National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Un representante gubernamental agradeció a la Comisión la oportunidad otorgada para aclarar de manera complementaria ciertos aspectos del mercado laboral y de la política de empleo en su país. Se refirió primeramente a las cuestiones sobre las cuales la Comisión de Expertos solicitó información complementaria. En lo referente al nivel general de instrucción y formación de la población activa, la Comisión de Expertos pidió información sobre las medidas adoptadas para mejorarlas y para coordinar la oferta y la demanda de empleo. El informe del Gobierno señaló ya que la capacitación de la población en su conjunto era baja, sobre todo entre los adultos. La tasa de participación escolar de los jóvenes se acerca a la media de la Unión Europea. Sin embargo, es significativa la proporción de jóvenes que no tienen más de los nueve años de escolaridad obligatoria. También hay jóvenes que no acaban la escolaridad obligatoria y que ingresan precozmente en el mercado de trabajo.
Desde 1997 la Unión Europea otorga gran prioridad a la política de empleo, la cual fue reforzada durante la presidencia portuguesa de la Unión. Las autoridades europeas adoptaron, durante el primer semestre de 2000, compromisos en relación con estrategias globales dirigidas al pleno empleo y a la cohesión social, acentuando la importancia de la formación continua y la función de los interlocutores sociales en la modernización de la organización del trabajo, en la formación continua y en el crecimiento del empleo. La estrategia europea para el empleo está basada en estos compromisos políticos definidos al más alto nivel.
El Director General de OIT en su informe titulado "Reducir el déficit de trabajo decente" presentado este año señaló que la estrategia europea para el empleo constituye un buen ejemplo de la manera en que se puede lanzar con éxito una estrategia global de empleo.
En relación con dicha estrategia, Portugal cuenta con un Plan Nacional de Empleo revisado para 2001, el cual tiene en cuenta las recomendaciones adoptadas por la Unión Europea como consecuencia de la ejecución del plan del año pasado. En particular, se tienen en cuenta las recomendaciones relativas a la formación continua, a los problemas de abandono escolar, a la calidad de la educación y de la formación, y a la contribución de los interlocutores sociales en la modernización de la organización del trabajo y en la adaptación de las relaciones de trabajo y la formación continua.
Añadió que el Gobierno y los interlocutores sociales acogieron con beneplácito dichas recomendaciones y que celebraron a principios de ese año un "Acuerdo sobre política de empleo, mercado de trabajo, educación y formación" que incluye medidas de formación dirigidas a los jóvenes y a los adultos en el Plan Nacional de Empleo para 2001. Dicho Plan prevé iniciativas para mejorar la empleabilidad de las personas, particularmente de los grupos con más dificultad de inserción en el mercado de trabajo - los jóvenes, las mujeres y los desempleados de larga duración -. El Plan contiene también numerosas medidas sobre la educación y la formación de los niños y de los jóvenes, entre las que mencionó: a) el refuerzo de la enseñanza preescolar; b) la continuación del programa existente de combate de la exclusión escolar y social en la educación básica, el cual prevé programas alternativos para los niños y jóvenes con dificultades de comportamiento y de aprendizaje; c) un sistema que asegure a los jóvenes de menos de 18 años que ingresen o pretendan ingresar en el mercado de trabajo la conclusión del noveno año de escolaridad básica si aún no lo completaron o, si ya lo han hecho, la capacitación profesional; dicha formación tendrá por lo menos 1.000 horas de duración, y respecto de los jóvenes empleados, el 40 por ciento de las horas de trabajo a tiempo completo y se destinará a la formación. En dicho caso se subvencionará a las empresas para compensar el salario por el tiempo de formación; d) se prevé el establecimiento a corto plazo de un sistema que asegure que los jóvenes que finalicen la escolaridad a los 15 años - habida cuenta de que la ley portuguesa establece que la edad mínima de admisión al empleo es de 16 años - tengan acceso a un décimo año de profesionalización en los casos en que hayan concluido el noveno año y que no tengan intención de continuar sus estudios; dicho décimo año de profesionalización será generalizado en el futuro a todos los jóvenes que hayan concluido el noveno año y no tengan intención de continuar estudiando; e) la familiarización de los jóvenes con las nuevas tecnologías de información y comunicación. Este año todas las escuelas serán conectadas a Internet; f) la existencia de programas de enseñanza y cursos de capacitación para facilitar la transición a la vida activa de los jóvenes que terminen la enseñanza secundaria o superior.
