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Demande directe (CEACR) - adoptée 1998, publiée 87ème session CIT (1999)

Convention (n° 26) sur les méthodes de fixation des salaires minima, 1928 - Argentine (Ratification: 1950)

Autre commentaire sur C026

Observation
  1. 2009
  2. 2007
  3. 1999
  4. 1998
Réponses reçues aux questions soulevées dans une demande directe qui ne donnent pas lieu à d’autres commentaires
  1. 2018

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La Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en respuesta a sus comentarios anteriores. Toma nota, en particular, de las informaciones y de los datos estadísticos suministrados relativos a los trabajadores a domicilio. La Comisión agradecerá igualmente que se continúe enviando información sobre el funcionamiento de las comisiones de salarios para los trabajadores a domicilio instituidas mediante la resolución ministerial núm. 320, en aplicación de la ley núm. 12713. Además, la Comisión solicita al Gobierno que continúe comunicando, de conformidad con el artículo 5 del Convenio, leído conjuntamente con el punto V del formulario de memoria, informaciones generales sobre la aplicación del Convenio en la práctica, por ejemplo: i) la evolución de las tasas de salarios mínimos vigentes; ii) los datos estadísticos disponibles sobre el número y las varias categorías de trabajadores sujetos a la reglamentación de las tasas de salarios mínimos, así como iii) los resultados de las inspecciones realizadas (por ejemplo, los casos de violaciones observados, las sanciones infligidas, etc.).

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