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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de
Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de
Administración- 49. El Comité examinó por última vez este caso, que se presentó en mayo
de 2007 y en el que se alega la continua represión de docentes sindicalistas, en su
reunión de octubre de 2020 [véase 392.º informe, párrafos 64 a 75]. En esa ocasión, el
Comité urgió al Gobierno a que señalase sus conclusiones a la atención de las
autoridades judiciales para que, en el futuro, los sindicalistas no sean condenados
arbitrariamente por ese tipo de cargos tan generales que se les imputan por el ejercicio
pacífico de actividades sindicales, a que adoptase todas las medidas que estuvieran a su
alcance para que se libere inmediatamente a los sindicalistas detenidos, y a que lo
mantuviera informado de toda evolución de la situación a este respecto. El Comité
también pidió al Gobierno que velase por que, en el futuro, todos los alegatos relativos
a la violación de los derechos de los sindicalistas detenidos se investiguen rápida y
eficazmente.
- 50. En una comunicación de fecha 23 de diciembre de 2022, la
Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Internacional de la Educación (IE)
presentaron información complementaria en relación con el caso. En ella exponen que el
Gobierno ha seguido deteniendo a sindicalistas y trabajadores y que, desde el 16 de
septiembre de 2022, las protestas pacíficas masivas que siguieron al asesinato de Jina
Mahsa Amini cuando se encontraba bajo custodia de la «Policía de la moral» dieron lugar
a una fuerte represión y a numerosas detenciones, incluidas las de sindicalistas y
trabajadores activistas. Dos jóvenes trabajadores, Mohsen Shekari y Majid Reza
Rahnavardi, ambos de 23 años, fueron ejecutados en diciembre de 2022.
- 51. La CSI y la IE indicaron además que, a principios de 2022, más de 230
docentes estaban presos por su participación en las celebraciones del Primero de Mayo, y
que posteriormente fueron puestos en libertad bajo fianza. Asimismo, antes del 1.º de
mayo, las autoridades ordenaron el allanamiento de los domicilios de varios destacados
sindicalistas del sector educativo, que fueron detenidos y condenados a varios años de
prisión. Diversos miembros de asociaciones sindicales de docentes iraníes también
denunciaron haber recibido llamadas telefónicas y citaciones de las oficinas del
servicio de inteligencia o de los tribunales revolucionarios en relación con casos
inactivos, acusándolos de atentado contra la seguridad, así como amenazas y advertencias
con respecto a su eventual participación en las manifestaciones del Primero de Mayo.
Según el Consejo de Coordinación de las Asociaciones Sindicales de Docentes Iraníes
(CCITTA), por lo menos 12 sindicalistas permanecían en detención arbitraria por el mero
hecho de ejercer pacíficamente sus derechos de libertad de expresión y de manifestación
con el fin de exigir mejores condiciones de enseñanza y aprendizaje en el sector
educativo. La CSI y la IE proporcionan más detalles sobre los 14 dirigentes y afiliados
sindicales de las secciones provinciales del CCITTA que estaban en el punto de mira de
las autoridades por su participación en protestas pacíficas u otras formas pacíficas de
activismo sindical:
- a)El Sr. Esmail Abdi, antiguo secretario general de la Asociación Sindical de
Docentes de Teherán (ITTA), ha estado recluido en las prisiones de Evin, Karaj
Central y Kechui desde 2015. Fue detenido por primera vez en julio de 2015 para
evitar su participación en el congreso de la IE que se celebró en el Canadá. Acumula
varias sentencias sucesivas, lo que significa que no será puesto en libertad hasta
2031. Su solicitud de un nuevo juicio se desestimó en cuatro ocasiones, hasta que en
diciembre de 2022 un tribunal admitió a trámite la solicitud, pero las fuerzas de
inteligencia siguieron negándose a ponerlo en libertad, incluso por razones médicas.
Su estado de salud ha empeorado debido a la falta de acceso a atención médica. Su
familia también ha sufrido el acoso de las autoridades, que desde 2014 han
suspendido su seguro social y sus prestaciones. La esposa del Sr. Abdi, la
Sra. Monireh Abdi, ha perdido su trabajo como arquitecta y no ha podido encontrar
otro trabajo debido a su inclusión en la lista negra. Las autoridades la han
advertido de que, si sigue dando entrevistas o participando en concentraciones,
incoarán una causa contra ella y se le impondrá una pena de prisión.