En lo relativo a la promoción de la educación y de la formación de la población activa adulta, hizo referencia, entre otras medidas adoptadas, al desenvolvimiento del sistema de educación de adultos tanto por medio de la educación extraescolar como de la formación continua y a la formación continua de los grupos más desfavorecidos. Señaló que a partir del año próximo, por lo menos el 10 por ciento de los trabajadores de cada empresa participarán en la formación continua que hará que para 2003 todos los trabajadores contarán con un mínimo de 20 horas de formación certificada, y para 2006 dicho mínimo se elevará a 35 horas de formación certificada. Se pretende generalizar el acceso a las tecnologías de información y comunicación a toda la población, y que por lo menos la mitad de la formación continua se refiera a estas materias.
Respecto del segundo punto sobre el cual la Comisión de Expertos ha hecho comentarios, señaló que debido a la escasez de tiempo, no hará referencia a ello pero que se remitía a la memoria que el Gobierno enviará a la Comisión de Expertos.
Respecto a la estructuración del empleo por niveles de capacitación y de las tasas de desempleo por niveles de instrucción, la Comisión de Expertos solicitó información sobre los resultados de la política del Gobierno sobre estos aspectos, especialmente sobre las estrategias de aplicación de las nuevas tecnologías de información y comunicación. El representante gubernamental señaló que dicha información figuraría en la próxima memoria. Señaló, a guisa de ejemplo, que recientemente fue implementado un programa interministerial para la innovación en las mencionadas tecnologías en los servicios públicos y en las empresas. Respecto a las mejoras relativas a las condiciones de trabajo sobre los aspectos de salud y seguridad en el trabajo, el Gobierno y los interlocutores sociales celebraron este año un acuerdo sobre las condiciones de trabajo, higiene y seguridad en el trabajo y de lucha contra los accidentes profesionales. Dicho acuerdo prevé principalmente apoyo del Estado para la formación y el reclutamiento de técnicos en la seguridad y la higiene en el trabajo, así como de médicos y enfermeras. Añadió que es en el sector de los servicios donde hay más posibilidades de creación de empleos nuevos. Manifestó la esperanza de que se crearán nuevos empleos calificados, especialmente en la enseñanza preescolar, y el turismo, y con miras al desarrollo de la política cultural.
Respecto al Plan Nacional de Empleo, tiene por objeto intensificar la relación entre la protección social y la política de empleo; la mejora del diálogo social y la coparticipación en todos los planos; el establecimiento de asociaciones y la reducción de las desigualdades entre hombres y mujeres, el representante gubernamental señaló que la próxima memoria incluirá también las informaciones completas relativas a estas cuestiones. Respecto a la protección social, informó de que la misma tiene efectos sobre la política de empleo. Hizo referencia a tres medidas recientes: a) fue creado un ingreso mínimo para las familias y las personas con escasos recursos, en contrapartida sus beneficiarios se comprometen a participar en acciones de formación y a aceptar empleos adecuados para integrarse a la vida activa; b) los desempleados que perciban prestaciones de desempleo y que sean posteriormente contratados a tiempo parcial podrán continuar percibiéndolas de forma reducida; c) para favorecer el primer empleo de los jóvenes y el empleo de los desempleados de larga duración, los empleadores que los contraten serán exentos de las contribuciones a la seguridad social durante tres años, sin que ello implique una disminución de la protección de los trabajadores.
En relación al diálogo social, se tomaron iniciativas y se concluyeron, con buena fortuna, los dos acuerdos mencionados respecto del empleo, del mercado de trabajo, de la educación, la formación, de la higiene, de la seguridad en el trabajo y de la lucha contra los accidentes de trabajo. Dichos acuerdos fueron suscritos por todas las confederaciones sindicales y patronales que participan en el diálogo social al más alto nivel. Continuaron las negociaciones sobre la organización del trabajo, la productividad y los salarios, y sobre las mejoras de la protección social. El Plan Nacional de Empleo presta mucha atención a las políticas de igualdad de oportunidades y de conciliación entre las actividades profesionales y la vida familiar. Señaló que el Gobierno daría información sobre sus resultados en las próximas memorias.
