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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

Convenio sobre las horas de trabajo y el descanso (transporte por carretera), 1939 (núm. 67) - Perú (Ratificación : 1962)

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Solicitud directa
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La Comisión ha tomado nota de la breve memoria del Gobierno, en la que se precisa que el ministerio competente está ejecutando coordinaciones a efecto de que se realicen los estudios necesarios para elaborar un nuevo proyecto de reglamento sobre la duración del trabajo y los períodos de descanso en el transporte por carretera. La Comisión recuerda que el Gobierno ya ha mencionado en repetidas oportunidades la constitución de una comisión técnica a tales efectos sin que, hasta el momento, se hayan podido registrar progresos.

En relación con comentarios que formula desde hace muchos años, sobre la aplicación de este Convenio, en especial sus artículos 7, párrafo 2; 11; 13, párrafo 2; 14; 15; 16, párrafo 1; y 18, párrafos 2 y 3, la Comisión solicita encarecidamente al Gobierno se sirva tomar las medidas necesarias para armonizar la legislación y la práctica nacionales con estas disposiciones del Convenio.

[Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada para el período que finaliza el 30 de junio de 1994.]

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