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Observación (CEACR) - Adopción: 2025, Publicación: 114ª reunión CIT (2026)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - República Centroafricana (Ratificación : 2000)

Otros comentarios sobre C182

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Artículo 3, a) del Convenio. Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas. Reclutamiento forzoso de niños para su utilización en conflictos armados. En sus comentarios anteriores, la Comisión instó al Gobierno a que prosiguiera sus esfuerzos para poner fin, en la práctica, al reclutamiento forzoso de niños menores de 18 años de edad por las fuerzas armadas y los grupos armados en el país. Ha pedido al Gobierno que facilite información sobre el número de investigaciones llevadas a cabo, los procesos iniciados y las condenas impuestas a todas las personas, incluidos los miembros de las fuerzas armadas regulares, que reclutan a menores de 18 años para su utilización en conflictos armados. Asimismo, le ha pedido que transmita una copia del Código de Protección de la Infancia.
La Comisión toma nota de las indicaciones del Gobierno en su memoria, según las cuales se ha creado un grupo de expertos nacionales con el fin de poner en práctica la Resolución 1612 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el mecanismo de seguimiento y comunicación del impacto de los conflictos armados en los niños.
El Gobierno también indica que se han adoptado varias medidas, en particular la aplicación de la Circular núm. 108 del Ministro de Defensa Nacional, que prohíbe expresamente a los niños deambular por las inmediaciones de las infraestructuras militares, y la revisión del Estatuto General de los Militares, en la que se especifica la edad mínima de 16 años para los hijos de militares y de 18 años para los reclutas procedentes de la vida civil.
Por otra parte, la Comisión toma nota de la información facilitada en la rueda de prensa de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), de 25 de septiembre de 2024, según la cual se ha firmado un protocolo de acuerdo entre las Naciones Unidas y el Gobierno para proteger a los niños vinculados a fuerzas y grupos armados. Este acuerdo prevé que los niños vinculados a fuerzas y grupos armados son reconocidos como víctimas, y describe los pasos que deben seguirse para trasladar a los niños vinculados a fuerzas y grupos armados a las autoridades civiles.
Además, la Comisión destaca en el informe anual de 2023 del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) la información según la cual el UNICEF y la MINUSCA han confirmado la condición de 548 niños (el 27 por ciento, niñas) que han abandonado los grupos armados, entre ellos 50 niños (el 42 por ciento, niñas) secuestrados y/o reclutados por el Ejército de Resistencia del Señor de Uganda, que serán insertados en un proceso oficial de retorno a Uganda.
La Comisión toma nota, además, de la información contenida en las conclusiones del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre los niños y los conflictos armados, de fecha 30 de agosto, según la cual el Gobierno ha adoptado medidas para proteger a los niños, en particular: 1) la elaboración de un proyecto de estrategia para un plan nacional de prevención; 2) el nombramiento de una persona de referencia en el Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de la República Centroafricana; 3) la intensificación de las acciones judiciales contra los autores de violaciones; 4) la continuación de las operaciones de liberación y reinserción de los niños anteriormente vinculados a fuerzas y grupos armados, y 5) la continuación de la aplicación del Acuerdo Político para la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana, que ha permitido avanzar en materia de desarme, desmovilización, reinserción y repatriación, entre otras cosas (S/AC.51/2024/5, párrafo 2).
Sin embargo, el Grupo de Trabajo expresa su profunda preocupación por el hecho de que, a pesar de las medidas alentadoras, algunos grupos armados signatarios del Acuerdo de Paz sigan figurando entre los principales autores de las seis violaciones graves cometidas contra los niños. Además, destaca que algunos niños se han unido a los grupos armados para proteger a su comunidad o protegerse a sí mismos, empujados por la pobreza o por temor a represalias (S/AC.51/2024/5, párrafo 4). Si bien toma nota de algunas medidas adoptadas por el Gobierno, la Comisión le insta a que prosiga sus esfuerzos, en un plazo determinado, para poner fin, en la práctica, al reclutamiento forzoso de niños menores de 18 años por las fuerzas armadas y los grupos armados del país. Además, la Comisión insta al Gobierno a que siga adoptando medidas inmediatas y eficaces para garantizar que todas las personas, incluidos los miembros de las fuerzas armadas regulares, que reclutan a menores de 18 años para utilizarlos en conflictos armados sean objeto de investigaciones y enjuiciamientos rigurosos y se les impongan sanciones suficientemente efectivas y disuasorias en la práctica. Insta una vez más al Gobierno a que facilite información sobre el número de investigaciones realizadas, los enjuiciamientos llevados a cabo y las condenas impuestas a esas personas.
Artículo 7, 2). Medidas eficaces y en un plazo determinado. Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la enseñanza básica gratuita. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las indicaciones del Gobierno de que se han aplicado medidas para mejorar el sistema escolar, entre las que se encuentran: 1) la construcción de edificios escolares en zonas afectadas por el conflicto; 2) el aumento del personal docente mediante la inserción en la administración pública de 1 500 docentes en las escuelas primarias 1 y 2 (correspondientes a la educación primaria y secundaria obligatoria) en 2024 y la formación de 10 000 docentes para finales de 2029, distribuidos entre los 20 centros pedagógicos regionales; 3) la adopción de una Estrategia Nacional de Alimentación Escolar; 4) el proyecto de asignación de becas para niñas en las escuelas primarias 1 y 2; 5) la creación de determinados centros de formación profesional de conformidad con la Recomendación núm. 208 sobre aprendizajes de calidad para niños no escolarizados y niños asociados con grupos armados, y 6) el Programa de educación acelerada para niños en edad escolar que no han podido asistir a la escuela debido a la situación de inseguridad.
