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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2024, Publicación: 113ª reunión CIT (2025)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2024, Publicación: 113ª reunión CIT (2025)

Con el fin de proporcionar una visión de conjunto de las cuestiones relativas a la aplicación de los convenios ratificados sobre seguridad y salud en el trabajo (SST), la Comisión considera oportuno examinar el Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) y el Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176) en el mismo comentario.

Disposiciones generales

Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155)

Artículos 13 y 19, f). Protección de los trabajadores que interrumpen una situación de trabajo por creer que esta entraña un peligro inminente y grave. La Comisión recuerda que la Ley de Salud y Seguridad en las Minas prevé el derecho de los trabajadores a retirarse de situaciones que parezcan representar un peligro grave para su salud o su seguridad (artículo 23), pero la Ley de Salud y Seguridad de los Trabajadores (que abarca sectores distintos de la minería) no prevé expresamente el derecho a alejarse del peligro. La Comisión pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar que los trabajadores de todos los sectores que interrumpan una situación de trabajo por creer, por motivos razonables, que esta entraña un peligro inminente y grave para su vida o su salud, estén protegidos de consecuencias indebidas y no se les pueda exigir que reanuden una situación de trabajo en la que exista con carácter continuo un peligro grave e inminente para su vida o su salud.

Sectores específicos

Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176)

Artículo 16 del Convenio. Cumplimiento y aplicación del Convenio en la práctica. La Comisión saluda la declaración del Gobierno de que los esfuerzos concertados de los interlocutores sociales, que participaron activamente en las campañas de salud y seguridad del Gobierno, han permitido reducir tanto las muertes como las lesiones en el sector minero. A este respecto, el Gobierno se remite a las Estadísticas de Salud y Seguridad en las Minas, de 2022, que indican que de 2013 a 2022 el sector minero ha registrado una disminución del 47 por ciento en el número de muertes relacionadas con el trabajo (de 93 en 2013 a 49 en 2022), un descenso del 34 por ciento en el número de lesiones (de 3 126 en 2013 a 2 056 en 2022) y una disminución global del 0,6 por ciento en el número de accidentes notificados. El Gobierno se refiere asimismo a las medidas adoptadas para mejorar la salud y la seguridad de los trabajadores mineros, que incluyen: la promoción de la colaboración de las partes interesadas en la aplicación de programas de salud y seguridad; la adopción oportuna de tecnologías y prácticas de vanguardia para proteger la salud y la seguridad, y la mejora de la vigilancia de la salud y la seguridad, así como de su aplicación mediante inspecciones y auditorías específicas. En lo que respecta a la información estadística, la Comisión toma nota de la información comunicada en el Informe anual de la Inspección de Seguridad y Salud en las Minas 2022-2023 y en la memoria del Gobierno, en particular en relación con el número de inspecciones y auditorías realizadas en las minas (9 042 en 2018 y 8 399 en 2021); las infracciones detectadas (5 886 en 2019 y 4 247 en 2021), y las enfermedades profesionales registradas (6 810 en 2013 y 1 924 en 2021). La Comisión también toma nota de la indicación del Gobierno de que aún es necesario redoblar los esfuerzos para evitar la pérdida de vidas en el sector minero. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las medidas adoptadas a este respecto, incluida información estadística sobre el número de inspecciones realizadas en las minas y el número de infracciones detectadas, el número de medidas correctivas y sanciones impuestas, así como el número de accidentes del trabajo y casos de enfermedad profesional notificados en el sector. Al tiempo que toma nota de los esfuerzos realizados para reforzar la protección de la seguridad y salud en el sector minero, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información adicional sobre las razones de la significativa disminución del número de casos de enfermedad profesional registrados.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.
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