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Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Medidas activas del mercado de trabajo. Consulta con los interlocutores sociales. El Gobierno indica en su detallada y exhaustiva memoria que se estima que Suecia, en el marco del programa Europa 2020, tiene buenas posibilidades de alcanzar el ambicioso objetivo de que la tasa de desempleo del grupo de edad de la población de 20 a 64 años sea considerablemente superior al 80 por ciento. Sin embargo, el desempleo sigue siendo alto (cerca del 8 por ciento) y el desempleo de largo plazo es más elevado que antes de que se produjera la crisis financiera. La Comisión toma nota de que el objetivo de la política de empleo del Gobierno es, en consecuencia, reducir el desempleo de manera que para 2020 sea el más bajo de la UE. Si bien el desempleo es alto, el número de los puestos vacantes se halla actualmente en un nivel históricamente elevado. Además, el Gobierno considera que los interlocutores sociales también tienen la responsabilidad de evitar que el desempleo se convierta en un fenómeno arraigado, y de manera general, del buen funcionamiento del mercado de trabajo. Por ejemplo, los interlocutores sociales tienen un importante papel que desempeñar, tanto en lo que respecta a facilitar que los grupos con escasa permanencia en el mercado de trabajo puedan obtener un vínculo de inclusión estable, como para promover oportunidades para el desarrollo de las calificaciones y la readaptación profesional en una etapa avanzada de la vida laboral. La Comisión toma nota de que para ofrecer a los desempleados la oportunidad de acceder a la educación, y también para prevenir la escasez de trabajadores con formación profesional, el Gobierno, entre otros objetivos, insiste especialmente en la formación profesional de los adultos a nivel secundario superior en los establecimientos municipales de enseñanza para adultos. Un área de interés del Programa del Fondo Social para el período 2014 2020 es el desarrollo de las calificaciones de las personas que trabajan y la mejora del acceso y calidad del aprendizaje basado en el trabajo, en las escuelas secundarias y en el ámbito de la educación para adultos. En respuesta a comentarios anteriores en relación con la reforma del seguro de enfermedad de Suecia y sobre los efectos de esa reforma en el empleo, el Gobierno indica que el nivel del ausentismo por enfermedad, que a principios de los 2000 era muy elevado en comparación con países con sistemas similares, ha disminuido y se encuentra ahora en un nivel similar con países que se encuentran en situación comparable. La Comisión pide al Gobierno que continúe suministrando información sobre el impacto de las medidas del mercado de trabajo en la generación de empleo sustentable y productivo. La Comisión también pide al Gobierno que siga incluyendo información sobre las medidas tomadas en el ámbito de las políticas educativas y de formación y sobre su adecuación con las posibles oportunidades de empleo, así como sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales sobre los temas cubiertos por el Convenio.
Jóvenes, desempleados de larga duración y personas con discapacidad. El Gobierno indica que el número de desempleados de larga duración ha seguido acrecentándose desde 2012. Aproximadamente la mitad de las personas registradas en el Servicio Público del Empleo han estado desempleadas durante más de un año. Además, el Gobierno añade que son aún muy numerosas las personas, principalmente mujeres, que trabajan a tiempo parcial por carecer de otra alternativa. La Comisión toma nota de que el Programa de garantía de empleo y desarrollo para los jóvenes, un programa que forma parte de la política del mercado de trabajo, contiene medidas diseñadas individualmente para las personas que han estado fuera del mercado de trabajo durante largo tiempo. El desempleo juvenil fue del 23 por ciento en 2014 lo que representa un porcentaje considerable del desempleo total. El desempleo entre los jóvenes (de 20 a 24 años de edad) que no recibieron una enseñanza secundaria superior fue del 40 por ciento en 2014, en comparación con el 16 por ciento de los jóvenes que terminaron la enseñanza secundaria superior. La Comisión toma nota de que prácticamente la mitad del desempleo juvenil lo componen los estudiantes a tiempo completo que también buscan trabajo. El Gobierno indica que los contratos temporales pueden ser un importante escalón para que los jóvenes puedan ingresar al mercado de trabajo y tengan acceso a otras posibilidades, aunque añade que es esencial que no queden estancados en este tipo de empleo durante largo tiempo. En consecuencia, las medidas que incrementan las posibilidades de combinar trabajo o experiencia laboral con la educación son de importancia considerable para reducir el desempleo entre los jóvenes y al mismo tiempo mitigar las carencias del mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que las medidas adoptadas en relación con los jóvenes incluyen contratos de trabajo con un componente educativo y subvenciones salariales para los pasantes. Además, se está ejecutando la iniciativa de la Unión Europea de empleo para los jóvenes 2014 2018, como parte del Programa del Fondo Social. Esta iniciativa complementará las medidas vigentes de política del mercado de trabajo destinadas a los jóvenes. En relación con las personas con discapacidad, la Comisión toma nota de que la tasa de empleo entre las personas con discapacidad y con capacidad reducida para trabajar se ha incrementado del 50 por ciento en 2008 al 55 por ciento en 2014. Sin embargo, persisten las brechas entre las tasas de empleo y de desempleo entre las personas con discapacidad y las demás personas. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre el impacto de las medidas de empleo destinadas a las mujeres, los jóvenes, los desempleados de larga duración y las personas con discapacidad.
Inmigrantes. El Gobierno indica que las personas nacidas en el extranjero incluyen a los trabajadores migrantes, los refugiados y sus familiares directos. En 2014, el desempleo en el grupo etario de 25 a 74 años fue del 24 por ciento entre los adultos nacidos fuera de Europa, en comparación con poco menos del 4 por ciento de los adultos nacidos en Suecia. En agosto de 2014 entraron en vigor una serie de nuevas medidas destinadas a la inserción de los migrantes recientemente incorporados al mercado de trabajo, condicionada a la aceptación de una oferta de empleo adecuada. La Comisión toma nota de que se iniciaron consultas con los interlocutores sociales sobre las nuevas medidas para acelerar la transición desde la llegada hasta la inserción en el mercado laboral de Suecia. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre el impacto de las medidas adoptadas para mejorar la situación del empleo de los migrantes, incluyendo información actualizada sobre las tasas de desempleo de los adultos nacidos fuera de Europa, el sector económico en el que se desempeñan, y otras informaciones pertinentes.

