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| La organización querellante alega que sus dos principales dirigentes son víctimas de discriminación antisindical desde la creación del Sindicato, que están inscritos en una lista negra desde enero de 2003 y que no han podido encontrar ningún embarque desde su acción sindical que condujo a la concertación de un convenio colectivo para todos los buques del empleador. Alega también lo siguiente: que el empleador ha creado y controla una asociación que sirve de intermediaria entre los marinos y el armador-contratador, a la que los marinos se ven obligados a afiliarse y que obstaculiza las actividades legítimas del SygmMa, y que el derecho de sindicación de los marinos se rige por el Código Marítimo, que no les ofrece todas las garantías del Código de Trabajo ni de los convenios sobre la libertad sindical, en especial en lo que se refiere a los contratos de embarque, avalados por la administración marítima, y que estipulan que la huelga se considera como una falta grave, susceptible de desembarque inmediato y de reclamaciones judiciales
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