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Observation sur la soumission aux autorités compétentes (CEACR) - adoptée 2024, publiée 113ème session CIT (2025)

Albanie

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Falta de sumisión. La Comisión lamenta profundamente tomar nota de que, una vez más, el Gobierno no ha respondido a sus observaciones anteriores. Recuerda de nuevo que la obligación constitucional de sumisión reviste suma importancia y constituye un elemento fundamental del sistema normativo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En relación con sus observaciones anteriores, la Comisión reitera nuevamente su solicitud de que el Gobierno comunique información sobre la sumisión al Parlamento de Albania de 25 instrumentos: el Protocolo de 1995 relativo al Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81), adoptado por la Conferencia en su 82.ª reunión, la Recomendación sobre la promoción de las cooperativas, 2002 (núm. 193), y la Recomendación sobre la lista de enfermedades profesionales, 2002 (núm. 194), adoptadas por la Conferencia en su 90.ª reunión, así como los instrumentos adoptados en las 78.ª, 84.ª, 86.ª, 89.ª, 92.ª, 95.ª (Recomendación sobre la relación de trabajo, 2006 (núm. 198)), 96.ª, 99.ª, 100.ª, 101.ª, 103.ª, 104.ª, 106.ª y 108.ª reuniones (Recomendación sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 206)). Asimismo, pide al Gobierno que transmita información acerca de la sumisión del Convenio sobre un entorno de trabajo seguro y saludable (consiguientes enmiendas), 2023 (núm. 191) y la Recomendación sobre un entorno de trabajo seguro y saludable (consiguientes enmiendas), 2023 (núm. 207 y de la Recomendación sobre los aprendizajes de calidad, 2023 (núm. 208), adoptados por la Conferencia en su 111.ª reunión.
La Comisión recuerda una vez más al Gobierno que, si lo desea, puede solicitar la asistencia técnica de la Oficina con miras a cumplir con las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 19 de la Constitución de la OIT en materia de sumisión de los instrumentos adoptados por la Conferencia a las autoridades competentes.
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