La Comisión también observa que, en el marco de resultados de la Alianza Mundial para la Educación 2025 (GPE), de septiembre de 2024, el Ministerio de Educación Nacional, con el apoyo del Programa Mundial de Alimentos, el Banco Mundial y el UNICEF, ha llevado a cabo varios programas para mantener a los niños en la escuela, en particular a los niños con discapacidad, entre los que figuran: 1) un programa de alimentación escolar que ha beneficiado a un total de 355 escuelas, o aproximadamente 144 000 beneficiarios, y 2) un programa experimental de educación acelerada destinado a la reinserción y la educación de los niños que han abandonado la escuela, dirigido a un total de 350 escuelas en seis prefecturas.
Además, la Comisión toma nota de la información contenida en el informe nacional presentado de conformidad con las Resoluciones 5/1 y 16/21 del Consejo de Derechos Humanos (A/HRC/WG.6/45/CAF/1, párrafo 67), de 17 de noviembre de 2023, según la cual se ha establecido un sistema de alerta temprana en la comunidad para niños y niñas pequeños en riesgo de reclutamiento en grupos armados.
Sin embargo, también toma nota de la información contenida en la GPE de 2025, según la cual la tasa de finalización de la educación primaria es del 27 por ciento (24 por ciento para las niñas); la tasa de finalización del primer ciclo de la educación secundaria es del 12 por ciento (10 por ciento para las niñas), y la tasa de finalización del segundo ciclo de la educación secundaria es del 6 por ciento (5 por ciento para las niñas). De igual manera, la tasa de niños en edad de educación primaria que no están escolarizados es del 26 por ciento (30 por ciento para las niñas). La tasa de niños en edad de primer ciclo de la educación secundaria que no están escolarizados es del 24 por ciento (30 por ciento para las niñas).
Si bien tiene en cuenta la actual situación de crisis que persiste en el país y toma nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno, la Comisión toma nota con profunda preocupación del gran número de niños privados de educación debido al clima de inseguridad imperante en el país. Por consiguiente, la Comisión insta una vez más al Gobierno a redoblar sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo en el país y facilitar el acceso de todos los niños, incluidas las niñas, a la educación básica gratuita en las zonas afectadas por el conflicto. A este respecto, solicita nuevamente al Gobierno que proporcione información sobre el impacto de las medidas concretas adoptadas al respecto, en el marco del Plan Sectorial de Educación para el periodo 2020-2029 o de cualquier otro proyecto, en las tasas de escolarización, finalización de los estudios y abandono escolar en la enseñanza primaria y secundaria.
Apartado b). Asistencia directa para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación e inserción social. Niños reclutados por la fuerza para su utilización en conflictos armados. La Comisión toma nota de la información del Gobierno, según la cual los programas de desarme de los grupos armados, la reinserción y la formación de los niños de esos grupos continúan y están siendo implementados por el Alto Comisionado Nacional para la Juventud Pionera, el Centro Don Bosco, el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de Promoción de Género.
A este respecto, la Comisión toma nota de la información contenida en el informe de país del UNICEF de 2022, según la cual los procedimientos operativos estándar para la gestión de casos, previstos en el Código de Protección de la Infancia de 2020 y adoptados en 2022, han permitido la capacitación de las partes interesadas y mejorado la atención infantil. Así, casi 100 000 niños víctimas y niños vulnerables afectados por el conflicto han recibido una asistencia psicosocial colectiva o individual. De ellos, un total de 1 378 niños, incluidos 926 víctimas de violencia sexual y 452 niños separados de sus familias, se han beneficiado de atención especializada, que incluye atención médica, hogares de acogida temporales y búsqueda de familiares, entre otros servicios.
La Comisión también toma nota de la información contenida en el informe del Secretario General del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre los niños y los conflictos armados en la República Centroafricana (S/2024/93, párrafo 19), de 24 de enero de 2024, en el que se indica que un total de 949 niños liberados de grupos armados, incluidos los liberados durante periodos anteriores, fueron entregados a asociados en la protección de la infancia y recibieron apoyo psicosocial y médico, así como servicios de reunificación familiar y reinserción comunitaria. Sin embargo, el mismo informe indica que el acceso a programas sostenibles de reinserción socioeconómica y formación profesional a corto plazo se ha visto obstaculizado por los continuos combates y la disminución de la financiación destinada a los programas de reinserción a largo plazo. La Comisión insta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para garantizar la retirada de todos los niños reclutados o utilizados en conflictos armados. También insta al Gobierno a que siga adoptando todas las medidas necesarias para garantizar que todos los niños liberados de los grupos armados y las fuerzas armadas se beneficien lo antes posible de programas de rehabilitación y inserción social, incluso mediante la cooperación con sus asociados. Solicita nuevamente al Gobierno que proporcione información al respecto, incluido el número de niños que se han beneficiado de rehabilitación y de inserción social.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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