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Políticas activas del mercado de trabajo. Consulta con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que finalizó en junio de 2012, incluidas las respuestas a sus comentarios de 2011. El Gobierno indica que, desde su última memoria, el mercado de trabajo ha mejorado gradualmente en Suecia. La evolución positiva del mercado de trabajo durante los últimos dos años puede atribuirse tanto a la recuperación económica como a las reformas del Gobierno. Las reformas del Gobierno se han centrado en el reforzamiento de las condiciones para que los grupos que no gozan de una buena posición en el mercado de trabajo, tales como los jóvenes, las personas de origen extranjero y otros grupos que sufren un desempleo a largo plazo, se incorporen al mercado de trabajo. Entre las señales de que las reformas han mejorado el funcionamiento del mercado de trabajo, figuran la participación en la fuerza de trabajo y los niveles de empleo, que han aumentado entre los jóvenes, las personas de mediana edad y las personas de más edad. La Comisión toma nota de que la tasa de participación en la fuerza de trabajo era del 71 por ciento en 2011. En comparación con 2010, la tasa aumentó un 0,6 por ciento para las mujeres y era de un 68 por ciento mientras que la tasa correspondiente para los hombres era del 73,9 por ciento. A pesar de estos cambios positivos, el Gobierno indica que la utilización de recursos en el mercado de trabajo es baja y que siguen siendo evidentes las huellas de la crisis financiera. El promedio de personas desempleadas, fue de 378 000 en 2011, 38 000 menos que en 2010. El porcentaje de desempleo era del 7,5 por ciento en 2011, un 0,9 puntos porcentuales menos. A fin de abordar la escasa evolución del mercado de trabajo, en el proyecto de presupuesto para 2012 el Gobierno propuso un conjunto de medidas a este respecto. Este paquete incluye medidas para mejorar el Servicio Público del Empleo, prestando más apoyo y promoviendo mediación, destinadas a aquellas personas que corren el riesgo de caer en el desempleo de larga duración y para supervisar mejor las actividades para la búsqueda de empleo. Asimismo, se ha previsto más actividades de mejor calidad en el marco del mecanismo especial de apoyo al empleo y garantía de empleo para los jóvenes. En 2012, se pidió al Servicio Público del Empleo y a la Administración Nacional de la Seguridad Social que ampliaran su cooperación a fin de cubrir a más personas con licencia de enfermedad prolongada a fin de ayudarlas a volver al mercado de trabajo. El Gobierno señala que su objetivo principal es conseguir el pleno empleo para Suecia mediante la reducción de la exclusión. Todo hincapié que se haga en el valor del trabajo, es poco, teniendo en cuenta que proporciona libertad, contacto con la comunidad, seguridad y oportunidades. No sólo se han introducido cambios en las políticas de mercado de trabajo sino también en otros ámbitos en materia política, incluidas las políticas fiscales, educativas y de seguridad social. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha decidido que a largo plazo se tiene que adaptar el sistema educativo tanto a los nuevos desafíos del mundo globalizado como a las necesidades del mercado de trabajo. El Gobierno indica que se ha identificado que las medidas para adecuarse a estas necesidades son: un aumento de la formación profesional y una cooperación más estrecha entre las escuelas y universidades y la comunidad empresarial. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria transmita información sobre los efectos de estas políticas de mercado de trabajo sobre la generación de empleo sostenible y productivo. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno que incluya más información sobre las medidas adoptadas en el ámbito de las políticas educativas y de formación y sobre su adecuación con las posibles oportunidades de empleo. Sírvase asimismo transmitir información sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales sobre los temas cubiertos por el Convenio y sobre los efectos de la reforma del seguro de enfermedad sobre el empleo.
Mujeres, jóvenes, desempleados de larga duración, inmigrantes y personas con discapacidad. El Gobierno indica que los períodos de desempleo generalmente son cortos en Suecia, pero que el desempleo de larga duración sigue siendo elevado y el número de desempleados de larga duración podría aumentar en los próximos años. Un desafío importante será garantizar que los desempleados de larga duración reciban el apoyo necesario para encontrar trabajo, y al mismo tiempo evitar que crezca el número de desempleados de larga duración. La Comisión toma nota de que el número de desempleados de larga duración (que se define como el desempleo que supera las 27 semanas) descendió de 132 000 en 2010 a 113 000 en 2011, cifra que corresponde a un 33 por ciento del total de los desempleados. En lo que respecta a los jóvenes (personas de entre 15 y 24 años de edad), la tasa de desempleo era del 40,4 por ciento en 2011, lo que representa un aumento de 1,9 puntos porcentuales en relación con 2010. Entre las personas nacidas en el extranjero, de edades comprendidas entre los 15 y los 74 años, la tasa de desempleo era del 56,2 por ciento en 2011, lo que representa un aumento de un punto porcentual en comparación con el año anterior. La tasa de desempleo era de un 22,9 por ciento entre los jóvenes y de un 15,8 por ciento entre las personas nacidas en el extranjero. El Gobierno indica que la Ley de Introducción está en vigor desde hace más de un año y tiene por objetivo ayudar a los refugiados recientemente llegados y a sus familias a establecerse de forma más rápida en el mercado de trabajo. Asimismo, el Gobierno ha nombrado una comisión para proponer iniciativas que incrementarán la participación en el mercado de trabajo y acelerarán la incorporación de las mujeres nacidas en el extranjero que han llegado recientemente al país y de los inmigrantes que se reúnen con sus familias en Suecia. En relación con las personas con discapacidad, el Gobierno informa sobre su estrategia para la política en materia de discapacidad 2011-2016 y las medidas adoptadas para ayudar a estas personas a encontrar empleo. Asimismo, informa de que, en diciembre de 2011, el Servicio Público del Empleo, la Agencia Sueca para los Empleadores Gubernamentales, la Agencia Sueca de Políticas de Discapacidad (Handisam), la Autoridad Sueca sobre el Medioambiente de Trabajo, y las organizaciones de trabajadores del Estado central recibieron el encargo de elaborar conjuntamente un proyecto de programa de pasantías, que se presentaría a las autoridades estatales, para las personas con discapacidad, y señala que en este proyecto debía figurar la manera en que se elaboraría y aplicaría el programa. La Comisión agradecería continuar recibiendo información detallada sobre los esfuerzos realizados para mejorar la situación del empleo de las mujeres, los jóvenes, los desempleados de larga duración, los inmigrantes y las personas con discapacidad.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período finalizado en junio de 2008 que incluye respuestas a la solicitud directa de 2007. Además, toma nota de las observaciones presentadas por la Confederación Sueca de Asociaciones Profesionales (SACO), la Confederación Sueca de Sindicatos (LO) y la Confederación Sueca de Profesionales (TCO), comunicadas al Gobierno en diciembre de 2008.

Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Políticas activas del mercado de trabajo. Consulta con los interlocutores sociales. El Gobierno recuerda en su memoria que tras un período de crecimiento económico sustancial, la economía internacional se caracteriza cada vez más por las turbulencias del mercado financiero. En su proyecto de ley de presupuesto del otoño de 2008, el Gobierno subrayó la importancia de llevar a cabo una política responsable para amortiguar los efectos adversos previstos como consecuencia de las preocupaciones financieras. Según cifras de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la tasa de empleo de la población comprendida entre los 16 y los 64 años de edad se mantuvo en un 75,7 por ciento en 2007, un aumento de 1,2 puntos porcentuales — equivalente a 111.000 personas — en relación con el año 2006. Análogamente, las tasas de participación se incrementaron del 70,8 por ciento en 2006 al 71,1 por ciento en 2007, representando un total de 4.892.000 personas en el primer semestre de 2008. El Gobierno informa que al mismo tiempo, el número de personas en situación de exclusión social disminuyó en 121.000. Señala que esta fue la mayor reducción observada en 40 años, y que benefició a diversas categorías de personas tales como, entre otras, los desempleados, las personas con licencia por enfermedad, y las que reciben prestaciones por enfermedad. Además, indica que se puso término al programa «Garantía de Actividad», se redujeron drásticamente algunos programas de políticas del mercado del trabajo y se reestructuraron los programas restantes. Como parte del nuevo programa de políticas, se creó un nuevo servicio público del empleo. Este servicio está destinado a mejorar las oportunidades para controlar y aumentar la eficacia operacional y está centrado especialmente en aquellos que tradicionalmente tienen más dificultades para ingresar o retornar al mercado de trabajo. La SACO considera que algunas de las medidas adoptadas son contraproducentes y cuestiona la competencia del Servicio Público del Empleo para proporcionar servicios adecuados para las personas idóneas que buscan empleo. La Comisión toma nota además de que la nueva política del mercado de trabajo permite la existencia de contratos a plazo determinado y la reducción del impuesto sobre la renta como incentivo para contratar nuevos trabajadores. La política incluye asimismo la adaptación del sistema educativo de Suecia para atender la demanda del mercado de trabajo. Un aspecto adicional de esta política es la reforma del sistema de desempleo mediante un aumento de las primas, la reducción de las prestaciones y el aumento del nivel mínimo para acceder al sistema de seguridad social. La LO y la TCO criticaron al Gobierno la política denominada «Manos a la obra, trabajar vale la pena» por haberse principalmente puesto en práctica mediante las reducciones del gasto público en el sistema de bienestar social. Al tiempo que la estrategia de Gobierno ha sido reducir el impuesto sobre la renta para la población activa, las personas que no trabajan, como los jubilados y los estudiantes, no se han beneficiado de la reducción de dicho gravamen. Además, la LO y la TCO señalan que facilitar la contratación y disminuir el costo que supone contratar nuevos empleados es una estrategia dirigida a los empleadores y no a los trabajadores. La Comisión se remite al artículo 1, párrafo 1, que requiere estimular el crecimiento y desarrollo económico mediante la formulación de políticas activas del mercado de trabajo. La Comisión espera que en su próxima memoria, el Gobierno informe en líneas generales de qué manera se han superado las dificultades encontradas. Además pide al Gobierno que indique detalladamente en su memoria de qué modo se han tenido en cuenta las opiniones expresadas por los interlocutores sociales en la formulación de las políticas emprendidas y las medidas para obtener su apoyo.

Jóvenes, desempleados de larga duración, inmigrantes y trabajadores con discapacidades. El Gobierno informa que a pesar de la tendencia general descendente de la tasa de desempleo, el desempleo juvenil mostró un ligero incremento y el desempleo de los inmigrantes siguió duplicando (11,9 por ciento) al de los nacionales. El empleo de las personas con discapacidad también es considerablemente inferior al del resto de la población: solamente están empleados el 50 por ciento de las mujeres y el 54 por ciento de los hombres pertenecientes a este grupo. Las nuevas medidas de política destinadas a los grupos arriba mencionados — tales como el programa para los jóvenes «Empleos para un Nuevo Comienzo», el programa «Empleos para la Integración» especialmente para los solicitantes de asilo con permiso de residencia, el programa «Garantía de Empleo y Desarrollo», para los desempleados de larga duración y el proyecto de ley para el período fiscal de la primavera de 2007 por el que se adoptan iniciativas para contratar a los trabajadores discapacitados — aportaron algunas mejoras. La Comisión toma nota de que en 2007 aproximadamente 40.000 jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y 24 años y 34.000 personas nacidas fuera de Suecia se beneficiaron del incremento del empleo. Además, 18.000 trabajadores comprendidos entre los 55 y 74 años de edad encontraron empleo en el período sobre el que se informa. La TCO y la LO consideran que la reforma del sistema de prestaciones de desempleo es perjudicial principalmente para los jóvenes trabajadores y las mujeres, dado que esos grupos predominan en el mercado de trabajo de personas con bajas calificaciones y se caracteriza por su tasa fluctuante y naturaleza transitoria. La SACO señala además que la situación de empleo de los inmigrantes sigue siendo motivo de preocupación. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información detallada en su próxima memoria sobre los esfuerzos realizados para mejorar la situación de empleo de los jóvenes, los desempleados de larga duración, los inmigrantes y los trabajadores con discapacidades y de qué manera se subsanan los posibles efectos perjudiciales de esas medidas que han sido señalados por las organizaciones de trabajadores.

Mujeres. El Gobierno informa que desde 2006, el empleo aumentó más rápidamente entre las mujeres que entre los hombres, aunque también indica que el desempleo disminuyó más para los hombres que para las mujeres. Al tiempo de que la tasa de participación general de la fuerza de trabajo se incrementó en 2007, la tasa de participación de la mano de obra femenina fue del 68,3 por ciento mientras que la masculina del 73,9 por ciento. El Gobierno informa que extendió el programa «Empleos para un Nuevo Comienzo» para atender mejor las necesidades de las trabajadoras, lo cual condujo a un 50 por ciento de la tasa de participación en el sector público. Sin embargo, el incremento sólo fue lento en el sector privado y se situó en un 36 por ciento a finales de junio de 2008. La TCO y la LO observaron que el Gobierno no considera suficientemente la necesidades específicas de las trabajadoras ya que además de los aspectos perjudiciales generales del sistema de seguro de desempleo, ese grupo se vio particularmente afectado por la exención de la licencia por paternidad. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre los resultados alcanzados como consecuencia de las medidas adoptadas para promover el empleo de la mujer, en particular en relación con el programa «Empleos para un Nuevo Comienzo».

