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Observation (CEACR) - adoptée 2024, publiée 113ème session CIT (2025)

Convention (n° 182) sur les pires formes de travail des enfants, 1999 - République dominicaine (Ratification: 2000)

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Artículos 3, a) y b), y 7, 1) del Convenio. Peores formas de trabajo infantil y sanciones. Venta y trata de niños, y explotación sexual comercial. La Comisión toma nota de que, en su memoria, el Gobierno: 1) informa de que la Procuraduría General de la República, a través de la Procuraduría especializada contra el tráfico ilícito de migrantes y trata de personas (PETT), en 2023 y 2024, continuó fortaleciendo sus capacidades de identificación de las víctimas e investigación de estos delitos a fin de poder recopilar las evidencias que permitan enjuiciar a los autores y obtener sentencias significativas en los tribunales; 2) detalla diversas actividades de capacitación y sensibilización en materia de prevención y procesamiento n de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, dirigidas a fortalecer las capacidades del Ministerio Público y de diversos grupos interesados, incluidos los trabajadores sociales del Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (CONANI), y 3) en cuanto a los procesos judiciales relacionados con la trata de niños, el Gobierno informa de que, entre enero de 2023 y mayo de 2024, 16 expedientes, que involucran a 21 procesados y 44 víctimas, fueron llevados a juicio.
Asimismo, la Comisión toma nota del «Informe de República Dominicana sobre Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes 2023», elaborado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión Interinstitucional contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes (CITIM). Según este Informe: 1) en mayo de 2023 el Ministerio Público desmanteló una red que se dedicaba a la trata de personas con fines de explotación sexual y arrestó a dos hombres identificados como cabecillas de la organización que explotaba sexualmente al menos a 15 adolescentes con edades comprendidas entre los 13 y 17 años; 2) se logró detener a un líder de una red en línea de explotación sexual de menores de 4 a 10 años, que ahora enfrenta cargos de explotación sexual y pornografía infantil, y abuso psicológico en contra de niños, niñas y adolescentes, y 3) se inició el proceso judicial de una madre que explotaba a su niña así como de uno de los clientes que la utilizó sexualmente.
Al tiempo que toma nota de estas medidas, la Comisión observa que el Comité de los Derechos del Niño (CRC) de las Naciones Unidas, en sus observaciones finales de 18 de octubre de 2023, expresó preocupación por la explotación sexual de niños en el contexto del turismo y los viajes y la falta de medidas eficaces, en particular el escaso número de investigaciones judiciales y condenas (CRC/C/DOM/CO/6, párrafo 27). Reiterando que la trata de niños con fines de explotación sexual comercial sigue siendo un problema extendido en el país, particularmente en el sector turístico y con un alto grado de impunidad, la Comisión toma nota nuevamente con preocupación del número reducido de casos judicializados en relación con la cantidad de casos de trata y explotación sexual comercial de menores de edad.
La Comisión insta firmemente al Gobierno a que adopte, sin demora, las medidas necesarias para asegurar que los delitos de trata y venta de niños, niñas y adolescentes con fines de explotación sexual sean investigados, sus autores debidamente enjuiciados y se dicten las sanciones correspondientes. A este respecto, pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre el número de delitos relacionados con la explotación sexual comercial de menores y la trata a este fin denunciados, el número de investigaciones y procesamientos realizados y la naturaleza y el número de sanciones impuestas.
Artículo 7, 2). Medidas efectivas y en un plazo determinado.Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil.Explotación sexual comercial de niños en el turismo. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno respecto a las medidas adoptadas para impedir la explotación sexual comercial de niños y niñas en la industria del turismo destacando: 1) una actividad de sensibilización sobre la explotación sexual comercial de niños en el área turística de la Ciudad Colonial de Santo Domingo; 2) la implementación de un acuerdo tripartito entre el Ministerio Publico, el Ministerio de Turismo y la Asociación de Hoteles y Turismo de la República Dominicana (ASONAHORES) con el objetivo de aunar esfuerzos en la lucha contra la trata en sus diferentes manifestaciones en las zonas turísticas del país; 3) la capacitación y entrenamiento continuo a los miembros de la Policía de Turismo (POLITUR) para la protección de la población vulnerable, mediante patrullajes activos en diversas zonas turísticas, con el propósito de prevenir abusos que vulneren los derechos fundamentales de los menores, y 4) la coordinación entre la POLITUR, el CONANI y el Ministerio Público en zonas como la Ciudad Colonial de Santo Domingo, el Aeropuerto Internacional de las Américas, las playas de Boca Chica y Sosúa, en Puerto Plata.
