ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2025, Publicación: 114ª reunión CIT (2026)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Angola (Ratificación : 2001)

Otros comentarios sobre C182

Observación
  1. 2025
  2. 2021
  3. 2017
  4. 2016
  5. 2015
  6. 2014
  7. 2010

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

Artículos 3, a) y 7, 2), b) del Convenio. Peores formas de trabajo infantil y medidas efectivas y en un plazo determinado. Librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y garantizar su rehabilitación e inserción social. Niños víctimas de trata y de explotación sexual comercial. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomo nota de: 1) la prevalencia de casos de trata de niños procedentes de países vecinos y con destino a ellos con fines de explotación sexual comercial (incluso en el sector de los viajes y el turismo, y en particular de niñas) y de trabajo forzoso en los distritos mineros de diamantes, así como de casos de niños víctimas de trata con fines de trabajo forzoso, en particular en el pastoreo de ganado; 2) que el Instituto Nacional de la Infancia (INAC) y el Consejo Nacional de la Infancia (CNAC) son los organismos encargados de garantizar la aplicación de las políticas gubernamentales a nivel nacional en los ámbitos de la investigación en relación con los niños y la protección social, y 3) que, en 2014, se creó la Comisión Interministerial de Lucha contra la Trata de Personas, que es la principal institución responsable de la lucha contra la trata de personas.
La Comisión toma nota de que, en su memoria, el Gobierno indica que: 1) ha adoptado y está aplicando el Plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas, aprobado mediante el Decreto Presidencial núm. 31, de 14 de febrero de 2020; 2) ha impartido sesiones de formación a los funcionarios de primera línea sobre el mecanismo nacional de derivación para la protección y la asistencia a las víctimas de la trata en Angola; 3) ha armonizado los procedimientos de detección y derivación de casos mediante el Decreto Ejecutivo núm. 179, de 1 de abril de 2022; 4) continúa cooperando con el sistema de las Naciones Unidas y con Gobiernos extranjeros en casos de trata transfronteriza, y 5) se han realizado esfuerzos para acelerar la condena de los traficantes y aumentar y reforzar los servicios de protección de las víctimas (incluidos los centros de acogida). Si bien la Comisión toma nota de la información proporcionada, observa que el Gobierno no facilita información sobre los resultados obtenidos.
En lo que respecta a la solicitud de datos sobre los casos de trata de niños que había formulado la Comisión, el Gobierno indica que la Comisión Interministerial de Lucha contra la Trata de Personas dispone de una base de datos para el seguimiento de 142 casos (de los cuales el 22 por ciento ya han sido juzgados) y que ha aumentado el número de casos que están siendo investigados. Sin embargo, la Comisión toma nota de que no se especifica si los 142 casos son de trata de niños, ni se proporciona información sobre los resultados del 22 por ciento de los casos que ya han sido juzgados. Si bien toma debida nota de ciertas medidas adoptadas por el Gobierno, la Comisión pide al Gobierno que redoble sus esfuerzos para evitar que los niños sean víctimas de la trata y la explotación sexual comercial, así como para identificar a los niños víctimas de las peores formas de trabajo infantil y librarlos de estas prácticas, y garantizar su rehabilitación e inserción social. A este respecto, la Comisión solicita de nuevo al Gobierno que proporcione información detallada sobre:
  • las medidas concretas adoptadas al respecto, en particular en el marco del Plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas, y los resultados obtenidos en cuanto al número de niños que han sido retirados de esta peor forma de trabajo infantil y rehabilitados;
  • las medidas adoptadas por el INAC, el CNAC y la Comisión Interministerial de Lucha contra la Trata de Personas para identificar a las víctimas y retirarlas del trabajo, y prestarles los servicios y la asistencia apropiados, y
  • el número de enjuiciamientos realizados, y de condenas y sanciones penales impuestas por delitos relacionados con la venta y la trata de menores de 18 años con fines de explotación sexual o laboral. También pide al Gobierno que transmita información sobre las conclusiones de los casos ya juzgados relacionados con la venta y la trata de menores de 18 años, así como sobre las sanciones penales impuestas.
Artículo 7, 2), a) del Convenio. Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la enseñanza básica gratuita. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que ha estado llevando a cabo actividades en el marco de la Política Nacional de Educación y el Plan nacional para el desarrollo de la educación «educar Angola 2030», incluidos: 1) la impartición de cursos de formación a profesores que trabajan en la educación preescolar, primaria, secundaria general y secundaria técnica; 2) la construcción de 670 escuelas en todo el país, y 3) la incorporación de 444 245 nuevos alumnos al sistema educativo en todo el país.
