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Caso individual (CAS) - Discusión: 2015, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Italia (Ratificación : 1971)

Otros comentarios sobre C122

Caso individual
  1. 2015
  2. 2007
  3. 1991

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 2015-Italy-C122-Es

El Gobierno ha comunicado la siguiente información por escrito.

De acuerdo con los datos más recientes del Instituto Nacional de Estadísticas (ISTAT) (junio de 2015), se ha observado un aumento en la tasa de empleo entre abril y marzo de 2015. En abril, las cifras del empleo aumentaron un 0,7 por ciento (aumentó el número de empleados en relación con el mes anterior). Esto significó un retroceso a los niveles de empleo de 2012 y situó la tasa de empleo en 56,1 por ciento. La tasa de desempleo descendió a un 12,4 por ciento. Según datos del ISTAT, la tasa de desempleo entre jóvenes de entre 15 y 24 años que buscan empleo activamente descendió a un 40,9 por ciento. Por su parte, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) también proporcionó datos estimativos sobre el desempleo en Italia, saludó la Ley de Trabajo y previó una caída en la tasa de desempleo en 2016.

Principales indicadores del mercado laboral por género, área geográfica y edad (2012, 2013, 2014)

 

2012

2013

2014

Tasa empleo

Tasa desempleo

Tasa de actividad

 

Tasa empleo

Tasa desempleo

Tasa de actividad

 

Tasa empleo

Tasa desempleo

Tasa de actividad

Género

Masc.

53,4

9,8

59,2

51,9

11,5

58,6

51,7

11,9

58,7

Fem.

35,0

11,8

39,7

34,5

13,1

39,7

34,6

13,8

40,1

Area

NO

48,7

8,0

52,9

48,3

8,9

53,0

48,2

9,3

53,1

NE

50,7

6,6

54,3

49,6

7,7

53,7

49,7

7,7

53,9

Centro

46,6

9,4

51,4

45,9

10,7

51,4

46,4

11,4

52,3

Sur

34,7

17,1

41,9

33,2

19,7

41,3

32,8

20,7

41,3

Edad

15-24

18,5

35,3

28,6

16,3

40,0

27,1

15,6

42,7

27,1

25-29

57,3

18,1

69,9

52,7

22,2

67,7

51,7

23,6

67,6

15-29

32,3

25,4

43,3

29,1

29,8

41,5

28,3

31,6

41,5

30-44

72,5

9,7

52,9

70,8

11,1

79,6

70,2

11,7

79,5

45-54

72,0

6,7

77,1

70,9

8,0

77,0

70,3

8,4

76,7

55 o más

17,3

4,9

18,2

18,2

5,3

19,2

19,5

5,0

20,5

15-64

56,6

10,8

63,5

55,5

12,3

63,4

55,7

12,9

63,9

Total

43,9

10,7

49,1

42,9

12,1

48,8

42,8

12,7

49,1

Fuente: ISTAT, RCFL media anual.

 

Tasa de desempleo por región geográfica y edad (2012 y 2014)

 

2012

2014

15-24

25-29

15-29

15 o más

15-26

25-31

15-31

15 o más

Piemonte

32,1

12,6

20,9

9,2

42,2

19,8

29,3

11,3

Valle d’Aosta

25,6

6,0

14,2

7,1

34,9

14,4

22,7

8,9

Lombardia

26,5

10,9

17,2

7,4

31,2

12,8

20,3

8,2

Liguria

30,2

13,5

20,7

8,1

45,0

24,8

32,9

10,8

Total Noroeste

28,4

11,5

18,5

8,0

35,5

15,7

23,8

9,3

Trentino alto Adige

15,1

7,3

11,1

5,1

18,4

8,9

13,4

5,7

Veneto

23,3

8,8

15,0

6,4

27,6

10,9

18,0

7,5

Friuli Venezia Giulia

29,7

11,1

18,1

6,7

27,1

19,2

22,4

8,0

Emilia Romagna

26,7

11,2

17,5

7,0

34,9

15,7

23,7

8,3

Total Noreste

24,0

9,8

15,8

6,6

29,0

13,2

19,9

7,7

Tuscant

29,4

13,1

19,9

7,8

35,7

18,8

25,9

10,1

Umbria

34,6

15,9

23,8

9,5

42,5

21,6

30,0

11,3

Marche

28,6

16,5

21,4

9,1

36,4

15,0

23,4

10,1

Lazio

40,0

20,9

28,4

10,6

49,0

25,4

34,2

12,5

Total Centro

34,7

17,6

24,5

9,4

42,4

21,8

29,9

11,4

Abruzzo

34,0

17,7

24,9

10,8

47,4

22,0

31,6

12,6

Molise

41,5

27,8

33,5

12,0

49,3

35,3

40,9

15,2

Campania

48,4

33,1

40,3

19,2

56,0

38,2

46,4

21,7

Puglia

41,6

25,3

32,6

15,7

58,1

34,1

44,9

21,5

Basilicata

49,9

27,4

36,9

14,5

46,6

31,3

37,5

14,7

Calabria

53,9

30,9

40,8

19,4

59,7

45,8

51,9

23,4

Sicily

51,2

33,3

41,7

18,4

57,0

42,5

49,2

22,2

Sardinia

47,5

28,0

36,5

15,4

50,0

39,8

44,3

18,6

Total Sur y las islas

47,1

29,5

37,5

17,1

55,9

37,8

45,9

20,7

Total Italia

35,3

18,1

25,4

10,7

42,7

23,6

31,6

12,7

Fuente: ISTAT, RCFL media anual.

 

En cuanto a las reformas laborales, durante los últimos años, Italia introdujo importantes reformas en el mercado laboral (la llamada Reforma Fornero en 2012, el Plan para la Juventud en 2013 y la Ley de Trabajo en 2014). Todas estas reformas tienen por objetivo reducir la elevada tasa de desempleo, especialmente entre los jóvenes, mediante una revisión estructural de los servicios públicos de empleo y una simplificación de los tipos de contratos laborales. La Reforma Fornero (ley núm. 92/2012) estableció varias medidas de protección en relación con las condiciones laborales de las mujeres y los jóvenes, y reinstituyó los programas de aprendizaje y formación profesional. El Plan para la Juventud (decreto núm. 34/2013, luego convertido en la ley núm. 99/2013) es un complemento de una reforma anterior, de conformidad con la Estrategia Europa 2020. Introduce una serie de medidas destinadas a reducir la brecha entre la demanda y la oferta en el mercado laboral, y a abordar el desempleo juvenil mediante la aplicación del Programa Europeo de Garantías para los Jóvenes e incentivos económicos para los empleadores que los contratan. Asimismo, la ley núm. 147/2013 estableció el Fondo para Políticas Activas con el fin de aumentar la capacidad de las personas para conseguir trabajo y reincorporarse al mercado laboral. La última medida ha sido la reforma de las leyes laborales (núm. 78/2014 y núm. 183/2014), que, junto con disposiciones ulteriores, incluirán: la reforma del sistema del servicio público de empleo y el establecimiento de un organismo nacional de empleo; una revisión del sistema de amortiguadores de la crisis y disposiciones sobre el despido de trabajadores; la simplificación de los tipos de contratos (véase más abajo la reforma del contrato de aprendizaje); y la creación de oportunidades para aumentar el equilibrio entre vida personal y trabajo, especialmente para las mujeres. Dos de estas reformas han sido aplicadas recientemente mediante los decretos legislativos núm. 22/2015 y núm. 23/2015, y las otras se adoptarán pronto, con arreglo al calendario legislativo. Merece especial atención el «contrato de reemplazo» (artículo 17 del decreto legislativo núm. 22/2015). Este permite que, tras una «preselección» realizada por el servicio público de empleo, las personas desempleadas reciban una prima en función de las condiciones específicas de la persona en relación con su capacidad para conseguir empleo, firmando un contrato de reemplazo con servicios de empleo públicos o privados. Gracias a este acuerdo, las personas desempleadas reciben mejores servicios, lo que les permite reintegrarse al mercado laboral con mayor facilidad. La financiación del contrato proviene del Fondo para Políticas Laborales Activas, de conformidad con el artículo 17 del decreto legislativo núm. 22/2015. Con respecto a la creación de una Agencia Nacional de Empleo, el objetivo de la reforma es mejorar la coordinación entre los servicios del mercado de trabajo en todo el territorio nacional, aplicar las Políticas activas del mercado laboral (PAML) y crear una red más fuerte entre todos los órganos competentes en el ámbito del mercado de trabajo. La ley núm. 183/2014 establece la participación de todos los interlocutores sociales en la definición de las políticas generales de la Agencia. Italia también ha adoptado varias medidas (ley núm. 92/2012, artículo 4, 11)) para mejorar la empleabilidad de las mujeres introduciendo incentivos para contratar mujeres sin empleo (especialmente las mujeres desempleadas de larga duración o las mujeres que viven en áreas con una tasa elevada de desempleo). Recientemente, un decreto ministerial adoptado en diciembre de 2014 estableció una lista de sectores económicos y profesiones para el 2015, basándose en los datos del ISTAT, que presentan una tasa elevada de disparidades entre hombres y mujeres (más del 25 por ciento), a fin de conceder incentivos (en el sector privado), de conformidad con la ley núm. 92/2012. Las principales disparidades en el empleo se dan en la industria (en particular en la construcción, la minería, la gestión de residuos, la energía y la manufactura), los servicios (transportes y almacenamiento, tecnologías de la información), así como en las siguientes ocupaciones: el ejército, el trabajo artesanal, la agricultura, las profesiones técnicas, los ingenieros y los empresarios. La Ley de Estabilidad de 2015 (ley núm. 190/2014) también establece el llamado «cheque-bebé» (80 euros al mes) para las familias con bajos ingresos por cada niño menor de tres años. Finalmente, a fin de abordar las disparidades regionales, los fondos estructurales se están utilizando de forma más racional (Plan de Acción-Cohesión).

