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Caso individual (CAS) - Discusión: 2025, Publicación: 113ª reunión CIT (2025)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Belarús (Ratificación : 1956)

Otros comentarios sobre C087

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Sesión especial relativa a la observancia por Belarús del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), en aplicación de la Resolución adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 111.ª reunión (2023)

Información escrita proporcionada por el Gobierno

El Gobierno de Belarús ya ha facilitado información exhaustiva en varias ocasiones con respecto a las acusaciones infundadas y basadas en motivaciones políticas que se han vertido contra él en relación con el incumplimiento de las disposiciones de los Convenios de la OIT sobre libertad sindical, el incumplimiento de las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004 y el supuesto acoso a activistas sindicales por llevar a cabo pacíficamente sus actividades legítimas.
Teniendo en cuenta que la «cuestión de Belarús» se ha sometido de nuevo a la consideración de la Comisión de Aplicación de Normas en el marco de la 113.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el Gobierno de Belarús se ve obligado a reiterar su posición y a proporcionar comentarios sobre la situación real de las cuestiones planteadas por los órganos de control de la OIT.
Los órganos rectores de la OIT siguen formándose una opinión de la situación basándose únicamente en declaraciones e informaciones sin fundamento que proceden de personas y estructuras que actúan sin espíritu constructivo y motivados por intereses políticos de países hostiles con el objetivo de desacreditar a Belarús y aumentar la presión sobre el país. En consecuencia, las conclusiones y recomendaciones dirigidas al Gobierno de Belarús se basan en acusaciones injustificadas contra las autoridades bielorrusas que carecen de fundamento fáctico.
A la hora de fijar su posición, los órganos de control de la OIT están trabajando erróneamente sobre la base de información poco fiable de que las protestas de 2020 se debieron supuestamente a razones económicas y/o sociales, fueron pacíficas y legítimas, y estuvieron encaminadas a la protección de los derechos y libertades civiles y sindicales. Sin embargo, estos acontecimientos de 2020 no guardaron relación con los procesos de diálogo social en el mundo del trabajo ni con el ejercicio de los derechos y libertades sindicales y, por lo tanto, no deberían servir de base para evaluar el cumplimiento de los Convenios núms. 87 y 98 y tampoco los órganos de control de la OIT deberían tenerlos en cuenta a la hora de valorar su seguimiento y aplicación.
Los autores de las quejas presentadas ante la OIT han «arrastrado» deliberadamente cuestiones políticas a la esfera de competencia de la OIT sin una base objetiva para hacerlo. Al vincular las acciones de protesta ilegales —que no tenían nada que ver con el ejercicio de los derechos y libertades sindicales— y las actividades ilegales de algunos ciudadanos con asuntos que están regulados por los convenios de la OIT, las organizaciones que presentan las quejas, como parte de sus continuos intentos de «desestabilizar» el país, pretenden ejercer una presión indebida sobre la República de Belarús a través de la OIT.
El Gobierno de Belarús llama una vez más la atención sobre el carácter absurdo de los alegatos según los cuales los sindicatos y los ciudadanos del país son supuestamente perseguidos por llevar a cabo actividades sindicales y ejercer los derechos y libertades civiles de manera legítima y pacífica.
Belarús ha hecho todo lo necesario para garantizar que los sindicatos puedan constituirse libremente y llevar a cabo sus actividades legales sin injerencias externas ni discriminaciones. Las garantías de los derechos sindicales están consagradas en la legislación y se aplican en la práctica.
No están permitidas las restricciones ilegales a los derechos de los sindicatos ni la creación de obstáculos al ejercicio de sus competencias.
Los ciudadanos que residen en la República de Belarús ejercen de manera libre y activa el derecho garantizado por ley de constituir sindicatos. Por su parte, los sindicatos y sus dirigentes, afiliados y activistas pueden llevar a cabo libremente sus actividades legítimas, encaminadas a defender y proteger los derechos e intereses laborales, sociales y económicos de los trabajadores, mejorar el nivel de vida y la seguridad social de los ciudadanos, entre otras cosas cooperando con las autoridades en el marco del sistema de colaboración social.
Además, las autoridades competentes están plenamente legitimadas para incoar procesos contra los ciudadanos que hayan cometido actos ilegales.
Los ciudadanos que aparecen en la información facilitada por la organización ilegítima que supuestamente actúa en nombre del Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús (BKDP) han sido procesados de forma perfectamente legítima por la comisión de actos ilegales (o delitos) específicos, sin que ello guarde la menor relación con el ejercicio legítimo y pacífico de los derechos y libertades sindicales, civiles o de otro tipo.
El Gobierno ya ha formulado reiteradamente comentarios sobre las razones del procesamiento de las personas mencionadas en dicha información: estas personas han sido procesadas por delitos relacionados con el extremismo y el terrorismo (incluidas violaciones graves del orden público, que derivaron en la interrupción de transportes y empresas; violencia contra los agentes del orden; llamamientos a tomar medidas con miras a atentar contra la seguridad nacional; incitación al odio o a la discordia nacional o social por motivos de nacionalidad o pertenencia social; promoción de actividades extremistas; calumnias; daños a la propiedad en lugares públicos, etc.).
Varios ciudadanos eran miembros de «Rabochy Rukh», una formación extremista con financiación extranjera que pretende implicar a los empleados de las empresas industriales de propiedad estatal en actividades politizadas de carácter radical, con el objeto de obtener información oficial sobre las actividades económicas de dichas empresas, detener los procesos de producción y aumentar la presión de las sanciones impuestas a Belarús.
Dado que el procesamiento penal de estas personas no está relacionado con la actividad sindical, los continuos intentos de los opositores a Belarús de manipular esta situación son extremadamente preocupantes.
Los ciudadanos mencionados en las quejas presentadas ante la OIT han cometido delitos graves contra la seguridad nacional, la sociedad y el Estado, y están cumpliendo condenas dictadas legalmente. Cualquier petición de que se retiren todos los cargos contra ellos, su liberación inmediata, el pleno restablecimiento de sus derechos, la concesión de una indemnización y/o la reincorporación a su puesto de trabajo carece de fundamento jurídico objetivo. Tales llamamientos constituyen esencialmente una injerencia en los asuntos internos del país, o el apoyo abierto a actividades ilegales y extremistas dirigidas a socavar los cimientos de la estabilidad del Estado bielorruso.
Como referencia.
Las cuestiones atinentes a la revisión de las sentencias judiciales, el contacto con los delincuentes y la libertad condicional son competencia exclusiva de las fuerzas del orden y los tribunales, siendo así que cualquier injerencia en las actividades de estos es inadmisible y está penada por la ley.
Al mismo tiempo, el artículo 60 de la Constitución garantiza a todos los ciudadanos la protección de sus derechos y libertades por un tribunal competente, independiente e imparcial. Las decisiones y actuaciones de los órganos y funcionarios del Estado que vulneren los derechos y libertades pueden recurrirse ante los tribunales.
En Belarús existe un sistema independiente, autónomo y unificado de tribunales generales para todo el país, con competencias muy definidas y con procedimientos sencillos y comprensibles para el examen de los casos y la revisión de las decisiones judiciales.
De acuerdo con el artículo 110 de la Constitución, los principios más importantes del sistema judicial del país son la independencia de los jueces en la administración de justicia, su subordinación únicamente a la ley y el hecho de que no se permite la injerencia en el trabajo de los jueces.
El Gobierno ha llamado repetidamente la atención de los órganos de control de la OIT sobre la ausencia de contradicción entre la legislación y la práctica nacionales y las disposiciones de los Convenios núms. 87 y 98 de la OIT.
Las garantías de los derechos sindicales están consagradas en la legislación (Ley de Sindicatos de la República de Belarús) y se aplican en la práctica.
Los sindicatos y sus estructuras organizativas pueden desarrollar libremente, sin injerencias de ninguna entidad externa, su actividad lícita, dirigida a defender y proteger los derechos e intereses laborales, económicos y sociales de los trabajadores, y a mejorar el nivel de vida y la seguridad social de los ciudadanos, incluso en el proceso de colaboración con las autoridades en el marco del sistema de colaboración social existente en el país.
Los empleadores (y sus asociaciones), los órganos del Estado, las entidades económicas, las asociaciones públicas y los funcionarios están obligados a respetar los derechos de los sindicatos. No están permitidas las restricciones ilegales a los derechos de los sindicatos ni la creación de obstáculos al pleno ejercicio de sus competencias. La violación de los derechos de los sindicatos o la obstrucción de su actividad legítima están penadas por la ley.
Para llevar a cabo sus tareas estatutarias, los sindicatos tienen derecho a organizar y llevar a cabo, de acuerdo con la legislación, concentraciones, marchas callejeras, manifestaciones y otras acciones colectivas para proteger los intereses de sus afiliados.
Además, el procedimiento vigente en el país aplicable a la organización y celebración de actos multitudinarios en Belarús no contraviene los principios de la libertad sindical y se ajusta plenamente a lo dispuesto en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Las disposiciones legislativas que penalizan las infracciones de este procedimiento que tienen consecuencias negativas graves tienen por objeto prevenir actos ilegales y socialmente peligrosos que representan una amenaza real para la vida y la salud de los ciudadanos. Objetivamente, estas disposiciones no disuaden a los ciudadanos ni a los sindicatos de ejercer su derecho a la libertad de reunión legítima y pacífica.
Las disposiciones de la Ley de Actos Multitudinarios no contienen ninguna norma que prohíba a los ciudadanos ejercer su derecho de reunión lícita y pacífica. Las enmiendas están encaminadas a impedir la organización, preparación y comisión de actos que atenten contra la independencia, la integridad territorial y la soberanía del Estado, los fundamentos del orden constitucional y la seguridad pública mediante la organización de disturbios masivos, actos de vandalismo que impliquen daños o destrucción de bienes, la toma de edificios y estructuras y otros actos que perturben gravemente el orden público, o que supongan la participación activa en tales actos.
Las enmiendas introducidas en el Código Penal tienen por objeto garantizar la equidad, la imparcialidad y la aplicación uniforme del derecho penal en la práctica. La modificación de la legislación sobre responsabilidad penal no pretende vulnerar los legítimos derechos de los ciudadanos y los sindicatos a organizar y celebrar actos pacíficos multitudinarios de conformidad con los requisitos legales, ni tampoco impedir el ejercicio de otros derechos y libertades garantizados por la Constitución, la legislación nacional y las obligaciones internacionales.
La mejora de la legislación era un paso necesario para adaptar sus disposiciones a la situación actual y a los graves retos a los que habría de enfrentarse el país en 2020 como consecuencia del ataque planificado y sin precedentes contra el Estado por parte de fuerzas hostiles.
Los sindicatos tienen derecho a organizar y celebrar huelgas para defender los intereses legítimos de los trabajadores. En las huelgas convocadas por los sindicatos no pueden esgrimirse reivindicaciones políticas.
El procedimiento establecido en la ley para organizar y celebrar huelgas no contraviene las normas internacionales del trabajo, sino que permite a los ciudadanos ejercer su derecho a celebrar huelgas legales para resolver conflictos laborales colectivos sin ser objeto de ninguna discriminación posteriormente.
La prohibición de plantear reivindicaciones políticas durante las huelgas es una práctica internacional generalizada que se justifica por la necesidad de impedir que se manipule o instrumentalice a las empresas para lograr objetivos puramente políticos.
La ley podrá establecer limitaciones al derecho de huelga en la medida en que sea necesario para preservar la seguridad nacional, el orden público, la salud pública y los derechos y libertades de otras personas.
Está prohibido proporcionar ayuda material a personas que participen en huelgas financiadas por partidos políticos, movimientos y otras asociaciones públicas, así como a personas jurídicas y físicas extranjeras.
No se podrá compeler a nadie para que participe en una huelga o se abstenga de participar en ella.
Los sindicatos, de acuerdo con sus objetivos y funciones estatutarias, tienen derecho a cooperar con sindicatos de otros países y a afiliarse a asociaciones y organizaciones sindicales internacionales y de otro tipo de su elección.
En estas circunstancias, el hecho de vincular, en el marco de la OIT, el procedimiento para la recepción de ayuda financiera extranjera con los artículos 5 y 6 del Convenio núm. 87 es injustificado. Estos artículos no contienen ninguna disposición relativa al derecho de los sindicatos a recibir sin trabas ayuda financiera o de otro tipo para realizar labores políticas y de propaganda entre la población.
La legislación en vigor en el país —Decreto Presidencial núm. 3, de 25 de mayo de 2020, sobre ayuda financiera procedente del extranjero— no prohíbe a los sindicatos recibir ayuda financiera extranjera para fines de utilidad general y socialmente importantes, y el procedimiento de registro es fácil y rápido de completar. No se han dado casos en los que se haya denegado a los sindicatos dicha ayuda o estos no hayan podido registrarse para recibirla.
La prohibición vigente de recibir y utilizar ayuda financiera extranjera para fines relacionados con actividades políticas y de propaganda, que se aplica a todas las organizaciones sin excepción (no solo a los sindicatos), obedece a intereses de seguridad nacional y está justificada por la situación actual.
Es evidente que la oportunidad de patrocinar eventos multitudinarios (o huelgas) en el país podría ser aprovechada por fuerzas externas para desestabilizar la situación sociopolítica y socioeconómica de Belarús, lo que, a su vez, tendría un impacto extremadamente negativo en la sociedad y en el bienestar de los ciudadanos.
En el contexto de la presión política y económica indebida que se ejerce sobre Belarús, el cumplimiento de las exigencias de los órganos de control de la OIT reforzaría la influencia destructiva externa sobre la situación del país. En concreto, debilitaría el control estatal sobre el dinero que se recibe del extranjero (es decir, daría a fuerzas externas la oportunidad de patrocinar eventos y procesos políticos en Belarús), exoneraría a los sindicatos y a los ciudadanos de la responsabilidad por vulneraciones graves de la ley cuando se celebran eventos multitudinarios (es decir, les permitiría infringir la ley con impunidad) y legalizaría las huelgas políticas.
Las exigencias y recomendaciones basadas en acusaciones infundadas contra el Gobierno no redundan en el interés nacional de la República de Belarús ni contribuyen al bienestar de sus ciudadanos, sino que constituyen una injerencia en los asuntos internos de una nación soberana. Además, tienen por objeto destruir los cimientos de la estabilidad del Estado bielorruso y, por lo tanto, contravienen los principios, metas y objetivos de la OIT, que se centran en el mantenimiento de la paz, la cooperación y el desarrollo socioeconómico.
Habida cuenta de que, durante más de 20 años, se ha acusado sin fundamento al Gobierno de Belarús de hacer caso omiso a las recomendaciones de la comisión de encuesta, cabe señalar que, en repetidas ocasiones, se ha presentado a la Oficina Internacional del Trabajo información detallada sobre la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004 para que la examinen los órganos de la OIT facultados para hacerlo. Esto reafirma el carácter infundado e ilegal de la campaña contra Belarús iniciada en la OIT y de la aplicación del artículo 33 de la Constitución de la OIT al país.
El Gobierno, en cooperación con los interlocutores sociales y la Oficina Internacional del Trabajo, ha realizado una labor considerable, gracias a la cual se han aplicado la mayor parte de las recomendaciones de la comisión de encuesta, a saber, 10 de las 12 recomendaciones (núms. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11 y 12). Las recomendaciones núms. 9 y 10 se han aplicado parcialmente, en la medida en que no contradicen los intereses nacionales de la República de Belarús.
A este respecto, los alegatos de que el Gobierno de Belarús no ha tomado medidas para aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta y no ha logrado ningún avance en su aplicación no se corresponden con la realidad.
Para referencia.
En relación con la recomendación núm. 9, el procedimiento establecido en el país para recibir ayuda financiera del extranjero no se vincula de manera correcta con los artículos 5 y 6 del Convenio núm. 87. Estos artículos no contienen disposiciones sobre el derecho de los sindicatos y/o las asociaciones de empleadores a recibir ayuda financiera o de otro tipo para actividades políticas y de propaganda (la organización de actos multitudinarios o huelgas, o la preparación y distribución de material electoral, etc.). La prohibición vigente de recibir y utilizar ayuda financiera extranjera para fines relacionados con actividades políticas y de propaganda obedece a intereses de seguridad nacional.
En relación con la recomendación núm. 10, el Estado garantiza la libertad de celebrar actos multitudinarios en Belarús que no vulneren la ley y el orden ni los derechos de otros ciudadanos. Los procedimientos establecidos para organizar y celebrar actos multitudinarios en Belarús no entran en conflicto con los principios de libertad sindical y son plenamente compatibles con las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Las sanciones previstas en la legislación para los organizadores de actos multitudinarios que causen daños y perjuicios sustanciales a los derechos o intereses de los ciudadanos y las organizaciones o a los intereses estatales o públicos no constituyen un obstáculo para el ejercicio del derecho a la libertad de reunión auténticamente legítima y pacífica.