- b) El Sr. Rasoul Bodaghi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Eslamshahr y
secretario general del CCITTA, fue condenado a cuatro años de prisión el 12 de abril
de 2022 por «reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional» y a
un año de reclusión por «propaganda contra el Estado» como consecuencia de su
colaboración pacífica con el CCITTA. El 30 de abril de 2022 las fuerzas de seguridad
allanaron su domicilio y lo detuvieron violentamente, y desde entonces está recluido
en la prisión de Evin. El Tribunal de Apelación confirmó la sentencia el 1.º de
junio de 2022. Tiene prohibido viajar durante un año y residir en Teherán y las
provincias limítrofes, así como formar parte de partidos políticos y movimientos
sociales durante dos años. El Sr. Bodaghi ha sido condenado a varias penas de
prisión y ha estado encarcelado seis años por idénticas condenas en 2010 y
2015.
- c) El Sr. Jafar Ebrahimi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Teherán e
inspector del CCITTA, fue detenido sin una orden judicial cuando las fuerzas de
seguridad allanaron su domicilio el 30 de abril de 2022. El 27 de noviembre de 2022,
el Tribunal de Apelación de Teherán ratificó una sentencia de cinco años contra el
Sr. Ebrahimi por «propaganda contra el Estado» y «reunión y conspiración para
atentar contra la seguridad nacional». En diciembre de 2022 fue trasladado al
hospital por una urgencia médica. Permaneció encadenado a la cama del hospital y
estuvo vigilado por oficiales de seguridad. En febrero de 2020, el Sr. Ebrahimi fue
condenado de nuevo a una pena de prisión de cuatro años y seis meses en relación con
otro caso.
- d) El Sr. Masoud Farhikhteh, miembro de la junta directiva de la ITTA de
Eslamshahr y copresidente del CCITTA fue detenido el 13 de mayo de 2022 durante las
protestas organizadas por el personal docente en todo el país. Fue puesto en
libertad bajo fianza el 8 de junio de 2022 y condenado a un año de reclusión y 74
latigazos por alteración del orden público. Posteriormente, el fallo se suspendió
por dos años. Sin embargo, las fuerzas de seguridad volvieron a detener al Sr.
Farhikhteh en Karaj el 3 de diciembre de 2022 y en el momento de redactar la
comunicación este se encontraba recluido en régimen de aislamiento en la prisión de
Evin.
- e) El Sr. Mehdi Fathi, miembro de la ITTA de Fars fue detenido de nuevo el 7 de
junio de 2022 por haber participado en las protestas del personal docente en Shiraz.
El Tribunal de Apelación de la provincia ratificó una condena de ocho años de
prisión contra el interesado. Además, le fue retirado el pasaporte y se le prohibió
salir del país. El Sr. Fathi se encuentra actualmente recluido en la prisión de Adel
Abad, en Shiraz. Anteriormente, en 2021, fue procesado como consecuencia del
ejercicio de actividades sindicales y de su participación en protestas pacíficas.
Pasó 113 días en régimen de aislamiento en la prisión de Adel Abad antes de ser
puesto en libertad bajo fianza el 4 de enero de 2022.
- f) El Sr. Mohammad Habibi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Teherán,
sufrió años de acoso judicial debido a su activismo sindical. En octubre de 2022 fue
condenado a una pena de prisión de tres años y siete meses. El 30 de abril de 2022,
las fuerzas de seguridad allanaron su domicilio, confiscaron los dispositivos
electrónicos del interesado y de su esposa, y detuvieron violentamente al Sr.
Habibi, este se encontraba en prisión en el momento de redactar la comunicación.
Anteriormente, en agosto de 2018, el Tribunal Revolucionario de Teherán condenó al
Sr. Habibi a una pena de prisión de siete años y seis meses por «conspiración para
atentar contra la seguridad nacional», «propaganda contra el Estado» y «alteración
del orden público» como consecuencia de su participación pacífica en las actividades
sindicales. Transcurridos 30 meses, se redujo la condena con arreglo a una nueva
directiva emitida por la máxima autoridad del Poder Judicial, y fue puesto en
libertad en noviembre de 2020. Además, durante el periodo de reclusión, el
Sr. Habibi fue suspendido dos veces de su puesto docente por «ausencia
injustificada».