Respecto del Empleo de jóvenes, el decreto ley núm. 104/2013 introdujo nuevos instrumentos para reforzar la orientación profesional en la escuela secundaria y un programa piloto (a través de contratos de aprendizaje) para estudiantes en los dos últimos cursos de la escuela secundaria. El Programa de garantía juvenil se lanzó el año pasado (1.º de mayo de 2014) y, hasta ahora (4 de junio de 2015), 604 854 jóvenes se han acogido a este programa, con un fondo de 1 500 millones de euros. La proporción por sexo de las personas registradas es la siguiente: 51 por ciento de hombres y 49 por ciento de mujeres. Alrededor del 8 por ciento de los jóvenes registrados tienen entre 15 y 18 años, el 53 por ciento entre 19 y 24 años y el 39 por ciento más de 25 años. 329 656 de los jóvenes registrados han suscrito el «pacto de servicios» y se les ha establecido un perfil (168 009 hombres y 161 647 mujeres). Este programa constituye para nosotros una nueva forma de coordinar y gestionar los servicios del mercado de trabajo, de crear un sistema competitivo/cooperativo entre los servicios de empleo privados y públicos, teniendo en cuenta las reformas estructurales que estamos afrontando en este ámbito con la ley de delegación núm. 183/2014 (Ley de Trabajo). El Ministerio de Trabajo y Política Social ha desarrollado varios enfoques y medidas para abordar el empleo juvenil, junto con las regiones. Se ha creado un sitio web para el Programa de garantía juvenil (www.garanziagiovani.it). Se ha desarrollado una «metodología de análisis de perfiles» de los jóvenes para colocarlos en un grupo específico y dirigirlos hacia medidas específicas y adaptadas (como la formación profesional, programas y contratos de aprendizaje, la administración pública, el empleo por cuenta propia, incentivos laborales para los empleadores). Los planes de activación regionales contienen una programación específica de los recursos financieros y estrategias activas para los jóvenes, incluidas medidas futuras y actualmente en curso financiadas por el Fondo Social Europeo y con recursos nacionales/regionales. La Red EURES (EURopean Employment Services) es otra herramienta importante para reforzar el empleo juvenil, diseñada para facilitar el libre movimiento de trabajadores dentro del Espacio Económico Europeo. Entre los socios de la red se incluyen servicios de empleo público, sindicatos y organizaciones de empleadores. Los principales objetivos de EURES son informar, guiar y ofrecer consejo a los trabajadores móviles potenciales sobre oportunidades de empleo, así como sobre las condiciones de vida y trabajo en el Espacio Económico Europeo, y ayudar a los empleadores que desean contratar a trabajadores de otros países. En el Programa Europeo de Empleo e Innovación Social (EaSI), debería incluirse una referencia al proyecto «Tu primer trabajo EURES», que apoya la experiencia laboral en el extranjero para los jóvenes de entre 18 y 35 años (incluyendo programas y contratos de aprendizaje y entrevistas de trabajo). De conformidad con la Estrategia Europa 2020, el programa «Welfare-to-work» se ha implementado en 2012-2014, incluyendo los planes de la Política activa del mercado de trabajo para el empleo juvenil, los trabajadores mayores de 50 años, la mujeres y los desempleados, gestionados por las regiones y provincias.

En cuanto a las políticas de educación y formación, conviene destacar que las líneas generales del Sistema Nacional para la Certificación de Competencias se establecieron en virtud del decreto legislativo núm. 13/2013. Como condición previa para el acceso al Fondo Social Europeo para el período 2014-2020, y en cumplimiento de la recomendación específica del país de 8 de julio de 2014 (punto 6), Italia se compromete a seguir aplicando el Repertorio Nacional, con el objetivo de establecer una única referencia para el reconocimiento y la normalización a nivel nacional de las calificaciones regionales. Este compromiso condujo a la adopción de un acuerdo en la Conferencia Estado-Regiones, en enero de 2015, que prevé un sistema de referencias operativas para la certificación de calificaciones profesionales regionales, mediante la facilitación del Marco de Referencia Nacional de calificaciones regionales y el establecimiento de normas mínimas para la validación y certificación de las competencias. Este acuerdo se ha reflejado en un decreto interministerial emitido por los Ministerios de Trabajo y de Educación. La piedra angular del sistema es la implantación del Marco Nacional de Calificaciones Regionales, que sirve para organizar, añadir y acordar el reconocimiento a escala nacional de más de 2 600 competencias profesionales regionales. El sistema se basa en la expansión de clasificaciones estadísticas (clasificaciones de actividades económicas y de empleos) que conllevan un análisis de la situación del mercado de trabajo y de las ocupaciones. El enfoque descriptivo adoptado por el sistema permitirá extensiones progresivas (formación profesional, el sistema educativo, diplomas universitarios, calificaciones profesionales, perfiles de aprendizaje), así como actualizaciones dinámicas. El Repertorio también es un instrumento útil para los sistemas de información sobre el empleo, ya que conducirá a una adaptación más específica y oportuna de los servicios del mercado de trabajo. También contribuye a la elaboración de medidas de políticas activas individualizadas y al fortalecimiento de la formación permanente y de la movilidad geográfica y sectorial. El amplio uso de calificaciones estadísticas proporciona una base para mejorar la interoperabilidad plena y sistemática de todas estas medidas con los sistemas de información sobre el empleo de otros Estados miembros de la Unión Europea, los países de la OCDE y la red EURES. Además, en el marco del Programa de Garantías para los Jóvenes, se ha establecido un grupo de trabajo interinstitucional dentro del Ministerio de Trabajo sobre la validación y certificación de las competencias adquiridas en contextos no formales, como el servicio cívico nacional. Con el fin de incrementar el empleo juvenil, a través de la Ley de Reforma de los Empleos, el Gobierno también pretende centrarse en medidas relacionadas con el aprendizaje en el trabajo, en particular por medio de contratos de aprendizaje. Más en general, el objetivo es potenciar la utilización de dichos contratos mediante la redefinición de: la formación impartida tanto dentro como fuera de las empresas; el contenido de la formación y las obligaciones de los empleadores; los criterios generales de aprendizaje en las escuelas técnicas y profesionales, haciendo particular referencia al número de horas de enseñanza durante el aprendizaje. Se adoptará un decreto legislativo específico con miras a racionalizar los incentivos para el empleo, incluido el aprendizaje. En 2013 también se introdujo una reforma en el ámbito de la educación para adultos para reorganizar los centros de educación para adultos, que en la actualidad forman parte del sistema educativo italiano, y pueden emitir certificados y atribuir calificaciones (reglamento núm. 263/2012). En el ámbito de la educación y la formación profesional, se han definido normas nacionales para 22 calificaciones (tres años) y 21 diplomas (cuatro años), descritos en términos de competencias, en consonancia con las disposiciones del Marco Europeo de Calificaciones. En los últimos años, se ha puesto énfasis en mejorar la educación universitaria y la educación y formación técnica superior, con miras a crear una oferta de formación que se adapte mejor a los requisitos en continua evolución del mercado de trabajo.

Respecto de las cooperativas, en 2014, el Ministerio de Desarrollo Económico adoptó algunas medidas para promover el empleo a través de cooperativas. En particular, el decreto ministerial de 4 de diciembre de 2014 estableció un nuevo incentivo o fondo para promover el establecimiento y desarrollo de pequeñas y medianas cooperativas. El fondo puede utilizarse para financiar las cooperativas creadas por trabajadores provenientes de empresas en crisis, las cooperativas para dirigir empresas confiscadas por grupos delictivos organizados, o la renovación de cooperativas en el sur de Italia.

 

Última actualización: 26 de mayo de 2015

Categoría

Número de cooperativas

AOtros tipos de cooperativas

8 960

Bancos de crédito cooperativos

394

Consorcios agrícolas

57

Federaciones/consorcios operativos

304

Uniones de crédito y seguros cooperativos

478

Cooperativas pesqueras

1 326

Cooperativas de producción agrícola y de cultivos

5 568

Cooperativas de consumidores

1 381

Cooperativas de minoristas

156

Cooperativas de agricultores

3 875

Cooperativas de trabajadores/productores

51 108

Cooperativas de transporte

2 155

Cooperativas de viviendas

10 585

Cooperativas sociales

21 650

Sociedades de ayuda mutua

222

Ninguna categoría

1 539

Total

109 758

Con «mutualidad prevalente»

101 739

Sin «mutualidad prevalente»

5 313

 

Región

Número de cooperativas

Abruzzo

2 195

Basilicata

1 775

Calabria

3 849

Campania

11 612

Emilia Romagna

8 877

Friuli-Venezia Giulia

1 145

Lazio

16 226

Liguria

2 049

Lombardia

13 370

Marche

2 784

Molise

628

Piemonte

4 810

 

Puglia

9 138

Cerdeña

4 119

Sicilia

14 504

Toscana

4 227

Trentino-alto adige

1 984

Umbria

1 225

Valle d’Aosta

299

Véneto

4 942

Total

109 758

 

El número total de cooperativas ha aumentado considerablemente en los últimos 15 años. En 2013, por ejemplo, Italia tenía 106 970 cooperativas. También han aumentado las cooperativas que propician el empleo (cooperativas de trabajadores/productores, cooperativas de transporte, cooperativas pesqueras, el 70 por ciento de las cooperativas sociales): el 45 por ciento en 2008, y más del 65 por ciento en 2015

Además, ante la Comisión, un representante gubernamental se refirió a la información proporcionada en la declaración escrita del Gobierno tal como está reproducida en el documento D.11. Señaló además, que durante los últimos cinco años Italia ha enfrentado una crisis económica severa que llevó a un aumento de la tasa de desempleo de hasta el 12,7 por ciento en 2014. Los jóvenes trabajadores han sido los más afectados por la crisis: en 2014 la tasa de desempleo de los trabajadores de entre 15 y 24 años fue de 42,7 por ciento y el porcentaje de jóvenes que ni trabajaban ni estudiaban fue de 22,1 por ciento. El Gobierno se refirió también a la reforma «Fornero» del mercado de trabajo que incluye: la reforma del sistema de protección laboral que tiene el objeto de reducir la segmentación del mercado de trabajo; la reforma del sistema de seguro de desempleo cuya cobertura y coherencia se han visto incrementadas; la introducción de medidas que faciliten la transición entre el estudio y el trabajo; los incentivos para el empleo de los trabajadores mayores y para las mujeres en las áreas con altas tasas de desempleo femenino o en los sectores que se caracterizan por la brecha de género. Además, la reforma Fornero introdujo un sistema permanente de control con la participación de los interlocutores sociales y de todas las instituciones concernidas en la implementación de la reforma y en la colecta y tratamiento de datos estadísticos. La estrategia para el empleo de los jóvenes prevé un paquete de medidas entre las que se incluye un incentivo al empleo, recursos para el apoyo financiero de la experiencia laboral e incentivos para el trabajo por cuenta propia y el desarrollo empresarial. Por su parte, los programas de garantías para jóvenes representan un desafío importante y una oportunidad para poner a prueba el nuevo enfoque de suministro de servicios de empleo y políticas activas del mercado de trabajo, a través de la creación de un sistema competitivo y cooperativo entre los servicios públicos de empleo y las agencias privadas; el desarrollo de una «metodología de creación de perfiles» a fin de suministrar a los jóvenes posibilidades de colocación más específicas y apropiadas; la introducción de costos estándares a nivel nacional y el pago basado en los resultados a los operadores del mercado de trabajo». La «Jobs Act» de 2014 fue la más ambiciosa de las tres reformas y le dio al Gobierno la posibilidad de reformar numerosos aspectos de la legislación sobre el mercado del trabajo, incluida la creación de la Agencia Nacional de Empleo. A este respecto, nueva legislación se ha adoptado ya o se está por adoptar próximamente. La ley núm. 190 de 2014 establece una reducción en el pago de las contribuciones durante tres años para los contratos de duración indefinida con el objetivo de alentar una recuperación basada en el empleo intensivo que se caracterice por empleos más estables. Los datos estadísticos muestran mejoras en los principales indicadores del empleo como consecuencia de la adopción de estas reformas. El número de trabajadores empleados aumentó en 0,7 por ciento entre abril y marzo de 2015. La tasa de empleo es del 56,1 por ciento mientras que la tasa de desempleo cayó 12,4 por ciento. Durante los primeros tres meses de 2015, el número de nuevos contratos de empleo aumentó un 3,8 por ciento: el número de nuevos contratos por tiempo indefinido aumentó 24,6 por ciento en comparación con el mismo período en 2014. En cuanto al empleo juvenil, los últimos datos muestran que en marzo de 2015 hubo un aumento del 5,7 por ciento en el número de los trabajadores de entre 15 y 24 años que han sido empleados. La tasa de desempleo actual de los jóvenes es de 40,9 por ciento lo que implica una reducción de 2,4 por ciento en comparación con abril de 2014. «Con respecto a la educación y las políticas de formación, el representante gubernamental indicó que, de acuerdo con el Sistema Nacional de Certificación de Competencias, se está implementando un Directorio de calificaciones. Señaló asimismo que la reforma formulada por la «Jobs Act» se centra en el aprendizaje en el lugar de trabajo, en particular a través de la reforma de los contratos de aprendizaje. Con respecto a los datos relativos a las cooperativas, su número ha aumentado en los últimos 15 años, incluyendo la creación de cooperativas que han tenido un impacto positivo en el empleo. Por último, el Gobierno destacó la importancia que se le da a la cuestión del sistema de monitoreo y a la capacidad de la administración pública de aprender de la experiencia, a través del ajuste continuo de las medidas y los servicios.»

Los miembros empleadores señalaron que la Comisión de Expertos ha formulado 16 observaciones sobre la aplicación del Convenio desde 1990. Esta es la primera vez que la Comisión ha podido examinar el caso sobre la base de los progresos significativos logrados por el Gobierno. Citando el artículo 1 del Convenio que establece que todo Miembro deberá formular y llevar a cabo una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido, recordaron que los principales problemas en cuanto a la situación del empleo en Italia tienen relación con las desigualdades regionales y de género, la tasa excesivamente elevada de desempleo juvenil, así como el alto nivel de trabajo no declarado. Estos problemas tienen causas estructurales y persisten independientemente de la situación económica imperante, lo cual también se refleja en los comentarios de la Comisión de Expertos de los últimos 25 años. La profunda crisis económica del 2008 que ha afectado a todos los países europeos, ha planteado desafíos especialmente duros para la economía y la situación del empleo. Aunque las instituciones del mercado de trabajo no hayan causado la crisis, sus deficiencias e ineficiencias, incluyendo una burocracia excesiva, han contribuido a agravar la crisis y por consiguiente han obstaculizado tanto la generación de empleo como la recuperación económica. Además, los tribunales del trabajo son ineficientes y tardan varios años en decidir sobre conflictos legales, lo que ha disuadido a los empleadores de ofrecer contratos indefinidos a los trabajadores. Se han observado las mismas deficiencias en los servicios públicos de empleo que no han podido desempeñar plenamente su función en la política activa del mercado de trabajo. Asimismo, el sistema de formación y orientación profesional no ha sido capaz de integrar plenamente a los jóvenes en el mercado de trabajo. A fin de hacer frente a estos problemas, el Gobierno emprendió reformas estructurales completas de las instituciones que son pertinentes para el empleo y el mercado de trabajo, con miras a hacerlas más eficientes y propicias a la creación de empleo. La reforma Fornero del mercado de trabajo de 2012, el Plan Juvenil de 2013 y la «Jobs Act» de 2014 siguieron exactamente el enfoque integral requerido. Esta última, en particular, establece una regulación del mercado de trabajo más favorable al empleo, dando lugar a la creación de una nueva forma de contratos de trabajo de duración indeterminada con una mejor protección de los derechos. Esta medida fue acompañada por una reforma del sistema de aprendizaje y educación profesional basado en el trabajo, que fue primordial para aumentar el empleo de los jóvenes. El sistema de empleo público también fue reformado, y se introdujeron medidas encaminadas a conciliar la vida familiar y laboral, con el fin de promover la integración de las mujeres en el mercado de trabajo. Los miembros empleadores subrayaron que las reformas estructurales siempre requieren tiempo para que sus efectos positivos sean visibles. Ya se han observado los primeros efectos positivos, tales como el incremento del empleo, incluido el empleo de los jóvenes. Además, el empleo de las mujeres está creciendo con más rapidez que el empleo de los hombres. Más importante aún, el número de contratos de trabajo indefinidos ha incrementado de forma considerable desde la adopción de la «Jobs Act». En cuanto al artículo 3 del Convenio que prevé que las experiencias y opiniones en relación con la política de empleo de los representantes de las personas afectadas por las medidas se tengan plenamente en cuenta, en particular las de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, los miembros empleadores observaron que, durante algunos años, el Gobierno ha examinado las medidas propuestas conjuntamente con los interlocutores sociales. Sin embargo, cuando la situación del empleo se deterioró enormemente, el Gobierno asumió debidamente su responsabilidad, y propuso un proyecto de legislación que está en consonancia con las recomendaciones del Consejo Europeo en el marco del semestre europeo. Durante las deliberaciones en el Parlamento se celebraron consultas con los interlocutores sociales, quienes expresaron sus opiniones sobre el paquete de reformas, adoptado posteriormente por el Parlamento. Están preparándose las medidas de aplicación de la reforma, que están siendo objeto de consultas con los interlocutores sociales. A este respecto, los miembros empleadores confiaron en que los detractores de la modernización del mercado del trabajo dejen de adoptar una actitud negativa y en que los dos interlocutores sociales participen de una manera proactiva en las consultas. Como conclusión, los miembros empleadores encomiaron las amplias reformas estructurales del Gobierno ya que contribuyen a los objetivos del Convenio y reflejan el espíritu de la Declaración de Oslo de 2008, que invitan a fomentar el trabajo decente y la creación de empleo a través de un entorno propicio para las empresas, y de estrategias apropiadas para aumentar la competitividad y el desarrollo sostenible. Las diferencias en cuanto al empleo en las regiones, así como la brecha de género en lo que respecta al empleo, necesitarán bastante tiempo para ser resueltas. No obstante, reiteraron que, el enfoque integral mostraba los primeros efectos positivos y que el Gobierno debería proseguir su trayectoria de reformas.

Los miembros trabajadores recordaron la importancia del objetivo del pleno empleo, productivo y libremente elegido, basado en la consulta con los interlocutores sociales, así como la importancia de otros documentos esenciales sobre los que hay consenso como la Agenda sobre el trabajo decente, la Declaración sobre la Justicia Social de 2008, el Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144), el Pacto Mundial para el Empleo de 2009 y la resolución de la Conferencia Internacional del Trabajo de 2010 relativa a la discusión recurrente sobre el empleo, sin olvidar la Declaración de Oslo de 2008. El Convenio núm. 122 no se limita a plantear un marco, sino que requiere iniciativas por parte del Gobierno, y la Comisión de Expertos tiene la facultad de analizar si las medidas adoptadas tendrán un impacto en el empleo compatible con los objetivos del Convenio. Recordando las conclusiones adoptadas en 2013, durante el examen anterior de este caso, así como los consiguientes comentarios de la Comisión de Expertos, los miembros trabajadores consideraron que el problema de este caso es ahora diferente, ya que los datos han cambiado desde que el Gobierno italiano publicó una serie de leyes y de decretos-ley para reducir el desempleo. En este sentido, la «Jobs Act» adoptada en 2014, sin una auténtica consulta con los interlocutores sociales para facilitar el aumento de la tasa de empleo, constituye la tercera reforma del mercado de trabajo en tres años sin que se hayan evaluado necesariamente los efectos de las anteriores. Sin embargo, informar no quiere decir consultar en el sentido del Convenio, que exige consultas oportunas, que permitan intercambiar opiniones, llegar a compromisos y discutir las enmiendas. El derecho laboral no está al servicio del mercado, tal como lo establece la Declaración de Filadelfia. Sin embargo, la última reforma constituye una liberalización total del contrato de duración determinada, puesto que se puede prolongar hasta un período de 36 meses; introduce el concepto de «retrogradación» autorizando la asignación a los trabajadores de tareas de un nivel inferior a aquel para el que fueron contratados; autoriza los contratos de tiempo parcial con una mayor elasticidad en los horarios de trabajo, o el trabajo ocasional para cualquier tipo de tarea, o, en cuanto al aprendizaje, anula la remuneración durante las horas de formación; y por último establece un «contrato de protección creciente» que preocupa a los sindicatos. A falta de consulta, en la que se hubiera podido aclarar dudas y llegar a ajustes, los trabajadores se encuentran ante el hecho consumado de una legislación laboral malograda; puesto que el Gobierno ha convertido el trabajo, el salario, la protección social en el sentido amplio, en un simple factor de ortodoxia presupuestaria, contrariamente a lo que establece la Declaración de Filadelfia sobre la que se funda el Convenio. Las últimas cifras presentadas no representan ninguna sorpresa ya que el empleo en el país tiene un fuerte componente estacional, lo cual se refleja en la importante utilización de contratos de duración determinada. También hay que relacionar estas cifras con el hecho de que las empresas disfrutan de subvenciones durante tres años. Sin embargo cabe preguntarse sobre la perennidad de estas ayudas transitorias al empleo. Existe un gran riesgo de menoscabar la cohesión de un país que ya presenta grandes desequilibrios económicos y sociales entre sus diferentes regiones y una tasa elevada de mujeres desempleadas. Aunque el Gobierno tiene grandes esperanzas en la garantía juvenil de la Unión Europea (UE), ésta dispone de medios limitados y no bastará para solucionar el problema de tantos jóvenes, a los que también hay que ofrecer una transición de calidad entre la escuela y el trabajo. Para concluir, los miembros trabajadores declararon compartir las preocupaciones de los trabajadores italianos que temen que la precariedad actual se recrudezca y la pobreza crezca también dentro del mundo del trabajo. La salida a esta crisis pasa por la creación de empleos de calidad, esforzándose en la formación de los trabajadores.

La miembro empleadora de Italia señaló que la situación era distinta de la que existía cuando se adoptó el Convenio en 1964. Las economías globalizadas, los cambios tecnológicos y demográficos, la variación en el modo de producción así como las nuevas necesidades de los trabajadores y de las empresas han transformado el mercado laboral. Sin embargo, los objetivos del Convenio mantienen su valor y deben ser perseguidos ya que una política de mercado activa que promueva el crecimiento, el empleo, el desarrollo y la cohesión social se necesitaban más que nunca. Los gobiernos y los interlocutores sociales deberían comprometerse a adoptar reformas con miras a adaptar el mercado laboral a la situación. A este respecto, es alentador examinar los casos relativos a países que están haciendo frente a este desafío de forma positiva. En particular, Italia, donde las reformas estructurales del mercado de trabajo se venían demorando desde hace años. Las cifras alarmantes en relación con el empleo, en particular de las mujeres y los jóvenes, podrían explicarse por la demora en abordar las debilidades estructurales de la economía y del mercado de trabajo, las cuales se vieron exacerbadas por la crisis. Se deben resaltar ciertas mejoras en las últimas cifras, en particular respecto a la creación de empleo permanente. De cualquier forma, debe recordarse que Italia está por detrás de los países de la UE en lo que respecta a la utilización de los contratos de plazo fijo y es un país donde el trabajo temporal a través de agencias tiene un trato igual al del trabajo permanente. La «Jobs Act» adoptada por el Gobierno contiene un paquete de reformas que simplifican y modernizan la relación de empleo y refuerzan las políticas activas de mercado superando rigideces que desalentaban el empleo. Un mercado regulatorio que incite al empleo junto con políticas que alienten la inversión pueden contribuir a la recuperación. Los interlocutores cumplen un rol activo en esta estrategia y pueden canalizar sus puntos de vista a través de las instituciones existentes, incluyendo el Parlamento. También pueden contribuir a la modernización del mercado de trabajo por medio de la negociación colectiva, la cual, aún durante la crisis contribuyó a alcanzar soluciones equilibradas para proteger el empleo y sostener la competitividad. Los resultados alcanzados hasta ahora deberían alentar al Gobierno a adoptar mayores reformas en el marco del Convenio.

