ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2025, Publicación: 114ª reunión CIT (2026)

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) - Santa Elena

Otros comentarios sobre C098

Observación
  1. 2025
  2. 2022
  3. 2018
  4. 2015
Solicitud directa
  1. 2012

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

Artículo 4 del Convenio. Medidas legislativas para fomentar la negociación colectiva en el sector privado. En su comentario anterior, la Comisión observó que la ordenanza de derechos laborales no contiene disposiciones específicas que regulen la negociación colectiva y pidió al Gobierno que promoviera la negociación colectiva en el sector privado. La Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno se limita a indicar que no se han logrado avances a este respecto. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que adopte medidas concretas para promover la negociación colectiva en el sector privado, de conformidad con el artículo 4 del Convenio, y proporcione información sobre los avances que se produzcan al respecto.
Artículos 4 y 6. Negociación colectiva en el sector público. Funcionarios no adscritos a la administración del Estado. Anteriormente, la Comisión tomó nota de que el equipo de dirección de la administración pública de Santa Elena se reunía cada trimestre con el Comité de Derechos Laborales de la Administración Pública de Santa Elena (SHPSERC) para debatir cuestiones relacionadas con las condiciones laborales de los funcionarios en un foro de asociación, y que se han negociado con éxito mejoras en las políticas. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que el SHPSERC sigue funcionando y ha sido consultado sobre cuestiones como las políticas disciplinarias, de capacidad, de reclamaciones, de periodo de prueba, de prestaciones y de jubilación, así como sobre propuestas relativas al salario mínimo y a las vacaciones anuales. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre los procesos y resultados de la negociación colectiva en el sector público.
Promoción de la negociación colectiva en la práctica. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que no se han logrado nuevos avances en lo que respecta a la promoción de la negociación colectiva en la práctica. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre las medidas adoptadas para promover la negociación colectiva en los diferentes sectores de la economía. Asimismo, la Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que facilite estadísticas sobre el número de convenios colectivos celebrados y en vigor, los sectores interesados y el número de trabajadores cubiertos por esos convenios.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer