National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota con satisfacción de que la ley núm. 287, sancionada el 31 de marzo de 1988, establece el texto de un artículo 9, c), que se debe añadir a la ley núm. 299/58, sobre la protección de los trabajadores. El mencionado apartado c) del artículo 9, dispone que los trabajadores de ambos sexos tienen derecho a interrumpir una situación de trabajo que entrañe peligro inminente y grave para su vida o su salud y que la validez de dicho derecho proseguirá mientras el empleador no tome las medidas correctivas necesarias, garantizando de este modo la aplicación de los artículos 13 y 19, párrafo f), del Convenio. La Comisión plantea otros puntos en una solicitud que dirige directamente el Gobierno.