El Gobierno está preocupado por los continuos intentos injustificados e ilegales de desacreditar, en el marco de la OIT, a la central sindical nacional del país, la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), de la que son miembros aproximadamente 4 millones de ciudadanos.
El Gobierno condena y se opone categóricamente a las declaraciones infundadas sobre el supuesto control de la FPB por las autoridades y a los llamamientos realizados en la OIT para limitar la participación legítima de esta Federación sindical de Belarús en los trabajos de la Conferencia.
Consideramos que esas declaraciones vulneran el derecho legítimo de los trabajadores de Belarús a la libertad sindical.
El Gobierno ya ha tenido que desmentir en repetidas ocasiones informaciones inexactas difundidas con el fin de desacreditar a las autoridades legítimas y a los interlocutores sociales, en particular a la organización de trabajadores más representativa del país, que es la FPB.
El Gobierno entiende los motivos que subyacen a esta actividad de los opositores de Belarús y lamenta que haya lugar para juegos políticos poco escrupulosos en el marco de la OIT, que no guardan relación alguna con los trabajadores ni con la consecución de los derechos sindicales.
En vista de lo anterior, señalamos los siguientes hechos que confirman la legitimidad de la FPB como asociación sindical independiente y representativa en Belarús.
Actualmente, la FPB es la única asociación sindical activa en todo el territorio de la República de Belarús.
De conformidad con sus estatutos, la FPB es una central sindical nacional, una asociación nacional independiente y de carácter voluntario de sindicatos sectoriales nacionales, que son organizaciones afiliadas a la FPB. Esta federación se creó para coordinar las actividades de sus sindicatos afiliados con el fin de proteger los derechos e intereses laborales, sociales y económicos de sus miembros.
En la actualidad, la FPB es la organización pública más grande del país, que agrupa a la gran mayoría de los trabajadores de todos los sectores de la economía en todas las regiones del país.
Según la información facilitada por las autoridades estatales responsables del registro, la FPB está integrada actualmente por 15 sindicatos sectoriales a nivel nacional (organizaciones afiliadas), con un total de aproximadamente 4 millones de afiliados.
A nivel regional, las actividades de los sindicatos afiliados a la FPB están coordinadas por las estructuras orgánicas de dicha Federación —seis asociaciones sindicales regionales y la de la ciudad de Minsk—.
La estructura orgánica de los afiliados a la FPB incluye: 89 organizaciones sindicales sectoriales regionales (o de la ciudad de Minsk); 5 organizaciones sindicales sectoriales; 498 organizaciones municipales o de distrito; 79 organizaciones sindicales, y 23 959 organizaciones sindicales de base.
Por lo tanto, la FPB es la organización de trabajadores más representativa del país en cuanto al número de afiliados cuyos intereses representa.
Con respecto a la cuestión planteada por quienes se oponen a la República de Belarús sobre la «autenticidad» de la FPB como un verdadero centro sindical y su independencia de las autoridades estatales, señalamos lo siguiente.
La FPB lleva a cabo sus actividades de conformidad con la legislación vigente en el país, el derecho internacional y los estatutos de la Federación de Sindicatos de Belarús.
La FPB es una entidad jurídica, adquiere derechos civiles y asume obligaciones civiles a través de sus órganos rectores electos, actuando de conformidad con la legislación y los estatutos. Las estructuras organizativas de la FPB también han adquirido los derechos de una entidad jurídica.
La FPB y sus estructuras organizativas tienen sus propios nombres, sellos, estampillas, cuentas bancarias, conjunto de símbolos, estimaciones del ingreso y del gasto, y balances independientes.
Los estatutos prevén claramente que la FPB es independiente en sus actividades de los órganos estatales y otras organizaciones, partidos políticos y otras asociaciones públicas.
La FPB elabora y aprueba independientemente sus estatutos, determina su estructura, elige sus órganos rectores y de supervisión, organiza su propia actividad y gestiona su propia política de dotación de personal.
La FPB coopera con otras asociaciones públicas a fin de proteger los derechos laborales y socioeconómicos y los intereses legítimos de los sindicalistas, respetando al mismo tiempo la situación de cada uno y manteniendo la independencia.
La independencia de la FPB también es confirmada por los principios básicos de su organización y sus actividades, entre los cuales cabe señalar: la afiliación voluntaria a la FPB, y la desafiliación voluntaria de la misma; la igualdad de derechos y obligaciones de todas las organizaciones afiliadas, y su independencia organizativa y financiera; la colegialidad y la transparencia en la labor de los órganos electos de la FPB, y su presentación periódica de informes a las organizaciones afiliadas y al Congreso de la FPB, y la participación de todos los afiliados en la creación de órganos rectores y de auditoría electos de la FPB a través de su elección por el Congreso y el Consejo de la FPB entre los representantes recomendados por los sindicatos y los delegados del Congreso y el Consejo de la FPB.
Los órganos rectores de la FPB son:
  • el Congreso de la FPB (órgano supremo; se celebra al menos una vez cada cinco años; convocado por decisión del Consejo de la FPB);
  • el Consejo de la FPB (órgano rector entre congresos; las reuniones se celebran según sea necesario, pero al menos una vez al año; creado sobre la base de propuestas de las organizaciones afiliadas, las estructuras organizativas de la FPB, los vicepresidentes del Congreso de la FPB y el presídium del Consejo de la FPB, y elegido por el Congreso de la FPB), y
  • el presídium del Consejo de la FPB (órgano rector entre reuniones del Consejo de la FPB; organiza la aplicación de las decisiones del Congreso de la FPB, el Consejo de la FPB y el presídium de la FPB; las reuniones se celebran según sea necesario, pero al menos una vez al mes; está integrado por el presidente de la FPB, sus vicepresidentes/as, los miembros del presídium y otras personas invitadas; las actas de las reuniones están a disposición de todas las organizaciones afiliadas).
El presidente de la FPB, sus vicepresidentes/as, el Consejo de la FPB, su presídium y la Comisión de Auditoría de la FPB son elegidos para constituir el Congreso de la FPB.
El presidente actual de la FPB, Yu. A. Senko, fue elegido en el IX Congreso extraordinario de la FPB el 5 de abril de 2024, y reelegido en el X Congreso de la FPB el 31 de enero de 2025.
Los objetivos de la FPB son:
  • mejorar el nivel de vida y el bienestar material de los afiliados sindicales y sus familias;
  • coordinar la actividad de las organizaciones afiliadas a fin de lograr la protección de los derechos laborales y socioeconómicos y de los intereses legítimos de los afiliados sindicales pertenecientes a la FPB;
  • fortalecer la solidaridad y la unidad de acción en todo el movimiento sindical en el país, y
  • mejorar y desarrollar el sistema de concertación social, y las formas y métodos de colaboración entre los sindicatos (y sus asociaciones), los empleadores (y sus asociaciones) y los órganos administrativos estatales.
De conformidad con los estatutos, los activos de la FPB (recursos monetarios) se obtienen de las cuotas de adhesión y afiliación; los ingresos procedentes de actividades empresariales, educativas, de publicación y de otra índole; las donaciones voluntarias y otros ingresos no prohibidos por ley.
El Gobierno de la República de Belarús no financia la actividad de la FPB ni realiza un seguimiento de la misma.
Sobre la base de sus metas y objetivos, la FPB participa en el diálogo social con las asociaciones de empleadores y el Gobierno, protegiendo los derechos y promoviendo los intereses de los trabajadores al considerar proyectos de ley sobre cuestiones sociales y relacionadas con el trabajo, y elaborando y aplicando el acuerdo general entre el Gobierno de la República de Belarús y las asociaciones nacionales de empleadores y sindicales.
La FPB, sus organizaciones afiliadas y la estructura organizativa participan activamente en los procesos de negociación colectiva.
Como uno de los tres copresidentes del Consejo Nacional sobre Cuestiones Laborales y Sociales, el presidente de la FPB firma el acuerdo general en nombre de los trabajadores.
Al 1 de enero de 2025, se han concluido 597 acuerdos (1 acuerdo general, 37 acuerdos de tarifas y 559 acuerdos locales) y 21 125 convenios colectivos con la participación de la FPB, sus organizaciones afiliadas y la estructura organizativa, a raíz de los cuales se conceden a los trabajadores garantías sociales y labores que se suman a las ya establecidas en la legislación.
Así, teniendo en cuenta la condición jurídica y de facto de la FPB como centro sindical nacional libre e independiente, que realiza su actividad de una manera autónoma, sin ninguna injerencia externa, de conformidad con la legislación vigente, las normas legales internacionales y las normas de la OIT, puede afirmarse que, en la actualidad, la FPB es la única organización de trabajadores más representativa a la luz del artículo 3, 5) de la Constitución de la OIT.
El Gobierno de Belarús insiste en que no hay razón alguna para que los órganos de la OIT cuestionen la legitimidad, la independencia y el carácter representativo de la FPB.
Los representantes de la FPB, como la organización de trabajadores más representativa del país, son incluidos en las delegaciones tripartitas de la República de Belarús en las reuniones de la Conferencia, en riguroso cumplimiento de la Constitución de la OIT.
Los intentos de desacreditar a la FPB y de desautorizarla para no representar los intereses de los trabajadores de Belarús en la OIT constituyen, de hecho, una vulneración del derecho de los trabajadores del país a la libertad sindical, que está garantizada por los Convenios núms. 87 y 98.
Teniendo en cuenta las acusaciones infundadas de «favoritismo» lanzadas contra el Gobierno de Belarús en relación con la FPB, subrayamos que, en plena conformidad con la política de la OIT, los órganos de la administración pública están desplegando todos los esfuerzos necesarios para reforzar el diálogo social, y para mantener y mejorar el sistema de concertación social establecido en el país.
El Gobierno se esfuerza por garantizar la interacción más constructiva con todas las asociaciones representativas de empleadores y sindicales establecidas en el país al formular y aplicar la política socioeconómica del Estado, centrándose en la necesidad de tener en cuenta diversos sectores y grupos de la sociedad, y de comprender la importancia de crear condiciones que propicien negociaciones pacíficas y equitativas, a fin de evitar la confrontación y el conflicto social.
La interacción constructiva entre el Gobierno y la FPB como centro sindical nacional representativo y como asociado en pie de igualdad, atendiendo a la importancia y la aprobación de las actividades de la FPB al proteger los derechos e intereses de los trabajadores del país, la estrecha cooperación y las consultas sobre la mejora de la legislación y la definición de la política social, laboral y económica, no debería interpretarse como «favoritismo» o como «estar bajo control».
Todas las acusaciones lanzadas contra el Gobierno de Belarús sobre el presunto control de la FPB por las autoridades son infundadas, carecen de fundamento y se basan en la distorsión de los hechos. Al mismo tiempo, las declaraciones formuladas por quienes se oponen al país no se basan en pruebas irrefutables, son sesgadas, y tienen por objeto desacreditar al Gobierno y a los interlocutores sociales representativos en la OIT y en otras organizaciones internacionales.
Creemos que los órganos de la OIT y los Estados Miembros no deberían tener en cuenta la información de relleno, las noticias sin fundamento y las interpretaciones distorsionadas de la situación real del país.
Como ya se ha señalado en repetidas ocasiones, las valoraciones negativas de la situación en Belarús se forman únicamente sobre la base de declaraciones infundadas de actores y organizaciones poco colaboradores y tendenciosos desde el punto de vista político, que actúan en interés de países hostiles y, de hecho, cumplen la orden política de descreditar a Belarús y aumentar la presión sobre el Estado bielorruso.
Las principales fuentes de información poco fiable sobre Belarús en la OIT son personas que se dicen representantes del BKDP.
A este respecto, destacamos la ilegitimidad de dicha organización y su falta de vínculo con la República de Belarús.
Se ha puesto fin a las actividades del BKDP y los sindicatos que lo integraban en virtud de decisiones del Tribunal Supremo de la República de Belarús, de conformidad con el artículo 5, 2), de la Ley de Sindicatos, en el que se prevé el cese de la actividad de los sindicatos en caso de que violen la Constitución o todo acto legislativo, causando perjuicio a los intereses estatales o públicos.
Durante las sesiones públicas de los tribunales celebradas los días 12, 14 y 18 de julio de 2022, se confirmó que los dirigentes y miembros de estos sindicatos, infringiendo la legislación y los estatutos de sus organizaciones, participaron activamente en actividades destructivas, cuyo objetivo era el cambio inconstitucional del régimen del país.
Había motivos legítimos para enjuiciar a las personas que habían vulnerado la ley y cometido delitos concretos.
En vista de que la Confederación Sindical Internacional (CSI), poniendo en cuestión las credenciales de los delegados y asesores que componen la delegación tripartita de Belarús, intenta presentar al BKDP como la única asociación sindical «independiente» y «que representa realmente los intereses de los trabajadores» de Belarús, consideramos necesario hacer hincapié en los hechos siguientes.
El órgano que supuestamente opera en la actualidad en nombre del BKDP:
  • no tiene vínculos con Belarús ni con el movimiento sindical nacional, por lo que no dispone de información objetiva ni actualizada sobre la situación del país;
  • no opera en el territorio del país (su oficina y su junta directiva están establecidas en el extranjero de forma permanente);
  • no representa los intereses de los trabajadores de Belarús (los sindicatos miembros del BKDP han cesado su actividad de facto y de iure, no tienen afiliados ni organizaciones de primer grado en las empresas del país y, por lo tanto, no llevan a cabo actividades sindicales para proteger los derechos e intereses laborales y socioeconómicos);
  • no está registrado de acuerdo con el procedimiento establecido y es ilegal (se prohíbe la actividad de asociaciones no registradas en el territorio del país), y
  • se financia con fondos procedentes de organizaciones y órganos que actúan en interés de Gobiernos extranjeros, que aplican políticas poco amistosas y discriminatorias frente a Belarús, es decir, no cumple los criterios de independencia.
De hecho, hoy en día, bajo el escudo del BKDP, está en activo una célula destructiva, con sede en uno de los países de la Unión Europea, que recibe de ese país apoyo para promover (bajo la apariencia de actividad sindical) una campaña contra Belarús, utilizando herramientas y procedimientos de la OIT.
Así, la estructura ilegítima que opera bajo el nombre del BKDP no es una organización de trabajadores, no tiene relación alguna con Belarús, no cumple los criterios de representatividad que se establecen en el artículo 2, 5), de la Constitución de la OIT (no reúne la afiliación necesaria y no es libre ni independiente). Esta estructura no debe considerarse representativa de la asociación sindical nacional a efectos de consulta cuando se forme la delegación tripartita del país para asistir a las reuniones de la Conferencia.
El Gobierno de Belarús insiste en que no había ni hay motivo alguno para que se haya aplicado al país el artículo 33 de la Constitución de la OIT ni para que se haya adoptado en la 111.ª reunión de la Conferencia, en junio de 2023, una Resolución sobre Belarús, en la que de hecho se pide el aislamiento de este Estado.
La legislación nacional y las prácticas de ejecución de las leyes no contravienen las obligaciones aceptadas por la República de Belarús de cumplir los Convenios núms. 87 y 98 de la OIT. La situación de la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta por parte de Belarús ha progresado de forma constante. En la actualidad, el Gobierno ha aplicado la gran mayoría de las recomendaciones (10 de 12). El Gobierno ha seguido claramente los acuerdos alcanzados y los planes elaborados junto con la OIT. En repetidas ocasiones, los órganos de control de la OIT han tomado nota con interés de las medidas adoptadas por el Gobierno, observando que se han realizado progresos.
Nos oponemos categóricamente a la Resolución en contra de Belarús adoptada por la OIT, basada en motivos políticos, y a las recomendaciones discriminatorias dirigidas a las estructuras internacionales y los Estados Miembros de la OIT para se replanteen sus relaciones con Belarús.
Insistimos en que es inaceptable la presión a la que se somete a los Estados y las organizaciones que no están tomando medidas para aplicar decisiones injustificadas contra Belarús y su pueblo.
Tomamos nota de que muchos Estados Miembros de la OIT son conscientes del carácter politizado de la campaña contra nuestro país, y se oponen a la utilización de las plataformas del sistema de las Naciones Unidas para ejercer presiones indebidas sobre Estados soberanos con el fin de interferir en sus asuntos internos.
Pedimos la interrupción inmediata de las iniciativas antibielorrusas promovidas por los países occidentales y las estructuras que están bajo su control. Deben revocarse las decisiones totalmente injustificadas e ilegales contra Belarús.