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

1. La Comisión toma nota de las informaciones contenidas en la detallada memoria del Gobierno para el período finalizado en junio de 2002, así como del Plan de Acción Nacional para el Empleo de 2002, que se adjunta.

2. Artículos 1 y 2 del Convenio. El Gobierno señala que su objetivo de reducir el desempleo a la mitad entre 1997 y 2000, es decir del 8 al 4 por ciento, fue alcanzado en octubre de 2000. Otro objetivo fijado por el Gobierno se refiere al empleo de personas comprendidas entre los 20 y 64 años de edad que, en 2004 deberá representar por lo menos al 80 por ciento de la fuerza laboral. La Comisión toma nota de que, según el Gobierno, es posible alcanzar ese objetivo y confía que en su próxima memoria podrá informar sobre este importante resultado.

3. La Comisión toma nota también de la información relativa al mercado laboral proporcionada por el Gobierno en su memoria, la cual, complementada por datos publicados por la OCDE, muestra que la situación en el empleo mejoró durante el período en cuestión. Sin embargo, los datos iniciales para 2003 sugieren un nivel inferior de actividad económica y un aumento del desempleo. En abril de 2003 el número de desempleados era de 201.000 personas, es decir, 37.000 personas más que en abril de 2002. En la primera parte de 2003 el desempleo parece incrementarse para situarse en los niveles de 2000. La tasa de desempleo, que en septiembre de 2003 ascendía al 4,8 por ciento, es aproximadamente la misma que en septiembre de 2000. Durante el período correspondiente a la memoria disminuyó el empleo en el sector manufacturero, mientras que el empleo en el sector público que representa un tercio del total de los empleos en Suecia siguió en aumento. También disminuyó la tasa de empleo masculino mientras que el empleo femenino se incrementó. La Comisión agradecería seguir recibiendo información detallada y desglosada sobre las tendencias en el mercado laboral.

4. El Gobierno afirma que ha establecido objetivos para fijar límites aceptables a la tasa de desempleados de larga duración registrados en los servicios públicos de empleo. Respecto de los jóvenes, el objetivo es que no estén desempleados durante más de 100 días. Se reformó el seguro de desempleo y se incrementaron los requisitos de eficiencia en los programas del mercado de trabajo. En agosto de 2000, se introdujo una medida denominada «Garantía de Actividad» cuyo objetivo es poner término al círculo vicioso entre las medidas que se adoptan en el marco del mercado laboral y las prestaciones de desempleo. Se ha creado un incentivo destinado a ampliar la contratación de los desempleados de larga duración. La Comisión solicita al Gobierno que continúe suministrando información sobre los progresos de dichos programas y el logro de los objetivos mencionados.

5. El Gobierno señala que ha habido dificultades para encontrar perfiles adecuados entre los desempleados para participar en programas de capacitación que se ajusten a las exigencias del mercado de empleo. Para ayudar al mercado del trabajo a obtener las capacidades que necesita en los sectores en los que se teme que haya escasez de personal calificado, se ha iniciado un programa experimental de formación en los sectores con dificultades para personas que en la actualidad están empleadas. La Comisión solicita al Gobierno que la mantenga informada de toda otra novedad relativa a los programas de formación y sobre los resultados de este programa experimental.

6. En respuesta a los anteriores comentarios de la Comisión, el Gobierno señala que se da prioridad a los grupos desfavorecidos en el marco de todos los programas dirigidos al mercado laboral, con inclusión de los programas de rehabilitación profesional, de asistencia para la contratación, de desarrollo de la experiencia profesional y de subvenciones para la creación de empresas. Además, los miembros de los grupos desfavorecidos reciben especial atención en el contexto del programa «Garantía de Actividad». Esta medida fue introducida en agosto de 2000 y está destinada a personas que corren el riesgo de pasar a ser desempleados de larga duración. El programa se basa en actividades organizadas y orientadas de búsqueda de empleo. Sírvase seguir comunicando información sobre las repercusiones de dichos programas especiales sobre la promoción del empleo para grupos determinados. Asimismo, sírvase proporcionar, en su caso, una evaluación de los «proyectos destructores del modelo» respecto de la ampliación que las posibilidades de empleo para trabajadores de ambos sexos.

7. El Gobierno afirma que para promover el empleo entre trabajadores con discapacidades, ha procurado introducir una serie de medidas que incluyen, entre otras, las subvenciones salariales para los empleadores que contratan a personas con capacidad laboral reducida, subvenciones estatales destinadas a organizar trabajo protegidos para los desempleados con discapacidades laborales, ayuda individual para las personas con discapacidades funcionales en búsqueda de empleo, así como diferentes tipos de subvenciones destinadas a la adquisición del material necesario para que las personas discapacitadas puedan desempeñar una actividad determinada. La Comisión agradecería recibir toda la información disponible sobre los resultados obtenidos en relación con la integración a largo plazo de las personas con discapacidades en el mercado laboral. El Gobierno podría considerar referirse a estas cuestiones en sus memorias debidas en 2004 sobre la aplicación de los Convenios núms. 122 y 159.

Observación (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

La Comisión toma nota de la información contenida en la memoria detallada del Gobierno para el período comprendido del 1.º de julio de 1998 al 30 de junio de 2000, así como del Plan de Acción para el Empleo de Suecia 2000 y 2001, presentado por el Gobierno en junio de 2001.

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. El Gobierno declara que en 2000 se había producido un aumento sustancial de la tasa de empleo del 77,2 por ciento, siendo los principales beneficiados del aumento los trabajadores jóvenes y los solicitantes de empleo urbanos. El promedio del desempleo abierto alcanzó el 4,7 por ciento (un descenso desde el 5,6 por ciento de 1999), pero había crecido el de los ciudadanos nacidos en el extranjero, hasta llegar al 16 por ciento para aquellos que residían en Suecia hacía menos de cinco años, comparado con aproximadamente el 4 por ciento de los nacidos en Suecia. El desempleo de los jóvenes había descendido al 7,4 por ciento. El desempleo era del 4,3 por ciento, para las mujeres, y del 5 por ciento, para los hombres. Sin embargo, el Gobierno afirma que era considerable el volumen de desempleo a tiempo parcial entre las mujeres trabajadoras. El Gobierno se ha fijado la meta de reducir el desempleo abierto a la mitad, entre 1997 y 2000, del 8 por ciento al 4 por ciento. Se había llegado a este objetivo brevemente a finales de 2000, pero aún no había podido mantenerse en este nivel. El Gobierno también apunta a aumentar el empleo, en 2004, al 80 por ciento de los trabajadores de edades comprendidas entre los 20 y los 64 años. La Comisión toma nota con interés de esta información y agradecerá se la mantenga informada de los progresos realizados en alcanzar esas metas.

2. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno, según la cual existe un desequilibrio regional significativo en el crecimiento del empleo. Las principales medidas del Gobierno para tratar este desequilibrio están dadas por brindar asignaciones de traslado geográfico a los solicitantes de empleo y subvencionar los costes de transporte. La Comisión solicita más información acerca del impacto de estas medidas y sobre otras políticas adoptadas para promover un crecimiento y desarrollo económicos regionales más equilibrados.

3. La Comisión toma nota con interés de que el Gobierno había sido muy activo a la hora de intentar superar la segregación por motivos de sexo en el mercado laboral y había establecido «proyectos destructores del modelo», para ampliar las opciones de empleo de cada sexo. Se debía para agosto de 2001 una evaluación de los proyectos destructores del modelo. La Comisión agradecerá recibir más información sobre los resultados de esta evaluación.

4. El Gobierno declara que, en sus medidas relativas al mercado laboral, apunta a los grupos especiales. Estos grupos incluyen los ciudadanos no nórdicos, las personas con discapacidad y los jóvenes (de edades comprendidas entre los 18 y los 24 años). El Gobierno se ha fijado la meta de garantizar que la parte del gasto relativa a los programas activos del mercado laboral asignados a estos grupos iguale o exceda a su porcentaje de desempleo. Los programas especiales para estos grupos incluyen: formación en informática, medidas de empleabilidad, créditos fiscales para la contratación y la formación de los desempleados de larga duración, experiencias laborales y asignaciones para propuestas empresariales viables. Sírvase continuar comunicando información acerca del impacto de estos programas especiales en la promoción del empleo para los grupos destinatarios.

5. Para los trabajadores de edad avanzada, el Gobierno cuenta con un sistema de empleo público temporal. Sin embargo, ha eliminado la jubilación anticipada como una estrategia de promoción del empleo. La Confederación de Sindicatos de Suecia (LO) observa que la jubilación anticipada se menciona en el anexo de la Recomendación sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) como un posible medio de reducir el desempleo (párrafo 6, 3)), pero que las pensiones se diseñan en Suecia para impulsar el retraso de la jubilación. La Comisión agradecerá seguir recibiendo información sobre los progresos realizados en la promoción del empleo para los trabajadores de más edad. La Comisión también señala a la atención las disposiciones de la parte IV de la Recomendación sobre los trabajadores de edad, 1980 (núm. 162) que aborda la preparación para la jubilación y el acceso a la misma.

Artículo 3. En respuesta a comentarios anteriores, el Gobierno declara que las consultas tienen lugar en todos los ámbitos (nacional, regional y local/municipal), a través de organismos tales como las comisiones del mercado laboral y los consejos de calificaciones regionales. Los interlocutores sociales aportan el texto de las directrices que se les cursaron, que están contenidas en el Plan de Acción para el Empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

1. En relación con sus observaciones anteriores, la Comisión toma nota de la información contenida en la memoria del Gobierno para el período que finalizaba en mayo de 1998. La Comisión toma nota de que la tasa uniforme de desempleo había descendido de un tope del 9,4 por ciento, en 1994, al 8,2 por ciento, en 1998. El Gobierno informa que el desempleo había bajado al 6,3 por ciento en mayo de 1998, debido al crecimiento tanto del empleo como de la educación de los adultos. Se había producido un incremento en la fuerza del trabajo de 50.000, para el año que finalizaba en mayo de 1998, y se esperaba que el empleo aumentara en 100.000, a finales de 1999, al tiempo que descendía el subempleo y se producía una marcada disminución del desempleo de larga duración, definido como el desempleo que excede de los seis meses. El Gobierno se había fijado, para finales de 2000, la meta de un desempleo del 4 por ciento y considera que se encuentra en el camino de alcanzar este objetivo.

2. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha establecido muchos programas dirigidos a la reducción del desempleo de larga duración de los jóvenes (de edades comprendidas entre los 16 y los 25 años), definido como el desempleo de más de 100 días. El desempleo juvenil de larga duración ha descendido de 37.000, en 1994, a 5.000, en 1998. Para abordar el desempleo adulto de larga duración, se elaboran planes de acción individuales dentro de los 30 días de desempleo para todas las personas consideradas como de riesgo (por ejemplo, las minorías). El desempleo adulto de larga duración, había bajado de 80.000, en mayo de 1997, a 45.000, en mayo de 1998. Además, el Gobierno declara en su memoria que se encuentra en el proceso de encargar seis evaluaciones independientes de diversos programas. La Comisión espera que la OIT reciba más información sobre estos programas y su evaluación en cuanto a los objetivos del Convenio, y cualquier acción de seguimiento emprendida.

3. La Comisión espera que la próxima memoria comunique información sobre las consultas en virtud del artículo 3 del Convenio.

Observación (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

1. La Comisión toma nota de la memoria comunicada por el Gobierno correspondiente al período que finaliza en junio de 1996, y de las informaciones que contiene en respuesta a su observación anterior. Además, la Comisión toma nota de una comunicación en la que la Confederación Sueca de Sindicatos (LO) formula observaciones generales acerca de la memoria.

2. Los datos estadísticos suministrados por el Gobierno, completados por los que ha publicado la OCDE, no indican una mejora de la situación del empleo durante el período considerado. La reactivación del crecimiento económico en 1994 y en 1995 no ha sido acompañada por un incremento del volumen del empleo que permita compensar las pérdidas registradas desde el principio del decenio. El empleo total disminuyó en 0,6 por ciento en 1996 y la tasa de desempleo, después de una ligera disminución en 1995, volvió al nivel de 8 por ciento que había alcanzado en 1993. Además, en 1996, aproximadamente el 5 por ciento de la población activa participaba en un programa de aplicación de la política del mercado de trabajo. La Comisión comprueba que el desempleo parece estabilizarse de manera durable en el nivel elevado que alcanzó durante la fase anterior de recesión.