La miembro trabajadora de Italia declaró que la «Jobs Act» que debía propiciar el aumento de la tasa de ocupación constituye la tercera reforma del mercado de trabajo en tres años sin evaluación de sus respectivos efectos y con una clara falta de perspectiva global. El aumento del trabajo precario se deriva de la reforma del mercado de trabajo de 2003, en curso desde 1993 en aras de la «modernización del mercado de trabajo» y la creación de empleo. No obstante, la «Jobs Act» está orientada a una mayor flexibilidad del empleo, antes que a la seguridad en el empleo, ya que en ella considera los contratos de duración indeterminada como de «protección creciente» y sustituye, en la práctica, el régimen actual de protección contra el despido ilícito. De ahora en adelante, incluso en caso de despido «manifiestamente sin fundamento», sólo podrá imponerse una indemnización financiera, pero no un reintegro, y el importe de dicha indemnización aumenta con los años de antigüedad. Así, el desarrollo equilibrado de las relaciones laborales que ha prevalecido hasta el momento deja paso a la monetización del trabajo y de su valor, lo cual incumple el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 158) de la OIT, según los cuales todo despido debe estar justificado. Sin embargo, la readmisión al puesto de trabajo en caso de despido ilícito era la expresión de una decisión clave que garantizaba la dignidad de la persona y permitía revindicar la aplicación de los demás derechos fundamentales del trabajo. Cabe temer que esas nuevas medidas generen presiones contra los trabajadores y posibles chantajes laborales. Por tanto, las contrataciones efectuadas en 2015 estarán exentas del pago de cargas sociales durante un máximo de 36 meses, con un límite máximo de 8 060 euros al año, independientemente de si la empresa en cuestión ha invertido o no en formación, investigación o desarrollo. Esa reforma está pensada para favorecer a las empresas. La duración a largo plazo de esas contrataciones es incierta porque no son consecuencia de medidas estructurales y cabe temer que conlleven la estabilización de los trabajadores en una situación precaria. Según la OCDE, Italia tiene el índice de desempleo de los jóvenes más elevado de Europa, después de Grecia, con un 49 por cierto, y la salida de la crisis aún parece lejana. El aumento de la productividad que busca obtener la reforma está relacionado principalmente con la posibilidad de despedir con mayor facilidad a los trabajadores, lo cual es ventajoso para los empleadores, que pueden contratar a trabajadores nuevos con un costo menor y beneficiarse de reducciones fiscales y de la seguridad social sin tomar ninguna medida para reciclar a los trabajadores mediante métodos susceptibles de mejorar su empleabilidad. Las medidas necesarias en materia de enseñanza y formación que se piden desde 2013 nunca se han implementado y los centros territoriales permanentes en los centros provinciales de educación para adultos nunca llegaron a crearse; el sistema cuenta con una financiación insuficiente y el Gobierno no lleva a cabo la puesta en práctica. Un trabajo sin derechos no es un trabajo. Sin embargo, se tiende a eso, con la consiguiente degradación económica, y también social, del trabajo. En el sur del país se perdieron 800 000 puestos de trabajo entre 2004 y 2014 y se registró una ola de emigración hacia el norte del país: 700 000 personas migraron entre 2011 y 2013. Cabe preguntarse si Italia no necesita más bien un programa ambicioso de inversión pública y privada que dé al país verdaderas oportunidades de crecimiento basadas en empleos de buena calidad. La Constitución Nacional comienza afirmando que «Italia es una república democrática fundada en el trabajo», cimiento de la vida y principal instrumento de inclusión social; este principio debe traducirse en términos de respeto de la dignidad de todos.

El miembro gubernamental de Francia, hablando también en nombre de los miembros gubernamentales de Alemania, Chipre, Croacia, Eslovenia, España, Grecia, Luxemburgo, Portugal y Rumania, indicó que al igual que Italia todos esos Gobiernos se han comprometido a realizar un esfuerzo coordinado en el marco de la UE. Este esfuerzo tiene por objetivos, en un contexto caracterizado por unas finanzas públicas limitadas, luchar contra un desempleo cuya tasa no tiene precedentes, garantizar un crecimiento fuerte y duradero y reforzar la cohesión social. La estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo, que define la orientación macroeconómica de la UE, tiene los mismos objetivos y pretende alcanzar una tasa de empleo del 75 por ciento para las personas de edades comprendidas entre los 20 y los 64 años y ofrecer a todos la posibilidad de aprovechar sus oportunidades y desarrollar sus competencias a fin de encontrar un empleo, recibir educación y formación y poder disfrutar de una protección social adaptada a los diferentes riesgos que se puedan plantear durante la vida. Los trabajadores pobres siguen siendo un problema para los Estados Miembros y aumentar el acceso al empleo, en particular de las mujeres y de las poblaciones vulnerables, sigue siendo un reto importante. La búsqueda de un justo equilibrio entre los objetivos macroeconómicos y los objetivos del crecimiento inclusivo, así como la creación de un entorno favorable para las inversiones, deben ser objeto de una atención cada vez mayor, tal como recomienda el reciente programa de inversiones de la Comisión Europea. Una mejor utilización del capital humano a través de mercados de trabajo más inclusivos debería contribuir al crecimiento y al progreso social. Habida cuenta de su representatividad en la Europa social, las organizaciones sindicales y profesionales europeas desempeñan una función particular, especialmente en los ámbitos social y del empleo. Italia mantiene unas políticas activas destinadas a alcanzar el pleno empleo, productivo y libremente elegido y habría que confiar en que el Gobierno proseguirá sus esfuerzos en este sentido, con arreglo a los valores y principios de la OIT. Además, sin diálogo social no es posible encontrar una solución duradera a los problemas del mercado de trabajo europeo. La OIT debe ocupar un lugar prominente en el sistema multilateral a fin de abordar las cuestiones sociales relacionadas con las normas internacionales del trabajo a través de una colaboración mayor con las otras organizaciones internacionales, en particular las del ámbito económico y financiero.

La miembro trabajadora del Canadá indicó que, en el marco del proyecto de acuerdo comercial entre Canadá y la Unión Europea, bajo la apariencia de promover el pleno empleo, ambos países están promoviendo una agenda de flexibilidad del mercado laboral caracterizada por una desregulación o nueva regulación orientada a lograr o mantener salarios bajos, estimulando las inversiones privadas y promoviendo la demanda de exportaciones. Aun cuando se ha sostenido que la adopción de enfoques similares a los de la «Jobs Act» ha traído como resultado una disminución del desempleo, si se mira detrás de las estadísticas, surge un panorama caracterizado por más trabajos temporarios, más trabajo precario, más desigualdad, menos estabilidad social, mayor inseguridad laboral y menor protección social. Un escenario que va en contra de los principios de la agenda del trabajo decente de la OIT. En ambos países, no hubo consultas ni una implicación significativa de los interlocutores sociales respecto de planes de empleo clave. Mientras que Italia rompe con una larga tradición de consulta con los interlocutores sociales en torno al empleo, Canadá ha iniciado ataques frontales a la libertad sindical y la negociación colectiva. Parece que la finalidad del Convenio ha sido dejada de lado, así como el objetivo de adoptar una política de empleo significativa a través del diálogo con los interlocutores sociales.

El miembro empleador de España sostuvo que, al igual que en su país, la crisis de 2008 tuvo repercusiones negativas en la economía italiana que resultaron en una ralentización del crecimiento económico y en la destrucción de empleo, así como en la profundización de desequilibrios estructurales, anteriores a dicha crisis. En el marco del Pacto de estabilidad y crecimiento, el Gobierno italiano ha adoptado importantes medidas encaminadas a superar tales dificultades. Si bien la reforma laboral no puede resolver por sí sola los problemas del empleo, representa, junto al resto de las reformas, una pieza clave hacia una vigorosa recuperación del empleo en el siguiente ciclo ascendente de la economía. Los empleadores españoles apoyan la reforma y abogan por la adopción de medidas adicionales que permitan eliminar rigideces innecesarias del mercado de trabajo y establecer un marco favorable para que las empresas sean capaces de generar empleo de calidad. La «Jobs Act», entre otras medidas adoptadas por el Gobierno, refleja su firme compromiso de reactivar la creación de empleo.

