos impulsados por la comunidad, transparentes y justos.
Las comunidades y organizaciones locales han denunciado la falta de transparencia en torno a los proyectos venideros, la ausencia de marcos reguladores para gestionar adecuadamente las minas y los riesgos potenciales para la salud pública y el medio ambiente. Dar prioridad a los beneficios de las empresas transnacionales y acelerar los grandes proyectos extractivos va en contra de las necesidades reales de la población, que ha identificado la alimentación, el agua y la crisis climática como preocupaciones fundamentales que deben abordarse, pero afirman que no hay ni una sola mención a estas cuestiones en los planes presentados por los Gobiernos nacionales y regionales.
El ex Secretario General de las Naciones Unidas Ban Ki-moon proclamó que no puede haber desarrollo para los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado y sin que participen en cada paso. Esto subraya el llamamiento de los sindicatos y actores de la sociedad civil canadienses a favor de una sólida legislación obligatoria de diligencia debida en materia de derechos humanos que garantice que las empresas canadienses toman las medidas necesarias en sus operaciones en el extranjero para evitar graves impactos negativos sobre el medio ambiente, los derechos humanos y la salud a largo plazo de las comunidades, incluido el requisito de respetar el derecho de participación y consulta de los miembros de la comunidad, tal y como exige el Convenio.
Miembro trabajador, Chile - En mi calidad de dirigente sindical y miembro del pueblo Mapuche, lamento la situación de nuestros hermanos de los pueblos indígenas del Perú, quienes denuncian ilícitos penales como la tala ilegal, la minería ilegal y el trabajo forzoso, que ponen en peligro su vida y la de sus familias sin que el Estado les otorgue mecanismos de protección adecuados, eficientes, sostenibles, preventivos e inmediatos con los recursos suficientes y una verdadera voluntad política de ayuda integral a ciudadanos peruanos y que se cumpla así con lo señalado en el artículo 4, 1) del Convenio.
Estamos hablando de casos concretos y de personas con nombres y apellidos. El caso del Sr. Edwin Chota y tres líderes indígenas de Saweto, quienes fueron asesinados por denunciar la tala ilegal; el caso del Sr. Quinto Inuma, líder indígena de la región San Martín, asesinado por denunciar también la tala ilegal, a pesar de tener activado un mecanismo de protección; el caso de la Sra. Augostina Mayán, lideresa Awajún de Cenepa Amazonas, quien se encuentra desplazada por amenaza de muerte por denunciar la minería ilegal, se activó también un mecanismo pero no tiene un apoyo del Estado; el caso del Sr. Zebelio Kayap, líder de la comunidad Huampami, Cenepa Amazonas, cuenta con el mecanismo, pero está abandonado también sin ayuda estatal; el caso de la Sra. Georgina Rivera Paz, lideresa Awajún de la comunidad de Nazareth, Chiriraco también de Amazonas, amenazada de muerte por el narcotráfico y también por violadores de menores, solicitó el mecanismo, no tiene apoyo estatal; el caso del Sr. Isaías Mayán, líder indígena de la comunidad de Canga, Cenepa Amazonas, no cuenta con el mecanismo ya que lo solicitó en 2021; y el caso de los Sres. Julián Gonza y Batman Chujandam, líderes indígenas de la comunidad nativa Anak Kurutuyacu, se encuentran desplazados debido a que son amenazados de muerte por denunciar la tala ilegal, cuentan con mecanismo de protección, pero sin ninguna atención estatal.
Como podemos ver los mecanismos de protección de alerta temprana y de protección de los defensores de derechos humanos para estos líderes indígenas, quienes denuncian ilícitos penales, no son efectivos y esta inacción del Gobierno los expone y genera riesgos para su vida. El Gobierno toma conocimiento de estos hechos sin una respuesta inmediata y concreta, incumpliendo el artículo 4 del Convenio, por lo que la Comisión deberá exigir la acción inmediata para regular mecanismos de protección adecuados, con presupuestos y tomando en cuenta la interculturalidad de los pueblos originarios.