Hacemos un llamamiento a los mandantes tripartitos y los órganos de control de la OIT para que no tomen ninguna medida a modo de seguimiento de la Resolución sobre Belarús, la cual sienta el peligroso precedente de ejercer una presión ilegítima sobre un país basándose en acusaciones falsas, y para que vuelvan al diálogo constructivo y la cooperación.
A este respecto, somos de la firme opinión de que las conclusiones y recomendaciones de los órganos de control de la OIT deben basarse en la situación real del país, deben ceñirse al mandato de la OIT y a las esferas normativas cubiertas por sus convenios, no deben constituir una injerencia en los asuntos internos de un Estado y no deben privar a un país de su derecho soberano a elegir su sistema político, económico, social y jurídico.

Discusión por la Comisión

Presidente - Como ustedes saben, en su 111.ª reunión de 2023, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó una Resolución sobre las medidas recomendadas por el Consejo de Administración en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT sobre la cuestión de Belarús. Al adoptar esta Resolución, la Conferencia decidió dedicar, en sus futuras reuniones, una sesión especial de la Comisión al examen de la aplicación por el Gobierno de Belarús del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), así como de las recomendaciones de la comisión de encuesta, hasta que se haya comprobado que Belarús ha cumplido sus obligaciones. Sobre la base de esta decisión, esta cuestión se ha incluido en el orden del día de la Comisión de Aplicación de Normas.
Tengo el honor de invitar al honorable representante del Gobierno de Belarús, el Viceministro de Trabajo y Protección Social, a que tome la palabra.
Interpretación del ruso: Representante gubernamental - Recientemente, la discusión del «caso bielorruso» en la OIT se ha convertido en algo rutinario y tiene lugar varias veces al año en la Conferencia, durante las reuniones del Consejo de Administración, etc. De reunión en reunión, se adoptan las mismas conclusiones sobre Belarús y se plantean las mismas exigencias al Gobierno. Sin embargo, estas exigencias no pueden cumplirse porque no se basan en la situación real: no son objetivas, son injustas y van más allá del mandato de la OIT. Me detendré en algunas de estas exigencias y en nuestra posición al respecto.
La primera es la exigencia de liberación inmediata y exención de responsabilidad, sin condiciones, para todas las personas que fueron condenadas supuestamente por llevar a cabo actividades sindicales legales, según la lista aportada por el Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús (BKDP). No existen disposiciones en la legislación bielorrusa que autoricen castigos por llevar a cabo actividades sindicales legales. El Estado bielorruso acoge de todas las maneras posibles la actividad sindical legal y promueve su desarrollo mediante las normas jurídicas pertinentes, que otorgan a los sindicatos amplias facultades para proteger los derechos de los trabajadores y participar en la solución de las cuestiones más importantes del desarrollo socioeconómico.
En cuanto a la lista de personas que supuestamente fueron perseguidos por ejercer sus derechos sindicales, como ya hemos señalado en numerosas ocasiones, todas ellas fueron consideradas responsables de delitos penales específicos que nada tienen que ver con la actividad sindical legítima. Estos ciudadanos participaron en la organización y celebración de actos multitudinarios no autorizados: violaron gravemente el orden público, emplearon la violencia contra los agentes del orden, colaboraron en actividades extremistas y cometieron otros actos ilegales. Las autoridades nacionales competentes tenían todas las bases jurídicas posibles para exigir responsabilidades a estas personas. Por lo tanto, cualquier declaración sobre la retirada inmediata de los cargos contra todos los infractores de la ley es sencillamente irresponsable.
Además, deseo subrayar que Belarús se rige por los principios del Estado de derecho, y donde se aplica el reconocimiento de la separación de poderes. Todas las personas mencionadas por los órganos de control de la OIT han sido objeto de una investigación exhaustiva y de sentencias judiciales objetivas. Cualquier cambio en estos asuntos solo es posible a través de procedimientos judiciales. De lo contrario, estaríamos hablando de una injerencia administrativa en las actividades de los tribunales y, para nosotros, esto es categóricamente inaceptable.
La siguiente cuestión importante que deseo aclarar, ya que estoy seguro de que se planteará en el debate de hoy, son las medidas que ha adoptado el Gobierno de Belarús para aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta. Creo que en los discursos de nuestros oponentes volveremos a escuchar afirmaciones en el sentido de que no se ha hecho nada de acuerdo con las recomendaciones y que no hay progresos visibles. Estamos categóricamente en desacuerdo con esto.
Permítanme recordarles que, tras estudiar las recomendaciones de la comisión de encuesta, el Gobierno de Belarús informó al Director General de la OIT de que nos esforzaríamos en aplicarlas, sin perder de vista en la tarea los intereses nacionales de la República de Belarús. En esta difícil situación, el Gobierno de Belarús hizo todo lo posible para que las relaciones con la OIT volvieran a la normalidad.
Nunca nos hemos negado a cooperar. Respondimos favorablemente a las propuestas de la OIT para organizar el trabajo sobre las recomendaciones e intentamos ser lo más flexibles y constructivos posible. Para ello, se adoptaron medidas concretas en la mayoría de los ámbitos señalados en las recomendaciones y se lograron resultados significativos. En particular, se han tomado medidas para publicar las recomendaciones en los medios de comunicación, simplificar y agilizar el procedimiento de registro de los sindicatos, constituir consejos consultivos tripartitos y trabajar con jueces y fiscales. También acordamos incluir a un representante del BKDP en el principal órgano tripartito del país, el Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales.
Llegados a este punto, considero necesario exponer claramente la posición del Gobierno de Belarús en relación con el BKDP. Esta organización nunca ha representado a ninguna fuerza sindical significativa; nunca ha tenido nada en común con el verdadero movimiento sindical de Belarús. Las cuestiones laborales, el diálogo social y la negociación colectiva no entraban en la esfera de intereses del BKDP. Bajo su enseña se han unido un puñado de estafadores, que ocupan convenientemente su nicho para recibir inyecciones financieras occidentales a través de subvenciones, seminarios y viajes al extranjero. Dada la naturaleza pseudosindical y el enfoque altamente politizado de las actividades del BKDP, nunca tuvo un apoyo razonable entre los trabajadores de Belarús y no era una organización representativa.
En un país donde los sindicatos agrupan a más de 4 millones de personas, los sindicatos del BKDP solo contaban con unos pocos miles. Es evidente que ningún criterio objetivo permitía al BKDP reivindicar un lugar en el organismo tripartito nacional, ni por el número de sus afiliados ni por el contenido de sus actividades. No obstante, la OIT recomendó encarecidamente al Gobierno de Belarús que diera al BKDP la oportunidad de participar en los trabajos del Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales. Permítanme subrayar que nunca nos hicimos ilusiones sobre los dirigentes del BKDP habida cuenta de su extremismo. Sin embargo, contábamos con que la autoridad de la OIT supondría, no obstante, un factor de contención sobre ellos y no les permitiría cruzar la línea de las acciones abiertamente antiestatales y anticonstitucionales. Pero no fue así.
Los sucesos de 2020 revelaron la verdadera naturaleza del BKDP y de los sindicatos que formaban parte de él. Estas entidades se convirtieron en sedes para organizar acciones extremistas. Sus dirigentes y activistas vulneraron abiertamente las leyes, emprendiendo acciones dirigidas contra los intereses de la sociedad y el Estado.
Estas actividades ilegales del BKDP y sus sindicatos fueron confirmadas por el Tribunal Supremo de la República de Belarús en 2022 en plena conformidad con la ley. Dicho Tribunal tomó algunas decisiones encaminadas a poner fin a las actividades del BKDP. En la actualidad, este sindicato y sus entidades no operan en Belarús y no representan los intereses de los trabajadores del país. En términos jurídicos, han sido declarados ilegítimos en Belarús. Por lo tanto, condenamos enérgicamente cualquier intento de involucrar a representantes de esta organización ilegítima en el proceso de diálogo sobre Belarús.
Cualquier diálogo y cualquier cooperación solo pueden tener éxito si existe buena voluntad por ambas partes. Sin embargo, por desgracia, no vemos el menor indicio de que los países occidentales y los dirigentes del Grupo de los Trabajadores, que son los principales promotores de esta medida contra Belarús en la OIT, estén dispuestos a adoptar una postura más equilibrada y a escuchar los argumentos esgrimidos por el Gobierno.
Por el contrario, buscan constantemente medidas adicionales de presión sobre Belarús. En este momento, nuestra central sindical nacional, que representa los intereses de los trabajadores del país, la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), ha sido objeto de ataques. En la OIT se ha lanzado una campaña para desacreditar a esta Federación como la asociación sindical más representativa y un interlocutor social de pleno derecho. Se está preparando sistemáticamente el terreno para que se adopte una decisión provocadora en relación con la FPB.
La Comisión de Verificación de Poderes ha sido elegida como instrumento para llevar a cabo este tipo de medidas provocadoras. A pesar de la información proporcionada por el Gobierno, que confirma incondicionalmente la condición de la FPB como la organización más representativa de los trabajadores de Belarús, la Comisión de Verificación de Poderes expresa sus dudas sobre la legitimidad de la inclusión de los representantes de la FPB en la delegación tripartita de Belarús. Expresamos nuestra enérgica objeción ante este enfoque discriminatorio.
La FPB es la mayor y única central sindical del país. Incluye 15 sindicatos de industria, cuyo número total alcanza los 4 millones de personas. Esto supone el 90 por ciento de los trabajadores de Belarús. La FPB es independiente en sus actividades, independiente de los órganos de Gobierno. Elabora y aprueba sus estatutos, elige a sus órganos de administración y organiza sus actividades de forma independiente. Las actividades de la FPB no están financiadas ni controladas por el Gobierno de Belarús.
Condenamos enérgicamente las declaraciones infundadas sobre el supuesto control de la FPB por parte de organismos gubernamentales y los llamamientos dentro de la OIT para limitar su legítima participación en los trabajos de la Conferencia.
¿Cuál es el propósito de la Confederación Sindical Internacional (CSI) al enviar sus protestas infundadas a la Comisión de Verificación de Poderes? La respuesta es sencilla: quieren privar a los trabajadores de Belarús del derecho a estar representados en el mayor foro anual de la OIT, y privar al Gobierno de Belarús de la oportunidad de formar una delegación tripartita nacional. Al fin y al cabo, aparte de la FPB, no existe ninguna otra asociación sindical representativa en Belarús.
Quisiera subrayar una vez más nuestra firme posición: no hay razón alguna para cuestionar la legitimidad, independencia y representatividad de la FPB. La inclusión de representantes de la FPB, en calidad de organización más representativa de los trabajadores del país, en la delegación tripartita de Belarús que participará en la Conferencia, se lleva a cabo en pleno cumplimiento de la Constitución de la OIT.
El Gobierno de Belarús exige enérgicamente que se ponga fin a todas las medidas provocadoras adoptadas en este sentido.
En 2023, los países occidentales presionaron para que se adoptara una resolución sobre Belarús en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT. Los autores de dicha Resolución la basaron en medidas que prevén sanciones y actos discriminatorios contra nuestro país. Dos años después de su adopción, se puede decir con total y plena confianza que de ella no cabe extraer nada positivo. Además, con la adopción de este tipo de resoluciones de carácter sancionador, que convierten a la OIT en un mecanismo de presión sobre países considerados indeseables, se ha desacreditado la idea misma de aplicar el artículo 33. Y el caso bielorruso confirma incondicionalmente esta conclusión.
En Belarús, los indicadores en el ámbito de la libertad sindical y la colaboración social, por ejemplo, la densidad sindical, la cobertura de la negociación colectiva, alcanzan los niveles más altos, llegando al 90 por ciento. Quizá solo los países escandinavos puedan presumir de cifras similares. Otros países europeos tienen indicadores mucho más modestos.
Con el telón de fondo de los importantes logros de Belarús en el desarrollo de la concertación social y el tripartismo, surge una pregunta lógica: ¿cómo pudo ocurrir que se adoptara una resolución en relación con Belarús en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT, que, como sabemos, solo se había aplicado una vez en la historia de la OIT antes de nuestro caso?
La respuesta es obvia: la situación real de Belarús no puede ser la base para aplicar una medida tan extrema contra el país. La verdadera razón es la política de presiones y sanciones que los países occidentales aplican contra Belarús como castigo por su política interior y exterior independiente. Por lo tanto, nuestra posición respecto a la Resolución no ha cambiado: debe ser revocada por ser injusta y estar motivada en razones políticas.
La política de presiones infundadas sobre Belarús, basadas en falsas acusaciones, en el marco de la OIT, se viene produciendo desde hace muchos años. A este respecto, deseo dirigirme a los miembros de la Comisión que tienen sentido de la justicia y comprenden el valor de los principios fundamentales de la OIT. Juntos podemos cambiar la situación. Es necesario que en esta reunión de la Conferencia se tomen medidas en este sentido. Deben rechazarse las conclusiones injustas relativas a Belarús y debe pedirse a los órganos de control de la OIT que examinen objetiva y cuidadosamente la información del Gobierno, abandonando la política de doble rasero y discriminación. Pido a todos los miembros de la Comisión que adopten una posición de principios y apoyen a la República de Belarús.
Miembros trabajadores - Esta es la segunda vez que abordamos la situación de Belarús en el marco de la presente sesión especial de la Comisión, en aplicación de la citada Resolución. Expresamos nuestra gratitud a la secretaría de la Comisión por garantizar que todos los informes pertinentes sobre este asunto sean fácilmente accesibles en el sitio web de la Comisión.
Nos basaremos en los hechos, conclusiones y recomendaciones del 410.º informe del Comité de Libertad Sindical, las discusiones y decisiones contenidas en las 349.ª, 350.ª, 352.ª y 353.ª reuniones del Consejo de Administración, así como en las observaciones de la Comisión de Expertos de 2024. También nos complacerá saber si hay novedades en relación con el nombramiento de un enviado especial y la creación de un grupo de trabajo de la OIT y otros organismos y procedimientos de las Naciones Unidas.
Lamentamos y nos preocupa profundamente que el Gobierno no haya hecho nada para abordar las preocupaciones planteadas en la discusión del año pasado y para aplicar las conclusiones adoptadas. El Gobierno sigue demostrando un desprecio total por esta Comisión, la OIT y la Conferencia Internacional del Trabajo. Belarús ha hecho caso omiso sistemáticamente de todas las recomendaciones y llamamientos de los órganos de control de la OIT y del Consejo de Administración para la aplicación de las medidas en virtud del artículo 33. No es posible que el Gobierno tenga razón mientras que todos los órganos de control de la OIT y los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas estén equivocados. Debemos recordar que esta cuestión ha ocupado la atención de los órganos de control de la OIT durante los últimos 20 años.
En estos momentos, y al igual que el año pasado, nuestro colega y miembro del Consejo de Administración de la OIT, el Sr. Aliaksandr Yarashuk, sigue encarcelado en Mogilev en régimen penitenciario estricto. Solo tiene derecho a recibir una visita y un paquete al año. Su salud se deteriora. El Sr. Aliaksandr Kapshul también está detenido, cumpliendo una condena de 15 años por activismo sindical y defensa de los derechos de los trabajadores. Asimismo, está encarcelada la Sra. Volha Brytsikava, dirigente del Sindicato Independiente de Belarús (BNP). El 28 de junio de 2024, el Ministerio del Interior la incluyó en la lista de «extremistas» por orden administrativa. En enero de 2025, el Comité de Seguridad del Estado (KGB) empeoró la calificación, añadiéndola a la lista de «terroristas». Los informes de la OIT mencionados anteriormente enumeran a muchos otros compañeros encarcelados por sus actividades sindicales. Según los informes, las condiciones de detención de los sindicalistas equivalen a la tortura: celdas abarrotadas, bajo iluminación constante, falta de higiene y sin acceso a agua caliente.
En este mismo momento, sigue vigente la disolución unilateral de la única central sindical independiente, el BKDP. Sus legítimas actividades sindicales han sido tachadas de extremistas. Forzada al exilio, el BKDP se ve ahora obligado a realizar actividades sindicales desde el extranjero. Los miembros y trabajadores que quedan son objeto de intimidaciones y graves acosos.
Las fuerzas del orden y los organismos de seguridad llevan a cabo redadas contra trabajadores desleales en empresas privadas. Por ejemplo, el 14 de junio de 2024, en la región de Grodno, los trabajadores de una empresa metalúrgica fueron objeto de una de ellas en el marco de una operación contra actividades extremistas. Agentes de seguridad nacional completamente armados irrumpieron en la fábrica, detuvieron por la fuerza a los trabajadores y los sometieron a un trato vejatorio. Varios de ellos fueron detenidos y encarcelados sin cargos claros. Poco después, un canal progubernamental emitió confesiones de los trabajadores detenidos, a los que se acusaba de asociarse con grupos declarados extremistas.