3. En este contexto preocupante, el Gobierno declara que se ha fijado el objetivo principal y prioritario de reducir el desempleo a la mitad antes del final del año 2000. No obstante, estima que la política del empleo está condicionada por la situación de las finanzas públicas y que el saneamiento de éstas así como la estabilidad de los precios son indispensables para garantizar a largo plazo un crecimiento sostenido y un más alto nivel de empleo. A este respecto, el Gobierno pone de relieve la necesidad de reducir el déficit público a fin de hacer bajar las tasas de interés. Sin embargo, según la Confederación Sueca de Sindicatos, mantener una política económica excesivamente restrictiva, cuando el equilibrio presupuestario está a punto de ser logrado, contribuye directamente a la contracción del empleo y al aumento del desempleo. Al tomar nota de que la demanda interna ha variado débilmente durante el período considerado, la Comisión invita al Gobierno a comunicar su propia evaluación de la incidencia de su programa de saneamiento presupuestario en la actividad económica y, sobre todo, el empleo. De manera general, la Comisión agradecería al Gobierno que indicara si, habida cuenta de los resultados obtenidos en materia de control de la inflación y del déficit y también de la persistencia de un nivel elevado de desempleo, considera reexaminar los principales objetivos de su política económica de manera que tenga una incidencia sobre las posibilidades de empleo, de conformidad con los artículos 1 y 2 del Convenio.

4. La Comisión toma nota con interés de las importantes informaciones comunicadas por el Gobierno acerca de la puesta en práctica de la política del mercado del empleo. La Comisión observa que se sigue dando prioridad a la prevención del desempleo de larga duración, con el fin de preservar la empleabilidad de las personas que solicitan empleo, y que, en 1997, debían ponerse en práctica nuevas medidas, tales como programas de empleo temporario para los desempleados de edad, becas destinadas a las mujeres que deseen crear su empresa o subsidios de educación. La Comisión invita al Gobierno a seguir comunicando informaciones detalladas sobre la ejecución de esos programas y la evaluación de los resultados obtenidos. En lo que respecta a los jóvenes, el Gobierno declara que pretende garantizarles una mejor formación al tiempo que retrasa su entrada en el mercado del empleo incitándolos a seguir estudios de nivel superior. La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando informaciones sobre la coordinación de sus políticas de enseñanza y de formación con las perspectivas del empleo. Por último, la Comisión toma nota de las modificaciones que habían de ser introducidas en 1998 en las condiciones de pago de las prestaciones del seguro por desempleo con el propósito de estimular la búsqueda activa de empleo. La Comisión agradecería al Gobierno que siguiera comunicando informaciones sobre las medidas tomadas para lograr una mejor coordinación del régimen de protección contra el desempleo y la política activa del empleo, habida cuenta asimismo de las disposiciones pertinentes del Convenio sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo, 1988 (núm. 168), así como de sus comentarios sobre su aplicación.

5. En relación con sus observaciones anteriores, la Comisión toma nota de las informaciones relativas a las actividades del consejo consultivo creado en la dirección de la Administración del Mercado del Empleo (AMS). La Comisión recuerda nuevamente que las consultas prescritas por el artículo 3 del Convenio no deberían limitarse a las medidas de política del mercado de trabajo en el sentido estricto del término, sino que deberían ampliarse a todos los aspectos de la política económica y social que ejercen una influencia sobre el empleo. La Comisión confía en que en su próxima memoria, el Gobierno comunicará informaciones sobre la aplicación efectiva de esta importante disposición del Convenio.

Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

1. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno para el período que concluyó en junio de 1994. En ella el Gobierno ha hecho hincapié en la gravedad de la recesión por la que atraviesa el país desde comienzos del decenio, la que ha provocado la pérdida de más de 500.000 puestos de trabajo y propulsado las tasas de desempleo a niveles sin precedentes. Según estadísticas de la OCDE, la disminución del volumen del empleo fue singularmente marcada en 1992 (-4,1 por ciento) y 1993 (-6,8 por ciento). A pesar de que se ha registrado una disminución sensible de la población activa total, que mermó en 1,8 por ciento en 1992 y 3,3 por ciento en 1993, la tasa de desempleo alcanzó en este último año más del 8 por ciento. La modesta recuperación del crecimiento registrada ulteriormente ha permitido reducir dicha tasa a 7,5 por ciento a fines de 1994. Empero, la OCDE ha recalcado que en el período más reciente se ha registrado un escaso volumen de creación de puestos de trabajo regulares y de dedicación plena. Además, ha seguido aumentando el desempleo de larga duración, que ha llegado a constituir el 40 por ciento del desempleo total en 1994.

2. A juicio del Gobierno, este rápido deterioro de la situación del empleo debe atribuirse principalmente a la brusca elevación de los niveles de salarios y de precios en el curso del decenio de 1980, lo que menoscabó la competitividad de la economía en circunstancias que aumentaban el déficit presupuestario y las tasas de interés. El Gobierno señala que la decisión de hacer flotar la moneda y las medidas aplicadas en el marco del programa de crisis que se adoptó en el cuarto trimestre de 1992 deberían mejorar la competitividad de las exportaciones, pero observa que la demanda interior sigue al parecer débil. Con relación a su observación anterior, en la que tomó nota de la importancia prioritaria que el Gobierno ha atribuido al control de la inflación y a la recuperación del equilibrio de las finanzas públicas, la Comisión solicita al Gobierno que en su próxima memoria tenga a bien indicar de qué modo la puesta en práctica de las principales orientaciones de su política económica contribuyen efectivamente a promover "como un objetivo de mayor importancia" el pleno empleo, productivo y libremente elegido.

3. Por otra parte, el Gobierno indica que las medidas de política activa del mercado de trabajo siguen siendo el principal medio de lucha contra el desempleo en el marco de su "estrategia de trabajo para todos", y hace hincapié en que estas medidas tienen por objetivo prioritario la integración de los desempleados en el mercado de trabajo regular o, cuando ello no es posible, en los programas públicos de empleo. A este respecto, la Comisión toma nota de las precisiones aportadas en respuesta a su solicitud de información sobre las condiciones de ejecución del programa de formación práctica en las empresas para los desempleados cuya edad sea igual o inferior a 25 años, a saber, que la participación en este programa está condicionada a la conclusión de un acuerdo escrito entre el servicio del empleo, el empleador y el trabajador en práctica, y que ha de consultarse a la organización sindical competente. Habiendo tomado nota de que en el curso del período este programa había tenido un promedio de 56.000 participantes, la Comisión ruega al Gobierno que le proporcione copia de todas las evaluaciones disponibles de los resultados que se han obtenido en términos de incorporación duradera a un puesto de trabajo.