Miembro trabajador, México - Hablo en nombre de la Unión Nacional de Trabajadores de México. El caso debe ser analizado en su integridad por la gravedad y complejidad de las violaciones a los derechos humanos de la población indígena del Perú. Me refiero en concreto a dos señalamientos que se hacen en el informe y que pretendo subrayar en esta breve intervención.
En el Perú, el derecho humano a una justicia expedita, pronta, completa e imparcial continúa siendo violado de manera flagrante y la situación no ha cambiado desde hace diez años. El informe deplora firmemente la brutal masacre de cuatro dirigentes indígenas en Alto Tamaya-Saweto, acontecido en 2014, lo que no es solo un ataque a la vida humana, sino una afrenta directa a los derechos fundamentales y la dignidad de nuestros hermanos indígenas.
Estos líderes fueron asesinados por defender sus tierras y sus comunidades de un sistema que reduce a las personas a simples mercancías. En la región, el mecanismo de «habilitación» se ha convertido en un perverso ciclo de esclavitud moderna, donde los indígenas son captados y forzados a trabajar bajo condiciones inhumanas. Se les obliga a proveer madera al habilitante, acumulando deudas interminables a cambio de víveres, perpetuando así un sistema de explotación y miseria.
Condenamos enérgicamente este clima de violencia que se ha instalado en los pueblos indígenas peruanos y contra aquellos que defienden sus derechos. Es inadmisible que la fuerza pública se utilice de manera desproporcionada para reprimir a personas indígenas que solo buscan justicia y el respeto de sus derechos humanos. Estos actos de violencia, sumados a los discursos racistas y llenos de odio que incitan a más violencia, son absolutamente inaceptables y deben de cesar de inmediato.
Es imperativo que esta Comisión apremie al Gobierno a que tome medidas contundentes y urgentes para proteger a los defensores de los derechos indígenas en la región amazónica; implemente políticas efectivas que garanticen la seguridad y la justicia para las comunidades indígenas, y que se lleven a cabo procedimientos judiciales que garanticen la verdad, la justicia y la reparación a las víctimas.
La justicia no puede ser un privilegio para unos pocos, debe ser un derecho accesible y real para todos. Esta Comisión no debe desistir hasta que se haga justicia por los asesinatos en Alto Tamaya-Saweto y hasta que nuestros hermanos indígenas puedan vivir libres de violencia y explotación.
Presidente - No veo más peticiones de palabra, así que tengo el honor de invitar al representante del Gobierno a formular sus observaciones finales.
Representante gubernamental - Muchas gracias a todos los delegados que han participado reconociendo nuestros esfuerzos, y de manera muy especial a aquellos delegados que han sido más críticos, porque nos permite aclarar respecto a algunos acontecimientos que suceden en mi país. Yo mismo, cuando los he escuchado, me ha parecido que no conozco ese país que me han descrito; la verdad es que es un país un poco complicado donde, para comenzar, nos han dicho algunos que más o menos tenemos cierta tolerancia con la minería ilegal, la tala de madera y todo eso.
Voy a comenzar señalando qué es lo que estamos haciendo con relación al combate, la lucha fuerte que nosotros tenemos contra la minería ilegal y la tala. En el Perú, hemos declarado la guerra a estos crímenes y paso a informar que, en el año 2023, hemos tenido 979 operativos en contra de la minería ilegal, contaminación ambiental y delitos contra la fauna, la flora y los recursos hidrológicos.
Ya en el año 2024, hemos tenido 1 219 intervenciones de operativos. Los resultados, informamos a todos los delegados que han tenido a bien expresarse, son que hemos logrado detener a 1 151 personas comprometidas en minería ilegal y delitos contra el medio ambiente. Hemos desarticulado cuatro bandas criminales, se han incautado 622 vehículos destinados a la minería ilegal y a delitos contra el medio ambiente. Se han interdictado 19 embarcaciones, se han recuperado 19 armas de fuego, también dinero, y se han recuperado 37 millones de pies tablares.