En julio de 2024 salieron a la luz informes según los cuales los trabajadores de dos empresas privadas que fabricaban instrumentos optomecánicos eran sometidos a vigilancia rutinaria, que incluía pruebas poligráficas, inspecciones telefónicas e interrogatorios coercitivos. Algunos fueron detenidos durante días y posteriormente despedidos.
Además de estas agresiones directas contra el movimiento sindical independiente y sus afiliados, persisten los avances legislativos represivos. La Ley de Actos Multitudinarios restringe de forma drástica las reuniones públicas, incluidas las protestas y manifestaciones. Las enmiendas al Código Penal imponen penas más severas, mientras que el Código del Trabajo sigue sin modificarse y no cumple los convenios de la OIT.
Con la erradicación de los sindicatos independientes, la FPB domina el panorama de las relaciones laborales. Aunque el Gobierno y la FPB afirman que es el único organismo sindical legítimo, numerosos informes, incluidos los del Consejo de Administración, la Comisión de Verificación de Poderes, la presente Comisión y la Comisión de Libertad Sindical, cuestionan seriamente esta independencia.
Afirmamos que la FPB no es una organización sindical independiente. Las autoridades estatales, incluido el Presidente de Belarús, han expresado repetidamente su apoyo a la FPB, mostrando un claro favoritismo por ella. El Decreto Presidencial núm. 46 de 2024 sobre el Registro Estatal del Personal de la República de Belarús, destinado a mejorar la eficiencia de los organismos estatales, incluye al presidente de la FPB en la lista de funcionarios estatales. Este registro abarca altos cargos en organismos estatales y organizaciones afiliadas, lo que subraya aún más la estrecha relación entre la FPB y el Gobierno.
Las recomendaciones de la comisión de encuesta y de los órganos de control son inequívocas: en consonancia con los Convenios núms. 87 y 98, la independencia sindical significa que los Gobiernos no deben favorecer a un sindicato mientras destruyen sistemáticamente a otro. Cabe señalar que, en ningún momento, desde los recientes acontecimientos relativos a la destrucción de los sindicatos independientes y el encarcelamiento de sus dirigentes, la FPB ha propuesto un diálogo constructivo con el Gobierno como vía para avanzar. La ausencia de tal llamamiento por parte de la FPB dice mucho de su independencia.
La única manera de avanzar por ese camino es que el Gobierno busque el apoyo de la OIT para abordar con un espíritu de diálogo estas cuestiones en el contexto de las medidas adoptadas en virtud del artículo 33.
  • Lamentó profundamente tomar nota de que, desde su memoria de 2023, el Gobierno de Belarús no ha introducido cambios significativos en la legislación ni en la práctica que afecten a la aplicación del Convenio y, una vez más, este se ha limitado a reiterar la información que ya había facilitado anteriormente. El Gobierno de Belarús insistió de nuevo en que considera que la Comisión malinterpreta o interpreta erróneamente la situación sobre el terreno.
  • Instó firmemente al Gobierno a que ponga en libertad de inmediato a todos los dirigentes y sindicalistas detenidos por participar en reuniones pacíficas o por ejercer sus libertades civiles en el marco de sus actividades sindicales legítimas, y a que retire todos los cargos asociados a estas actividades.
  • En referencia a las Conclusiones de la Conferencia Internacional del Trabajo y a la decisión que adoptó el Consejo de Administración en su 352.ª reunión, la Comisión solicitó al Gobierno con la máxima urgencia que aceptara: i) una misión humanitaria internacional para que médicos independientes puedan visitar a todos los sindicalistas encarcelados con el fin de evaluar su estado de salud y ofrecerles asistencia médica, de ser necesario y ii) una misión tripartita de la OIT para que evalúe la situación y visite a los sindicalistas que se encuentran actualmente en prisión o privados de libertad.
  • Instó también al Gobierno a que adopte medidas para enmendar sin más demora el Decreto núm. 3 (relativo a la recepción y utilización de ayuda gratuita extranjera), la Ley sobre Actividades Multitudinarias y el Reglamento que la acompaña, así como los artículos 342-2, 369, 369-1 y 369-3 del Código Penal, en los que se establecen restricciones a las actividades multitudinarias y las sanciones correspondientes, con el fin de que se ajusten a las obligaciones internacionales del Gobierno en materia de libertad sindical.
  • Instó al Gobierno a que colabore con la OIT con miras a aplicar plenamente y sin más demora todas las recomendaciones pendientes de los órganos de control de la OIT. En este sentido, la Comisión de Expertos instó al Gobierno a recibir, sin más demora, a una misión tripartita de la OIT para que evalúe la situación, tal y como solicitó esta Comisión.
  • tome medidas inmediatas para poner en libertad a los dirigentes y sindicalistas detenidos por participar en reuniones pacíficas o por ejercer sus libertades civiles en el marco de sus actividades sindicales legítimas, y retirar todos los cargos asociados a estas actividades;
  • acepte una misión humanitaria internacional para que médicos independientes puedan visitar a todos los sindicalistas encarcelados con el fin de evaluar su estado de salud y ofrecerles asistencia médica, de ser necesario, y una misión tripartita de la OIT para que evalúe la situación y visite a los sindicalistas que se encuentran actualmente en prisión o privados de libertad;
  • adopte medidas para enmendar, sin más demora, las disposiciones legales mencionadas para que se ajusten a las obligaciones internacionales del Gobierno en materia de libertad sindical, y
  • reciba sin más demora a una misión tripartita de la OIT para que esta evalúe la situación; y se comprometa con la OIT con vistas a aplicar plenamente todas las recomendaciones pendientes de los órganos de control de la OIT.
Miembro gubernamental, Polonia - Tengo el honor de intervenir en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros. Lamentamos profundamente las continuas violaciones y el incumplimiento constante por parte de las autoridades de Belarús de sus obligaciones en virtud de los Convenios núms. 87 y 98 de la OIT. Aunque han transcurrido dos años desde la adopción de la Resolución, las autoridades de Belarús han mostrado un menosprecio continuo por las orientaciones, conclusiones y recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004, de los órganos de control y del Consejo de Administración, y se han negado a aceptarlas y aplicarlas. Una vez más, pedimos a Belarús que tome todas las medidas necesarias para cumplir las obligaciones a las que se comprometió como Miembro de la OIT y por el hecho de ratificar voluntariamente los convenios fundamentales de la OIT.
Seguimos profundamente preocupados por el grave deterioro de la situación de los derechos humanos en Belarús, incluidas las graves violaciones de los derechos laborales, especialmente el derecho a la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva. Condenamos enérgicamente las continuas campañas de persecución e intimidación contra sindicalistas independientes, organizaciones de la sociedad civil, fuerzas democráticas de oposición y todos los demás segmentos de la sociedad bielorrusa. Condenamos con la misma firmeza las nuevas formas de represión que se ejercen contra ellos, como los juicios en rebeldía, las expropiaciones, la intimidación de familias enteras o la separación de los hijos de sus familias. La situación ha empeorado aún más desde la participación del régimen de Belarús en la guerra de agresión de la Federación de Rusia contra Ucrania.
Instamos firmemente a Belarús a que reciba con carácter de urgencia una misión tripartita de la OIT para recabar información sobre la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta y las posteriores recomendaciones de los órganos de control de la OIT. Esta misión debe tener acceso a los dirigentes y activistas sindicales independientes encarcelados y detenidos.
Dada la gravedad de la situación, la Unión Europea, ante el inédito número de violaciones de los derechos humanos y en el contexto de las elecciones de enero de 2025, ha impuesto varias rondas de sanciones, la última el 27 de marzo del año en curso. La Unión Europea y sus Estados miembros deploran la disolución de sindicatos independientes porque socava la legitimidad de las instituciones de diálogo social. Reiteramos nuestro llamamiento a las autoridades de Belarús para que abandonen su política de destrucción del movimiento sindical independiente bielorruso. Nos hacemos eco de la petición del Comité de Libertad Sindical a las autoridades para que tomen medidas para revisar la situación de los sindicatos disueltos con el fin de garantizar que puedan volver a funcionar.
Deploramos que los presos políticos sigan encarcelados en pésimas condiciones y expresamos nuestra honda preocupación por los casos de muertes durante la detención. Instamos a las autoridades a poner fin a la represión y a respetar y proteger los derechos humanos, y pedimos la liberación inmediata e incondicional de todos los presos políticos y su rehabilitación plena y efectiva, incluidos los sindicalistas procesados por ejercer una actividad sindical pacífica y legítima. Nos preocupa profundamente el sistema de restricciones de los derechos de quienes han cumplido su condena, que incluye la limitación de la libertad de circulación, la vigilancia constante y la congelación de cuentas bancarias.
Deploramos el clima de violencia estatal, intimidación y miedo que reina en Belarús, así como la erosión del Estado de derecho, ejemplificada por la total falta de imparcialidad e independencia del sistema judicial. Tomamos nota con preocupación de las observaciones de un grupo de expertos en derechos humanos independientes, de 22 de enero de 2025, sobre la creciente celebración, en Belarús, de juicios en rebeldía y sin las garantías procesales básicas, que conllevan largas penas de prisión, privación de bienes y vivienda o incluso la pena de muerte. Nos hacemos eco del llamamiento del Comité de Libertad Sindical para que se aplique la recomendación 8 de la comisión de encuesta a este respecto.
Considerando las graves y reiteradas alegaciones relativas al nombramiento de la delegación de los trabajadores de Belarús para la Conferencia, tomamos nota con preocupación de las conclusiones del Comité de Libertad Sindical sobre la fuerte dependencia de la FPB de las autoridades bielorrusas y el creciente control e injerencia del Estado en la actividad de esta organización. Seguimos de cerca las conclusiones de la Comisión de Verificación de Poderes e instamos a las autoridades de Belarús a que designen delegados y asesores no gubernamentales para la Conferencia, de acuerdo con las organizaciones de trabajadores y de empleadores más representativas, genuinas e independientes.
Agradecemos a la Oficina que se haya comprometido con otros órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas a crear un grupo de trabajo que coordine las acciones encaminadas a la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004 y de otros órganos de control. Esperamos que se nombre pronto al enviado especial de la OIT y alentamos a que se sigan coordinando los esfuerzos para la plena aplicación de la Resolución. También instamos a Belarús a que colabore con el enviado especial de la OIT, una vez nombrado.
Han pasado más de 20 años desde que la comisión de encuesta publicó su informe y sus recomendaciones. Lamentablemente, hasta la fecha no se han aplicado. En los últimos cinco años, las autoridades han suspendido cualquier cooperación significativa con la OIT y han reiterado sistemáticamente la información ya facilitada. Instamos a las autoridades de Belarús a que adopten medidas concretas para dar pleno efecto a todas las recomendaciones de la comisión de encuesta y a las solicitudes subsiguientes de los órganos de control de la OIT, incluida la modificación sin más demora del Decreto núm. 3 relativo a la recepción y utilización de ayuda gratuita extranjera, la Ley de Actos Multitudinarios, el Código Penal y el Código del Trabajo para que cumplan las obligaciones internacionales en materia de libertad sindical.
Reafirmamos nuestro firme apoyo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución de la OIT y tomaremos las medidas necesarias en consonancia con la Resolución de la Conferencia de 2023. La Unión Europea y sus Estados miembros se comprometen a trabajar con la OIT y sus mandantes para garantizar el cumplimiento por parte de las autoridades de Belarús de las recomendaciones de la comisión de encuesta.
Miembro gubernamental, Dinamarca - Tengo el honor de hablar en nombre de los siguientes 34 Gobiernos: Albania, Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Colombia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, la República Checa, la República de Moldova, Rumania, Suecia, Suiza, Ucrania y mi propio país, Dinamarca.
La Comisión se reúne hoy de nuevo para cumplir con la responsabilidad que se nos encomendó en la Resolución sobre las medidas recomendadas por el Consejo de Administración en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT sobre la cuestión de Belarús, adoptada por la Conferencia en 2023. Han transcurrido dos años desde la adopción de la Resolución, y más de dos décadas desde que la comisión de encuesta emitió su informe y sus recomendaciones para garantizar el cumplimiento por parte de Belarús de los Convenios núms. 87 y 98 de la OIT. Sin embargo, lamentablemente, las autoridades de Belarús han incumplido sistemáticamente los compromisos contraídos en virtud de los convenios fundamentales de la OIT, y la situación sobre el terreno sigue deteriorándose. El Informe de este año de la Comisión de Expertos vuelve a dibujar un panorama profundamente preocupante de violaciones persistentes y sistémicas de los convenios fundamentales de la OIT por parte de las autoridades bielorrusas. Nuestros Gobiernos observan con honda preocupación que no se han notificado cambios sustanciales ni en la legislación ni en la práctica. Por el contrario, a pesar de las claras evidencias de represión sistemática contra los sindicatos independientes, sus dirigentes y miembros, de la alarmante y deteriorada situación de los derechos humanos, de la reducción sistemática de cualquier espacio cívico y de la firme y coherente condena de los mandantes de la OIT, las autoridades de Belarús sostienen que la situación en el país ha sido malentendida y malinterpretada. Nos preocupan especialmente los continuos informes del BKDP, de los Relatores Especiales de las Naciones Unidas y de otras entidades sobre la represión masiva contra los sindicatos independientes, las acciones criminales emprendidas contra los trabajadores y sus familias por ejercer sus derechos laborales fundamentales, y el acoso judicial a los miembros de los sindicatos, que incluye detenciones, procesamientos y encarcelamientos. Las autoridades de Belarús han desmantelado deliberadamente la sociedad civil independiente, incluso privando a los trabajadores de la capacidad de sindicarse y defender sus derechos. Condenamos además la creciente celebración de juicios en rebeldía y sin las garantías básicas para un juicio justo, y exigimos el cese inmediato de tales juicios, así como el pleno acceso a la representación jurídica y a procedimientos judiciales transparentes.
Nos preocupan seriamente los informes que refieren acciones políticamente motivadas contra empresas independientes y sus trabajadores en Belarús, incluidas inspecciones arbitrarias, redadas, registros, sanciones administrativas o cierres. Deploramos profundamente el clima de violencia estatal, intimidación y miedo que se impone a los trabajadores que protestan pacíficamente en Belarús.
Denunciamos enérgicamente el total desprecio de las autoridades bielorrusas por las obligaciones internacionales en materia de trabajo. Belarús debe cesar sin más demora las violaciones de sus compromisos y aplicar plenamente las orientaciones, conclusiones y recomendaciones de la comisión de encuesta, de los órganos de control y del Consejo de Administración.
A tal fin, exigimos la plena transparencia sobre los procesos judiciales con todos los visos de ser casos políticos. Todos los dirigentes y miembros sindicales detenidos por su participación en acciones o protestas colectivas pacíficas en consonancia con su legítimo derecho a la libertad sindical deben ser puestos en libertad inmediata e incondicionalmente y deben retirarse todos los cargos relacionados. Cada caso de intimidación o violencia física debe investigarse sin demora mediante una investigación judicial independiente. Se debe permitir que los sindicatos disueltos funcionen y participen plenamente en los organismos tripartitos nacionales. Debe mantenerse el Estado de derecho, garantizarse un entorno empresarial previsible y transparente, y se debe velar por que todas las empresas puedan operar libres de injerencias o represalias políticas. Instamos a las autoridades de Belarús a que acepten, con la máxima urgencia, una misión tripartita de la OIT para evaluar la situación y visitar a los sindicalistas que se encuentran actualmente encarcelados o detenidos, así como una misión humanitaria internacional para garantizar que médicos independientes puedan visitar a todos los sindicalistas encarcelados. Instamos a Belarús a que cese inmediata e incondicionalmente su apoyo a la guerra de agresión ilegal de la Federación de Rusia contra Ucrania, que afecta gravemente a las vidas y los medios de subsistencia de los ucranianos, incluidos los trabajadores, los empleadores y sus familias.
Tomamos nota con preocupación de las graves y reiteradas alegaciones sobre la estrecha afiliación entre las autoridades bielorrusas y la FPB, que no ha demostrado ser una organización de trabajadores libre, genuina e independiente. Instamos a las autoridades a que se abstengan de mostrar favoritismo hacia cualquier sindicato en particular. Considerando la necesidad de un seguimiento permanente y continuo de la situación en Belarús, animamos al Director General de la OIT a nombrar un enviado especial en Belarús lo antes posible. También es crucial que el Director General siga manteniendo la colaboración con otros organismos de las Naciones Unidas, los procedimientos especiales y los órganos internacionales pertinentes, con el objeto de garantizar una acción coordinada y conjunta en pro de la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta y de los órganos de control.