Respecto de la iniciativa interministerial para promover el empleo a nivel regional y nacional, señaló que la misma corresponde, por una parte, al Plan Nacional de Empleo. Dicho Plan es complementado por planes regionales que adaptan las medidas a las características específicas de las regiones. Si bien Portugal es un país con un territorio pequeño, hay en la actualidad cinco planes regionales y está prevista la aplicación de un sexto plan este año.
Por último, con referencia a los métodos de evaluación de las medidas de política de empleo, de sus resultados y de su seguimiento, observó que la ejecución del Plan Nacional de Empleo es evaluado a nivel comunitario, lo que permite determinar los eventuales problemas en la política de empleo y la recomendación a los Estados de las medidas necesarias para los años siguientes. A nivel nacional señaló que la ejecución del Plan preveía la evaluación cada seis meses por una Comisión permanente de concertación social en la que están representados los interlocutores sociales. Uno de los recientes acuerdos sobre la concertación social comporta dos medidas que refuerzan los mecanismos del Plan: a) el Observatorio tripartito para el Empleo y la formación profesional de composición tripartita que ya existía pasará a depender de la Comisión Permanente de Concertación Social, en donde se negociarán los acuerdos de concertación social reforzando de este modo el papel de la Comisión en la evaluación y el control del Plan Nacional de Empleo; b) se constituirá un Consejo Consultivo Nacional para la formación profesional de composición tripartita que realizará una evaluación global de la formación profesional, de las estructuras que la llevan a cabo y de su seguimiento. Dicha estructura dependerá también de la Comisión Permanente de Concertación Social.
Manifestó su esperanza de que las informaciones que acaba de dar hayan esclarecido los aspectos subrayados por la Comisión de Expertos en relación a la política de empleo. Agregó que al no estar la sala de reuniones dotada de los nuevos medios técnicos de información necesarios, no presentó elementos estadísticos. Dicha actualización estadística figurará en la próxima memoria sobre el Convenio núm. 122. Manifestó quedar a disposición de la Comisión para esclarecer otros aspectos.
Los miembros empleadores agradecieron al representante gubernamental por la información suministrada. Señalaron que el Convenio núm. 122 es un convenio promocional que está más ligado a la política económica y de mercado laboral que a cuestiones jurídicas. Por el bien de la Comisión de Expertos, a modo de introducción los miembros empleadores indicaron que han observado una ligera diferencia entre la situación descrita en el Informe y la información comunicada a la Comisión por el Gobierno. Esperan que esto se aclare en el futuro.
Portugal ratificó el Convenio núm. 122 en 1981 y la Comisión de Expertos realizó observaciones con respecto a la aplicación del Convenio por Portugal en, al menos, seis ocasiones, principalmente en relación al artículo 1 del Convenio cuyo objetivo de pleno empleo debía alcanzarse mediante un crecimiento económico sostenido. Este objetivo sigue siendo válido hoy en día. El Gobierno pareció indicar que se habían realizado algunos progresos en ese ámbito y los miembros empleadores observaron que la Comisión de Expertos había apuntado también a tendencias positivas, tales como el crecimiento en el empleo, el aumento de la participación y una disminución del desempleo para muchas categorías de trabajadores, así como una mejora de la situación general de la economía. Sin embargo, resulta claro que es necesario entender los cambios en la estructura del empleo en términos de lo que constituye el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Estos cambios estructurales comprenden nuevas formas de empleo flexible, una mayor rotación en los trabajos y una tendencia cada vez mayor de jornadas laborables más breves y flexibles. Los miembros empleadores observaron que el trabajo a tiempo parcial y de duración determinada es positivo. Estos tipos de empleo dieron lugar tanto a tasas bajas de desempleo como a una inflación baja, mientras atendían a las necesidades de la fuerza de trabajo teniendo en cuenta el desarrollo de las cualificaciones y las preferencias en cuanto al estilo de vida de los trabajadores.
Como sucede en la mayoría de las economías, el mercado laboral portugués sufre un desequilibrio entre los requisitos de empleos disponibles y las calificaciones de los trabajadores disponibles. El Gobierno señaló que el problema radica en el bajo nivel de educación y formación del país, mientras que los sindicatos centrales indicaron que el problema reside en el subempleo. Ante la ausencia de conclusiones concretas y habida cuenta de la solicitud de la Comisión de Expertos de información complementaria, los miembros empleadores se mostraron perplejos de que la Comisión de Expertos pareciera dar crédito a las opiniones de los sindicatos. De hecho, el Gobierno había indicado que la base de la capacitación general es la producción sesgada hacia una baja productividad y las tecnologías de trabajo con gran intensidad de mano de obra. Está claro que el Gobierno necesita comunicar información complementaria, pero está asimismo claro que el camino de Portugal al pleno empleo, productivo y libremente elegible, implica medidas tales como una reducción de las tasas de interés y de los déficit fiscales, así como incentivos de inversiones para la creación de más industrias con elevados salarios y empleo de jornada completa. El Gobierno ha de desarrollar políticas de inversiones que generen trabajos con salarios más altos y el desarrollo de políticas de capacitación que incluyan la adaptación de los sistemas de formación y de educación, de cara a mayor respuesta de la oferta a las necesidades de capacitación. El Gobierno habló también de mejoras en el sistema educativo y en el desarrollo de un sistema de formación, con titulaciones, pero ha de poder también determinar qué tipo de capacitación se requerirá en el mercado laboral del futuro, dado que es frecuente el desfase entre las necesidades de capacitación y los trabajos disponibles.
En relación con el punto planteado por la Comisión de Expertos en torno al Plan Nacional para el Empleo, los miembros empleadores consideraron que el Gobierno había respondido sólo a algunos puntos, pero no a todos. El Plan apunta a la mejora de los vínculos entre la protección social y las políticas de empleo, el diálogo social, las asociaciones con organizaciones locales de desarrollo y la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres. Los miembros empleadores consideraron que la estrategia del Gobierno carece de medidas de mejora del entorno económico y de la competitividad, a través de políticas fiscales, flexibilidad del mercado laboral y reducción de costos. Por consiguiente, solicitaron al Gobierno que indicara de qué manera se habían tenido en cuenta estos factores.
Con respecto al artículo 1 del Convenio, los miembros empleadores, no obstante, encomendaron al Gobierno por el enfoque multidisciplinar a la hora de la contratación de una muestra representativa de agencias para promover estrategias de empleo a escala nacional y regional. Al volver al artículo 2 del Convenio, los miembros empleadores señalaron que el Gobierno había cambiado sus indicadores estadísticos de los gastos a los resultados reales e indicaron que había sido ésta una acción positiva. Es fundamental la actualización de los datos estadísticos para un ajuste efectivo y oportuno de las políticas del mercado laboral. Para concluir, los miembros empleadores consideraron que el Gobierno se encuentra en el camino correcto. Sin embargo, han de adoptarse aquellas medidas que conduzcan al crecimiento económico, a la creación de trabajos de salarios más elevados y a la mejora del perfeccionamiento de los trabajadores.
Los miembros trabajadores señalaron que es la primera vez que se examina el caso de Portugal ante la Comisión. Observaron, asimismo, que gracias al envío regular de memorias por parte del Gobierno la Comisión de Expertos ha podido comunicar sus observaciones de forma continua desde 1990, permitiendo a la Comisión de la Conferencia observar interesantes evoluciones relativas a la aplicación de este Convenio en Portugal y apreciar los esfuerzos desplegados por el Gobierno en la materia. Este año la Comisión de Expertos resaltó la aplicación de los artículos 1 y 2 del Convenio. Al apreciar los esfuerzos del Gobierno y al tomar nota de la influencia positiva de la dinámica económica, se puede observar que la política activa del empleo se traduce en gran parte en el rápido aumento del número de contratos de duración determinada. No se trata de un fenómeno aislado; las tendencias actuales en el mercado de trabajo apuntan para que el empleo se valore únicamente en función de su utilidad económica inmediata. Este se vio sometido a exigencias de extrema rentabilidad. Los ejemplos son muy conocidos, en particular: los "hamburger-jobs" extendidos a un número de sectores cada vez mayor en los Estados Unidos y en otros lugares el recurso a contratos que son muy flexibles (que en realidad no son contratos) y que se parecen por exigencia de la disponibilidad permanente a una versión moderna de la esclavitud.
En el pasado, esta práctica se justificaba como medida de inserción temporal, principalmente para permitir a los jóvenes desfavorecidos acceder al empleo. En la actualidad, tal y como lo han venido subrayando los miembros trabajadores, los efectos nefastos de esta política no sólo afectan a los jóvenes, sino también a sectores enteros de la población activa. El aumento generalizado de los contratos flexibles cuenta como corolario preocupante el aumento de la precarización del empleo y sobre todo de la condición social de los trabajadores, y a menudo de las trabajadoras involucradas. En efecto, el trabajo precario viene vinculado a ingresos precarios, jornadas laborales no controladas por el trabajador ni su familia, a una cobertura insuficiente de la seguridad social, etc.
El trabajo denominado "flexible" aunque definido mejor como "precario" es un nuevo flagelo de nuestras sociedades. Este lleva a una dualización del mercado de trabajo: por una parte, los trabajadores que ocupan dos puestos de trabajo para poder subsistir, trabajando a veces durante 15 horas o más al día; y por otra parte los trabajadores que tienen empleos estables y bien remunerados. El Director General, en su Memoria presentada a esta Conferencia, se preguntó con razón sobre esta ausencia del trabajo decente. Señala particularmente que "para muchos el trabajo decente es el medio principal para salir de la pobreza". La tendencia hacia la precarización del empleo se opone diametralmente a la aspiración legítima de las personas de salir de la pobreza y alcanzar la dignidad a través del trabajo. Además, es importante medir las repercusiones así como el coste social y económico de esta precariedad. Es evidente que mediante la flexibilidad del empleo recae en toda la sociedad, y sobre todo en los trabajadores, la ausencia de protección social, y esto en nombre de la denominada eficacia económica. Los miembros trabajadores quisieron subrayar, de acuerdo con el Informe General de la Comisión de Expertos, la importancia del debate sobre el Convenio núm. 122, puesto que permite abordar las cuestiones fundamentales y extraer nuevos métodos y políticas en materia de empleo. Este debate debe además permitir a la Comisión observar los efectos nocivos de algunos acontecimientos. De la misma manera que las organizaciones sindicales de Portugal lo hicieron al presentar sus comentarios a la Comisión de Expertos, los miembros trabajadores quisieron subrayar la importante cuestión del aumento de la precarización que les parece, por una parte, opuesta a los términos del artículo 1 del Convenio, que apunta a la promoción del "pleno empleo, productivo y libremente elegido" y, por otra, que no corresponde a los objetivos del trabajo decente tal y como lo concibe y define la OIT en su política actual.
Por consiguiente solicitaron al Gobierno que se les informe, no sólo de las políticas anunciadas en materia de empleo y de formación profesional, sino también de las medidas que piensa adoptar para luchar contra la precarización del empleo en el marco de los acontecimientos actuales del mercado de trabajo y para evaluar la repercusión de las políticas examinadas.
El miembro trabajador de Portugal se refirió a la relación entre la promoción del empleo y la protección social. Consideró que dicha relación era un aspecto muy importante para la Confederación General de Trabajadores de Portugal. Señaló asimismo que el acuerdo tripartito celebrado entre el Gobierno, los empleadores y los sindicatos constituía una evolución positiva para el mercado laboral al establecer estructuras que aumenten la educación y la formación y colma las lagunas existentes. En referencia al Plan Nacional de Empleo revisado para 2001, expresó su beneplácito ante las mejoras referentes a la protección social. Consideró que todos estos acuerdos constituyen avances considerables, pero que existen aún deficiencias frustrantes. Se trata sólo de un primer paso. Subrayó que cuando se habla de empleo la discusión no debe limitarse a las políticas normativas, sino que deben tenerse en cuenta también las cuestiones sociales, como la seguridad en el lugar de trabajo y las condiciones de trabajo, que son determinantes para la vida del trabajador. Desde este punto de vista la situación en Portugal ha empeorado. Uno de cada cuatro trabajadores tiene un empleo precario el cual interesa principalmente a hombres de más de 60 años, a mujeres y a muchos jóvenes. Muchos trabajan en forma clandestina. Además, no hay protección para estos trabajadores. Señaló que el PIB, que es del 2,2 por ciento, es el más bajo de Europa. Ello implica que el crecimiento económico no es suficiente para incrementar el empleo. Agregó finalmente que la CGTP interviene intensamente para luchar por un empleo estable y bien remunerado. Manifestó que seguirán en la lucha.
El miembro trabajador de Francia coincidió con lo manifestado por los trabajadores. Declaró que el Convenio núm. 122 es muy importante para los trabajadores, ya que el ejercicio del trabajo pagado constituye el único medio para el trabajador de asegurar condiciones de existencia dignas para sí mismo y su familia. Indicó que el acuerdo marco concluido entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores de la Unión Europea sobre el trabajo a tiempo parcial, reconoció expresamente que los contratos de duración determinada, a tiempo completo y elegidos libremente, constituyen la forma normal de empleo. A este respecto tomó nota de que el Gobierno portugués reconoció que, tal como lo señaló la CGTP, no sólo los empleos precarios aumentan en relación al empleo de duración indeterminada, sino que dicha precariedad afectaba especialmente a las mujeres, los jóvenes y los trabajadores a tiempo parcial. Dicha situación podría analizarse como una discriminación en el empleo respecto de estas diferentes categorías de trabajadores y de trabajadoras.
Subrayó que Portugal no es un país en el que la tasa de desempleo es particularmente elevada. Más aún, es más bien baja en comparación con otros países de la Unión Europea. Sin embargo la calidad de los empleos y el reconocimiento de las cualificaciones, así como de las competencias, son también componentes importantes de la política de empleo si se quiere motivar a una mano de obra cada vez más calificada pero subutilizada y remunerada de manera insuficiente. Dicha situación no fomenta la mejora de las competencias que necesitan imperativamente la economía y la sociedad portuguesa. No hace más que incitar a los jóvenes, principalmente a los más cualificados, a buscar en otros países un mayor reconocimiento de sus competencias, privando así a Portugal del capital humano indispensable para la obtención del desarrollo. Los gobiernos, así como las organizaciones de empleadores y de trabajadores, firmaron en febrero último un acuerdo tripartito sobre la educación, la formación y el empleo. Se trata de poner en marcha, tal como lo señalara el representante gubernamental portugués, un programa de acción. El miembro trabajador estimó que capacitar a los jóvenes, así como de manera general a todos los trabajadores, es una obra de larga duración que necesita la implantación de los medios correspondientes. El reconocimiento de las calificaciones y de las competencias y la calidad de los empleos son también elementos a tener en cuenta para evaluar una política de empleo. Los servicios de empleo deberían involucrarse plenamente y de manera continua en la política del empleo teniendo en cuenta todos estos elementos, como lo señalara la CGTP.
El Plan Nacional de Empleo de Portugal entra en el marco del proceso llamado "de Luxemburgo", según el cual todos los Estados miembros de la Unión Europea se comprometen a adoptar un plan de acción nacional que tiene, entre otros, el objetivo de armonizar las diferentes políticas de empleo y de intercambiar informaciones sobre prácticas adecuadas. Conviene fomentar y esperar que las intenciones loables del Gobierno serán puestas en obra próximamente. Concluyó subrayando que la mayor parte de los gobiernos de la Unión Europea deben hacer frente a problemas análogos, si no más serios que los enfrentados por Portugal, y que podrían ser objeto del mismo examen por parte de la Comisión.
El representante gubernamental agradeció los comentarios de los miembros trabajadores y empleadores. Señaló que quería realizar tres observaciones. Primeramente confirmó que su Gobierno enviaría las informaciones solicitadas en los plazos correspondientes. En segundo lugar, en lo que respecta a las observaciones de los empleadores, manifestó que su Gobierno era consciente de que la política económica constituía una condición esencial para el empleo sostenido. Manifestó que en su intervención anterior se limitó a hacer referencia a los aspectos señalados por la Comisión de Expertos, y que no entró en el tema de la política económica portuguesa, ya que consideró que no era oportuno tratarlo en esta discusión. En lo que respecta a la precariedad, consideró que se trataba de un tema importante. Sin embargo, consideró que sólo debía responder a las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos, y que la misma no había hecho referencia alguna a la precariedad. Consideró que la Comisión no compartió las críticas presentadas por la Confederación General de Trabajadores Portugueses sobre el tema. Respecto de la presentación de cifras y estadísticas, señaló que las mismas no debían ser presentadas en esta oportunidad.