- g) El Sr. Hashem Khastar, miembro de la junta directiva de la ITTA de Mashhad y
activista de los derechos civiles, fue citado a declarar el 1.º de agosto de 2022
con solo un día de antelación cuando se encontraba cumpliendo condena en la prisión
de Vakil Abad (Mashhad). El Sr. Khastar ha sido encarcelado en varias ocasiones como
consecuencia del ejercicio de sus actividades sindicales.
- h) La Sra. Zhila Khayer, miembro de la ITTA de Kazoroon (provincia de Fars), fue
detenida en su ciudad natal, Kazoroon, en diciembre de 2022 y recluida en la prisión
de Adel Abad, en Shiraz. Fue trasladada al Centro de Reclusión de Soroush para ser
interrogada y fue posteriormente devuelta a Vakil Abad. En el momento de redactar la
comunicación, estaba prevista su puesta en libertad bajo fianza.
- i) El Sr. Eskander (Soran) Lotfi, miembro de la junta directiva de la ITTA de
Mariwan (provincia del Kurdistán) y portavoz del CCITTA, fue detenido por última vez
el 8 de octubre de 2022. El 3 de diciembre de 2022 fue duramente golpeado en la Gran
Prisión de Teherán durante un interrogatorio por prestar asistencia humanitaria a
jóvenes detenidos durante la revuelta. Fue puesto en libertad el 5 de diciembre,
pero está a la espera de un nuevo juicio y una posible sentencia condenatoria. El
Sr. Lotfi fue apresado anteriormente en relación con los acontecimientos del Primero
de Mayo. El 8 de febrero de 2020, la Corte Penal de Sanandaj lo condenó a una pena
de dos años de prisión por «propaganda contra el Estado» y «divulgación de
información falsa» como consecuencia del ejercicio de actividades sindicales. No
obstante, en julio de 2020 el Tribunal de Apelación le absolvió de estos
cargos.
- j) La Sra. Shiva Mafakheri, profesora de matemáticas y activista afiliada a la
ITTA de Sanandaj (provincia del Kurdistán), fue detenida a mediados de noviembre de
2022 y se desconocía su paradero en el momento de redactar la comunicación. Al
parecer el motivo de su detención es que no permitió que las autoridades
intervinieran en su clase para castigar a los estudiantes que habían participado en
las protestas.
- k) El Sr. Shaban Mohammadi, miembro de la junta directiva de la ITTA de Marivan,
fue objeto del allanamiento y registro de su domicilio en la madrugada del 30 de
abril de 2022 y de la confiscación de todos sus dispositivos electrónicos, y fue
detenido por tercera vez en lo que iba de año. Esta detención estaba relacionada con
la preparación de la concentración de docentes con ocasión del Primero de Mayo en
Teherán y otras ciudades. El Sr. Mohammadi fue detenido por cuarta vez el 11 de mayo
de 2022, cuando visitaba a otro líder sindical, el Sr. Massoud Nikkhah. El 5 de
junio fue trasladado a la prisión de Evin, en Teherán, y fue puesto en libertad bajo
fianza el 20 de agosto de 2022. El 8 de octubre de 2022, las fuerzas de seguridad
allanaron el domicilio del Sr. Mohammadi a las 7 de la mañana para detenerlo, pero
se encontraba ausente y, dado que las autoridades judiciales no produjeron ningún
documento jurídico para justificar su detención, el Sr. Mohammadi no se presentó
ante ellas ulteriormente. Desde octubre de 2022 permanece oculto por temor a ser
detenido de nuevo y en el momento de redactar la comunicación se encuentra en
paradero desconocido.
- l) El Sr. Pirouz Naami, secretario general de la ITTA de Juzestán, fue detenido
durante el levantamiento popular de 2022 y fue puesto en libertad bajo fianza un mes
después; sin embargo, posteriormente, la oficina regional del Ministerio de
Educación le informó de que las fuerzas de seguridad habían cancelado su último
contrato permanente con el Ministerio y su salario se reducía al monto establecido
en un contrato anterior. La presión financiera sobre el Sr. Naami y su familia se
utiliza como herramienta punitiva para silenciar a los docentes activistas.