Para concluir, reafirmamos nuestro firme apoyo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución de la OIT y nos comprometemos a seguir trabajando con la OIT y sus mandantes para garantizar el cumplimiento por parte de las autoridades de Belarús de las recomendaciones de la comisión de encuesta. Seguiremos apoyando la celebración de una sesión especial de esta Comisión mientras no se demuestre que Belarús ha cumplido sus obligaciones en virtud de los Convenios núms. 87 y 98 de la OIT.
Miembro gubernamental, Canadá - Hablo en nombre de los Gobiernos de Australia, el Japón, Nueva Zelandia, el Reino Unido y mi propio país, Canadá.
Agradecemos a la Comisión de Expertos su observación más reciente sobre la situación en Belarús. Haciéndonos eco del profundo pesar de la Comisión de Expertos, deploramos profundamente que Belarús haya indicado que no se ha aplicado ningún cambio significativo en la legislación y en la práctica desde 2023, a pesar de los múltiples informes sobre el empeoramiento de la situación de los derechos humanos y laborales en el país y de los numerosos llamamientos de esta Organización para que se apliquen plenamente las recomendaciones de los órganos de control de la OIT. El BKPD, los relatores de las Naciones Unidas y otras entidades han documentado ampliamente las violaciones persistentes y generalizadas de los derechos humanos y laborales y los abusos que se perpetúan contra los trabajadores y los dirigentes y activistas sindicales por ejercer sus derechos fundamentales en el ámbito del trabajo.
Estamos profundamente preocupados por los informes sobre los más de 50 casos de dirigentes y activistas sindicales que siguen sometidos a procesos penales, es decir, están encarcelados o se les ha impuesto una pena de restricción de libertad o han sido puestos en libertad pero no exonerados, por la utilización del sistema judicial para perseguir a dirigentes y activistas sindicales, así como por la creciente celebración de juicios en rebeldía sin garantías de un juicio justo, por las sanciones penales que incluyen penas de prisión de hasta diez años para cualquier persona que se afilie a sindicatos libres e independientes y por la detención masiva de trabajadores.
A pesar de tan abrumadoras evidencias, las autoridades bielorrusas siguen negando sistemáticamente cualquier violación de los Convenios núms. 87 y 98, y mantienen que se han aplicado las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004. Durante más de 20 años, las autoridades de Belarús han fracasado repetidamente a la hora de proteger los derechos fundamentales de los trabajadores, mostrando una total y flagrante falta de respeto por el sistema de control de la OIT a expensas de sus trabajadores. Una vez más, tomamos la palabra para instar a las autoridades de Belarús a que cumplan plenamente las recomendaciones de la comisión de encuesta y acepten una misión humanitaria internacional que garantice que médicos independientes puedan visitar a todos los sindicalistas encarcelados para evaluar su estado de salud y ofrecerles asistencia médica, acepten una misión tripartita de la OIT que evalúe la situación y visite a los sindicalistas que se encuentran actualmente encarcelados o detenidos, liberen inmediata e incondicionalmente a todos los sindicalistas encarcelados o penados por ejercer sus derechos laborales fundamentales, y pongan fin a los ataques generalizados contra los trabajadores y sus dirigentes, incluidas las detenciones masivas y los despidos arbitrarios.
Creemos firmemente que la Resolución era la única opción disponible para instar a las autoridades de Belarús a cumplir plenamente los principios y derechos fundamentales de la OIT en el ámbito del trabajo, cumplir sus obligaciones libremente acordadas en virtud de la Constitución de la OIT y aplicar las conclusiones del mecanismo de control de la OIT.
Reiteramos nuestro pleno apoyo al sistema de control de la OIT, incluida la labor de esta Comisión tripartita que durante más de 100 años ha sido capaz de entablar un diálogo constructivo para proporcionar orientación con miras a la realización de la misión de la OIT, es decir, promover la justicia social y los principios y derechos fundamentales en el trabajo que son esenciales para lograr una paz universal y duradera.
Instamos a las autoridades de Belarús a que respeten la experiencia, imparcialidad e integridad del sistema de control de la OIT y a que cooperen plenamente con la OIT para aplicar sin más demora todas las recomendaciones pendientes de la comisión de encuesta y de los órganos de control de la OIT. Por último, alentamos a todos los mandantes de la OIT a que sigan adoptando todas las medidas posibles, de conformidad con la Resolución de la Conferencia de 2023, para que Belarús cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Constitución de la OIT y de los Convenios núms. 87 y 98.
Miembro empleadora, Canadá - Intervengo como representante de la Asociación de Empleadores de Transporte y Comunicaciones Reglamentados a Nivel Federal (FETCO), una asociación de empleadores canadiense, para expresar nuestra profunda preocupación por las informaciones sobre las continuas violaciones del derecho de los interlocutores sociales a la libertad sindical en Belarús.
La libertad sindical es una piedra angular del trabajo que realizamos en la OIT. Los Convenios núms. 87 y 98 establecen el derecho de los trabajadores y de los empleadores, sin distinción y sin autorización previa, de constituir las organizaciones que estimen convenientes y de afiliarse a las mismas, sin injerencias. Estos derechos son esenciales para fomentar un diálogo tripartito equilibrado y constructivo que, a su vez, es fundamental para abordar los retos económicos y sociales. Las actuales restricciones y medidas punitivas impuestas a las organizaciones independientes y sus miembros en Belarús representan una clara violación de estos principios. Como organización de empleadores, reconocemos que la capacidad tanto de los trabajadores como de los empleadores para sindicarse y defender sus intereses es vital para preservar la armonía laboral y fomentar los intereses mutuos. Por lo tanto, instamos al Gobierno de Belarús a que adecue su legislación y sus prácticas a sus compromisos internacionales, garantizando que tanto las organizaciones de empleadores como las de trabajadores puedan operar libremente y sin temor a represalias.
Interpretación del chino: Miembro trabajador, China - Hemos tomado nota de las declaraciones realizadas por todas las partes en el seno de esta Comisión. Nuestra posición es coherente. El objetivo no son las sanciones; por el contrario, nuestro fin común ha de ser proteger realmente los derechos e intereses legítimos de los trabajadores. Con este fin, pedimos que se aborden debidamente todas las preocupaciones, que se refuercen las consultas y el diálogo y que se realicen esfuerzos para impulsar una pronta resolución de este caso.
Miembro gubernamental, Pakistán - El Pakistán reconoce el compromiso del Gobierno de Belarús de respetar las normas internacionales del trabajo y su continua cooperación con la OIT. Creemos que el diálogo y el compromiso son esenciales para abordar las preocupaciones y promover los derechos laborales. Tomamos nota de las medidas adoptadas por Belarús para aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004. Alentamos además a que se exploren mecanismos alternativos para abordar las cuestiones pendientes, en lugar de proceder en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT. El Pakistán subraya la importancia de defender los principios de la soberanía nacional y aboga por el diálogo y la cooperación como medios preferentes para resolver las diferencias en el marco de la OIT.
Miembro trabajador, Brasil - Empiezo mi discurso expresando nuestra profunda preocupación por el reiterado incumplimiento por el Gobierno de Belarús en cuanto a las obligaciones derivadas de los Convenios núms. 87 y 98. Hace más de dos décadas que acompañamos la inobservancia de las recomendaciones de la comisión de encuesta de la OIT. Y, ahora, somos testigos de la transgresión flagrante del último recurso invocado por la OIT en respuesta a las persistentes violaciones: la aplicación del artículo 33 de la Constitución de esta Organización. La extinción forzosa de todos los sindicatos independientes en Belarús ha eliminado de hecho la libertad sindical y de las relaciones laborales.
El informe presentado en julio de 2024 por la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús, Anïs Marin, ha reforzado nuestra preocupación al poner de manifiesto que «el nivel de compromiso, que nunca ha sido satisfactorio, se ha deteriorado significativamente en los últimos años tras las crisis de derechos humanos que se gestó en el contexto de las elecciones presidenciales de 2020». En lo que respecta a la libertad de asociación, el informe destaca que, en 2022, Belarús reintrodujo el artículo 193-1 en el Código Penal para tipificar como crimen la organización de asociaciones no registradas y la participación en ellas, señalando que, hoy en día, los procedimientos de registro son más restrictivos que nunca.
No puede haber un diálogo social genuino cuando el Gobierno está liquidando todos los sindicatos independientes y encarcelando a sus miembros.
En este contexto, cualquier cifra oficial relacionada con convenios colectivos, conflictos laborales o afiliación sindical no tiene legitimidad jurídica ni democrática porque excluye a una parte significativa de la clase trabajadora al no reconocer los sindicatos independientes. Estos datos no reflejan relaciones laborales libres, sino más bien el resultado de la coerción y la represión.
Quiero llamar la atención especialmente sobre los efectos abusivos de los convenios colectivos celebrados por los sindicatos reconocidos por el Gobierno. En efecto, la negociación colectiva beneficia exclusivamente a las personas afiliadas a los sindicatos progubernamentales, dejando a quienes son independientes sin bonificaciones, seguro médico ni pensiones. Esta práctica discriminatoria se ha institucionalizado desde 2020 a través de revisiones coordinadas de los convenios colectivos en grandes empresas como la Planta Electrotécnica de Minsk, entre otras.
Tras la liquidación forzosa e ilegal de todos los sindicatos independientes y la imposibilidad de facto de crear nuevos, cualquier persona que trabaje y que no se quiera afiliar al sindicato oficial está totalmente excluida del proceso de negociación colectiva; quedando sin representación, voz ni protección.
La comunidad internacional no puede permanecer en silencio ante esta represión sistémica. La erosión de los derechos sindicales en Belarús no es solo una crisis nacional, sino un desafío directo a las normas internacionales del trabajo y a los principios fundamentales de la OIT.
Miembro gubernamental, Cuba - Agradecemos al Gobierno de Belarús por la información presentada en el día de hoy. Se puede apreciar que el Gobierno ha implementado la mayoría de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, y ello confirma la voluntad y los esfuerzos de las autoridades del país para aplicar en la medida de lo posible estas recomendaciones dentro del marco jurídico vigente. Belarús demuestra, una vez más, la voluntad de diálogo respetuoso y cooperación constructiva con la OIT. Cuba saluda esas acciones positivas que deben ser reconocidas por la Organización.
La soberanía y la autodeterminación de los Estados Miembros deben ser siempre respetadas. Es la base para que cualquier Gobierno pueda honrar los compromisos asumidos y avanzar en acciones de cooperación. Es imperativo que los órganos de control de la OIT consideren de forma imparcial, objetiva y con estricto apego a su mandato las informaciones enviadas por los Gobiernos. Es preocupante que las respuestas enviadas por algunos Gobiernos a los mecanismos de control de la OIT no se evalúen en igualdad de condiciones con las alegaciones de los interlocutores sociales.
La línea divisoria entre los legítimos intereses sindicales y las cuestiones de naturaleza política parecería ser, con demasiada frecuencia, irrelevante para los órganos de control de la OIT. Es necesario y prioritario despejar estos procesos de la selectividad, politización, parcialidad y dobles raseros que lastran el prestigio y la credibilidad de la Organización.
La aplicación de un plan de acción para cualquier país que contenga elementos ajenos al mandato de la OIT no es aceptable para Cuba. Esta Comisión no puede ser un instrumento de coerción contra los Estados. Los principios de imparcialidad y objetividad deben ser siempre respetados. Cuba rechaza y continuará oponiéndose a proyectos de resolución, mandatos o recomendaciones de naturaleza selectiva injerencista y politizada que son inconsistentes con el mandato y propósito de la OIT. Defenderemos de manera consistente los enfoques de cooperación, ayuda constructiva y respetuosa y nos opondremos siempre a enfoques punitivos o de coacción. Los mandatos y mecanismos confrontacionales políticamente motivados que se imponen contra la voluntad de los Estados concernidos como ocurre en el caso de Belarús son inoperantes e ineficientes y están destinados al fracaso.
La OIT y sus órganos de supervisión siguen instando a los Miembros a que informen sobre la adopción de medidas coercitivas contra Belarús. Las medidas coercitivas unilaterales son inaceptables y deben ser eliminadas. Además de ser contrarias al derecho internacional perjudican la capacidad del desarrollo económico, la justicia social, deterioran la situación de los trabajadores y aumentan el desempleo y la pobreza entre los más vulnerables.
Cuba ha defendido, y lo continuará haciendo, que el diálogo tripartito y la búsqueda del consenso son los principios fundamentales e imprescindibles para que la OIT pueda cumplir de manera efectiva con su importante mandato y sus responsabilidades.
Miembro gubernamental, República Islámica del Irán - La República Islámica del Irán reconoce el continuo compromiso de Belarús con la OIT y su larga pertenencia a la Organización, habiendo ratificado 51 convenios de la OIT, incluidos los fundamentales. Reconocemos los esfuerzos constructivos descritos por Belarús para abordar las cuestiones laborales a través de sus mecanismos tripartitos, incluido el Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales. Tomamos nota de los importantes esfuerzos realizados por Belarús para establecer proyectos de cooperación técnica, llevar a cabo reformas legislativas para reforzar el diálogo social y mejorar los derechos sindicales mediante iniciativas conjuntas con la OIT. Confiamos en que la OIT seguirá centrándose en su mandato fundamental de modo que no se perciba ningún atisbo de politización en el examen de los casos de los Estados Miembros, incluido Belarús.
Pedimos a esta Comisión que reconozca los legítimos esfuerzos realizados por Belarús y su auténtico compromiso con las obligaciones internacionales, y que se centre en un diálogo constructivo basado en la cooperación técnica. Instamos a la OIT a dar prioridad a la asistencia técnica y a la cooperación constructiva, garantizando que las acciones de la Organización se ajusten a su mandato constitucional y respeten la soberanía de los Estados Miembros. Solo mediante un auténtico diálogo tripartito, el respeto mutuo y la adhesión a los principios fundamentales de la OIT podremos cumplir nuestro mandato de promover la justicia social y el trabajo decente para todos. La fuerza de la OIT reside en facilitar la cooperación y los conocimientos técnicos. En conclusión, apoyamos la continuación de la colaboración entre Belarús y la OIT, basada en el respeto mutuo. Alentamos a todas las partes a resolver las cuestiones pendientes mediante un diálogo constructivo y la cooperación técnica.
Miembro gubernamental, Azerbaiyán - La delegación de la República de Azerbaiyán elogia los esfuerzos del Gobierno en la promoción de una política coherente de aumento del nivel de ingresos de la población y de concesión de garantías sociales a los grupos de población más vulnerables. La información facilitada por el Gobierno confirma que la República de Belarús da prioridad al desarrollo de las cuestiones sociales y laborales de conformidad con las normas internacionales y los convenios de la OIT generalmente aceptados. El Gobierno demuestra su disposición a cooperar con la OIT en los ámbitos relacionados con el mandato de esta organización. Por este motivo, mi delegación no podrá apoyar las conclusiones de la Comisión relativas a este caso.
Miembro trabajador, Dinamarca - Hablo en nombre de los trabajadores nórdicos y de los trabajadores de España. La libertad sindical y el derecho de sindicación son, en muchos sentidos, la base de una sociedad democrática, una sociedad basada en el diálogo y cuyo objetivo es el crecimiento de todos sus miembros. Son elementos imprescindibles de la libertad, así como de la estabilidad y la paz. Por desgracia, en Belarús, y como ocurre igualmente en demasiados regímenes, no constituyen un elemento de libertad para el pueblo, sino una amenaza para el Gobierno. Si alguna vez se consiguiera lograr la libertad sindical, se desbarataría el terrorífico y destructivo control que ejerce el régimen sobre su pueblo. Por eso, el Estado no permite que existan sindicatos genuinos. Si eres un sindicato independiente del Estado, como Salidarnast o el Sindicato de Trabajadores de la Industria Radioelectrónica, el KGB te tachará de formación extremista. Para esos sindicatos, las consecuencias son graves: liquidación de la organización y encarcelamiento de las personas implicadas.