Asimismo, según el informe del Gobierno al Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos, la Comisión toma nota de que: 1) entre 2018 y 2023, se construyeron 772 escuelas y se rehabilitaron 313, con un total de 9 464 aulas, de las cuales 7 171 fueron construidas y 2 293 rehabilitadas; 2) el Gobierno está aplicando programas como «Todos Unidos por la Primera Infancia» y «Empoderamiento del Adolescente y Aprendizaje para Todos», así como un programa de becas, dirigido principalmente a las niñas, que pretende incentivar la finalización del primer ciclo de la educación secundaria mediante la adjudicación de una beca anual que beneficiará a 900 000 alumnos (630 000 de los cuales son niñas) en los próximos años; 3) para disminuir las tasas de abandono escolar, se está implementando el programa de merienda escolar del que son beneficiarios el 27,3 por ciento de los matriculados en la educación primaria; 4) se ha reducido un 40 por ciento el número de menores no escolarizados, y 5) el número de docentes ha aumentado considerablemente en los últimos años gracias a las oposiciones públicas y actualmente es de 220 000 (A/HRC/WG.6/48/AGO/1, 30 de octubre de 2024, párrafos 127 a 130).
La Comisión también toma nota de que, según el informe del Gobierno al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) de las Naciones Unidas: 1) el número de niños escolarizados pasó de 8 337 224 en 2015 (55,6 por ciento de los cuales eran niñas) a más de 10 millones en 2022; 2) para evitar que las niñas sean excluidas del sistema educativo, el Ministerio de Educación está elaborando, con la participación de los padres y encargados de educación, una estrategia encaminada a colaborar con las direcciones provinciales de educación con miras a reforzar y reactivar las oficinas de género y derechos humanos; 3) también se está llevando a cabo el Proyecto de Empoderamiento de las Niñas y Aprendizaje para todos que pretende ofrecer 600 000 becas para las niñas vulnerables y reforzar el sistema educativo, y 4) un proyecto de educación para las comunidades San, que ha permitido el acompañamiento de 3 000 menores en el sistema escolar, se está llevando a cabo en las provincias de Huila y Cuando Cubango (E/C.12/AGO/6, 8 de junio de 2023, párrafos 240, 243, 246 y 248).
Además, la Comisión toma nota, a partir del informe anual de la oficina de país del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) de 2023, de que: 1) la escasez de docentes cualificados, especialmente en las zonas rurales (donde la proporción de alumnos por docente alcanza los 54:1), es en parte responsable de las dificultades para aumentar el acceso a la educación y mejorar los resultados del aprendizaje; 2) en 2023, el Gobierno aprobó la Estrategia a Largo Plazo para 2050, que identifica la educación como un área clave para la inversión, con especial atención a la educación preescolar y primaria; 3) la asignación presupuestaria para la educación sigue estando por debajo de los niveles recomendados internacionalmente, con un sesgo hacia la educación secundaria, y 4) la transición de las niñas de la educación primaria a la secundaria sigue siendo problemática en las zonas rurales, y los obstáculos para esta transición incluyen el matrimonio infantil, el embarazo adolescente y las normas de género que dan prioridad al aprendizaje de los niños. La Comisión acoge con agrado las medidas adoptadas por el Gobierno y le pide que prosiga sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo y facilitar el acceso de todos los niños a una educación básica gratuita y de calidad, prestando especial atención a las niñas y a los niños que viven en zonas rurales. La Comisión pide al Gobierno que: i) continúe proporcionando información sobre las medidas adoptadas a este respecto y los resultados obtenidos, y ii) transmita datos estadísticos actualizados sobre las tasas de matriculación, finalización y abandono escolar en los niveles de enseñanza primaria y secundaria inferior, desglosados por edad y sexo, en la medida de lo posible.
Apartado d). Niños particularmente expuestos a riesgos. Huérfanos a causa del VIH y el sida y otros niños vulnerables. La Comisión toma nota de la indicación general del Gobierno de que los artículos 80, 3) y 80, 4) de la Constitución establecen que el Estado debe proporcionar protección especial a los niños huérfanos, los niños con discapacidad, los niños abandonados y los niños que, por cualquier motivo, se ven privados de un entorno familiar normal. Sin embargo, también toma nota de que, una vez más, la memoria del Gobierno no contiene información sobre las medidas concretas adoptadas para ayudar a los niños huérfanos. Además, toma nota de que, según las estimaciones del ONUSIDA para 2023, el número de menores de 18 años que han quedado huérfanos a causa del VIH y el sida en Angola ha continuado aumentando, pasando de aproximadamente 260 000 niños en 2020 a 300 000 en 2023. La Comisión recuerda que los niños huérfanos a causa del VIH y el sida y otros niños vulnerables corren un mayor riesgo de estar ocupados en las peores formas de trabajo infantil y, por lo tanto, insta una vez más firmemente al Gobierno a que adopte medidas inmediatas y eficaces para garantizar que los huérfanos por el VIH y el sida y otros niños vulnerables estén protegidos frente a las peores formas de trabajo infantil. La Comisión pide al Gobierno que transmita información sobre las medidas concretas adoptadas a este respecto y sobre los resultados obtenidos, incluido el número de huérfanos que se han beneficiado de esas iniciativas.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer