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Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre las enfermedades profesionales (revisado), 1934 (núm. 42) - Guyana (Ratificación : 1966)

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En respuesta a los asuntos planteados en la observación anterior de la Comisión, el Gobierno indica que no se han producido cambios en la legislación nacional sobre enfermedades profesionales y que no se adoptaron aún las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del Convenio. En sus memorias anteriores, el Gobierno indicó que se había solicitado a las autoridades competentes que aceleraran el procedimiento de revisión. En consecuencia, la Comisión confía en que el Gobierno adopte las medidas necesarias para enmendar la lista de enfermedades profesionales establecida en la actualidad mediante el reglamento núm. 34, de 1969, que aplica la Ley núm. 15 de 1969 sobre Seguro Nacional y Seguridad Social (cap. 36:01), respecto de los puntos siguientes:
  • -el núm. 1, x), xi), xii) y xiv), de la lista va a sustituirse por un título que contenga, en términos generales, todos los derivados halógenos de los hidrocarburos de la serie alifática;
  • -el núm. 7, que se refiere a unas afecciones debidas a las radiaciones, debería incluir todas las manifestaciones patológicas debidas al radio y a otras sustancias radioactivas o rayos x, y debería completarse la lista de los procesos que puedan inducir a éstas;
  • -el núm. 1, i) y v), que trata de la intoxicación por plomo y sus compuestos, y por mercurio y sus compuestos, debería incluir las aleaciones de plomo y las amalgamas de mercurio, respectivamente;
  • -el núm. 1 iii), que trata de la intoxicación por fósforo y sus compuestos, debería incluir los compuestos inorgánicos del fósforo;
  • -el núm. 2 debería incluir, entre los procesos susceptibles de ocasionar la infección carbuncosa, todas las cargas y descargas o transportes de mercancías de cualquier tipo, y
  • -también debería añadirse a la lista la silicosis con o sin tuberculosis pulmonar y las industrias o los procesos que conlleven el riesgo de esta infección.
La Comisión desea recordar al Gobierno que, desde 1972, se vienen señalando a su atención periódicamente los mencionados asuntos.
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