4. En relación con su observación anterior, la Comisión toma nota de la información según la cual, en el marco de los nuevos procedimientos de consulta vigentes desde 1993, las organizaciones de empleadores y de trabajadores están representadas en un consejo consultivo que tiene por cometido pronunciarse sobre las decisiones inscritas en el orden del día del Consejo de Administración del Servicio del Mercado de Trabajo. A este respecto, la Comisión recuerda que las consultas previstas por el artículo 3 del Convenio deberían abarcar todos los aspectos de la política económica y social que tengan una influencia en el empleo. La Comisión invita al Gobierno a informar sobre toda medida tomada o que proyecte tomar con el fin de dar pleno efecto a esta disposición, cuya importancia es necesario recalcar en el contexto actual, caracterizado por una alta tasa de desempleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finalizó en junio de 1992, así como de las observaciones formuladas por la Confederación de Funcionarios y Empleados de Suecia (TCO) y por la Confederación de Sindicatos de Suecia (LO), anexos a la memoria. De las informaciones comunicadas por el Gobierno surge que se ha producido un profundo y rápido deterioro de la situación del empleo durante el período abarcado por la memoria. La recesión económica que comenzó en 1991 se tradujo en una reducción del empleo que fue de 1,7 por ciento en 1991 y de 4,1 por ciento en 1992. Pese a un descenso de la tasa de actividad, la tasa de desempleo calculada por la OCDE, que en Suecia era de 1,5 por ciento en 1990, alcanzó el 2,7 por ciento en 1991 y un 4,8 por ciento en 1992. La evolución posterior demuestra una nueva aceleración del aumento del desempleo. Según las estimaciones de la OCDE, dado que en 1993 se ha agudizado la recesión se produciría una contracción del empleo de 6,7 por ciento y una elevación sin precedentes en el contexto sueco de la tasa de desempleo, que se situaría alrededor del 8 por ciento. El Gobierno, en su descripción de la economía sueca publicado en enero de 1993, prevé tasas de desempleo de un 6 a un 7 por ciento en 1993 y 1994. En menos de tres años el número de desempleados se multiplicó por cinco y la tasa de desempleo, contenida durante largo tiempo a un bajo nivel, se aproximaba actualmente a la tasa media de los países europeos que han ratificado el Convenio.

2. Los documentos comunicados por el Gobierno, en particular la presentación de la ley de presupuestos para 1992-1993 y la declaración de la política económica para 1993, testimonian de una modificación de la política macroeconómica que da ahora prioridad al control de la inflación y a la restauración del equilibrio de las finanzas públicas. Según el Gobierno, por haberse retrasado durante demasiado tiempo los ajustes necesarios y es ahora urgente aplicar una política de estabilización apta para reforzar la confianza y permitir una disminución de los tipos de interés, factor indispensable para la expansión de la economía y en consecuencia para reducir el desempleo. Sin embargo, a juicio de la LO, esta política contribuiría por el contrario, a una disminución directa del empleo y el consiguiente aumento del desempleo.

3. En materia de empleo, el Gobierno indica que se propone desreglamentar el mercado de trabajo, aboliendo el monopolio del servicio público del empleo y simplificando el derecho laboral existente, con la finalidad principal de favorecer a las pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de que la ley de 1974 sobre la protección del empleo forma parte de las leyes que están en trámite de enmienda. La Comisión no duda de que a estos efectos el Gobierno tomará en cuenta las disposiciones del Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 158), así como los comentarios de la Comisión sobre la aplicación del mencionado Convenio.

4. La memoria del Gobierno da a conocer la continua expansión de los distintos programas sobre la política del mercado de trabajo aplicados para luchar contra el desempleo. Se da prioridad a las medidas de formación para el empleo y adaptación de las calificaciones, encaminadas principalmente a contener el aumento del desempleo de larga duración y del desempleo de los jóvenes en busca de un primer empleo. Los estudios anuales de seguimiento indican sin embargo que la tasa de inserción en el empleo de los beneficiarios de una formación para el empleo, que durante mucho tiempo ha sido del 70 por ciento aproximadamente, no alcanzó siquiera el 51 por ciento en 1991 en razón de la coyuntura desfavorable del mercado del empleo. La Comisión toma nota además de que las medidas de garantía del empleo y de empleo temporal para los jóvenes han sido sustituidas por un programa de carácter experimental para la formación práctica en la empresa de jóvenes sin empleo que tengan menos de 25 años de edad. También toma nota de que según la LO el concepto y la aplicación de este programa han sido particularmente desdichadas. Según esta organización sindical, su efecto ha sido poner a disposición de las empresas mano de obra gratuita, con lo que éstas ya no tienen necesidad de ofrecer empleos regulares adaptados a los jóvenes. La Comisión recuerda a este respecto que el Gobierno debe velar por que las medidas de promoción del empleo de los jóvenes no se desnaturalicen para que puedan cumplir así su objetivo principal que es contribuir eficazmente a la inserción durable de los interesados en el empleo. La Comisión invita al Gobierno a indicar en su próxima memoria las medidas tomadas o previstas para prevenir abusos de esta clase. Como lo sugiere la Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 (núm. 169), tales medidas deberían cumplir ciertas condiciones y añade que correspondería organizar oportunamente consultas completas acerca de la formulación, aplicación y control de tales medidas entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas y las autoridades competentes (véanse en particular los párrafos 17 a 19 de esta Recomendación).

5. La Comisión toma nota que, como consecuencia del retiro de la Confederación de Empleadores de Suecia (SAF), desde el 1.8 de julio de 1992, el consejo de administración de la Oficina Nacional del Mercado de Trabajo perdió su estructura tripartita. LO destaca que fue contra la voluntad de los sindicatos que sus representantes fueron excluidos de las instancias de dirección de la administración del mercado de trabajo, tanto a nivel nacional como de condado. El Gobierno precisa que, no obstante, el diálogo entre los copartícipes sociales resulta asegurado en el seno del consejo consultivo tripartito ante el consejo de administración y en comisiones especializadas de carácter "más o menos permanente". La Comisión agradecería al Gobierno se sirva comunicar en su próxima memoria informaciones completas sobre los procedimientos de consulta con los representantes de los empleadores y de los trabajadores acerca de las medidas de la política del empleo establecidas en el nuevo marco institucional, precisando las opiniones recogidas y la manera en que fueron tenidas en cuenta, de conformidad con el artículo 3 del Convenio.