A partir de ahí, el simple hecho de pulsar «Me gusta» en las redes sociales de estos sindicatos puede considerarse un delito de extremismo, con el consiguiente riesgo de despido, detención e interrogatorio. Desde el 2020, se han registrado 22 500 de estos «delitos de extremismo», simplemente por actividades relacionadas con los sindicatos. Se trata de una criminalización sistemática de la actividad sindical destinada a mantener al pueblo y a los trabajadores sometidos y atemorizados. Mientras los sindicalistas libres se enfrentan a una opresión sistemática, los llamados «sindicatos», dirigidos por el Estado, gozan de abundantes exenciones fiscales. Mediante falsos convenios colectivos, se les permite legalmente conceder prestaciones en base a criterios discriminatorios a aquellos que venden sus almas, se convierten en afiliados de dichos «sindicatos» y, por tanto, en facilitadores de las acciones del Estado. Pero recordemos todos que para el pueblo bielorruso no existen alternativas. Incluso después de haber invocado el artículo 33 en 2023, no ha ocurrido nada. Belarús no ha mostrado ningún respeto por sus obligaciones internacionales. Belarús se niega a cambiar. Si Belarús quiere lograr algún día un verdadero progreso social y ser un Estado digno de confianza, debe cambiar.
El caso de Belarús nos sirve a todos de recordatorio de que la verdadera libertad sindical es algo por lo que hay que luchar, con plena solidaridad. Ante el asfixiante dominio de Belarús sobre su pueblo, la comunidad internacional debe mantener la presión, con todos los medios a su alcance, por la justicia social, la paz y la estabilidad y por nuestros hermanos y hermanas de Belarús.
Miembro gubernamental, República Bolivariana de Venezuela - El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela agradece la información proporcionada por el Gobierno de Belarús, la cual da muestra de su compromiso con los principios del diálogo constructivo y el respeto mutuo.
La República Bolivariana de Venezuela reafirma que el diálogo social directo, genuino y sin condiciones dentro de la OIT es la mejor herramienta para fortalecer la cooperación y para alcanzar acuerdos viables y sostenibles. Por el contrario, la presión política mediática o institucional, lejos de lograr objetivos concretos en favor de los trabajadores, propicia el incremento de tensiones, la confrontación y finalmente el desenlace del conflicto. Esto es, en pocas palabras, el fracaso de la diplomacia y la negociación.
En este sentido, cualquier intento de mediatizar la cooperación internacional y la protección de los derechos laborales con propósitos geopolíticos o de agresión a la soberanía e integridad de los Estados debe ser rechazada. Resulta esencial recordar en esta Organización que toda decisión que afecte a un Estado debe basarse en el espíritu del diálogo social constructivo, fundamentarse en hechos verificables y respetando la independencia y la legalidad interna. En este sentido, alentamos a todos los involucrados a actuar con objetividad y equidad, contribuyendo a fortalecer los lazos de cooperación y de respeto mutuo.
La República Bolivariana de Venezuela expresa su firme rechazo a la imposición de mecanismos punitivos, los cuales se encuentran fuera del mandato establecido por la OIT y que han evidenciado ser ineficaces. Tales enfoques no corresponden a las funciones ni a los principios de la Organización, y su aplicación resulta inconveniente, además de establecer un precedente peligroso. Por tanto, reiteramos la importancia de actuar siempre en concordancia con los principios de soberanía, igualdad y no injerencia, haciendo un llamado a la búsqueda de vías de diálogo y cooperación que fortalezcan la paz, la justicia social y el respeto mutuo en nuestro sistema multilateral.
  • El Sr. Vatslau Areshka, de 70 años, militante desde hace mucho tiempo del Sindicato de Trabajadores de la Radio y la Electrónica de Belarús (REP) y redactor de su revista, que fue condenado a ocho años de prisión en 2023. Desde su encarcelamiento, la salud del Sr. Areshka se ha deteriorado de manera alarmante. Hoy en día está casi ciego y casi no puede caminar, como consecuencia directa de las duras condiciones carcelarias y de no recibir la asistencia médica necesaria.
  • El Sr. Hennadz Fiadynich, de 67 años, vicepresidente del REP, fue condenado a nueve años de prisión en 2023. Padece graves enfermedades cardíacas y diabetes, y solo tiene un riñón. A pesar de estas dolencias que ponen en peligro su vida, también se encuentra detenido bajo estrictas medidas de seguridad y no recibe la atención médica que necesita urgentemente.
Observador, Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA) - Este año se cumple un cuarto de siglo desde que se denunciaron ante la OIT las primeras violaciones de los derechos sindicales en Belarús. Comenzó con la injerencia del Gobierno en los asuntos sindicales, la presión sobre los delegados y dirigentes sindicales electos, y los ataques selectivos contra los sindicatos locales y sus representantes.
Año tras año, esta presión se intensificó y, en última instancia, desembocó en detenciones masivas. Los sindicatos independientes de Belarús han sido desmantelados, sus oficinas allanadas y sus dirigentes encarcelados, incluido Aliaksander Yarashuk, miembro del Consejo de Administración de la OIT. Ya no puede dirigirse a esta Comisión, ni responder al Gobierno, una ausencia que contradice el espíritu de este foro como plataforma de alto nivel para el diálogo social. Su ausencia es, en realidad, un reflejo de la situación del país.
Existía la esperanza de que la aplicación del artículo 33 de la Constitución de la OIT ayudara a resolver este bloqueo. Sin embargo, ni siquiera esta medida ha conseguido que el Gobierno de Belarús dé marcha atrás en su política represiva hacia la libertad sindical.
Durante años, los órganos de control de la OIT han documentado violaciones persistentes y sistemáticas de los derechos sindicales en Belarús. Hemos escuchado declaraciones del Gobierno, examinado informes de expertos, emitido conclusiones y adoptado recomendaciones.
Durante años, el caso de Belarús se ha convertido en emblemático, no solo de una negativa flagrante a respetar los principios fundamentales de la OIT, sino también de un retraso prolongado en el restablecimiento de la justicia. Este retraso pone en entredicho la credibilidad de la OIT. Cuando las violaciones son tan graves y están tan ampliamente documentadas, no basta con un círculo interminable de observaciones.
Lamentamos profundamente observar de nuevo la postura invariable del Gobierno de Belarús e instamos a la OIT a que adopte medidas significativas y decisivas, incluido un mayor desarrollo de los mecanismos de aplicación, en consonancia con el artículo 33, para garantizar el cumplimiento por parte de Belarús de los convenios fundamentales de la OIT.
Una vez más, también instamos al Gobierno de Belarús a que libere inmediatamente a Aliaksander Yarashuk y a todos los sindicalistas detenidos, y a que restablezca plenamente el derecho a la libertad sindical, como está obligado a hacer en virtud de los Convenios núms. 87 y 98.
Observador, IndustriALL Global Union - Intervengo aquí en nombre de 50 millones de afiliados a IndustriALL Global Union. Aunque hemos celebrado muchas sesiones sobre Belarús en esta casa como la que estamos celebrando hoy, la represión y la criminalización del sindicalismo democrático en el país continúan en un grado alarmante y todos los sindicatos libres y democráticos, las centrales nacionales, el BKDP y sus organizaciones afiliadas, como el PMB, el BNP y el REP, fueron disueltos mediante el llamado proceso judicial con argumentos infundados.
Como no hay separación de poderes en el país, no hay juicio justo, ni Estado de derecho, y es obvio que la disolución de los sindicatos se llevó a cabo en consonancia con las decisiones políticas. No somos nosotros los que politizamos el asunto, como se afirma, sino que lo hace el propio Gobierno al esgrimir argumentos políticos en relación con las violaciones concretas de los derechos fundamentales de los trabajadores.
Además de desmantelar las organizaciones sindicales, el Gobierno sigue llevando a cabo una implacable persecución de sindicalistas y activistas, y numerosos dirigentes de nuestros afiliados han sido encarcelados bajo acusaciones de motivación política, lo que viene a demostrar un flagrante desprecio por los derechos y libertades fundamentales.
Hoy, incluso aquí, en esta reunión, hemos escuchado acusaciones directas y descaradas contra nuestros compañeros sindicalistas, que condenamos y refutamos enérgicamente. Nuestros compañeros encarcelados aman a su país mucho más que aquellos que les acusan, incluso durante la sesión. El sindicalismo no es un delito, pero encarcelar a auténticos sindicalistas, impidiéndoles cumplir con sus obligaciones, constituye un verdadero delito. Se han denunciado malas condiciones de salud, presión psicológica y diversos tipos de maltrato.
Queremos llamar la atención sobre el injusto encarcelamiento de Henadz Fiadynich y de Vatslau Areshka, dirigentes del sindicato REP, afiliado a IndustriALL, condenados a 9 y 8 años, respectivamente. Ambos sufren un deterioro de su salud. Además, al menos cinco mujeres dirigentes y activistas sindicales siguen encarceladas en Belarús, en condiciones brutales e inhumanas, tras haber sido condenadas a penas de entre 2 y 11 años por manifestarse pacíficamente.
Entre estas, se encuentra Volha Brytsikava, presidenta del Sindicato Independiente de Mineros y Trabajadores Químicos de Belarús, afiliado a IndustriALL, que fue perseguida por su postura contraria a la guerra y su incansable compromiso con la defensa de los derechos de los trabajadores.
Tras repetidas detenciones y juicios muy politizados, fue condenada a cinco años de prisión. Se encuentra en paradero desconocido. Su caso, junto con los de Hanna Ablab, Hanna Karneyenka y Alena Nazarava, pone de relieve la implacable represión del régimen contra los sindicatos independientes. Estas mujeres han sufrido abusos incesantes, como el confinamiento solitario en celdas gélidas, el aislamiento prolongado de sus hijos y la tortura sistemática por los más mínimos actos de rebeldía.
El Gobierno debe poner fin de inmediato a este trato cruel, abolir los trabajos forzosos en las instituciones penitenciarias y eliminar todos los obstáculos a la libertad sindical, permitiendo a los trabajadores constituir sindicatos y afiliarse a los mismos, sin temor a ser perseguidos.
Interpretación del ruso: Observador, Confederación Sindical Internacional (CSI) - Como presidente en funciones del BKDP, me dirijo a ustedes en nombre de los trabajadores que en estos momentos se encuentran bajo el yugo de la represión en Belarús.
En 2022, las autoridades bielorrusas acabaron por la fuerza con el BKDP y con todas sus organizaciones y, desde entonces, los trabajadores de Belarús se han visto privados de su derecho de constituir libremente organizaciones independientes o de afiliarse a las mismas. Hoy los trabajadores están obligados a formar parte de una organización estatal autodenominada FPB y tienen que hacerlo para evitar la represión, para conservar sus puestos de trabajo, para tener la posibilidad de alimentar a sus familias. Todo esto lo confirman el Relator Especial sobre los derechos humanos en Belarús, el grupo de expertos independientes de las Naciones Unidas, así como organizaciones internacionales de derechos humanos y de Belarús.
Hace dos años, se adoptó una resolución sobre la aplicación del artículo 33 con referencia a Belarús por violación del derecho de libertad sindical e incumplimiento de las recomendaciones de la comisión de encuesta. Sin embargo, el Gobierno de Belarús ha seguido haciendo caso omiso de las recomendaciones de la Comisión, las conclusiones de esta Comisión y las decisiones del Consejo de Administración y de la Conferencia. El Gobierno de Belarús está poniendo en peligro todo el sistema de control, acusando a la OIT de parcialidad y de ir más allá de su mandato. Se trata claramente de una cuestión que Belarús está politizando para evitar la discusión sobre la represión y la violación de la libertad sindical.
Esta postura no es en absoluto constructiva ni es aceptable. A pesar de las acusaciones infundadas vertidas contra nosotros por el Gobierno, pedimos una vez más al Gobierno de Belarús que se abstenga de este enfoque estéril de resistirse y oponerse y que empiece a cumplir, con hechos y no con palabras, la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
La OIT es una organización única. Puede y debe convertirse en una plataforma para un diálogo serio y justo sobre la salida de Belarús de la crisis sociopolítica y el aislamiento internacional. La liberación voluntaria de todos los dirigentes y activistas sindicales sin excepción detenidos por las autoridades de Belarús y el reconocimiento del mandato del Enviado Especial del Director-General, podrían ser el inicio de dicho diálogo.
Presidente - Antes de dar nuevamente la palabra al Gobierno de Belarús, la Oficina desea responder a la pregunta formulada por el Grupo de Trabajadores e invito a la representante del Secretario General, Corinne Vargha, a que lo haga.
Representante del Secretario General - En la declaración inicial del Vicepresidente trabajador, hay una pregunta a la Oficina sobre el seguimiento de la decisión del Consejo de Administración, de noviembre de 2024, en relación con dos cuestiones: la primera sobre el enviado especial del Director General, y la segunda sobre la creación de un grupo de trabajo entre la OIT y otras instituciones de las Naciones Unidas con miras a mejorar la coordinación y el impacto de nuestra acción.
Por lo que se refiere al enviado especial, me complace informarles que en la próxima sesión del Consejo de Administración de la OIT, el 14 de junio, inmediatamente después de la Conferencia, se notificará formalmente la aprobación de su nombramiento por el Consejo de Administración. El Director General ha elegido ya a una persona en la que confía plenamente en términos de su capacidad para entablar un diálogo constructivo con el Gobierno de Belarús. Así pues, para quienes estén interesados y vayan a asistir, la referencia al documento del Consejo de Administración es GB.354/INS/11. Debería estar disponible a principios de la semana que viene.
Con respecto a la pregunta relativa a la creación de un grupo de trabajo entre la OIT y otras instituciones de las Naciones Unidas con miras a coordinar y reforzar la acción conjunta, también me complace informar que, si bien teníamos una buena coordinación pero no de manera institucional, ahora hemos establecido formalmente un grupo de trabajo conjunto entre la OIT y la Oficina del Alto Comisionado para hacer un seguimiento preciso de la decisión del Consejo de Administración.
Interpretación del ruso: Representante gubernamental - Ante todo, deseo expresar mi más sincero agradecimiento a todos los que han participado en la discusión y han apoyado a Belarús. Distinguidos amigos, su posición audaz y honesta sobre la cuestión de Belarús es una prueba clara del hecho de que en la OIT existen fuerzas sanas, que son numerosas y que están dispuestas, a pesar de las presiones y amenazas, a defender los principios fundamentales en el trabajo de esta Organización para luchar por la justicia y garantizar que podamos abolir cualquier práctica de doble rasero.
Ahora, en cuanto a los que han hablado en contra de Belarús, aquí lo primero que me gustaría señalar es lo siguiente: todas estas declaraciones se basan en una sola fuente, información que ha venido de representantes del ex BKDP y esto es algo que ya no existe. Ya no funciona debido a sus acciones anticonstitucionales y extremistas. Las personas que formaban parte de él están ahora en el extranjero y, por tanto, reciben financiación de países occidentales que tienen una política poco amistosa hacia Belarús.
Los órganos de control de la OIT reciben información de esta fuente y la consideran una fuente fiable de información sobre lo que ocurre en Belarús, lo que es extremadamente ingenuo y, lo que es más, muy perjudicial y contraproducente.
Al fin y al cabo, todo el mundo tiene claro que los representantes del BKDP están dispuestos a inventarse cualquier tipo de queja, acusación o lo que sea, porque en realidad sus hilos los mueven los representantes de la Unión Europea y lo hacen porque quieren recibir dinero occidental. Por lo tanto, la información es simplemente falsa, y los hechos se están tomando a la ligera. Es una mera invención, lo que significa que la Comisión de Expertos acaba haciendo acusaciones absurdas sobre un ambiente de violencia y miedo dentro de Belarús.
Cualquiera que haya estado en Belarús podría decir, sin ninguna duda, que es un lugar en el que reina la paz y la seguridad, y eso se siente en cualquier parte del país. Se siente la amistad, se siente la hospitalidad, y eso es algo que de hecho siempre han señalado los expertos de la OIT cuando han venido a visitarnos.
Hoy hemos escuchado lo que han dicho nuestros oponentes. Han intentado cuestionar la colosal cantidad de trabajo realizado por el Gobierno de Belarús con sus interlocutores sociales para tratar de dar efecto a las recomendaciones de la comisión de encuesta, y aquí señalo que ya se ha presentado repetidamente a los órganos de control de la OIT información detallada sobre la aplicación de dichas recomendaciones de la comisión de encuesta.
Belarús ha hecho un trabajo serio y como consecuencia de ese trabajo, la mayoría de las recomendaciones, 12, han sido efectivamente aplicadas. Diez de las 12 se han aplicado en su totalidad y las otras 2 también se han aplicado, en la medida en que no atenten contra los intereses nacionales de Belarús. Todo ello se ha llevado a cabo en estrecha colaboración con la OIT, incluso sobre la base de planes de acción y de programas de trabajo conjuntos. Todos los programas han sido elogiados por los órganos de control pertinentes de la OIT.
Así que, permítanme ser absolutamente claro: si nos remontamos a 2009, se observó que en Belarús se habían realizado progresos en la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta, y también tuvimos una misión de contactos directos que vino a Minsk en 2014 y que también elogió el trabajo de los órganos tripartitos y de los interlocutores sociales en nuestro país.
