National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en septiembre de 2004 y observa que uno de los principales logros alcanzados en los últimos años, ha sido una reducción general de la incidencia de la pobreza, pasando del 45,4 por ciento, de 1991, al 30,4 por ciento, de 2003. Asimismo, el empleo general había aumentado en el 3,6 por ciento, entre 2003 y 2004, tanto en el sector servicios como en el sector industrial. Sin embargo, tal crecimiento del empleo se ha visto ensombrecido por un incremento más elevado de la participación de la fuerza del trabajo, que se tradujo en una tasa de desempleo estimada más elevada del 13,7 por ciento, en 2004. Las estadísticas aportadas por el Gobierno también ponen de manifiesto que se había producido un descenso en el empleo agrícola y un aumento de la tasa de desempleo, a pesar de una tasa estimada más elevada de crecimiento real del PIB, en 2004. Otro punto que ha de señalarse es la elevada tasa de desempleo juvenil, junto con un notable desempleo de los que contaban con una mayor educación, así como una sensible franja de los desempleados que no buscaban trabajo por considerar que no existía ningún trabajo disponible. En ese sentido, la Comisión agradecerá más información sobre la medida en que el crecimiento económico se traduce en mejores resultados del mercado de trabajo y en la reducción de la pobreza, y sobre aquello que puede constituir factores estructurales subyacentes que determinan los resultados del mercado de trabajo en diferentes regiones y sectores. Al respecto, la Comisión solicita al Gobierno que continúe comunicando información detallada acerca de las medidas adoptadas para garantizar que el empleo, como elemento clave de reducción de la pobreza, se encuentre en el centro de las políticas macroeconómicas y sociales. También agradecerá la recepción de información sobre las medidas adoptadas para promover que el empleo funcione «como parte integrante de una política económica y social coordinada» (artículo 2, a), del Convenio).
2. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de políticas (artículo 3). En lo que atañe a las consultas con los representantes de los empleadores, de los trabajadores y de otros grupos, como los trabajadores del sector rural y de la economía informal, el Gobierno indica que, si bien resulta que la representación en los órganos tripartitos procede del sector formal, existen consejos nacionales que cubren las necesidades de la mayoría de la fuerza del trabajo, es decir, los trabajadores jóvenes, los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas y los trabajadores del sector informal. Uno de esos órganos que dan representación a los trabajadores del sector informal en los órganos tripartitos, es la Comisión Nacional contra la Pobreza (NAPC). El Gobierno indica que, durante la reunión de la NAPC, de julio de 2004, se habían emitido algunas directivas que exponen los intereses de los trabajadores del sector informal. La Comisión toma nota de esta información y solicita al Gobierno que siga comunicando información acerca de la manera en que se celebran las consultas con los representantes de los empleadores, de los trabajadores y de otros grupos, como los del sector rural y los de la economía informal, y sobre el resultado de esas consultas.
3. Asistencia técnica de la OIT (parte V del formulario de memoria). El Gobierno indica que el Departamento de Trabajo y Empleo, en colaboración con la Oficina Subregional de la OIT de Manila y con los representantes sectoriales de trabajadores y empleadores, trabajan en la actualidad en el segundo programa del país sobre trabajo decente. La Comisión solicita al Gobierno que transmita información, al igual que los resultados obtenidos, tras la aplicación de este programa, y que siga comunicando información sobre las actividades de cooperación técnica o consultivas de la OIT en relación con la promoción del empleo y con las medidas adoptadas como consecuencia de las mismas.