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Observación (CEACR) - Adopción: 2025, Publicación: 114ª reunión CIT (2026)

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) - Seychelles (Ratificación : 1999)

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Artículos 2, 4 y 6 del Convenio. Cuestiones legislativas pendientes. La Comisión había expresado con anterioridad la esperanza de que se enmendara la legislación, en particular la Ley sobre Relaciones Laborales (IRA), para ponerla en plena conformidad con el Convenio en lo relativo a la protección frente a los actos de injerencia por parte de los empleadores o sus organizaciones en las organizaciones de los trabajadores y en lo relativo al arbitraje obligatorio cuando las partes no llegan a un acuerdo a través de la negociación colectiva. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que: i) los días 14 y 15 de octubre de 2024 se celebró un taller tripartito de validación sobre las modificaciones legislativas; ii) se invitó en esa ocasión a todas las partes interesadas a aportar sus comentarios o propuestas antes del 31 de diciembre de 2024, y iii) tiene la intención de finalizar el informe sobre las enmiendas para someterlo al Consejo de Ministros a finales de 2025. Al tiempo que recuerda que lleva años pidiendo al Gobierno que adopte medidas para enmendar varias disposiciones de la IRA, la Comisión le solicita que acelere la revisión legislativa de dicha Ley con el fin de armonizarla plenamente con el Convenio. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre los progresos que se realicen en este sentido.
Promoción de la negociación colectiva en la práctica. La Comisión recuerda que había pedido al Gobierno que proporcionara información sobre: i) las medidas adoptadas para promover la negociación colectiva en los diversos sectores de la economía, y ii) el número de convenios colectivos celebrados y en vigor, los sectores en cuestión y el número de trabajadores cubiertos por estos convenios. La Comisión saluda la indicación del Gobierno según la cual: i) se repartió material promocional sobre la negociación colectiva en los talleres que organizó un sindicato en marzo y abril de 2025, en los cuales el Ministerio de Empleo y Asuntos Sociales realizó una presentación sobre negociación colectiva, y ii) los días 22 y 23 de agosto de 2023, dicho Ministerio celebró un taller sobre diálogo social, con el respaldo del experto en diálogo social de la OIT. Al mismo tiempo, la Comisión lamenta tomar nota de que, en el momento de la presentación de la memoria del Gobierno, no se había celebrado ni estaba en vigor ningún convenio colectivo. Por lo tanto, la Comisión anima al Gobierno a intensificar sus esfuerzos para fomentar la negociación colectiva en los diversos sectores de la economía y le pide que siga aportando información sobre los convenios colectivos que se celebren o estén en vigor en el país. Reitera que el Gobierno puede seguir recurriendo a la asistencia técnica de la Oficina a este respecto.
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