Asimismo, se han incautado también 1 479 balsas, 3 522 motores destinados a la minería ilegal, se han destruido 38 socavones interdictados, se han intervenido 1 250 campamentos, se han incautado 180 430 litros de combustible, 19 insumos químicos, 89 maquinarias pesadas han sido interdictadas, y 312 maquinarias pesadas han sido incautadas.
Creo que es bueno informar que todo eso, durante el año 2023 y 2024. Además, durante el año 2023 y 2024, se han dictado seis decretos supremos declarando estado de emergencia en los distritos de Tambopata, Inambali, Las Piedras y el laberinto de la provincia de Tambopata y Madre de Dios, con la finalidad de continuar realizando las operaciones policiales tendientes a combatir y neutralizar la tala y minería ilegales, así como los delitos conexos.
Con esta información queremos dejar expresa constancia de que en el Perú hemos declarado una lucha frontal contra la minería ilegal y la tala de árboles.
También he escuchado con mucha atención respecto a que en mi país se estaría promoviendo cierta impunidad, y esto a raíz del caso Saweto, básicamente porque el proceso ha tomado su tiempo. Este es un caso complejo donde el Gobierno, a través de la Procuraduría y el Ministerio Público, que son la Fiscalía en mi país, han tenido que desplegar denodados esfuerzos a través de estrategias de prueba indiciaria porque, en mi país, como en muchos países de la región y del mundo, hay una separación de funciones, hay una separación de poderes. Quien condena no es el Gobierno, sino el Poder Judicial, que tiene autonomía conforme a la Constitución Política del Estado, y quien persigue el delito en mi país, en el sistema peruano, es la Fiscalía y la Procuraduría, y ahí hay una ardua litigación porque como no hay pruebas directas, es muy difícil acreditar los delitos para los abogados y para los fiscales.
Felizmente, tanto la Procuraduría como la Fiscalía, a través de una compleja actividad probatoria vía pruebas indiciarias conocidas también como pruebas indirectas, han logrado establecer fehacientemente la responsabilidad de quienes han cometido el homicidio calificado, y por eso han sido sancionados drásticamente con 28 años de prisión preventiva.
Queda entonces constancia de que en mi país se ha hecho un enorme esfuerzo para lograr una condena que, estoy seguro, todos los presentes saben qué difícil es, en nuestros sistemas, acreditar este tipo de delitos; sin embargo, en el Perú lo hemos logrado y es un precedente para mi país, es un precedente para la región y es un precedente también para todos los países adscritos a la OIT.
También hemos tenido comentarios respecto a nuevos casos, y se ha hecho mención del caso del Sr. Quinto Inuma Alvarado. Debemos señalar que, en este caso, el Gobierno también ha tenido reacción inmediata. Se ha otorgado garantías para salvaguardar la vida y la integridad de los deudos y de otros líderes. Se ha otorgado el soporte psicológico también a los familiares, y se les ha brindado asistencia económica.
En el caso del Sr. Santiago Contoricón Antúnez, el Gobierno está a cargo de la defensa de los deudos, en este caso concreto, y además se ha gestionado el otorgamiento de beca de orfandad a favor de su hija, Yesenia Contoricón. Además, se han otorgado garantías personales a los deudos y también se les ha incorporado en el programa JUNTOS, que es un programa que otorga ayuda económica a las personas que están en situación de vulnerabilidad.
Estos son actos concretos, señor presidente, señores delegados y delegadas.
Luego también se ha hecho referencia a las consultas previas, y saludo y agradezco el reconocimiento casi mayoritario de que en el Perú hay una institucionalización de la consulta previa.