A raíz de su trabajo, preparamos una propuesta para todo un paquete de medidas que nos harían avanzar en la mejora de la forma en que trabajamos con nuestros interlocutores sociales, desarrollando nuestro proceso de negociación colectiva y también los mecanismos para resolver los conflictos laborales. Todas estas propuestas fueron elaboradas por el Gobierno con sus interlocutores sociales y la OIT, y todas tuvieron éxito.
Luego, en 2015, con miras a aplicar la segunda recomendación, introdujimos cambios en nuestra legislación, suprimiendo el requisito mínimo del 10 por ciento de afiliados para constituir un sindicato y, al hacerlo, el Informe de la Comisión de Expertos lo señaló tomando nota con interés.
Todas estas medidas positivas fueron adoptadas por el Gobierno de Belarús y todo ello supuso que, en 2017, por primera vez, Belarús no se incluyera en la lista restringida de la Comisión y que el examen de las cuestiones relacionadas con el Convenio núm. 87 se incluyera, de hecho, simplemente dentro del ciclo regular de presentación de memorias.
Evidentemente, estos cambios en el enfoque de la consideración de la cuestión de Belarús dentro de la plataforma, no habrían sido posibles, salvo que el Gobierno hubiera dado pasos serios hacia adelante y que hubiera habido una opinión positiva de esos pasos por parte de los órganos de control.
Lamentablemente, tras los acontecimientos políticos de 2020, la relación entre Belarús y la OIT quedó prácticamente congelada, algo que no deseábamos. En repetidas ocasiones nos hemos referido a la situación y a lo que ocurrió tras las elecciones presidenciales de 2020. No creo que sea necesario volver a entrar en todos los detalles al respecto.
Solo quiero destacar una vez más que todas las medidas adoptadas por las autoridades bielorrusas tenían por objeto mantener el orden constitucional en el país, garantizar la seguridad y proteger la vida de nuestros ciudadanos. En ese proceso, no se violaron las normas de la OIT.
La República de Belarús es miembro de pleno derecho de la OIT. Pagamos regularmente nuestras cotizaciones. Enviamos para su participación una delegación tripartita. A pesar de todos los esfuerzos realizados para discriminarnos, ahora nos encontramos en una situación en la que no recibimos ninguna ayuda experta de esta Organización, ninguna asistencia experta.
De hecho, ahora vemos que la Resolución en virtud del artículo 33, adoptada hace dos años, en la 111.ª reunión de la Conferencia, es una decisión claramente discriminatoria contra Belarús.
De hecho, los países occidentales que estaban detrás de dicha decisión no podían decir que se hubiera dado algún caso en el que no hubiéramos cooperado. Sin embargo, ahora simplemente querían dejar de colaborar con nosotros y limitarse a introducir restricciones y suspender nuestro trabajo conjunto hasta ese momento.
Tenemos que reconocer que dicha Resolución es uno de los documentos más infructuosos y erróneos jamás adoptados en toda la historia de esta Organización. La política de aislamiento, el bloqueo de una posible cooperación, las sanciones coercitivas unilaterales, todo ello es sencillamente un callejón sin salida. En última instancia, solo socavará la autoridad de la OIT y los principios y derechos fundamentales en los que se basa esta Organización. Creemos que la Resolución discriminatoria adoptada en virtud del artículo 33, debe derogarse inmediatamente.
A pesar de que la cooperación entre la OIT y Belarús está congelada de facto en la actualidad, sigue existiendo el potencial, una oportunidad, para dicha cooperación. El sistema de concertación social en nuestro país funciona de manera normal y adecuada. Periódicamente celebramos reuniones de nuestro Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales, en las que debatimos las cuestiones más importantes relacionadas con el desarrollo socioeconómico de nuestro país.
En enero de este año celebramos una reunión de este Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales en la que firmamos un nuevo acuerdo general en el que participan el Gobierno y las organizaciones de empleadores y de trabajadores para 2025-2027.
En cuanto a algunas cuestiones directas que tienen que ver con la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta, aquí hemos creado un Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales. En este Consejo, junto con los expertos de la OIT, elaboramos planteamientos que nos permitirán mejorar la forma en que resolvemos colectivamente las cuestiones. Desafortunadamente, no hemos podido concluir el trabajo que estábamos realizando en materia de acuerdos arancelarios y locales, pero estamos dispuestos a renovar nuestra cooperación también a este respecto.
En los últimos años, hemos visto que los opositores a Belarús en el seno de la OIT han conseguido que se politicen decisiones injustamente tomadas contra nuestro país y nuestro pueblo. La OIT es una organización muy especial, que se centra en una forma de interacción muy singular y constructiva. La OIT tiene que estar a favor del diálogo y la cooperación. Eso es lo que representa.
En Belarús, por nuestra parte, estamos interesados en encontrar puntos de convergencia y avanzar en términos de diálogo constructivo con la OIT, en interés de la sociedad bielorrusa y de nuestro pueblo. Para ello, los órganos de la OIT deben estar interesados en jugar limpio. Deben reconocer las realidades del mundo en que vivimos hoy y escuchar lo que decimos, así como tener en cuenta nuestros propios intereses nacionales. No permitiremos que nadie interfiera en nuestros asuntos internos bajo ningún pretexto.
No aceptaremos ningún tipo de política que vaya en contra del desarrollo estable de Belarús y del bienestar de nuestro pueblo. Queremos que haya acuerdo dentro de nuestra sociedad. Queremos tener un respeto inquebrantable por nuestro Estado y su independencia y soberanía, y no aceptaremos otra cosa. La actividad en contra de Belarús en la OIT y las decisiones conducen a un callejón sin salida. Y la revocación de esas decisiones y el alejamiento de la injusta política discriminatoria aplicada contra Belarús es algo que podría ser el comienzo de la recuperación de la confianza y el avance hacia un trabajo conjunto en interés del desarrollo progresivo de todas las esferas de la industria en nuestro país. Hacemos un llamamiento a todos los mandantes tripartitos para que lo reconozcan y para que lo hagan. También hacemos un llamamiento a los órganos de control. Estamos abiertos al diálogo libre y en pie de igualdad.
Miembros empleadores - Queremos dar las gracias a los distintos oradores que han intervenido para compartir sus intervenciones y la información facilitada, de la que hemos tomado nota. Reiteramos que los Convenios núms. 87 y 98 de la OIT son Convenios fundamentales, lo que significa que requieren una consideración especial por parte de los Gobiernos, los trabajadores y los empleadores.
Los miembros empleadores insistimos una vez más en nuestra condena enérgica al incumplimiento de los Convenios núms. 87 y 98 cuando estos han sido ratificados. Estos Convenios contienen garantías fundamentales tanto para los trabajadores como para los empleadores con respecto a la libertad sindical y el derecho de sindicación. Instamos al Gobierno a que empiece a comprometerse en su aplicación o, si el Gobierno cree que ya existe ese compromiso, a que siga por ese camino en el marco de un diálogo constructivo con la OIT, sin más demora, con el fin de mejorar la situación en materia de libertad sindical y derecho de sindicación. Los miembros empleadores están dispuestos a apoyar constructivamente este proceso.
Para concluir, dada la evidente divergencia de entendimiento en relación con los avances en las preocupaciones planteadas por los distintos órganos de control de la OIT, nos limitamos a recomendar una vez más al Gobierno que:
  • tome medidas inmediatas para liberar a los dirigentes y miembros sindicales detenidos por participar en asambleas pacíficas o por ejercer sus libertades civiles en el marco de sus actividades sindicales legítimas y retirar todos los cargos por estos motivos;
  • acepte una misión humanitaria internacional para garantizar que médicos independientes puedan visitar a todos los sindicalistas encarcelados y que la misión tripartita de la OIT evalúe la situación y visite a los sindicalistas que se encuentran actualmente en prisión o detenidos;
  • adopte medidas para modificar sin más demora varias disposiciones legales a fin de adaptarlas a los Convenios núms. 87 y 98, y
  • reciba sin más demora una misión tripartita de la OIT con miras a evaluar la situación y comprometerse con la Organización con vistas a aplicar las recomendaciones de sus órganos de control.
Miembros trabajadores - Agradecemos a todos los que han tomado la palabra en esta importante y muy animada discusión. Al mismo tiempo, estamos profundamente preocupados porque hemos visto a un funcionario de la FPB grabando a nuestro colega Maksim Pazniakou, representante de la CSI, mientras hablaba. Esto va contra el reglamento y suponemos que la Oficina va a tomar medidas al respecto. Conocemos a la persona que estaba grabando y estamos dispuestos a cooperar con la Oficina para el seguimiento de esta cuestión.
La situación de los trabajadores bielorrusos, tanto los que se encuentran en el país como los que se han visto obligados a exiliarse, sigue siendo muy preocupante en lo que respecta a la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva, garantizados por los Convenios núms. 87 y 98.
A pesar de la Resolución adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 111.ª reunión, en la que se pedía el cumplimiento de estos Convenios y de las recomendaciones de la comisión de encuesta, no se ha producido ningún avance al respecto. Las intervenciones de hoy confirman la continua destrucción de la independencia sindical en Belarús.
El Gobierno mantiene la misma postura que ha mantenido desde 2004, alegando el pleno cumplimiento de los Convenios a pesar de las pruebas abrumadoras y concluyentes, incluso de los propios órganos de control de la OIT, en sentido contrario.
Hemos sabido por colegas que incluso la Central Sindical Independiente que opera desde el exilio, el BKDP, ha sido designada organización extremista y terrorista. Sus dirigentes siguen estando en el punto de mira de las autoridades.
Un hecho especialmente alarmante es la normativa de la que oímos hablar el año pasado, que permite separar por la fuerza a los niños de las familias en las que uno de los progenitores ha sido condenado por un delito relacionado con las denominadas actividades extremistas. Como ha dicho mi colega que ha tomado la palabra, el Presidente en funciones de la BKTB, el Sr. Maksim Pazniakou, se enfrenta ahora a cargos como la acusación de haber mediado en actividades extremistas. Por ello, su familia, ha sido gravemente amenazada. Creemos que Maksim Pazniakou está siendo acosado únicamente por sus actividades sindicales.
Debemos subrayar que el conjunto de pruebas de los mecanismos de control de la OIT y del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas indica claramente que la FPB está controlada por el Estado. Esta opinión está respaldada por las conclusiones de la Comisión de Verificación de Poderes de las Conferencias Internacionales del Trabajo de 2023 y 2024. Una resolución adoptada por el Parlamento Europeo a principios de este año afirmaba inequívocamente que la Federación de Sindicatos de Belarús está integrada desde hace tiempo en la estructura gubernamental del régimen de Lukashenko.
Recordemos el párrafo 599 del informe de la comisión de encuesta donde se afirma: «En Minsk y durante la audiencia formal en Ginebra, la comisión recibió un gran número de pruebas sobre la manera en que el Gobierno, los gerentes y los directores empresariales han tenido injerencia, desde hace varios años, en el libre funcionamiento de las organizaciones sindicales». Así que, como pueden ver, estamos donde empezamos y es evidente que no se ha hecho ningún progreso.
Hace apenas unos días, un grupo de expertos independientes de las Naciones Unidas expresó su honda preocupación por las continuas violaciones de la libertad sindical en Belarús. Pidieron al Gobierno que cooperara plenamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y la OIT y sus órganos de control para defender los derechos de los sindicalistas independientes. Su mensaje fue inequívoco: «Belarús debe poner fin a la represión de los sindicalistas independientes, quienes son también reconocidos como defensores de los derechos humanos. El país debe liberar inmediatamente a todos los dirigentes y miembros sindicales encarcelados por ejercer sus derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación, y derogar las leyes y políticas que ponen trabas al funcionamiento de los sindicatos independientes». Nos hacemos eco de este mensaje. Pongan inmediatamente en libertad a todos los dirigentes y afiliados sindicales encarcelados por sus actividades sindicales.
Como también hemos oído durante el debate de hoy, el Gobierno sigue presionando a las empresas privadas para que se constituyan en sindicatos afiliados a la FPB. Esta flagrante injerencia viola tanto el Convenio núm. 87 como el Convenio núm. 98. Cabe destacar que el deterioro del respeto de estas obligaciones no solo perjudica a los trabajadores, sino que también crea un clima de miedo e inestabilidad para los empresarios, dañando el tejido social y económico más amplio del país.
Por lo tanto, instamos encarecidamente al Gobierno de Belarús a:
  • Aceptar la misión tripartita para evaluar la situación actual y reunirse con los sindicalistas afectados por la represión, incluidos los que siguen encarcelados.
  • Permitir inmediatamente que una misión humanitaria internacional garantice que profesionales médicos independientes puedan visitar a los sindicalistas detenidos y evaluar su estado de salud.
  • Aplicar sin demora en la legislación y en la práctica las recomendaciones de la comisión de encuesta y de los órganos de control de la OIT.
  • Abstenerse inmediatamente de injerir en la formación y el funcionamiento de los sindicatos, en particular forzando la creación de sindicatos afiliados a la FPB en empresas privadas.
  • Abstenerse de amenazar a los empleadores con disolver sus empresas si no crean sindicatos progubernamentales y afirmar públicamente que la decisión de crear o no un sindicato corresponde exclusivamente a los asalariados y a los empleadores para quienes trabajan.
  • Modificar toda la legislación que restrinja el ejercicio de la libertad sindical, el derecho a la negociación colectiva y otras libertades civiles con objeto de ponerla en plena conformidad con los Convenios núms. 87 y 98.
También queremos que se aplique plenamente el principio de no devolución que establece la resolución, así como todas las demás medidas adoptadas por el Consejo de Administración, e instamos a todos los Estados Miembros de la OIT a que asuman su responsabilidad a este respecto.
Por último, acabamos de oír que la FPB es independiente en su trabajo. Lo que el Convenio espera es que sean independientes en la toma de decisiones y en el control de sus propias estructuras. Y está claro que este no es el caso.
Por último, hacemos un llamamiento al Gobierno de Belarús para que colabore constructivamente con la OIT, de modo que en la próxima sesión de la presente Comisión podamos ver por fin avances hacia el pleno restablecimiento de los derechos fundamentales de los trabajadores en Belarús.
Presidente - Distinguidos delegados, les informo de que está estrictamente prohibido filmar o tuitear durante los debates. Informo al Grupo de Trabajadores de que la Mesa hará un seguimiento de su petición en este sentido.
Miembro gubernamental, Estado Plurinacional de Bolivia - La miembro gubernamental del Estado Plurinacional de Bolivia, no habiendo podido inscribirse en la lista de oradores dentro de los plazos, informó a la secretaría de la Comisión que su país se suma a la declaración dada por la miembro gubernamental de la República Bolivariana de Venezuela.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión celebró su segunda sesión especial sobre Belarús en la 113.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo sobre la aplicación por Belarús del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), en cumplimiento de la Resolución sobre las medidas recomendadas por el Consejo de Administración en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT, adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 111.ª reunión, en la que se instaba a Belarús a que aplicara las recomendaciones de la comisión de encuesta y de los órganos de control.
Tomó nota de la información oral y escrita presentada por el Gobierno y de la discusión que tuvo lugar a continuación.
La Comisión volvió a observar con profunda preocupación el persistente menosprecio por parte del Gobierno de las orientaciones, conclusiones y recomendaciones de la comisión de encuesta, los órganos de control y del Consejo de Administración, así como la negativa del Gobierno a aceptarlas y aplicarlas.
La Comisión expresó su profunda preocupación y su pesar por la imposición de sanciones penales a sindicalistas dedicados a actividades sindicales legítimas y por el acoso judicial a los afiliados de los sindicatos, en particular los arrestos, los enjuiciamientos y los encarcelamientos. Deploró profundamente la represión ejercida contra los sindicatos independientes y el encarcelamiento de sindicalistas.
La Comisión reiteró que este caso ya había sido objeto de discusión en repetidas ocasiones en la Comisión antes del establecimiento de una comisión de encuesta, y deploró profundamente la falta de progresos del Gobierno en el cumplimiento de los Convenios.
La Comisión tomó nota del plan de acción para aplicar las medidas en virtud del artículo 33. También tomó nota de las medidas adoptadas por los mandantes de la OIT y otras organizaciones internacionales en seguimiento de la Resolución de la Conferencia Internacional del Trabajo de 2023 sobre Belarús, con el fin de revisar sus relaciones con el Gobierno y adoptar las medidas adecuadas para velar por que el Gobierno no pueda aprovecharse de dichas relaciones para perpetuar o ampliar las vulneraciones de los derechos de los trabajadores en materia de libertad de sindical y negociación colectiva a las que se refiere la comisión de encuesta. La Comisión pidió a los mandantes de la OIT y a otras organizaciones internacionales a que siguieran por ese camino.
