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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2025, Publicación: 114ª reunión CIT (2026)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2025, Publicación: 114ª reunión CIT (2026)

Con el fin de proporcionar una visión de conjunto de las cuestiones relativas a la aplicación de los convenios ratificados sobre la seguridad y salud en el trabajo (SST), la Comisión considera oportuno examinar el Convenio sobre la cerusa (pintura), 1921 (núm. 13), el Convenio sobre la protección de la maquinaria, 1963 (núm. 119), el Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139) y el Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977 (núm. 148) en un mismo comentario.
Legislación. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica en su memoria que se ha elaborado un proyecto de decreto sobre medidas de higiene, seguridad y salud en el lugar de trabajo con el apoyo de la OIT y en consulta con los interlocutores sociales y todas las partes interesadas en las cuestiones de SST. El Gobierno señala que el proyecto de decreto volverá a ser examinado por la Comisión Consultiva del Trabajo y de las Leyes Sociales (CCTLS).
Además, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica que, tras la adopción del nuevo Código del Trabajo: i) se presentará a la CCTLS, para su aprobación, un proyecto de decreto relativo a la determinación de la naturaleza de las sustancias y preparados, con el fin de dar efecto a las disposiciones del Convenio núm. 13; ii) se volverá a examinar el decreto relativo a la organización del comité de seguridad y salud en el trabajo, y iii) se revisará el Decreto núm. 93/4794/MARAFDPT/DNTLS, de 4 de junio de 1993, relativo a la prevención del cáncer profesional, para armonizarlo con el Convenio núm. 139. Teniendo en cuenta que, desde hace varios años, no se han realizado avances en la adaptación de la legislación nacional a las disposiciones de los Convenios núms. 13, 119, 139 y 148, la Comisión confía firmemente en que los decretos antes mencionados se adopten en un futuro próximo y den pleno efecto a las disposiciones de los Convenios. Además, la Comisión pide al Gobierno que le transmita una copia de los textos pertinentes, una vez adoptados, y, mientras tanto, le pide que adopte todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación de los Convenios en la práctica.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

No disponible en español.
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