La miembro trabajadora de Francia recordó la tasa especialmente preocupante del 42 por ciento de jóvenes que están desempleados en Italia, con una situación dramática en el sur del país; el hecho de que una mayoría de jóvenes que se enfrenta a un trabajo precario en nuevas formas de empleo desprovistas de protección contractual y la ausencia de salidas laborales, incluso para los jóvenes titulados. Esto, a pesar de las medidas adoptadas por el Gobierno en el terreno del aprendizaje, que es considerado, tanto por los interlocutores sociales como por el Gobierno, como la forma contractual de integración que debe priorizarse. Ahora bien, la nueva reforma del mercado de trabajo, al introducir el contrato asistido, que confiere a las empresas una exención de cotizaciones por una duración de tres años, tuvo como consecuencia que los empleadores ya no recurran al contrato de aprendizaje, privando a los jóvenes de una trayectoria de formación. Además, el número de jóvenes que gozan de estos contratos está ya en disminución y nadie sabe lo que ocurrirá después de los tres años de exoneración. Por otra parte, sólo se ha brindado la posibilidad de una inserción en el mundo del trabajo al 20 por ciento de los inscritos. Señaló que el problema del desempleo juvenil no se limita a un problema de recursos, puesto que la UE ha brindado una ayuda sustancial a Italia, sino que reside más bien en la elección de las prioridades a la hora de la distribución de los recursos disponibles. Es por ello que los trabajadores solicitan una verdadera política activa de creación de empleo que privilegie las empresas que inviertan en la formación y que refuerce los servicios de empleo. Es asimismo necesario familiarizar a los jóvenes con el trabajo y la empresa, valorando el servicio civil y la formación.

La miembro empleadora de Francia indicó que, habida cuenta de la fuerte recesión económica, Italia ha debido emprender importantes reformas del mercado de trabajo para hacer frente a la elevada tasa de desempleo, tales como la «Jobs Act». Este país ha adoptado en particular la reforma Fornero, que establece numerosas medidas de protección sobre las condiciones de trabajo de mujeres y jóvenes; ha reactivado el aprendizaje y la formación profesional; y ha adoptado el «Plan Jóvenes» y lo ha elevado a rango de ley de conformidad con la Estrategia 2020, así como medidas orientadas a reducir la inadecuación entre la oferta y la demanda de trabajo, apuntando, por ejemplo, a mejorar la empleabilidad de los desempleados de edad avanzada y su reinserción, con medidas específicas para las mujeres. En 2014, se reformaron los servicios públicos de empleo y se estableció la Agencia Nacional del Empleo. Se puso asimismo el acento en la formación con la reorganización de los centros de formación para adultos, que dependen en adelante del sistema educativo nacional, y una mejora de la calidad de la enseñanza superior y técnica, con miras a una adecuación con la evolución del mercado de trabajo. Siempre en 2014, el Ministerio de Desarrollo Económico adoptó medidas para promover el empleo mediante cooperativas y el desarrollo de pequeñas y medianas cooperativas. Como conclusión, debe alentarse a Italia para que prosiga los esfuerzos ya realizados para dar aplicación al Convenio, con el fin de reducir el desempleo en aras de alcanzar el pleno empleo.

El miembro trabajador del Brasil recordó la importancia del Convenio cuyo objetivo principal es el de materializar los principios enunciados en la Declaración de Filadelfia en lo relativo al pleno empleo y la justicia social. El Convenio promueve la creación de empleo a través de la adopción de políticas de crecimiento y desarrollo económico y obliga a los Estados a implementar políticas que aborden el problema del desempleo y el subempleo. La implementación del Convenio en Italia se ha visto menoscabada por las políticas económicas y sociales restrictivas promovidas por la Comisión Europea. En este contexto, se adoptó a finales de 2014 la «Jobs Act» que crea nuevas formas de contratos de trabajo y facilita el despido de los trabajadores. De las medidas recomendadas por la Comisión Europea, conocidas como recomendaciones específicas de cada país, se desprende que los males de la baja productividad laboral y la competitividad de las empresas italianas se explican por una supuesta protección social excesiva de la relación de trabajo. Sin embargo, la realidad muestra que las empresas no contratan más trabajadores sólo porque es más fácil despedirlos, sino porque existe una política económica orientada a un crecimiento económico y por lo tanto a la expansión de sus negocios. Si bien los primeros datos muestran una ligera disminución del desempleo, es importante alertar sobre los efectos que las políticas flexibilizadoras tuvieron en América Latina donde se aplicaron con gran intensidad. A largo plazo, la flexibilización del despido, el incentivo para los contratos a tiempo parcial y el outsourcing llevaron a la creación de trabajos precarios o subempleo, en plena contradicción con el Convenio. Evidentemente, no se logrará a largo plazo mejorar la vida de los trabajadores con medidas basadas en la no adopción de políticas macroeconómicas dirigidas a un crecimiento económico fundado en la inversión y en la innovación tecnológica, y basadas también en el no aumento de los salarios ni de la inversión estatal.

El miembro empleador de Turquía indicó que los comentarios de la Comisión de Expertos proyectan una imagen equivocada de la situación en Italia, y que la evaluación de la situación requiere más que un mero análisis cuantitativo. La grave crisis económica causó mucho daño a la economía y el mercado laboral italianos, pero Italia supo reaccionar con valentía y capacidad de respuesta. Se adoptaron rigurosamente reformas estructurales en áreas como la formación profesional, el aprendizaje profesional, los servicios públicos de empleo, los contratos de empleo y la flexibilización. Estas medidas reflejan la clara determinación de superar la crisis mediante políticas que fomentan la creación de empleo. Si bien ya se pueden observar parcialmente los efectos positivos, la recuperación requiere de tiempo para mostrar todos sus resultados. Los empleadores turcos saludan el progreso realizado por el Gobierno de Italia y su voluntad para cumplir con el Convenio.

La miembro trabajadora de Bélgica se refirió al impacto de la crisis y las medidas de austeridad relativas al empleo y la vida de las mujeres en Italia. Así, las jóvenes, incluso aquellas muy calificadas, se encuentran confinadas a empleos precarios sin estabilidad y las mujeres de más de 40 años tienen dificultades para encontrar un lugar satisfactorio en el mercado de trabajo. Según el informe anual de 2014 de la Comisión Europea para la Igualdad de Oportunidades, si no hay un cambio radical de política en materia de empleo, Italia logrará el objetivo del 75 por ciento de tasa de empleo femenino dentro de 30 años, la igualdad de trato entre hombres y mujeres sólo se hará realidad dentro de 70 años, y la representación paritaria en el Parlamento nacional no será posible antes de 20 años. La tasa de empleo masculino es superior en 22 por ciento a la tasa de empleo femenino, cuando el promedio de esta diferencia en la UE es del 12 por ciento. Las mujeres abandonan el mercado de trabajo porque ciertos tipos de contrato no les ofrecen una protección adecuada para la maternidad. Además, es corriente la práctica de las «renuncias en blanco» según la cual en el momento de su contratación, la trabajadora firma una carta de renuncia que el empleador puede utilizar si ella está embarazada o si se encuentra con licencia de maternidad.

La miembro empleadora de Bélgica subrayó que, frente a la crisis financiera y económica que atraviesa Europa desde 2008, existe un objetivo común de restablecer el crecimiento, con miras a crear empleos durables, lo que implica necesariamente reformas estructurales del mercado de trabajo. Dichas reformas, a veces dolorosas, empiezan a dar sus frutos. Los gobiernos atacan con determinación las debilidades estructurales y consultan en forma regular, y a veces permanente, a los interlocutores sociales, ya sea antes de adoptar las reformas o para su aplicación. Existen divergencias de opiniones entre los interlocutores sociales en cuanto a las medidas que deben adoptarse, especialmente cuando éstas son impopulares y, en caso de falta de consenso, el Gobierno no tiene otra alternativa que decidir. A este respecto, la obligación de consultar en lo relativo a las políticas de empleo, prevista en el artículo 3 del Convenio no afecta la soberanía de los Estados. Estos últimos deben continuar realizando las reformas estructurales necesarias que permitan proteger la competitividad de las empresas, preservar el empleo y como consecuencia, el sistema de la seguridad social. Como conclusión, las prácticas en Italia están conformes con el artículo 3 del Convenio.

La miembro trabajadora de Polonia, observando que la reforma laboral en Italia se tradujo en una reducción de los derechos de los trabajadores, se centró en la situación de los niños más desfavorecidos. El trabajo infantil podría convertirse en una realidad dentro de la UE, como consecuencia de las medidas de austeridad que tuvieron un gran impacto en grupos vulnerables, a través de la reducción de los ingresos de las familias y de recortes en los gastos del Estado dedicados a la asistencia de la salud, educación y servicios sociales. Italia tiene una de las tasas más elevadas de abandono escolar de Europa. Una encuesta de 2013 de Save the children señaló que, en Italia, al menos uno de cada 20 niños es explotado. En octubre de 2011, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU instó a Italia a desarrollar mecanismos efectivos capaces de garantizar la educación, la salud y la asistencia social de los niños, y solicitó un análisis integral de la asignación de recursos a tal fin. En este contexto, el Gobierno debería haber considerado la aplicación de la educación universal gratuita como prioridad para la creación de nuevos trabajos de calidad e inversiones públicas para el desarrollo y el crecimiento del país. Esas consideraciones deberían ser centrales en la comunidad internacional y en el debate de las políticas de la Unión Europea, a efectos de romper finalmente la cadena de los déficits de trabajo decente, de pobreza y de desigualdad.

El miembro trabajador de Alemania observó con preocupación que las recientes reformas del mercado de trabajo llevadas a cabo por el Gobierno son socialmente desequilibradas, y tienen consecuencias nefastas para la economía y la sociedad. Si bien el Gobierno tiene dificultades para superar la crisis económica que se ha traducido en la pérdida de miles de empleos, existe una duda real sobre si la «Jobs Act» traerá como consecuencia el crecimiento y el desarrollo económicos, la mejora de la calidad de vida y la reducción de la tasa de desempleo. La «Jobs Act» ha introducido un nuevo contrato con salvaguardias adicionales que sustituye los anteriores contratos de trabajo tipo indefinidos. Como consecuencia, los procedimientos judiciales contra la terminación de la relación de trabajo por motivos económicos ahora resultarán más difíciles. En los casos en que los contratos de trabajo se hayan concluido recientemente o en que las empresas empleen a más de 15 trabajadores, no hay derecho a la reintegración, salvo cuando los tribunales consideren que el despido ha sido discriminatorio. Además, la cuantía de la indemnización por despido ilícito se ha reducido considerablemente, también en el caso de despidos colectivos. Se han socavado los principios enunciados en el artículo 18 del Estatuto de los trabajadores italianos, que anteriormente preveía la protección de los trabajadores sindicados contra el despido improcedente. Esto equivale a una injerencia en la libertad sindical. La introducción del «nuevo contrato con salvaguardias adicionales» significa que las empresas pueden efectuar despidos improcedentes o colectivos simplemente pagando una pequeña indemnización. Preocupa que otras disposiciones de la «Jobs Act» prevean la precarización, así como la ampliación de la brecha entre diferentes categorías de trabajadores. Si bien se desprende de algunas declaraciones formuladas durante los debates que las normas sobre la protección contra el despido son el principal motivo de la crisis del mercado laboral en Italia, apenas existen pruebas que apoyen esta creencia. De hecho, los países en los que se brinda una mayor protección contra el despido registran mejores resultados económicos y tasas de empleo más elevadas que otros. El orador concluyó señalando que el Gobierno debería haber consultado a los trabajadores en las primeras fases del proceso de reforma, y tener también en cuenta los objetivos sociales en su empeño por promover el empleo.

El miembro trabajador del Japón, en relación con la Memoria del Director General a la Conferencia, indicó que el trabajo debería contribuir a superar los problemas sociales porque sirve para conectar a las personas y establecer un vínculo entre los lugares de trabajo y la sociedad. Sin embargo, debido al aumento del trabajo precario y al deterioro de la calidad del empleo esos vínculos son cada vez más débiles. Si bien la crisis ofrece la oportunidad de reconocer la importancia de una mayor coherencia entre las estrategias de crecimiento y las políticas de empleo, se han extraído pocas lecciones de ella, tal como ponen de relieve las políticas que se están aplicando en todo el mundo, inclusive en Italia. La «Jobs Act» ha introducido más flexibilidad en el mercado de trabajo italiano, eliminando las limitaciones que tenían los empleadores a la hora de contratar y despedir a los trabajadores debido a la redefinición de los tamaños de las empresas, el establecimiento de nuevas reglas en materia de contratos de duración determinada y una revisión del artículo 18 del Estatuto de los trabajadores italianos que impedía que las empresas despidieran durante una crisis. Con toda seguridad estas medidas servirán para crear más puestos de trabajo, pero la mayor parte de éstos serán precarios y darán lugar a: un círculo vicioso de, entre otras cosas, trabajos precarios y mal remunerados; una disminución del ahorro; un menor consumo; un descenso de las inversiones y un estancamiento del crecimiento. A fin de parar esta espiral de deflación, deben realizarse inversiones para crear trabajos decentes y las políticas del empleo deben tener por objetivo el reforzamiento de la protección de los trabajadores y el aumento de los salarios. Por último, a pesar del artículo 3 del Convenio, con frecuencia en muchos países se da prioridad a las consultas con las empresas frente a las consultas con los sindicatos. Sin embargo, si no se realizan consultas adecuadas con los representantes de los trabajadores, las medidas no serán eficaces ni beneficiosas para las personas a las que van dirigidas.

El miembro trabajador de la Argentina sostuvo que la reforma laboral italiana inauguró un proceso que ha sido definido como una «contrarreforma laboral» en razón de su carácter regresivo respecto de la tutela de una parte considerable de los derechos y garantías adquiridos por los trabajadores durante los años cincuenta del siglo pasado. Esta contrarreforma es el fruto de la convicción equivocada de los empleadores y del Gobierno de que la reducción de los derechos y el aumento del poder empresarial incrementan el nivel de empleo. Sin embargo, la realidad muestra algo diferente: la desocupación ha alcanzado en Italia niveles elevadísimos, sobre todo en la parte meridional del territorio, y afecta con mayor agudeza a las mujeres y con apremiante dramatismo a los jóvenes. Además de afectar seriamente la estabilidad en la relación de trabajo al suprimir la reincorporación en caso de «despido económico ilegítimo», la reforma ha minado las bases del sistema de protección de los trabajadores a través de la revisión del artículo 2103 del Código Civil. Éste establecía la imposibilidad del empleador de destinar al trabajador a funciones de nivel inferior a las que desempeñaba al momento de su ingreso en la empresa. A partir de la reforma, el espacio disponible para eventuales abusos del empresario se ha ampliado de manera desmesurada ya que no sólo puede asignar al trabajador tareas inferiores, sino que se restringe el poder del juez para reequilibrar las condiciones en los supuestos en que la atribución de tareas de inferior jerarquía resulte excesiva en relación con la situación económica real de la empresa. Asimismo, se eliminó toda referencia al deber del empleador de asignar a su subordinado funciones equivalentes, con lo que ahora la determinación de la prestación del trabajador se encuentra librada al arbitrio absoluto del empresario, con indiferencia de las competencias y capacidades individuales del empleado. Estas consecuencias sobre la dignidad del trabajador no son compatibles con el Convenio ni con la Declaración de Filadelfia de 1944.

Una observadora representando a la Internacional de Servicios Públicos (ISP) señaló que la reforma del sistema público de empleo a través del establecimiento de la Agencia Nacional de Empleo redundó en la supresión de más de 550 oficinas de los servicios de empleo, lo cual sumió en la incertidumbre laboral a más de 8 000 trabajadores y dejó un vacío en los servicios de empleo. Además, las severas reducciones del gasto público afectaron gravemente a los servicios públicos. Recordó que los recortes del gasto llevaron a la supresión del Cuerpo Forestal del Estado, cuya función se asignará a otros cuerpos de policía que ya carecen de personal y financiación suficientes. Indicó que el sector de la salud representa un total del 14 por ciento del gasto público. En 2015, se cerraron 2 069 hospitales y 8 718 servicios de primeros auxilios junto con diversos centros de servicios de emergencia. Estos recortes del gasto llevarán a que haya menos puestos de trabajo, se trabaje más tiempo y se reduzca la seguridad de los pacientes. Además, para 3 millones de trabajadores del sector público el último aumento salarial se produjo en 2008. Desde entonces, los salarios se han congelado, las negociaciones colectivas se han suspendido hasta 2018 y no se ha previsto ningún mecanismo para compensar el aumento del costo de vida. Se espera que el Tribunal Constitucional determine si la práctica de congelar los salarios durante diez años es compatible con la Constitución. Un veredicto de incompatibilidad conduciría al pago de un aumento salarial para todos los empleados públicos, por un monto total de 35 000 millones de euros correspondiente a los últimos siete años. Por último, recordó que los empleadores apoyan, por una parte, la flexibilidad y la flexiseguridad y, por otra parte, ponen en tela de juicio el papel de la Comisión de Expertos y dejan de lado los argumentos de los sindicatos, y advirtió que los trabajadores están cansados de ser víctimas de explotación y que, en un mundo sumido en conflictos sociales y políticos, este descontento podría tener consecuencias peligrosas.

