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Observación (CEACR) - Adopción: 2025, Publicación: 114ª reunión CIT (2026)

Convenio sobre política social (normas y objetivos básicos), 1962 (núm. 117) - Bolivia (Estado Plurinacional de) (Ratificación : 1977)

Otros comentarios sobre C117

Observación
  1. 2025

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Partes I y II del Convenio. Mejoramiento del nivel de vida. El Gobierno indica que a fin de fortalecer el seguimiento de los indicadores del «Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2016-2020», se implementó́ el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE). El Gobierno se refiere al PDES 2021-2025, que delineó medidas organizadas en diez ejes, orientadas a la reconstrucción de la economía, la industrialización con sustitución de importaciones, la disminución de la pobreza, la reducción de las desigualdades, el impulso de políticas sociales prioritarias y la generación de empleo de calidad. La Comisión toma nota de la información estadística suministrada por el Gobierno sobre pobreza, desigualdad de ingresos, desocupación y el número de niñas, niños y adolescentes en actividad laboral en el periodo 20162023. El Gobierno indica que luego de la pandemia adoptó medidas para la reconstrucción de la economía que incluyeron las siguientes: 1) el bono «contra el hambre», que consistió en un beneficio único de 1 000 bolivianos, que se entregó a más de 4 millones de personas; 2) la devolución excepcional de aportes a la jubilación del Sistema Integral de Pensiones, para cubrir las necesidades poblacionales emergentes de la pandemia por el COVID-19 (ley núm. 1392, de 8 de septiembre de 2021); 3) créditos para el sector productivo con tasas preferenciales, y 4) el fortalecimiento de las empresas estatales y expansión de la inversión pública. El Gobierno indica que profundizó las medidas que garantizan los derechos y oportunidades de niñas, niños, adolescentes y jóvenes adoptando las siguientes medidas: 1) el Bono Juana Azurduy (BJA), que se implementa desde 2009 y está dirigido a las mujeres durante la gestación y el parto; 2) el Subsidio Universal Prenatal por la Vida, adoptado desde 2015, que consiste en la entrega de alimentos con el objetivo de mejorar la alimentación de las madres y reducir la mortalidad neonatal; 3) el programa de vacunación Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI), y 4) la profundización del Sistema Único de Salud Universal y Gratuito (SUS). Respecto a las medidas adoptadas en favor de las personas con discapacidad, el Gobierno se refiere a distintas medidas adoptadas, incluyendo la Ley de inserción laboral y de ayuda económica a personas con discapacidad (Ley núm. 977), promulgada el 26 de septiembre de 2017, y de su reglamento promulgado mediante decreto supremo núm. 3437 el 20 de diciembre de 2017.
La Comisión toma nota de la información proveniente de diversas fuentes del sistema de las Naciones Unidas y de organismos internacionales que señala que, a pesar de los avances logrados en la reducción de la pobreza y en la ampliación de la protección social durante la última década, persisten importantes desafíos estructurales para la plena realización de los objetivos del Convenio. En particular, la Comisión observa que, según el Banco Mundial y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la pobreza afecta todavía a aproximadamente el 36 por ciento de la población (2023), y la pobreza extrema a cerca del 11 por ciento (2023), con marcadas disparidades entre las zonas urbanas y rurales. Los pueblos indígenas —que representan cerca de la mitad de la población nacional— concentran una proporción significativamente mayor de la pobreza multidimensional. Si bien el país ha registrado una mejora en los ingresos y en el acceso a servicios básicos, los niveles de desigualdad de ingresos siguen siendo elevados (índice de Gini de 41,3 en 2022), lo que refleja la persistencia de brechas sociales y regionales.
La Comisión observa además que una gran parte de la población activa se encuentra ocupada en la economía informal, en actividades de baja productividad y sin acceso a la seguridad social, lo que limita la capacidad de para mantener un nivel de vida adecuado y aumenta su exposición a las crisis económicas o sanitarias. La Comisión toma nota asimismo de que, pese a los avances logrados en la cobertura de la protección social, los sistemas continúan fragmentados y presentan dificultades de sostenibilidad y de focalización hacia los grupos más vulnerables.
La Comisión señala igualmente que el acceso a servicios esenciales —como salud, educación, vivienda y saneamiento— sigue siendo desigual, especialmente en las zonas rurales, entre las comunidades indígenas y entre las mujeres, quienes enfrentan una sobrecarga de trabajo no remunerado y un acceso limitado a oportunidades laborales de calidad. La vulnerabilidad del país frente a los shocks externos, la dependencia de productos primarios, las limitaciones fiscales y la exposición al cambio climático constituyen factores adicionales que dificultan el mejoramiento sostenido del nivel de vida. En este contexto, la Comisión subraya la importancia de que las políticas sociales y económicas se orienten, de manera coherente y sostenida, al mejoramiento progresivo del nivel de vida de toda la población, de conformidad con los artículos 2 y 5 del Convenio. Ello requiere una atención particular a la reducción de la pobreza y las desigualdades, la regulación de la enajenación de tierras agrícolas, la formalización del empleo, la extensión de la protección social —incluyendo medidas adecuadas para los trabajadores de la economía informal, incluidos los productores independientes y los asalariados —, la mejora de los servicios públicos básicos, y la promoción de la igualdad de género y de oportunidades para los pueblos indígenas y las personas con discapacidad.