- m) El Sr. Masoud Nikkhah, miembro de la junta directiva de la ITTA de Marivan
(provincia del Kurdistán) fue detenido el 30 de abril de 2022 antes de las
celebraciones del Primero de Mayo, puesto en libertad y detenido de nuevo el 11 de
mayo. Fue trasladado a la prisión de Evin, en Teherán, junto con otros docentes
activistas. El 12 de mayo de 2022 las fuerzas de seguridad allanaron su domicilio y
se incautaron de todos los dispositivos electrónicos. Mientras estaba recluido, el
Sr. Nikhkhah fue torturado por la Guardia Revolucionaria Islámica. El 20 de agosto
de 2022 fue liberado bajo una fuerte fianza, pero fue detenido de nuevo y enviado a
prisión en octubre de 2022. El 5 de diciembre de 2022 volvió a ser liberado bajo
fianza.
- n) El Sr. Hamid Rahmati, miembro de la ITTA de Shahreza (provincia de Ispahán) fue
detenido por última vez el 2 de octubre de 2022 e inició una huelga de hambre en
prisión el 9 de diciembre de 2022. Había sido detenido en numerosas ocasiones desde
2008.
- 52. La CSI y la IE concluyen que los allanamientos, detenciones,
privaciones de libertad y duras condenas contra las bases y los dirigentes sindicales
forman parte de un patrón de represión sistemática aplicado por las autoridades iraníes
para instaurar un clima de miedo y violencia y reprimir el ejercicio legítimo del
derecho de libertad sindical, y piden al Comité que inste al Gobierno a que retire de
inmediato todos los cargos contra los sindicalistas mencionados y libere a los que aún
se encuentran retenidos; se abstenga de allanar los domicilios de los sindicalistas y de
confiscar los bienes y documentos de viaje de estos y de sus familias, y ponga fin al
acoso policial y judicial de los miembros del CCITTA.
- 53. El Comité toma nota de la respuesta del Gobierno de fecha 1.º de mayo
de 2023. El Gobierno indica que la Sra. Cécile Kohler y el Sr. Jacques Paris, dos
docentes y sindicalistas de nacionalidad francesa detenidos en Irán el 8 de mayo de 2022
y que aún se encuentran en prisión provisional en la cárcel de Evin por «reunión y
conspiración para atentar contra la seguridad nacional», se habían reunido con los
miembros de las asociaciones sindicales de docentes y del CCITTA a fin de estudiar cómo
transformar las reivindicaciones de los docentes y del Sindicato de Trabajadores de la
Empresa de Autobuses de Teherán y Suburbios (SVATH) en acciones de protesta callejera
contra el Estado. Conforme a la respuesta correspondiente al caso núm. 2508, el Gobierno
reitera que, antes de su llegada, cuando aún se encontraban en Francia, habían
organizado reuniones virtuales y seminarios web de formación con la participación del
CCITTA. Durante esas reuniones virtuales, se presentaron métodos de organización,
contactos seguros y lucha contra el Estado y se proporcionaron folletos de formación. El
Gobierno añade que la Sra. Kohler y el Sr. Paris también habían celebrado varios
seminarios virtuales y cursos de formación presenciales en un domicilio seguro situado
en un barrio de Teherán con el objetivo de organizar huelgas y protestas sindicales de
profesores; inyectaron importantes cantidades de dinero en concepto de apoyo financiero
y apoyo a los elementos clave; proporcionaron apoyo técnico y enviaron artículos
técnicos con el fin de comunicarse de forma encubierta y no ser descubiertos por los
servicios de inteligencia en sus esfuerzos por derrocar a la República Islámica del
Irán.
- 54. El Gobierno proporciona las siguientes indicaciones sobre la
situación de algunos de los sindicalistas mencionados en la comunicación de la CSI y la IE:
- a) El Sr. Esmaeil Abdi fue condenado a una pena de 10 años de prisión bajo la
acusación de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y
propaganda contra el Estado, que empezó a cumplir el 11 de enero de 2021.
- b) El Sr. Rasoul Bodaghi fue detenido en una ocasión por propaganda contra el
Estado, reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional, y
alteración del orden público por participar en las concentraciones ilegales el 11 de
diciembre de 2021, y fue puesto en libertad bajo fianza el 21 de diciembre de 2021.