En cuanto a los trabajadores y las relaciones de trabajo, estimó que era necesario realizar un examen crítico de la diferencia entre los contratos de duración determinada y contratos a tiempo parcial. Señaló que estos últimos no son necesariamente precarios. Añadió que se debía tener en cuenta la diferencia entre los hechos y el derecho. Así, el derecho portugués contempla los contratos de corta y larga duración. Ello está en conformidad con las directivas de la Unión Europea y con las normas de la OIT. En lo que respecta a los contratos de duración determinada, la legislación portuguesa incluye las tres formas de protección previstas por la Recomendación sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 166). Reconoció que en los hechos existen abusos y que, de acuerdo al análisis realizado por el Gobierno y los interlocutores sociales, se trataba de uno de los aspectos que necesita de la promoción de la calidad del empleo. Para ello debe reforzarse el control del uso abusivo e ilegal de los contratos de duración determinada. Se deben continuar los esfuerzos para que los hechos concuerden con el derecho.
Reiteró que los contratos a tiempo parcial no son necesariamente precarios. Son libremente concluidos entre la personas de acuerdo a la situación económica del momento. Manifestó su desacuerdo con lo expresado por la CGTP de que las personas aceptan cualquier tipo de condiciones de trabajo para evitar el desempleo. No negó que ello pudiera existir en algunos casos, pero agregó que los contratos en forma parcial están de acuerdo con la ley y con las directivas europeas, aunque en Portugal no sean muy utilizados y aunque el país tenga los niveles más bajos por empleo parcial de Europa. Declaró que a nivel comunitario existen acuerdos marco sobre los contratos de trabajo de duración determinada y sobre los contratos a tiempo parcial, y que el sistema portugués de trabajo concuerda con dicho sistema. Finalizó señalando que Portugal enviará información detallada en tiempo oportuno.
Los miembros trabajadores dieron las gracias al representante gubernamental e insistieron al Gobierno para que éste les informe de las medidas adoptadas para evaluar las tendencias hacia la precarización del empleo y de las medidas que piensa adoptar para subsanar esta tendencia nefasta en el mercado de trabajo.
Los miembros empleadores agradecieron al representante gubernamental por las declaraciones con las que cerró la reunión que pusieron de manifiesto que el Convenio núm. 122 está vinculado a la economía y no a las normas jurídicas. Señalaron que, cuando la OIT adoptó este instrumento en 1964, la economía mundial estaba todavía por llegar. Desde entonces, se ha contado con niveles inadmisibles de desempleo y subempleo en los mercados de trabajo de todas las regiones. Estos problemas surgieron frente a los rápidos cambios tecnológicos y a una creciente integración de la economía mundial. Como consecuencia, la estructura del trabajo ha cambiado y las calificaciones laborales requeridas ya no son las mismas en la vida de un trabajador. Esta nueva estructura ha conducido a una mayor rotación, a una jornada laboral reducida, a una jornada laboral flexible y a contratos a corto plazo. La Comisión de Expertos calificó esta cuestión como "empleo precario". Sin embargo, los miembros empleadores piensan que se trata de un cambio positivo, opinión que se opone a la de los miembros trabajadores. No obstante, habida cuenta que las palabras el "empleo precario" se concibieron como una expresión negativa, los miembros empleadores pidieron que no se utilizara en las conclusiones de la Comisión.
La Comisión tomó nota de las informaciones orales comunicadas por el representante gubernamental y del debate que tuvo lugar a continuación. La Comisión pidió al Gobierno que continúe realizando esfuerzos en concertación con los interlocutores sociales para mejorar el nivel general de la formación relativa al empleo y adecuar la relación entre las capacidades de los trabajadores y los empleos ofrecidos. También tomó nota de las informaciones ofrecidas sobre los cambios en la estructura del mercado del empleo y de las medidas tomadas para estimular el empleo, y para mejorar la calidad de ciertas categorías de contratos. La Comisión pidió al Gobierno que comunicara una memoria detallada que pueda ser examinada en la próxima reunión de la Comisión de Expertos para facilitar la evolución de la situación.