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Observación (CEACR) - Adopción: 2024, Publicación: 113ª reunión CIT (2025)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Albania (Ratificación : 2001)

Otros comentarios sobre C182

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Artículos 3, a) y 7, 1) del Convenio. Peores formas de trabajo infantil y sanciones. Venta y trata de niños. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno en su memoria, según la cual 55 personas fueron enjuiciadas por abusos infligidos a niños en 2023 y cuatro personas fueron acusadas de explotación de niños en 2024. Sin embargo, la Comisión toma nota de que el Gobierno no comunica información específica sobre el número de enjuiciamientos de casos de trata de niños con fines de explotación laboral o sexual.
La Comisión toma nota de que Albania ha adoptado el Plan nacional de acción 2021-2023 para combatir la trata de personas (NAP-THB), que tiene por objeto coordinar a los actores estatales y no estatales dedicados a la lucha contra la trata de personas. El primer objetivo de política del NAP-THB es reducir la amenaza y el impacto de la delincuencia organizada y otros delitos graves, también luchando contra el tráfico ilícito. Las actividades previstas a este respecto comprenden impartir formación a las instituciones judiciales para que se especialicen en los delitos de trata a fin de investigar proactivamente los casos de trata; llevar a cabo efectivamente procedimientos penales, e impartir formación a la policía de fronteras y de migración, a los funcionarios de aduanas y al personal de asilo con miras a fortalecer su capacidad para identificar a las víctimas, especialmente entre los hijos de migrantes.
La Comisión toma nota de que, según un documento de trabajo de 2023 que acompaña la comunicación de la Comisión Europea sobre la Política de Ampliación de la Unión Europea - Informe de Albania, en 2022 la Fiscalía registró 11 nuevos procedimientos judiciales relacionados con la trata de personas, en comparación con 10 en 2021, y el número de sentencias definitivas de los procedimientos judiciales por trata de personas sigue siendo muy bajo, ya que en 2022 solo se registraron 7 condenas en relación con dos casos. Sin embargo, no se indica cuántos de estos procedimientos y condenas hacían referencia a casos de trata de niños. Además, el documento de trabajo indica que la puesta en práctica del NAP-THB debería ser apoyada con financiación adecuada y una mejor coordinación.
La Comisión pide al Gobierno que redoble sus esfuerzos para garantizar que se lleven a cabo investigaciones exhaustivas y procedimientos judiciales firmes contra los autores de delitos relacionados con la venta y la trata de niños. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre la aplicación de las medidas del NAPTHB a este respecto, y sobre los resultados obtenidos. Por último, pide al Gobierno que comunique información específicamente sobre el número de investigaciones y enjuiciamientos de casos de trata de niños, y sobre el número y la naturaleza de las condenas y sanciones aplicadas.
Artículo 7, a) y c). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil y garantizar su acceso a la educación básica gratuita. Niños pertenecientes a las comunidades romaníes y egipcias. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que, según indica la memoria del Gobierno relativa a la aplicación del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), se ha adoptado el Plan nacional de acción para fomentar la igualdad, la inclusión y la participación de los romaníes y los egipcios 2021-2025, que tiene por objeto asegurar la inclusión socioeconómica de las comunidades romaníes y egipcias, en particular a través del acceso a la educación inclusiva, y garantizar la identificación y escolarización oportunas de los niños romaníes y egipcios que se encuentran en la edad de escolarización obligatoria.
El documento del Plan Nacional de Acción menciona el aumento de la escolarización y de la asistencia a la escuela entre los estudiantes romaníes y egipcios, al señalar que, en 2019, se matriculó en la enseñanza obligatoria a 4 469 niños romaníes y a 9 910 niños egipcios, superando la meta de 4 993. Además, el Plan de Acción indica los esfuerzos realizados para reducir las tasas de abandono escolar entre los estudiantes romaníes y egipcios, señala que se registraron 179 casos de abandono escolar en 2020, y tiene por objeto aumentar el 35 por ciento la tasa de retorno a la escuela de aquí a 2025. Los esfuerzos para lograr este objetivo comprenden crear grupos de trabajo transversales en 27 municipios a fin de prevenir los casos de abandono escolar y de fomentar el retorno a la escuela de los estudiantes.
Sin embargo, la Comisión toma nota de que el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial, en sus observaciones finales de 23 de mayo de 2024 (CERD/C/ALB/CO/13-14, párrafo 18), señaló que sigue preocupado por las bajas tasas de asistencia a la escuela, los bajos niveles de finalización de los estudios y las elevadas tasas de abandono escolar registradas entre los niños romaníes y egipcios, a pesar de las medidas adoptadas para prevenir la discriminación contra los niños romaníes y egipcios en las escuelas, y para promover su matriculación en la educación preescolar y obligatoria. También expresa su preocupación por los informes de discriminación contra los niños romaníes y egipcios en algunas escuelas, y por la segregación de facto de que son objeto.
