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| Los querellantes alegan que en las plantas de Ulsan, Asan y Jeonju de Hyundai Motors’ Corporation (HMC), así como en Hynix/Magnachip, Kiryung Electronics y KM&I se recurre a la subcontratación ilegal — es decir, en condiciones precarias y mediante relaciones de empleo encubiertas — lo que priva a los trabajadores temporeros del amparo que confiere la Ley de Sindicatos y Ajuste de las Relaciones Laborales (TULRAA) dejándoles desprotegidos frente a: 1) actos recurrentes de discriminación antisindical, principalmente despidos, destinados a coartar sus esfuerzos para formar un sindicado; 2) la negativa constante del empleador a negociar, por lo cual, ninguno de los sindicatos que representa a dichos trabajadores ha logrado concluir convenios de negociación colectiva; 3) despidos, encarcelación y demandas de indemnización por sumas exorbitantes alegando «obstrucción de la actividad empresarial», en caso de acción laboral; 4) agresiones, interdictos judiciales y encarcelación por «obstrucción de la actividad empresarial» a fin de impedir que los dirigentes sindicales que fueron despedidos puedan volver a entrar en los recintos de la empresa para organizar mítines o ejercer funciones de representación
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