La Comisión solicita al Gobierno que, en sus próximas memorias, proporcione información detallada sobre las medidas adoptadas para superar estos desafíos, incluyendo datos estadísticos desglosados por sexo, edad, región y grupo poblacional, así como los resultados de las evaluaciones del Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2021-2025 y de las políticas sociales implementadas. La Comisión solicita además que se indiquen las medidas adoptadas para garantizar la sostenibilidad fiscal y la resiliencia de las políticas sociales frente a los shocks económicos y climáticos, y para fortalecer la coordinación institucional y la participación de los interlocutores sociales y de la sociedad civil en la formulación y el seguimiento de las estrategias nacionales de desarrollo. Concretamente, la Comisión solicita información detallada y actualizada sobre: i) el seguimiento del nivel de vida de la población trabajadora, incluyendo indicadores sobre ingresos, consumo, acceso a servicios básicos, vivienda, salud, educación y nutrición, desglosados por sexo, edad, región (urbana y rural) y grupo poblacional (pueblos indígenas, personas con discapacidad, productores de subsistencia y trabajadores del sector informal); ii) la evaluación del impacto del PDES 2021-2025 y de las medidas adoptadas tras la pandemia sobre la mejora del nivel de vida y la reducción de las desigualdades, indicando los resultados alcanzados en materia de empleo, ingresos y acceso a servicios sociales, así como los posibles efectos diferenciados por región o grupo social; iii) las políticas y programas de protección social implementados para garantizar la satisfacción de las necesidades familiares esenciales a que se refiere el artículo 5, 2) del Convenio, precisando su cobertura, suficiencia y sostenibilidad financiera; iv) los avances en la reducción de la pobreza y la desigualdad en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 1, 5, 8 y 10), señalando cómo se coordinan las políticas de desarrollo económico, empleo y protección social para asegurar la coherencia de las estrategias públicas, y v) la participación de los interlocutores sociales y otros actores pertinentes, incluidos los pueblos indígenas, las organizaciones de trabajadores y empleadores, y la sociedad civil, en la formulación, aplicación y evaluación de las políticas sociales y del PDES. Asimismo, la Comisión solicita que la información presentada incluya datos estadísticos desglosados y comparativos, así como resultados de las evaluaciones o revisiones intermedias del PDES 2021-2025, con miras a permitir un seguimiento adecuado de la evolución del nivel de vida de la población. La Comisión remite además al Gobierno a sus comentarios relativos a la aplicación del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122), en la medida en que las políticas de empleo constituyen un instrumento esencial para el mejoramiento del nivel de vida, en los términos del presente Convenio.
La Comisión toma nota de que en su informe el Gobierno no ha dado respuesta a los comentarios sobre la parte III del Convenio. La Comisión reitera el contenido de la parte relevante de su solicitud directa adoptada en 2019, reproducida a continuación.
Parte III. Trabajadores migrantes. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que enviase información sobre la transferencia de recursos de los trabajadores migrantes bolivianos a las regiones de las que proceden y sobre sus condiciones salariales. Asimismo, solicitó al Gobierno que proporcionara información sobre los movimientos migratorios con la Argentina y la situación de los trabajadores del azúcar y del tabaco. En su última memoria, el Gobierno indicó que no existe una normativa relativa a la transferencia de recursos de trabajadores migrantes bolivianos a las regiones de las que proceden, ya que los trabajadores tienen total libertad para disponer de su remuneración. En cuanto a los movimientos migratorios con la Argentina, si bien, la migración de ciudadanos bolivianos al exterior ha sido significativa a partir de 2003, dicho flujo migratorio tiene un componente de carácter temporal, ya que los trabajadores retornan una vez finalizada la época alta de actividades de zafra de productos agrícolas. Durante 2017 y 2018 fueron a trabajar de manera temporal a la Argentina 97 973 bolivianos. En relación con la producción tabacalera en el Estado Plurinacional de Bolivia, el Gobierno indica que en 2018 los productores de tabaco cambiaron el 75 por ciento de sus cultivos por cultivos de maíz y poroto, debido al exceso de lluvias. El cultivo de caña de azúcar es el cultivo que mayor crecimiento a alcanzado, con un aumento del 9,10 por ciento en 2018. En lo que respecta la legislación laboral aplicable a dicho sector, el Gobierno se refiere al decreto supremo núm. 20255, de 24 de mayo de 1984, que establece los derechos y obligaciones derivados del trabajo asalariado de los zafreros de la caña de azúcar y cosechadores de algodón. La Comisión observa, sin embargo, que el Gobierno no proporciona información respecto a las condiciones salariales de los trabajadores migrantes bolivianos. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre las condiciones salariales de los trabajadores migrantes bolivianos. La Comisión solicita también al Gobierno que proporcione información actualizada y detallada sobre el impacto de todas aquellas medidas adoptadas para que las condiciones de trabajo de los trabajadores migrantes, tanto nacionales como internacionales, obligados a vivir fuera de sus hogares, tengan en cuenta sus necesidades familiares. Asimismo, solicita al Gobierno que envíe información estadística actualizada, desagregada por sexo, sobre el número de trabajadores migrantes obligados a vivir fuera de sus hogares. La Comisión solicita además al Gobierno que proporcione información estadística, desagregada por sexo, sobre el número de trabajadores migrantes obligados a vivir fuera de sus hogares.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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