En el Perú, el derecho de la consulta previa de los pueblos indígenas y originarios se incorporó al ordenamiento jurídico peruano con la entrada en vigencia del Convenio que, en mi país, de acuerdo al artículo 55 de la Constitución Política del Estado, tiene rango constitucional, es decir, la máxima jerarquía jurídica, y además nuestro sistema ha dictado también una Ley de Consulta Previa, y esta Ley ha sido reglamentada mediante Decreto Supremo núm. 01-2012.
El Gobierno, además, viene promoviendo los mecanismos de diálogo previstos en la Ley del derecho a la consulta y se han implementado 141 acciones de asistencia técnica sobre consulta previa a favor de 865 servidores, porque pasa en mi país lo que pasa seguramente en cualquier país, y es que a veces las normas se dictan, pero los funcionarios necesitan ser implementados, y ese es el camino que hemos tomado para implementar a los funcionarios, tanto del Gobierno nacional, del Gobierno regional y los locales, para que estos puedan tener plena implementación.
Además, también se ha capacitado a 1 524 pobladores indígenas con participación de cinco Ministerios, es decir, una actuación multisectorial. Tres organismos públicos y cuatro Gobiernos regionales.
Además, se ha desarrollado el programa de fortalecimiento de capacidades de 931 servidores públicos y 1 118 pobladores indígenas y otras 1 057 personas.
También se han implementado 11 cursos de capacitación sobre el derecho y el proceso de consulta previa para 3 890 personas.
Consideramos que, posiblemente, la brecha todavía esté pendiente. Consideramos que hay mucho más que hacer, de hecho, recibiremos con agrado asistencia técnica por parte de la OIT para que nos enseñen también otras buenas prácticas, y con mucho gusto miraremos las buenas prácticas de los delegados que hoy han intervenido para poder implementarlas también en mi país.
También he tomado nota de algunos empleadores respecto a la consulta previa que muchas veces ha terminado siendo también un obstáculo para ingresar una inversión, y ellos siempre sostienen, y en el Perú también, que la mejor manera de combatir la pobreza y la pobreza extrema que a veces se asienta también en las comunidades nativas es con la inversión para que tengan acceso a la educación, a la alimentación y, en consecuencia, de esa manera, salir del estado de pobreza o pobreza extrema en que se encuentran.
Esos son temas que también tenemos que ver en mi país, seguramente en todos los países de la región.
Respecto a la titulación de tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos, no ha habido mayor comentario. Sin embargo, nosotros quisiéramos señalar que, en plena aplicación de la Ley núm. 29785, hay 55 pueblos indígenas y originarios que tienen presencia tradicional, divididos en 9 211 localidades (5 135 comunidades campesinas, 2 303 comunidades nativas y 1 708 que están en identificación); de este número 4 327 están georreferenciadas, que es el 49 por ciento, 7 455 están reconocidas, que es el 81 por ciento, y 5 825 tituladas, que es el 63 por ciento, que abarca aproximadamente a 2 880 552 personas, que es una gran cantidad de población.
En ese marco, el Gobierno, a través del Ministerio de Cultura, ha brindado acompañamiento para garantizar derechos colectivos a la tierra y territorio a 49 comunidades nativas y campesinas pertenecientes a los departamentos: 22 en San Martín, 9 en Ayacucho, 5 en Huánuco, 3 en Ucayali, 4 en Loreto, 3 en Pasco, 1 en Amazonas, 1 en Madre de Dios y 1 en Cusco.
Probablemente en mi país haya mucho por avanzar y mucha brecha pendiente, pero lo que no les puede quedar duda es que en este Gobierno estamos haciendo un enorme esfuerzo para cerrar estas brechas y, por supuesto, lo haremos de mejor manera con el acompañamiento de la OIT, que nos va a proporcionar seguramente las mejores prácticas de los países de la región o de otras partes del mundo que nosotros con mucho agrado lo recibiremos.
Miembros empleadores - Los miembros empleadores deseamos agradecer a los distintos oradores que han tomado la palabra, y en particular al Gobierno, por sus intervenciones y la información facilitada.