Durante su estancia en la cárcel ha recibido la visita de familiares en primer grado
en seis ocasiones. No tiene derecho a permisos y no ha acudido a la enfermería de la
prisión. Según la información más reciente, fue condenado a una pena de cuatro años
de cárcel, que empezó a cumplir el 7 de mayo de 2022, y que finalizará el 6 de
agosto de 2026.
- c) El Sr. Jafar Ebrahimi se encuentra en prisión preventiva desde el 30 de abril
de 2022 por reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y
propaganda contra el Estado. Todos los procesos judiciales relacionados con el caso
están pendientes de resolución.
- d) El Sr. Massoud Farhikhteh está acusado de reunión y conspiración para atentar
contra la seguridad nacional y propaganda contra el Estado. Fue detenido el 3 de
diciembre de 2022 y puesto en libertad bajo fianza el 1.º de febrero de 2023.
- e) El Sr. Mehdi Fathi fue condenado a una pena de cinco años de prisión por
reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional. Fue detenido el 8
de junio de 2022 y está cumpliendo condena en el bloque de seguridad de la Prisión
Central de Shiraz.
- f) El Sr. Hashem Khastar fue condenado a una pena de 10 años de prisión por
pertenencia a grupos opositores al Estado y organización de concentraciones y grupos
con el fin de atentar contra la seguridad nacional. Actualmente cumple condena en la
prisión de Mashhad y será liberado al finalizar su pena, el 18 de junio de
2029.
- g) La Sra. Zhila Khayyer fue detenida el 22 de noviembre y se encuentra en prisión
provisional; se le imputa un delito de reunión y conspiración para atentar contra la
seguridad nacional. El auto de acusación se dictó el 9 de enero de 2023 y compareció
ante el Tribunal Revolucionario de Shiraz. En el momento de redactar la comunicación
aún no se había pronunciado sentencia.
- h) Los Sres. Eskandar Lotfi, Shaban Mohammadi y Massoud Nikkhah están acusados de
los delitos de reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y de
propaganda contra el Estado. Fueron detenidos el 1.º de mayo de 2022 y puestos en
libertad bajo fianza el 17 de agosto de 2022; se les detuvo de nuevo el 8 de octubre
de 2022 y fueron liberados bajo fianza el 5 de diciembre de 2022.
- i) La Sra. Shiva Mafakheri fue detenida el 22 de noviembre de 2022 por reunión y
conspiración para atentar contra la seguridad nacional. El caso se remitió a la
fiscalía de Sanandaj. Fue puesta en libertad bajo fianza el 26 de enero de 2022.
Posteriormente, se emitió una orden de sobreseimiento y se archivó el caso.
- j) El Sr. Pirouz Nami fue condenado en rebeldía por un delito de reunión y
conspiración para atentar contra la seguridad nacional. Su abogado ha solicitado una
rebaja de la pena.
- k) El Sr. Hamid Rahmati fue detenido el 3 de octubre de 2022 por un delito de
reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional, y puesto en
libertad bajo fianza el 15 de diciembre de 2022.
- 55. El Comité toma nota de la información actualizada facilitada por la
CSI y la IE, así como de la respuesta del Gobierno. El Comité toma nota con profunda
preocupación de que, desde el último examen del caso, parecen haberse intensificado
significativamente las medidas contra los afiliados y dirigentes del CCITTA y las
asociaciones sindicales de docentes a nivel local, ya que supuestamente un gran número
de ellos han sido detenidos, privados de libertad, procesados y condenados, y se les han
aplicado sanciones administrativas en relación con el ejercicio de sus actividades
sindicales legítimas. El Comité toma nota de que, a excepción de un caso, las causas de
todos los afiliados y dirigentes sindicales referidos en la comunicación de la
organización querellante de diciembre de 2022 seguían abiertas en el momento del
examen.
- 56. El Comité toma nota de que los siguientes sindicalistas están
encarcelados, cumpliendo sentencias firmes dictadas por tribunales revolucionarios o
penales, principalmente en virtud de los artículos 500 y 610 del Código Penal Islámico
(CPI), que corresponden respectivamente a los delitos de «propaganda contra el Estado» y
«reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional»: el Sr. Esamail Abdi
(15 años), el Sr. Rasoul Bodaghi (4 años), el Sr. Jafar Ebrahimi (5 años), el Sr. Mehdi
Fathi (8 años), y el Sr. Hashem Khastar (10 años). El Comité observa que el Sr. Jafar
Ebrahimi fue condenado a una pena de 5 años de prisión —cuatro de ellos ejecutables— con
arreglo a los artículos 500 y 610 del CPI, y está privado de libertad desde el 30 de
abril de 2022. No obstante, el Gobierno indica que el procedimiento judicial está
pendiente de resolución, aunque no proporciona más detalles.
- 57. El Comité toma nota de que, según la información presentada por la
organización querellante y la información publicada por el CCITTA, los siguientes
sindicalistas han sido puestos en libertad bajo fianza, a la espera de juicio y posible condena:
- - El Sr. Massoud Farhikhteh fue liberado el 25 de mayo después de pasar 25 días en
régimen de aislamiento. El Comité toma nota de que el Gobierno indica que al Sr.
Farhikhteh se le imputan los delitos contemplados en los artículos 500 y 610 del
CPI.
- - El Sr. Mohammad Habibi fue liberado por última vez el 21 de mayo de 2023 después
de estar retenido durante 47 días, 21 de ellos en régimen de aislamiento. Se le
imputan los delitos contemplados en los artículos 500 y 610 del CPI.
- - La Sra. Zhila Khayer fue puesta en libertad bajo fianza el 23 de enero de 2023;
se le imputaron los delitos de reunión y conspiración para atentar contra la
seguridad nacional (artículo 610 del CPI).
- - Los Sres. Eskandar Lotfi, Shaban Mohammadi y Massoud Nikkhah fueron liberados
bajo fianza por última vez el 5 de diciembre de 2022; se les imputan los delitos
previstos en los artículos 500 y 610 del CPI.
- - El Sr. Pirouz Naami fue puesto en libertad bajo fianza por última vez el 9 de
noviembre de 2022. Los juicios por los delitos de propaganda a favor de grupos
opositores, pertenencia a grupos para atentar contra la seguridad nacional y el
relativo al artículo 610 del CPI siguen pendientes de resolución.
- - El Sr. Hamid Rahmati fue detenido por última vez el 2 de octubre de 2022 y
puesto en libertad bajo fianza el 15 de diciembre de 2022, tras pasar 74 días
retenido. El Comité toma nota de que el Gobierno indica que se le imputa un delito
previsto en el artículo 610 del CPI.
- 58. El Comité toma nota con profunda preocupación de las numerosas
detenciones, prolongadas estancias en prisión preventiva, procesamientos y duras
condenas a prisión de los dirigentes y afiliados del CCITTA y de las asociaciones
sindicales de docentes locales desde abril de 2022. El Comité toma nota de que el
Gobierno indica los delitos que se les imputan a los docentes sindicalistas detenidos y
condenados, sin especificar los hechos concretos que se les atribuyen. Además, observa
que de los alegatos de la organización querellante y de las fuentes públicamente
disponibles se desprende que las detenciones y las medidas judiciales aplicadas a los
sindicalistas están relacionadas con el ejercicio de sus actividades sindicales, en
particular la participación en manifestaciones y la expresión pública de opiniones sobre
cuestiones de interés para los docentes y sobre las políticas gubernamentales en materia
educativa, social y económica. El Comité toma nota en particular de los allanamientos
simultáneos de los domicilios de los Sres. Bodaghi, Ebrahimi, Habibi, Lotfi, Mohammadi y
Nikkhah en la madrugada del 30 de abril, un día antes de las manifestaciones del Primero
de Mayo de 2022, seguidos de la detención, prolongada estancia en prisión preventiva y
juicio de estos cargos del CCITTA, así como de la nueva detención del Sr. Farhikhteh el
1.º de mayo de 2023. El Comité observa que en las disposiciones relativas a la seguridad
nacional y el orden público del CPI (en particular en los artículos 500 y 610 del CPI)
se reproduce el patrón habitual que consiste en tipificar como delito las actividades
sindicales legítimas.