6. Tomando nota, a modo de conclusión y resumen, que el Gobierno, sin dejar de manifestar su permanente adhesión al objetivo del pleno empleo como prioritario en materia de política de mercado de trabajo, actualmente se inclina a considerar que el control de la inflación y del gasto público es una premisa indispensable a la reanudación del crecimiento económico y del empleo. La Comisión sólo puede tomar nota de que con el cambio de orientación de la política económica, la rápida deflación y la contracción de la producción, se ha dado una progresión preocupante del desempleo, especialmente del de larga duración y que las medidas de política de mercado de trabajo, pese a su amplio alcance, muestran su impotencia para frenar esta tendencia. Además, la Comisión cree percibir indicios de debilitamiento del diálogo tripartito, en momentos en que las graves dificultades que se presentan en materia de empleo y las medidas para hacerles frente deberían provocar que se intensificasen las consultas a los copartícipes sociales. En este contexto la Comisión se ve obligada a señalar a la atención del Gobierno que el artículo 2 del Convenio establece la obligación de determinar y revisar regularmente las medidas a adoptar como parte integrante de una política económica y social coordinada para lograr, como objetivo de mayor importancia, el fomento del pleno empleo, productivo y libremente elegido. La Comisión confía en que el Gobierno podrá comunicar en su próxima memoria hechos positivos a este respecto.

Observación (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

La Comisión comprueba que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

1. La Comisión toma nota con interés de las informaciones detalladas transmitidas en la memoria del Gobierno para el período que finaliza en junio de 1990. Según estas informaciones, la evolución favorable del mercado del empleo ha continuado durante el período considerado. El empleo ha seguido en aumento, las tasas de actividad ya elevadas han aumentado más en lo que se refiere a los dos sexos y a las diferentes edades, en tanto que el desempleo sólo afectaba a 1,5 por ciento de la población activa. Los datos recientes (publicados, principalmente, por la OCDE) muestran empero que, a partir del final de este período, la situación del empleo ha manifestado una tendencia a degradarse sensiblemente. En una situación que se caracteriza por la recesión de la actividad económica y una marcada disminución del ritmo de crecimiento del empleo, la tasa de desempleo se elevaba a más de 3 por ciento a fines de 1991, pese a una reducción de la población activa. Si bien la situación excelente que describe la memoria del Gobierno se apoyaba en una política claramente acorde con los objetivos del Convenio, las informaciones recientes de ciertas dificultades han recibido una rápida respuesta para conservar la excelente situación anterior. 2. Los documentos a los que se refiere el Gobierno en su memoria establecen que el pleno empleo constituye uno de los objetivos globales de su política económica general que trata, además, de obtener un desarrollo económico rápido, una distribución equitativa de ingresos, el equilibrio de la balanza de pagos y una tasa reducida de inflación. En sus orientaciones relativas a la ley de presupuesto para 1990-1991, el Gobierno indica empero que revestirá importancia en un próximo futuro determinar si es posible o no reducir la inflación sin recurrir, como ocurre en otros países, a un nivel elevado de desempleo. La Comisión agradecería al Gobierno que comunique en su próxima memoria informaciones sobre las medidas de política económica general tomadas o previstas en el nuevo contexto de disminución del ritmo de la actividad económica, con objeto de seguir concediendo a la política de promoción del pleno empleo su carácter de "objetivo esencial". 3. La Comisión toma nota con interés de que, durante el período abarcado por la memoria del Gobierno, se ha seguido concediendo importancia a las medidas activas de promoción del empleo, tales como la concesión de ayuda a la movilidad geográfica, proporción de una formación profesional remunerada a los desempleados, la subvención de las empresas en el momento de la contratación de solicitantes de empleo jóvenes o impedidos, la financiación de la formación dentro de la empresa destinada a la adaptación de los trabajadores a las nuevas tecnologías o a los cambios de la organización del trabajo. La Comisión espera que el Gobierno seguirá comunicando informaciones detalladas sobre estas medidas y sobre sus repercusiones en el empleo, así como sobre todas las nuevas medidas adecuadas para combatir el desempleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

1. La Comisión toma nota con interés de las informaciones detalladas transmitidas en la memoria del Gobierno para el período que finaliza en junio de 1990. Según estas informaciones, la evolución favorable del mercado del empleo ha continuado durante el período considerado. El empleo ha seguido en aumento, las tasas de actividad ya elevadas han aumentado más en lo que se refiere a los dos sexos y a las diferentes edades, en tanto que el desempleo sólo afectaba a 1,5 por ciento de la población activa. Los datos recientes (publicados, principalmente, por la OCDE) muestran empero que, a partir del final de este período, la situación del empleo ha manifestado una tendencia a degradarse sensiblemente. En una situación que se caracteriza por la recesión de la actividad económica y una marcada disminución del ritmo de crecimiento del empleo, la tasa de desempleo se elevaba a más de 3 por ciento a fines de 1991, pese a una reducción de la población activa. Si bien la situación excelente que describe la memoria del Gobierno se apoyaba en una política claramente acorde con los objetivos del Convenio, las informaciones recientes de ciertas dificultades han recibido una rápida respuesta para conservar la excelente situación anterior.

2. Los documentos a los que se refiere el Gobierno en su memoria establecen que el pleno empleo constituye uno de los objetivos globales de su política económica general que trata, además, de obtener un desarrollo económico rápido, una distribución equitativa de ingresos, el equilibrio de la balanza de pagos y una tasa reducida de inflación. En sus orientaciones relativas a la ley de presupuesto para 1990-1991, el Gobierno indica empero que revestirá importancia en un próximo futuro determinar si es posible o no reducir la inflación sin recurrir, como ocurre en otros países, a un nivel elevado de desempleo. La Comisión agradecería al Gobierno que comunique en su próxima memoria informaciones sobre las medidas de política económica general tomadas o previstas en el nuevo contexto de disminución del ritmo de la actividad económica, con objeto de seguir concediendo a la política de promoción del pleno empleo su carácter de "objetivo esencial".

3. La Comisión toma nota con interés de que, durante el período abarcado por la memoria del Gobierno, se ha seguido concediendo importancia a las medidas activas de promoción del empleo, tales como la concesión de ayuda a la movilidad geográfica, proporción de una formación profesional remunerada a los desempleados, la subvención de las empresas en el momento de la contratación de solicitantes de empleo jóvenes o impedidos, la financiación de la formación dentro de la empresa destinada a la adaptación de los trabajadores a las nuevas tecnologías o a los cambios de la organización del trabajo. La Comisión espera que el Gobierno seguirá comunicando informaciones detalladas sobre estas medidas y sobre sus repercusiones en el empleo, así como sobre todas las nuevas medidas adecuadas para combatir el desempleo.

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