Al tiempo que toma nota de las medidas adoptadas por el Gobierno, la Comisión le pide que prosiga sus esfuerzos para facilitar el acceso a la educación y reducir las tasas de abandono escolar registradas entre los niños romaníes y egipcios, y que aborde la cuestión de la discriminación contra los niños romaníes y egipcios en la escuela, también a través de la puesta en práctica del Plan nacional de acción para fomentar la igualdad, la inclusión y la participación de los romaníes y egipcios 20212025. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre los resultados obtenidos, así como estadísticas actualizadas sobre la asistencia a la escuela y la finalización de los estudios, y sobre las tasas de abandono escolar en la educación primaria y secundaria entre los niños romaníes y egipcios.
Apartado d). Identificar a los niños que están particularmente expuestos a riesgos y entrar en contacto directo con ellos. Niños que viven y trabajan en la calle. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que, según indica el Gobierno, se ha firmado un acuerdo de cooperación entre el Ministerio de Educación, Deporte y Juventud, el Ministerio del Interior, y el Ministerio de Salud y Protección Social, conforme al cual los agentes de protección de la infancia cooperan con las escuelas y las unidades educativas locales cada nuevo año escolar, con miras a identificar a los niños que han alcanzado la edad de escolarización obligatoria pero que han dejado de ir a la escuela o corren el riesgo de hacerlo, incluidos los niños de la calle. El Gobierno indica a este respecto que, de conformidad con los informes de los agentes de protección de la infancia en el Organismo Estatal para la Defensa de los Derechos del Niño y la Protección de la Infancia, en 2021 se gestionaron 228 casos de niños que eran objeto de explotación con fines laborales y de mendicidad; 229 casos en 2022; 182 casos en 2023, y 124 casos entre enero y marzo de 2024. Además, la Comisión toma nota de que, según indica la memoria del Gobierno sobre la aplicación del Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138), en consonancia con la Decisión del Consejo de Ministros núm. 129 «Sobre los procedimientos para la identificación, asistencia inmediata y remisión de los niños que son objeto de explotación económica, incluidos los niños en situación de calle», se han establecido equipos en el terreno con objeto de identificar, remitir y gestionar los casos de niños que son objeto de explotación económica, de niños en situación de calle y de niños víctimas de trata. En relación con esto, las estructuras de protección de la infancia, a través de los agentes de protección de la infancia, gestionaron 84 casos de niños en situación de calle en 2023, y 55 casos en el primer trimestre de 2024, para lo cual se estableció un plan de protección individual.
Además, el Gobierno indica que, en 2023, el Organismo Estatal para la Defensa de los Derechos del Niño y la Protección de la Infancia ha solicitado la cooperación de los municipios para tomar medidas encaminadas a identificar y tratar a los niños en situación de calle y a prevenir estas situaciones. En relación con esto, el municipio de Tirana ha establecido estructuras esenciales para la prevención, la protección, el empoderamiento y la inserción de los niños en situación de calle y sus familias, y ha tomado medidas concretas, en particular: 1) el establecimiento del Departamento de la Unidad de Protección de la Infancia, en la Dirección de Protección e Inclusión Social; 2) la creación del Centro Comunitario de Campo, de conformidad con la Decisión núm. 66 de 2020 del Consejo Municipal de Tirana, con el fin de prevenir y reducir el número de niños de la calle y de proporcionar coordinación, cuidados, servicios de protección social, identificación proactiva y asesoramiento, y 3) la adopción del Plan conjunto de medidas, a partir de marzo de 2024, entre el municipio de Tirana y la dirección local de la policía de Tirana, «para la prevención y mitigación del fenómeno de familias sin hogar en el territorio del municipio de Tirana», con el objetivo, entre otras cosas, de proteger a los niños frente a todas las formas de abuso y explotación en la calle, mejorar la cooperación interinstitucional para prevenir la mendicidad callejera, y sensibilizar en mayor grado de cara a la prevención y la identificación efectiva.
La Comisión acoge con agrado las medidas adoptadas por el Gobierno a fin de proteger a los niños que viven y trabajan en la calle frente a las peores formas de trabajo infantil, y pide al Gobierno que siga realizando estos esfuerzos. Le pide que continúe comunicando información a este respecto y sobre el número de esos niños que se han beneficiado de tales medidas y que han sido retirados de la calle con miras a su rehabilitación y su inserción social.
La Comisión también plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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