El representante gubernamental abordó algunas de las cuestiones planteadas durante las discusiones. En primer lugar, con respecto al diálogo social, reiteró que los interlocutores sociales participan de manera permanente en diferentes espacios de diálogo. De hecho, hicieron oír su voz en el Parlamento sobre algunos aspectos de la «Jobs Act»; participaron en los acuerdos contractuales que se dejaron para la esfera de la negociación colectiva; fueron consultados en relación con las políticas activas del mercado de trabajo por conducto de su participación en el nuevo ente nacional de políticas activas del mercado y el Instituto Nacional de Seguridad. Además, los interlocutores sociales intervienen en la gestión de las políticas del mercado de trabajo a través de la administración de fondos de solidaridad recientemente creados para prever la eventualidad de la disminución o la suspensión de la actividad laboral. Por último, los interlocutores sociales están a cargo de la gestión de los fondos internacionales de carácter bilateral destinados a la formación de los trabajadores. Sin embargo, dado que la responsabilidad del funcionamiento del mercado de trabajo y la reactivación de la economía recae sobre el Gobierno, éste debe adoptar las reformas que se estimen necesarias. En segundo lugar, se refirió a las cuestiones relativas al Programa de garantías para los jóvenes. No puede considerarse que este plan estratégico tenga un carácter extraordinario cuya duración se limitará a algunos años, sino que se trata de un proyecto piloto con el objetivo de introducir un nuevo enfoque para las políticas públicas del empleo y las políticas activas del mercado de trabajo. El programa fue cofinanciado por el Fondo Social Europeo y se espera que la UE proporcione una fuente de recursos con una mayor permanencia y estabilidad. Con respecto a la necesidad, expresada durante el debate, de recurrir a los servicios comunitarios con el fin de mantener las competencias de los trabajadores, señaló que el aprendizaje, la formación y el empleo son aspectos de los planes estratégicos vinculados al Programa de garantías para los jóvenes. Subrayó que los servicios públicos de empleo no han sido suprimidos, aunque debido a la reforma administrativa, estos servicios no están ya presentes en el ámbito provincial. De hecho, el apoyo de las regiones en el marco del Programa de garantías para los jóvenes es de importancia decisiva para solucionar el desempleo juvenil. Por lo que respecta a la comparación entre contratos de duración determinada y los contratos indefinidos indicó que el éxito de la estrategia del Gobierno puede apreciarse en las cifras. En el primer trimestre de 2015, se registró un aumento de cerca del 24 por ciento en el número de contratos, en comparación con los años anteriores. Estimó que es preferible proporcionar incentivos económicos que depender de una legislación estricta cuya aplicación genera dificultades. Desde una perspectiva a largo plazo, el Gobierno está comprometido con el fomento de los contratos indefinidos. En relación con la protección de los trabajadores, recordó algunas cifras de la OCDE sobre la legislación de protección del empleo. Tras la adopción de la reforma política Fornero, se realizaron estimaciones relativas a la mencionada legislación. En 2013 el indicador de protección de los trabajadores permanentes contra los despidos colectivos era de 2,79, lo cual es mucho más elevado que el indicador de la OCDE estimado en 2,29. En relación con la regulación del empleo temporario, el indicador de Italia es de 2,71, mientras que el indicador medio proporcionado por la OCDE es de 2,08. En relación con el empleo femenino observó que si bien es cierto que la tasa total de empleo ha disminuido como consecuencia de la crisis, la tasa de empleo de las mujeres ha aumentado.

Los miembros empleadores indicaron que es importante recordar que no se puede crear empleo por decreto, ya que su creación está condicionada por la situación económica. Por consiguiente, debe saludarse que el Gobierno aborde las barreras jurídicas para acceder al empleo en caso de que esas barreras se consideren excesivas o tengan efectos negativos duraderos sobre el empleo. Indicaron que les sorprendió oír las críticas al nuevo contrato de empleo, establecido a través de la «Jobs Act», que elimina la posibilidad de reincorporación en caso de despido pero refuerza los derechos de indemnización. De hecho, la mayor parte de Estados miembros de la UE prevén marcos normativos similares, y no puede afirmarse seriamente que los trabajadores de todos esos países sean víctimas de explotación y se vean empujados a realizar trabajos precarios y mal remunerados. El Gobierno ha avanzado significativamente en el cumplimiento de los objetivos del Convenio al adoptar y estar aplicando de manera progresiva una amplia serie de medidas para hacer frente a las deficiencias estructurales en materia de empleo. Además, el Gobierno debería mantener su enfoque amplio de la reforma estructural a fin de mejorar la situación del empleo y fomentar el crecimiento integrador y con alto coeficiente de empleo. Teniendo en cuenta que la «Jobs Act», que es el componente fundamental del paquete de reformas, ha sido adoptada recientemente y que el impacto de las reformas estructurales en la situación del empleo siempre tarda en manifestarse, opinaron que la Comisión debería continuar examinando la aplicación de esa ley sobre la base de datos del mercado de trabajo actualizados y que el Gobierno debería transmitir a la Comisión de Expertos una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio en 2015.

Los miembros trabajadores expresaron su satisfacción por constatar que los miembros empleadores subrayaron la pertinencia del Convenio en el contexto de la crisis, la importancia de que esta Comisión examine su aplicación y la necesidad de analizar las políticas de empleo no sólo desde un punto de vista cuantitativo sino también cualitativo. Además, respecto de la justificación y necesidad de las reformas estructurales, los trabajadores estimaron que hacer pesar todos los esfuerzos y sacrificios sobre los trabajadores equivale a transferirles el costo de una crisis de la cual no son responsables. En ese sentido, es sorprendente constatar que algunos oradores se refieran a la soberanía del Estado y renuncien a la función que les incumbe en calidad de trabajadores y de empleadores en el marco del diálogo social. Ante el riesgo que supone el recrudecimiento de la precariedad y la pobreza en aumento, para salir de la crisis es menester crear más empleos de calidad e intensificar los esfuerzos en materia de formación. Sin embargo, frente a las medidas adoptadas por el Gobierno hasta hoy que probablemente sólo arrojarán resultados a corto plazo, es indispensable que el Gobierno siga suministrando informaciones, especialmente para que sean examinadas por la Comisión de Expertos en su próxima reunión, relativas a los siguientes aspectos: los resultados de las reformas emprendidas para luchar contra el desempleo elevado, el desempleo de larga duración y el desempleo de los jóvenes, en particular en términos de creación de empleos durables y de calidad; la simplificación de los tipos de contrato y la evolución en el número de contratos de duración indeterminada que son beneficiarios de la ayuda pública; la evolución del empleo de las mujeres y la lucha contra las disparidades del empleo entre las distintas regiones; la revisión de las políticas y medidas adoptadas para alcanzar los objetivos del pleno empleo, productivo y libremente elegido; la promoción del empleo productivo a través de cooperativas. Además, el Gobierno deberá hacer todos los esfuerzos necesarios para restablecer y reforzar la concertación social.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de la detallada información oral y escrita proporcionada por el representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar sobre los temas planteados por la Comisión en relación con las medidas de política del empleo para mitigar el impacto de la crisis adoptadas en 2012-2013, entre las cuales se encuentran: el monitoreo de las medidas adoptadas con la participación de los interlocutores sociales; la alta tasa de desempleo, que alcanzó 12,6 por ciento en mayo de 2014 y que afecta en una gran parte a los jóvenes; las continuas diferencias de las tasas de empleo entre las regiones del norte y del sur del país; y también las medidas tomadas para promover el empleo productivo mediante las cooperativas.

La Comisión tomó nota de la información proporcionada por el representante gubernamental, según la cual la tasa de desempleo se redujo al 12,4 por ciento en abril de 2015 y la tasa de desempleo de los jóvenes de 15 a 24 años de edad que buscan activamente empleo descendió al 40,9 por ciento. La Comisión también tomó nota de las informaciones brindadas sobre la «Jobs Act» de 2015, que incluye el establecimiento de una Agencia Nacional de Empleo, la revisión de las prestaciones de desempleo y también nuevas disposiciones sobre el despido y el reintegro de trabajadores, lo que llevó a un incremento del número de nuevos contratos de duración indeterminada del 24,6 por ciento en relación con el mismo período en 2014. Más de 600 000 jóvenes se han sumado al Programa de garantía juvenil iniciado en 2014. El representante gubernamental también informó sobre un acuerdo alcanzado entre las regiones en enero de 2015 que prevé un Marco Nacional de Calificaciones Regionales para coordinar a nivel nacional el reconocimiento de más de 2 600 competencias profesionales regionales.

Teniendo en cuenta la discusión, la Comisión pidió al Gobierno que:

■  garantice, en consulta con los interlocutores sociales, un enfoque global de las políticas del empleo de manera que mejore la situación del empleo y se promueva un crecimiento inclusivo generador de empleo, en consonancia con el Convenio;

■  garantice consultas tripartitas sobre la formulación y la aplicación de las políticas del empleo, fundadas en datos del mercado del trabajo actualizados regularmente que incluyan el número, el tipo y la duración del empleo, así como las cuestiones relacionadas con los jóvenes, el género y las disparidades regionales;

■  examine las medidas para promover el empleo productivo y sostenible mediante cooperativas;

■  presente, en 2015, una memoria detallada para su examen por la Comisión de Expertos sobre los temas planteados en estas conclusiones.

 

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