En nuestras observaciones finales quisiéramos subrayar la importancia del Convenio como instrumento promotor del diálogo social, de buena gobernanza y de la institucionalidad necesaria para fomentar la confianza, la paz y los acuerdos con las comunidades indígenas.
Además, queremos aclarar que, de acuerdo con lo indicado en el artículo 13 del Convenio, tratándose de actividades extractivas, la consulta previa aplica a los actos administrativos que autorizan el inicio de la exploración o explotación de los recursos naturales, razón por la cual no se requiere someter a consulta la certificación ambiental ni otras medidas administrativas o de carácter complementario o preparatorio.
Tomamos nota de todas las iniciativas presentadas por el Gobierno y los avances que se han realizado durante los dos últimos años. Sin embargo, con miras a avanzar en el cumplimiento del Convenio, consideramos necesario un mayor esfuerzo a nivel nacional.
Por lo tanto, en línea con las recomendaciones de la Comisión de Expertos, los miembros empleadores deseamos solicitar al Gobierno lo siguiente:
  • 1) que asegure los recursos y la capacidad técnica para que se ponga en funcionamiento el mecanismo de protección de los líderes defensores de derechos humanos;
  • 2) que tome medidas urgentes para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia contra la población indígena;
  • 3) sobre la base de que el Convenio exige la buena fe en la consulta, solicitamos al Gobierno acciones inmediatas para hacer efectivos los procesos de consulta cuando los pueblos indígenas deciden no participar, y
  • 4) reiteramos una solicitud de los empleadores de la región de contar con un especialista en materia del Convenio y, en ese sentido, instamos al Gobierno a que solicite asistencia técnica de la OIT para diseñar una hoja de ruta que le permita avanzar en el cumplimiento del mencionado Convenio.
Miembros trabajadores - Agradecemos al señor Ministro por la información que ha brindado. A pesar de esto, las graves violaciones de los derechos de los pueblos indígenas y la constante amenaza y persecución a las que se enfrentan en el Perú son profundamente preocupantes. Al menos 33 líderes indígenas han sido asesinados en los últimos diez años.
Deploramos la falta de compromiso del Gobierno a la hora de proporcionar una protección adecuada a los líderes y defensores de los pueblos indígenas, lo que les deja expuestos a amenazas de muerte, agresiones físicas y asesinatos.
Vemos con satisfacción que la portavoz de los empleadores comparte este rechazo con el mismo énfasis.
La situación no puede seguir siendo ignorada por el Gobierno y deben tomarse medidas inmediatas y firmes para detener la violencia endémica contra los pueblos indígenas y sus defensores y poner fin a la arraigada impunidad y al clima de miedo.
Hemos escuchado un sin número de datos del Gobierno sobre detenciones, pero nos gusta saber también cuántas personas realmente han sido condenadas, desafortunadamente esto no ha sido mencionado a nuestra convicción.
Además, insistimos firmemente en la necesidad de que el Gobierno establezca procedimientos adecuados de consulta y participación para garantizar que se respetan y salvaguardan plenamente los derechos, las culturas y los medios de vida de los pueblos indígenas.
Recordando lo que ha dicho la Comisión de Expertos: «un clima de violencia e impunidad constituye un grave obstáculo para el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas consagrados en el Convenio».
