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| La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Confederación de Pensionados de Colombia (CPC) alegan que de manera abrupta e unilateral, las empresas sucesoras de las empresas públicas de Pereira (Empresa de Aseo de Pereira S.A., Empresa de Telecomunicaciones de Pereira S.A., Empresa de Energía Eléctrica de Pereira S.A. y Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Pereira S.A.) suspendieron el pago de una prima pensional establecida en una convención colectiva firmada en 1963 y confirmada en las posteriores convenciones colectivas celebradas en 1970, 1978, 1986, 1989, 1990, 1996 y 1997
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