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Observation (CEACR) - adoptée 1992, publiée 79ème session CIT (1992)

Convention (n° 88) sur le service de l'emploi, 1948 - Inde (Ratification: 1959)

Autre commentaire sur C088

Observation
  1. 1995
  2. 1992
  3. 1990
Demande directe
  1. 2025
  2. 1998
  3. 1990

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La Comisión toma nota con interés de la información comunicada por el Gobierno en respuesta a sus comentarios anteriores. Toma nota, en particular, de la información sobre la aplicación de las recomendaciones del informe de la Comisión sobre el Servicio Nacional del Empleo ("Informe Matthew"), y sobre las medidas adoptadas o previstas en relación con dichas recomendaciones. Toma asimismo nota de la información relativa a la aplicación de los artículos 2 y 3 (organización general y extensión del sistema de oficinas del empleo), 6 (funciones del Servicio del Empleo) y 8 (medidas especiales para los menores) del Convenio.

En lo que atañe al artículo 10, el Gobierno indica que se espera que las comisiones tripartitas sobre el empleo a nivel nacional, estatal y local desempeñen una función importante en promover la utilización de intercambios de empleo por el sector privado y que la modernización de los servicios del empleo tendrá como consecuencia un mejoramiento cualitativo de los servicios ofrecidos por los intercambios de empleo, lo cual resultará en un aumento sustancial de la utilización voluntaria del servicio del empleo por los sectores público y privado. La Comisión agradecería que el Gobierno describiera con mayor detalle la función de dichas comisiones tripartitas en lo que se refiere a promover la utilización de los intercambios de empleo por el sector privado y que dé pormenores, cuando viniere al caso, sobre los mejoramientos cualitativos de sus servicios de resultas de dicha modernización.

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