Por esta razón, instamos firmemente al Gobierno a:
  • 1) proteger la vida e integridad física y psicológica de los familiares de todos los dirigentes indígenas asesinados, incluidos los familiares de las víctimas de Alto Tamaya-Saweto;
  • 2) poner a disposición todos los medios necesarios para que todos los responsables materiales y/o intelectuales de los asesinatos de miembros de los pueblos indígenas sean procesados y sancionados definitivamente;
  • 3) asegurar que el Protocolo de Actuación Fiscal para la Prevención e Investigación de Delitos en Agravio de Personas Defensoras de Derechos Humanos sea dotada de recursos materiales, humanos y económicos para que pueda ejercer sus funciones no solo de manera reactiva sino particularmente de forma preventiva;
  • 4) fortalecer los mecanismos de protección para personas defensoras: presupuesto y una adecuación intercultural;
  • 5) realizar todas las investigaciones y acciones necesarias en relación con las denuncias de la tala ilegal de madera y los casos de trabajo forzoso en la forma de «habilitación» en el departamento de Ucayali;
  • 6) garantizar el derecho a la consulta previa libre e informada de los pueblos indígenas;
  • 7) tomar todas las medidas necesarias para avanzar en los procesos de identificación, demarcación y regularización de las tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos cubiertos por el Convenio en las distintas regiones del país, y
  • 8) adecuar la legislación interna del Perú para que se entreguen en propiedad las tierras de los pueblos indígenas y no en cesión de uso, a través de los programas de formalización que se vienen ejecutando en el país.
Finalmente, invitamos al Gobierno a aceptar una misión de contactos directos de la OIT.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión tomó nota de la información oral y escrita proporcionada por el Gobierno y de la discusión que tuvo lugar a continuación.
La Comisión tomó nota con profunda preocupación de la persistencia de actos de violencia y atentados contra la vida de personas indígenas que defienden sus derechos, así como de la situación de impunidad en relación con este fenómeno.
Habida cuenta de la discusión, la Comisión instó al Gobierno a:
  • emprender investigaciones rápidas sobre las acusaciones de violencia y de incitación a la violencia, y garantizar que los autores e instigadores de los asesinatos de líderes indígenas en Alto Tamaya-Saweto sean enjuiciados y castigados con la máxima urgencia;
  • adoptar sin demora todas las medidas necesarias para proteger la vida, la integridad física y el bienestar psicológico de los miembros de las familias de los líderes indígenas asesinados;
  • adoptar sin demora medidas eficaces para prevenir la violencia contra las personas indígenas y sus defensores;
  • tomar medidas, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, para identificar y abordar las dificultades en la realización de procesos de consulta con los pueblos indígenas, incluso en relación con el sector minero;
  • proporcionar información a la Comisión de Expertos sobre:
    • las medidas adoptadas para identificar, demarcar y regularizar las tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos cubiertos por el Convenio en las distintas regiones del país;
    • los progresos realizados en las investigaciones sobre las denuncias relativas a la tala ilegal y los casos de trabajo forzoso vinculados al sistema de «habilitación» en el Departamento de Ucayali;
    • las actividades de la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta, explicando la forma en que dicha Comisión da seguimiento a los acuerdos y toma medidas en los casos de incumplimiento de los acuerdos celebrados en los procesos de consulta;
    • cómo se prevé garantizar la cooperación de los pueblos indígenas en la evaluación del impacto social, espiritual, cultural y medioambiental de los proyectos de exploración o explotación minera que puedan afectar a sus derechos;
    • los criterios utilizados por el Ministerio de Energía y Minas para determinar qué pueblos indígenas han de ser consultados en relación con un proyecto, y
    • las medidas adoptadas para informar a los pueblos indígenas sobre la importancia de las consultas y promover su participación en estos procesos.
La Comisión instó al Gobierno a recurrir a la asistencia técnica de la OIT para aplicar las recomendaciones anteriores y dar plena aplicación al Convenio, y a presentar una memoria detallada a la Comisión de Expertos antes del 1.º de septiembre de 2024.
Representante gubernamental - Traigo los saludos del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú, quien, por cuestiones de agenda, no puede acompañarnos en esta sesión. Asimismo, en representación del Gobierno del Perú, agradecemos a esta Comisión por las recomendaciones que hoy nos brindan y reitero el compromiso del Perú por seguir avanzando en la aplicación de los principios y reglas que nos trae el Convenio. Expresamos nuestra disposición a desarrollar una agenda de trabajo con la asistencia técnica de la OIT que seguro nos ayudará a seguir implementando exitosamente este Convenio.
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