- 59. En lo que concierne al Sr. Esmail Abdi, secretario general de la
ITTA, el Comité recuerda que fue detenido por primera vez en 2015 y empezó a cumplir una
pena de prisión en 2016 por un delito contemplado en los artículos 500 y 610 del CPI. El
Comité recuerda también que en 2020 el Gobierno indicó que el Sr. Abdi sería puesto en
libertad el 22 de diciembre de 2020, una vez cumplida su condena [392.º informe, párrafo
67]. Sin embargo, el Comité toma nota con profunda preocupación de que, en su última
comunicación, el Gobierno indica que el Sr. Abdi empezó a cumplir una pena de 10 años de
prisión por reunión y conspiración para atentar contra la seguridad nacional y
propaganda contra el Estado el 11 de enero de 2021. El Comité observa que, según la
información disponible públicamente, a finales de 2020, cuando el Sr. Abdi hubiera
debido ser excarcelado, las autoridades judiciales dictaron la ejecución de una
sentencia anterior, que había sido suspendida, en la que se le condenaba a 10 años de
prisión por un delito de espionaje. El Comité observa además que el 16 de noviembre de
2022 el Tribunal Supremo de Irán anuló esta condena y admitió el recurso del Sr. Abdi
para que se repitiera el juicio relativo al caso de espionaje, remitiéndolo a otra sala
del Tribunal Revolucionario de Teherán para que se celebrara un nuevo juicio. No
obstante, el Comité toma nota con profunda preocupación de que meses después de que se
anulara la sentencia condenatoria, no se ha celebrado un nuevo juicio ni se ha liberado
al Sr. Abdi, y el Gobierno indica en su comunicación que este se encuentra cumpliendo
una condena de 10 años de prisión. El Comité considera que la arbitrariedad manifiesta
de la reclusión del Sr. Abdi después de la anulación de una antigua sentencia que
supuestamente justifica su permanencia en prisión es extremadamente alarmante. A este
respecto, el Comité recuerda que la detención de dirigentes sindicales o sindicalistas
por motivos relacionados con actividades de defensa de los intereses de los trabajadores
constituye una grave violación de las libertades públicas en general y de las libertades
sindicales en particular [véase Recopilación de decisiones del Comité de Libertad
Sindical, sexta edición, 2018, párrafo 123]. Asimismo, nadie debe ser privado de
libertad, ni ser objeto de sanciones por el mero hecho de organizar o haber participado
en una huelga, reuniones públicas o desfiles pacíficos, sobre todo con ocasión del
Primero de Mayo [véase Recopilación, párrafo 156]. Por consiguiente, el Comité insta al
Gobierno a que retire de inmediato los cargos y ponga en libertad a los docentes a los
que se hace referencia en este caso cuya detención o imputación se hayan producido como
consecuencia de sus actividades sindicales. Asimismo, pide al Gobierno que lo mantenga
informado de las medidas adoptadas a este respecto y de la situación de todas las
personas concernidas.
- 60. El Comité toma nota con profunda preocupación de los alegatos de
tortura y malos tratos a los Sres. Lotfi y Nikkhah mientras se encontraban recluidos,
así como de los alegatos relativos a la aplicación del régimen de aislamiento prolongado
a los Sres. Farhikhteh, Fathi y Habibi. El Comité recuerda a este respecto que en casos
de alegatos de personas torturadas o maltratadas durante su detención, los Gobiernos
deberían realizar investigaciones independientes sobre las quejas de esta naturaleza de
manera que puedan adoptar medidas apropiadas, incluida la indemnización de los daños
sufridos y la aplicación de sanciones a los culpables, así como para garantizar que
ninguna persona detenida sea objeto de malos tratos [véase Recopilación, párrafo 112].
El Comité recuerda también que, con independencia de los motivos de los arrestos, de
conformidad con las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los
Reclusos, el aislamiento solo se aplicará en casos excepcionales, como último recurso,
durante el menor tiempo posible y con sujeción a una revisión independiente, y
únicamente con el permiso de una autoridad competente. El aislamiento prolongado, es
decir, el aislamiento que se extienda durante un periodo superior a 15 días
consecutivos, equivale a tortura y quedará prohibido (véase la resolución aprobada por
la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 2015 (Reglas Nelson
Mandela), A/RES/70/175, reglas 43 a 45) [véase 400.º informe, párrafo 511]. Por
consiguiente, el Comité insta al Gobierno a que tome todas las medidas necesarias para
que se realice una investigación independiente de los alegatos de tortura y malos tratos
de los Sres. Lotfi y Nikkhah mientras se encontraban recluidos y en el futuro se
abstenga de aplicar el régimen de aislamiento a los sindicalistas encarcelados. Pide
también al Gobierno que lo mantenga informado de las medidas adoptadas a este
respecto.