National Legislation on Labour and Social Rights
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Employment protection legislation database
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La Comisión recuerda su anterior observación, de 2007, en la que abordó las cuestiones siguientes: 1) los acontecimientos relacionados con la adopción de la nueva legislación de lucha contra la discriminación; 2) la situación de los romaníes en el empleo y la ocupación; y 3) las cuestiones pendientes relacionadas con el seguimiento de las reclamaciones en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT (en noviembre de 1991 y en junio de 1994) en relación con la ley núm. 451 de 1991 (Ley sobre la Selección Política). En su observación, la Comisión pidió al Gobierno que transmitiese información detallada a la 97.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo y que enviase una memoria con información detallada en 2008.
Posteriormente, en su 97.ª reunión (junio de 2008), la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia discutió la aplicación del Convenio en la República Checa. En sus conclusiones, la Comisión de la Conferencia expresó preocupación por el hecho de que el Código del Trabajo, de 2006, había suprimido la protección anterior frente a la discriminación en base a una serie de motivos adicionales, incluidas las responsabilidades familiares, el estado civil o el estatus familiar y la afiliación o actividades en partidos políticos, sindicatos y organizaciones de empleadores. Instó al Gobierno a celebrar consultas con las organizaciones representativas de empleadores y trabajadores y otros organismos apropiados sobre estos motivos adicionales, tal como requiere el artículo 1, párrafo 1), b), del Convenio, con miras a mantener el nivel anterior de protección. Asimismo, pidió al Gobierno que a la mayor brevedad adoptase la nueva legislación de lucha contra la discriminación y que garantizase que esta legislación está plenamente de conformidad con el Convenio.
En relación con la situación de los romaníes, la Comisión de la Conferencia hizo hincapié en que es fundamental que las medidas que se adopten conduzcan a mejoras que se puedan verificar objetivamente de la situación de los romaníes en la práctica. A este respecto, la Comisión de la Conferencia instó al Gobierno a tomar medidas para elaborar mejores medios para evaluar y controlar la situación de los romaníes en el empleo y la ocupación, y en relación con el desempleo, incluso a través de la compilación y análisis de datos apropiados. Asimismo, pidió al Gobierno que adoptase nuevas medidas para promover y garantizar la igualdad de acceso de los romaníes a la educación, la formación, el empleo y la ocupación.
En relación con la Ley sobre la Selección Política, la Comisión de la Conferencia lamentó que los planes anunciados anteriormente a fin de derogar la ley no se hayan implementado y que el Gobierno señalase ante ella que la ley no contraviene el Convenio. La Comisión de la Conferencia instó firmemente al Gobierno a poner su legislación de conformidad con el Convenio a la mayor brevedad, de acuerdo con sus obligaciones, teniendo en cuenta las conclusiones pertinentes y recomendaciones del Consejo de Administración y los comentarios de la Comisión de Expertos. La Comisión de la Conferencia pidió al Gobierno que transmitiese información sobre todas estas cuestiones en su memoria en virtud del artículo 22, debida en 2008.
La Comisión recuerda que en 2008 no se recibió memoria alguna y que la Comisión repitió sus comentarios anteriores. Sin embargo, la Comisión tomó nota de los comentarios de 25 de noviembre de 2008 transmitidos por la Confederación Checo-Morava de Sindicatos (CM KOKS). En sus comentarios, la CM KOKS señala que, tras la 97.ª reunión de la Conferencia, solicitó oficialmente al Primer Ministro que pusiese la aplicación del Convenio en el orden del día del órgano nacional tripartito. En octubre de 2008, se celebró una reunión del órgano nacional tripartito. Según el Sindicato, el Gobierno desaprovechó esta ocasión y no sometió a los interlocutores sociales las conclusiones adoptadas por la Conferencia. La CM KOKS reitera su preocupación en relación con la retirada de una protección legal específica de la discriminación basada en el estado civil, las responsabilidades familiares, las convicciones políticas u otras, la afiliación o las actividades en partidos o movimientos políticos, sindicatos y organizaciones de empleadores. Asimismo, señala la necesidad de fortalecer la función del Estado en el control de la aplicación de la legislación de lucha contra la discriminación. Además, la CM KOKS pide la derogación de la Ley sobre Selección Política.
La Comisión lamenta toma nota de que desde la discusión que tuvo lugar en la Conferencia en 2008 no se ha recibido ninguna memoria del Gobierno, a pesar de la solicitud específica realizada por la Comisión de la Conferencia. La Comisión expresa su preocupación por el hecho de que sus anteriores comentarios y las conclusiones de la Conferencia puedan no haber sido examinados de forma apropiada a nivel nacional. La Comisión insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para garantizar el seguimiento de todos los puntos planteados por la Comisión en su observación y solicitud directa de 2007, y por la Comisión de la Conferencia en 2008, y le pide que transmita a la mayor brevedad toda la información solicitada.
[Se invita al Gobierno a que transmita información completa en la 99.ª reunión de la Conferencia y a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2010.]