Asimismo, la Comisión toma nota del desglose proporcionado por el Gobierno sobre una serie de intervenciones policiales realizadas en colaboración con la POLITUR y el CONANI entre 2022 y 2024, en relación con la vigilancia, la intervención y el rescate de menores en zonas turísticas del país. La Comisión observa que no se mencionan las intervenciones realizadas por la POLITUR en acciones específicas dirigidas a prevenir y detener el turismo sexual en zonas turísticas del país, a excepción de un caso reportado en Puerto Plata en 2023. Por lo tanto, la Comisión pide al Gobierno que continúe sus actividades de sensibilización para prevenir y combatir la explotación sexual comercial de los niños en el turismo. También pide nuevamente al Gobierno que proporcione información sobre: i) las medidas concretas adoptadas, en coordinación con los distintos actores de la industria turística, para combatir la explotación sexual comercial de niños, y ii) las acciones de vigilancia realizadas por la POLITUR para proteger a niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual comercial en actividades relacionadas con el turismo.
Apartado b). Asistencia directa para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación e inserción social.Explotación sexual comercial. La Comisión toma nota de que el Gobierno informa de la existencia de mecanismos para la recepción de denuncias dirigidos a niños y niñas víctimas de explotación sexual comercial, así como a sus padres o tutores, en particular: 1) varias líneas telefónicas directas gratuitas y confidenciales, con atención 24 horas del día, y 2) el Ministerio Público cuenta con 36 fiscales enlaces posicionados en las fiscalías provinciales, que están sensibilizados en relación con estos temas, a fin de que puedan recibir cualquier denuncia y atenderlas con las particularidades que estas requieren.
La Comisión también toma nota de que: 1) en los diez Hogares de Paso distribuidos por todo el país se garantizan acciones de protección y restitución de derechos a niños, niñas y adolescentes mediante un enfoque multidisciplinario que abarca salud, recreación, deportes, alimentación, atención psicoemocional y acompañamiento psicosocial, con el fin de reintegrarlos a un núcleo familiar; 2) entre enero y noviembre de 2023, cuatro niñas y un niño fueron ingresados en los Hogares de Paso por motivo de explotación sexual comercial, y 3) entre enero y diciembre de 2023, fueron registrados 35 niños y niñas víctimas de explotación sexual comercial a través de las oficinas regionales y municipales. La Comisión también toma nota de que, según la información disponible en el sitio oficial de la Procuraduría General de la República Dominicana, en 2024, el Ministerio Público intervino y atendió a ocho adolescentes víctimas de explotación sexual comercial con el propósito de restituirles sus derechos y contribuir a la reconstrucción de sus proyectos de vida.
La Comisión también toma nota de que, según el informe del Gobierno presentado al Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se ha creado el Sistema nacional de acogida para víctimas de trata, y se ha elaborado una guía práctica para la acogida y albergue de víctimas de trata, con lo que se pretende abordar, de manera diferenciada, los distintos grupos de víctimas con un enfoque sistemático e integral de la atención y la provisión de servicios especializados (A/HRC/WG.6/46/DOM/1, 16 de febrero de 2024, párrafo 51). La Comisión saluda las medidas adoptadas por el Gobierno y le pide que continúe aplicando : i) medidas que garanticen mecanismos de denuncia gratuitos y accesibles, y ii) programas de rehabilitación y reinserción social para los niños y niñas víctimas de explotación sexual comercial. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre: i) el número de niños víctimas de explotación sexual comercial que se identificaron gracias a las líneas telefónicas gratuitas, y ii) el número de menores víctimas de explotación sexual ingresados en los Hogares de Paso y las oficinas regionales y municipales, así como los tipos de servicios ofrecidos para su rehabilitación e inserción social.
La Comisión plantea otra cuestión en una solicitud directa dirigida directamente al Gobierno.
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