Habida cuenta de la información presentada al Consejo de Administración y a la Comisión, la Comisión deploró profundamente el clima de violencia estatal, intimidación y miedo que prevalece en Belarús y que no es propicio para el libre ejercicio de las libertades civiles, el continuo deterioro de la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva y la erosión del Estado de derecho, ejemplificado por la completa falta de independencia del Poder Judicial.
En cuanto al continuo deterioro de la libertad sindical, la Comisión deploró la continua injerencia del Gobierno en las actividades sindicales. La Comisión manifestó serias dudas sobre la independencia de la FPB y expresó su esperanza de que, sin más demora, el Gobierno colaborará con la OIT para abordar esas preocupaciones y asegurarse de que todos los sindicatos, incluidos los sindicatos independientes como el BKDP, puedan funcionar sin injerencia alguna del Gobierno.
La Comisión tomó nota del plan de acción del Consejo de Administración, de marzo de 2024, para aplicar la Resolución de 2023 de la Conferencia Internacional del Trabajo y de la mesa redonda de alto nivel para debatir la libertad sindical en Belarús, que se celebró el 28 de mayo de 2024 y que puso de manifiesto la persistencia de un clima general de falta de respeto de las libertades civiles básicas necesarias para el ejercicio de la libertad sindical.
La Comisión tomó nota asimismo de la última memoria sobre la situación en Belarús presentada a la 353.ª reunión del Consejo de Administración, que lamentó profundamente que, una vez más, el Gobierno no hubiera proporcionado nueva información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones de la Comisión. Tomó nota asimismo de que la información escrita presentada a la Comisión no contenía información nueva al respecto.
Tras la discusión y tomando nota de que el Gobierno no había comunicado nueva información, la Comisión se vio obligada una vez más a instar al Gobierno a que adopte con la mayor urgencia todas las medidas posibles para aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta y todas las observaciones posteriores formuladas por los órganos de control de la OIT en relación con el cumplimiento de los Convenios.
La Comisión instó en los términos más enérgicos al Gobierno a poner en libertad inmediatamente a los sindicalistas encarcelados, a retirar los cargos y a anular las condenas dictadas contra ellos en relación con sus actividades sindicales legítimas.
La Comisión también reiteró su solicitud al Gobierno de que acepte, con la mayor urgencia:
  • una misión humanitaria internacional que garantice que médicos independientes puedan visitar a todos los sindicalistas encarcelados para evaluar su estado de salud y ofrecerles asistencia médica, en caso necesario;
  • una misión tripartita de la OIT para evaluar la situación y visitar a los sindicalistas que se encuentran actualmente encarcelados o detenidos.
Considerando la necesidad de un seguimiento continuo y permanente de la situación en Belarús, la Comisión acogió con agrado el nombramiento de un enviado especial a Belarús con el mandato de interactuar con el Gobierno y los organismos pertinentes de las Naciones Unidas para velar por la plena aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta e instó al Gobierno a colaborar constructivamente con él.
De conformidad con la Resolución de la Conferencia, la Comisión acogió con agrado el establecimiento de un grupo de trabajo de la OIT y otras instituciones de las Naciones Unidas con miras a garantizar una acción coordinada y conjunta para la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta y de los órganos de control e instó al Gobierno a colaborar constructivamente con este. La Comisión acogió con beneplácito el seguimiento continuo de la situación por el Consejo de Administración.
La Comisión instó a los Gobiernos a respetar el principio de no devolución con el fin de garantizar que los sindicalistas obligados a exiliarse en sus países no fueran devueltos a Belarús, donde pueden ser objeto de persecución, arresto arbitrario y tortura; a ayudar a los ciudadanos bielorrusos residentes en sus países que tal vez no dispongan de documentos de viaje válidos por no poder acceder a los servicios consulares; y a facilitar la expedición de visados turísticos a los ciudadanos bielorrusos perseguidos por sus actividades sindicales y a sus familiares, según proceda.
Por último, la Comisión decidió incluir los debates y conclusiones de la sesión especial en una sección aparte de su informe.
Presidente - ¿Puedo considerar que el proyecto ha sido aprobado?
Observo que la honorable representante gubernamental solicita la palabra. Embajadora, tiene usted la palabra.
Representante gubernamental - La labor de la Comisión de Aplicación de Normas se rige por la parte 4 del Reglamento de la Conferencia Internacional del Trabajo. Las disposiciones de la parte 4 del Reglamento se aplicarán a todos las comisiones que constituya la Conferencia. En el artículo 42 del Reglamento se establece, en particular, que «la Comisión procurará en la medida de lo posible adoptar sus decisiones por consenso, el cual se caracteriza por la ausencia de objeción presentada por un miembro como un obstáculo a la adopción de la decisión de que se trate». Por lo tanto, la falta de consenso se define como la objeción de un miembro de la Comisión. En caso de objeción por parte de más de un miembro de la Comisión, la Mesa no podría declarar el consenso.
El debate durante la sesión especial de la Comisión de Aplicación de Normas sobre Belarús, que tuvo lugar el 7 de junio, puso claramente de manifiesto la falta de consenso tanto en la evaluación de la política del Gobierno de Belarús, como de la situación en el ámbito laboral y social en el país, así como acerca de las medidas que la OIT recomienda al Gobierno de Belarús y otros interlocutores sociales.
Al menos un grupo de casi 40 oradores evaluó positivamente el diálogo tripartito nacional. Más de un tercio de los participantes en las deliberaciones señalaron los importantes logros de Belarús en el desarrollo de la colaboración tripartita y la garantía de los derechos e intereses de los trabajadores. Varios delegados pidieron a la Comisión y a la OIT que evitaran la politización en sus relaciones con los interlocutores sociales de Belarús y que forjaran un compromiso bilateral sobre una base no politizada, en el marco del mandato de la OIT.
Las conclusiones presentadas para su aprobación por la Comisión no reflejan adecuadamente estos aspectos e inducen a la confusión a la Conferencia. Por ejemplo, en el documento ni siquiera se menciona el diálogo tripartito existente en Belarús y no se insta a la OIT a entablar un diálogo con Belarús, sino que, por el contrario, se centra únicamente en presionar al Gobierno. Además, las conclusiones ofrecen una evaluación sesgada y distorsionada de la FPB, que representa a 4 millones de trabajadores, es decir, el 90 por ciento de los trabajadores de Belarús. Se hace caso omiso por completo de la posición de la delegación tripartita de Belarús, así como del papel genuino que desempeña la FPB en la promoción y protección duraderas de los derechos de los trabajadores.
Al mismo tiempo, la exigencia de la excarcelación inmediata de algunos activistas sindicales y la retirada de todos los cargos contra ellos no es más que una injerencia en los asuntos nacionales. El Gobierno ha informado repetida y detalladamente a los Estados Miembros de la OIT de que estas personas han sido condenadas por la comisión de delitos y que dichas condenas no guardan relación alguna con sus actividades sindicales legítimas. Consideramos que se trata de una manipulación flagrante con el fin de impulsar en la OIT decisiones discriminatorias contra los trabajadores, los empleadores y el Estado de Belarús.
Señor Presidente, dada la evidente falta de consenso, la delegación de Belarús le pide que se atenga estrictamente al Reglamento y solicita que se sometan a votación las conclusiones de la Comisión sobre la sesión especial dedicada a Belarús. También pedimos a los Estados Miembros que voten en contra de estas conclusiones no consensuadas, que no reflejan la posición de muchas delegaciones, incluida la delegación tripartita de Belarús, y que vulneran los intereses de los trabajadores y los empleadores bielorrusos.
Presidente - Gracias, Señora Embajadora. Hemos tomado nota de sus observaciones, que, por supuesto, se reflejarán en las actas de la presente Comisión.
Quisiera referirme al artículo 42 del Reglamento de la Conferencia. Según este artículo, me corresponde, en mi calidad de Presidente de esta sesión y presidente de la Comisión, hacer todo lo posible para que las decisiones de la Comisión se adopten por consenso. El consenso no es sinónimo de unanimidad. Como se indica en el Reglamento de la Conferencia, este se caracteriza por la ausencia de objeción presentada por un miembro como obstáculo a la adopción de la decisión de que se trate. Dicho esto, quiero recordar que, desde que la Comisión adopta conclusiones sobre los casos de países, siempre, sin casi excepciones, las ha adoptado por consenso. Cuando se dan divergencias de opinión, estas se reflejan de manera sistemática y completa en su Informe. A la luz de la opinión predominante expresada durante el debate de la Comisión y entendiendo también que la posición del Gobierno quedará plenamente reflejada en el Informe, ¿puedo considerar que la Comisión está dispuesta a adoptar las conclusiones que aparecen en la pantalla?
Presidente - Cedo la palabra a la Embajadora de Belarús.
Interpretación del ruso: Representante gubernamental - Gracias, señor Presidente, por sus esfuerzos para lograr el consenso. Sin embargo, en el transcurso de los debates, no solo la delegación de Belarús, sino toda una serie de delegaciones expresaron su rechazo a las medidas recomendadas y el carácter politizado de las mismas, y pidieron que no se politizara la cooperación con la República de Belarús. Lo que vemos en las conclusiones no solo no tiene en cuenta esta afirmación, sino que la contradice por completo. En consecuencia, Belarús solicita que se sometan a votación las conclusiones sobre este caso. Todas las interpretaciones de la ausencia de consenso, de opiniones correctas o incorrectas, no se ajustan a la clara formulación del Reglamento ni a la práctica no solo de la OIT, sino de las organizaciones internacionales en general. Por lo tanto, reitero mi solicitud de que se sometan a votación las conclusiones.
Presidente - Veo que la delegación de la Federación de Rusia ha solicitado la palabra.
Interpretación del ruso: Miembro gubernamental, Federación de Rusia - La delegación de la Federación de Rusia comparte plenamente la valoración expresada por la República de Belarús que acabamos de escuchar. Apoyamos la petición de la República de Belarús de que se sometan a votación las conclusiones. Y hacemos un llamamiento a todas las delegaciones de buena fe para que voten en contra de las conclusiones.
Presidente - Veo que la delegación de China ha solicitado la palabra.
Interpretación del chino: Miembro gubernamental, China - Observamos que el proyecto de conclusiones tiene un contenido muy politizado. Esto es contrario a una comunicación positiva y constructiva. Es evidente que no hay consenso sobre este caso. El proyecto de conclusiones no refleja de manera equilibrada las perspectivas de todas las partes. China apoya la solicitud de Belarús de que se someta a votación.
Presidente - Veo que la delegación de Polonia ha solicitado la palabra.
Miembro gubernamental, Polonia - Hablo en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros. Concedemos gran importancia a que las conclusiones de la Comisión se aprueben por consenso, de conformidad con la práctica establecida desde hace tiempo en la presente Comisión. Quisiéramos subrayar que, de conformidad con el párrafo 42 del Reglamento de la Conferencia, la Comisión hará todo lo posible por adoptar sus decisiones por consenso. Además, el documento D.1 sobre la labor de la Comisión establece claramente en su párrafo 32 que las conclusiones relativas a casos individuales deben reflejar recomendaciones consensuadas.
Las opiniones divergentes pueden quedar registradas en las actas de la Comisión y quienes no estén de acuerdo con las recomendaciones tienen la oportunidad de expresar sus opiniones en las actas, lo que garantiza plena transparencia sin menoscabar la toma de decisiones colectiva.
Por lo tanto, instamos a todas las delegaciones a que respeten este principio y permitan que las conclusiones se aprueben por consenso, sin ninguna acción que ponga en peligro la independencia y el papel fundamental de la presente Comisión tripartita en el marco del mecanismo de control de aplicación de normas de la OIT.
Presidente - Veo que la delegación de Canadá ha pedido la palabra.
Miembro gubernamental, Canadá - Hablo en nombre de los Gobiernos de Australia, el Japón, el Reino Unido y el Canadá. Hoy debemos tomar la palabra una vez más para lamentar que se haya procedido a la votación. Lamentablemente, esta votación es la segunda sobre la adopción de conclusiones en el caso de Belarús, lo que rompe con la larga tradición de adoptar conclusiones por consenso en el seno de esta Comisión. Tenemos en la más alta estima la labor que la Comisión de la Conferencia lleva a cabo. Se trata de un elemento fundamental de uno de los sistemas de control más antiguos y respetados del mundo.
La Comisión constituye un mecanismo único en el sistema multilateral, por cuanto proporciona una plataforma para que los Gobiernos, los trabajadores y los empleadores compartan perspectivas y orientaciones sobre cómo los Estados Miembros pueden mejorar sus iniciativas para cumplir las obligaciones que les incumben en virtud de los convenios internacionales del trabajo que han ratificado. Condenamos enérgicamente la alteración de los métodos de trabajo bien establecidos de la presente Comisión considerando que va en detrimento de la mejora de la aplicación de las normas internacionales del trabajo y la protección de los derechos de los trabajadores.
Hacemos un llamamiento a quienes apoyan la votación para que reconsideren su recurso a la votación en la presente Comisión y les instamos a que protejan y respeten nuestros métodos de trabajo, así como la labor realizada conjuntamente por nuestros interlocutores sociales. Deseamos subrayar que la votación de hoy es una nueva aberración, no un precedente. Hacemos un llamamiento a todos los mandantes de la OIT para que respeten el sólido diálogo social que tiene lugar en esta Comisión.
Presidente - Veo que la delegación de Noruega también ha pedido la palabra.
Miembro gubernamental, Noruega - Noruega apoya la declaración de la Unión Europea.
Presidente - Devuelvo la palabra a la delegación de Belarús.
Interpretación del ruso: Representante gubernamental - Hemos escuchado los argumentos en contra de la celebración de una votación en la Comisión, pero insistimos en que se celebre una votación sobre esta cuestión. Para nosotros está claro que estas conclusiones tienen carácter político. Los Estados miembros de la Unión Europea, el Canadá y Noruega han estado sin duda detrás del proceso del artículo 33 sobre Belarús. Supuestamente, piden que se sigan prácticas constructivas en la Comisión. Sin embargo, son estos países los que han impuesto más de 17 paquetes de sanciones económicas contra Belarús, que han perjudicado los intereses de los trabajadores de nuestro sector minero, forestal y maderero. Estas sanciones están bloqueando el suministro de medicamentos en Belarús, y podría seguir enumerando otros ejemplos.
Quizás sea incorrecto, casi ultrajante, pedir que se respete el proceso cuando las medidas que ustedes han adoptado, en parte en el marco de la OIT, están dirigidas contra el pueblo y la economía de Belarús. Por lo tanto, solicitamos que se someta a votación.
Presidente - Gracias, Embajadora. ¿Hay otras peticiones para intervenir? Veo que no. Invito a los dos Vicepresidentes a que me acompañen en la tribuna.
Informo a los miembros delegados de la Comisión de que no se ha alcanzado un consenso sobre la adopción de las conclusiones relativas a la sesión especial sobre Belarús. En consecuencia, de acuerdo con los dos Vicepresidentes, decido proceder a una votación a mano alzada. Con vistas a la preparación de este trámite, propongo una pausa técnica de cinco minutos.
Voy a dar ahora la palabra a la Secretaría para que organice la votación a mano alzada.
(Votación a mano alzada).
Señoras y señores, voy a anunciar los resultados de la votación sobre la adopción de las conclusiones relativas a Belarús. Los votos emitidos se distribuyen de la siguiente manera:
A favor: 2 584 votos
En contra: 72 votos
Abstenciones: 112 votos
Habiéndose alcanzado el quorum requerido, se aprueban las conclusiones relativas a Belarús.
(Las conclusiones fueron adoptadas).
Tiene ahora la palabra la representante gubernamental de Belarús.
Interpretación del ruso: Representante gubernamental - Agradecemos a la Presidencia el estricto seguimiento del procedimiento y los esfuerzos realizados para respetar el enfoque reflejado en las disposiciones pertinentes. Damos las gracias a las delegaciones que han apoyado nuestra posición y han votado en contra, así como a las que se han abstenido, porque comprendemos el valor de la abstención y entendemos la presión que se está ejerciendo sobre varias delegaciones gubernamentales. Esta decisión contra Belarús es un callejón sin salida, que refleja una práctica injusta de presión sobre el país. Hacemos un llamamiento a un espíritu constructivo, que pueda convertirse en la base y el fundamento de la buena confianza y el desarrollo. Instamos a la OIT, a la Oficina y a los tres mandantes a entablar un diálogo positivo en pie de igualdad.
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