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Observation (CEACR) - adoptée 2025, publiée 114ème session CIT (2026)

Convention (n° 122) sur la politique de l'emploi, 1964 - Roumanie (Ratification: 1973)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Políticas activas del mercado de trabajo. Tendencias del empleo. La Comisión toma nota de la información sobre el conjunto de políticas y medidas legislativas aplicadas por el Gobierno para promover el empleo pleno, productivo y libremente elegido. En este contexto, el Gobierno se remite a la Estrategia Nacional de Empleo (NSE) 2021-2027 y al Plan de Acción para el periodo 2021-2027 para su aplicación. El objetivo general de la NSE para 2027 es alcanzar una tasa de empleo del 75 por ciento de la población de entre 20 y 64 años. La NSE incluye medidas para activar a las personas inactivas capaces de trabajar, los desempleados, especialmente los desempleados de larga duración, los jóvenes, incluidos los que ni trabajan, ni estudian ni siguen ninguna formación, las mujeres con hijos a su cargo, así como otras categorías de trabajadores en situación de desventaja, garantizando transiciones rápidas y de calidad en el empleo, desarrollando los recursos humanos y aumentando la empleabilidad, estimulando la cultura empresarial y el autoempleo y apoyando la creación de nuevas oportunidades y puestos de trabajo. El Gobierno indica que las medidas para estimular el empleo también cuentan con el apoyo del Programa de Educación y Empleo (2021-2027), sobre la base de dos objetivos principales: i) la optimización de los sistemas de educación y formación para responder a las necesidades del mercado de trabajo y ii) el fortalecimiento del funcionamiento eficiente del mercado de trabajo y la facilitación del acceso y la participación inclusivos e igualitarios en un empleo de calidad y sostenible para la población activa. El Gobierno también indica que la Ley núm. 76/2002 sobre el sistema de seguro de desempleo y el fomento del empleo se modificó en el periodo 2018-2022 para ofrecer un paquete de medidas destinadas a aumentar las oportunidades de empleo de las personas que buscan trabajo y a estimular a los empleadores a contratar a personas desempleadas registradas. La Comisión observa que se conceden subsidios de empleo a los empleadores que ofrecen oportunidades de empleo a determinados grupos de trabajadores en situación de desventaja, entre ellos los recién graduados, las personas con discapacidad, los desempleados mayores de 45 años, los padres y madres solteros desempleados, los desempleados de larga duración, los jóvenes que ni trabajan, ni estudian ni siguen ninguna formación y los jóvenes en riesgo de marginación social. El Gobierno proporciona además información sobre las medidas en materia de empleo y protección social adoptadas durante la pandemia de COVID-19 y el conflicto armado en Ucrania, de conformidad con las ordenanzas de emergencia. Estas medidas incluyen la financiación con fondos públicos del subsidio técnico por desempleo y la concesión de un subsidio del 75 por ciento del salario base correspondiente al puesto de trabajo desde el fondo del seguro de desempleo. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que la tasa de empleo global de la población activa (2064 años) alcanzó el 68,5 por ciento en 2022, lo que supone una tendencia al alza en comparación con el 65,2 por ciento de 2020. La Comisión también toma nota de la tasa de empleo persistentemente más baja de las mujeres, que en 2022 era del 59,1 por ciento, frente al 77,7 por ciento de los hombres. La Comisión observa además que la tasa de desempleo global era del 5,6 por ciento en 2022. En este contexto, la Comisión toma nota de la preocupación expresada por la Comisión Europea en su Informe de País de 2024 sobre Rumania, en el que se señala que el mercado de trabajo rumano se caracteriza por la escasa participación de los jóvenes, las mujeres, las personas con discapacidad, los trabajadores poco calificados y los romaníes. Además, el Gobierno proporciona información estadística detallada sobre la aplicación del Programa Nacional de Empleo en el periodo 2018-2021, incluido el desempleo registrado en ese periodo. Según esta información, en los tres primeros trimestres de 2021 había 224 287 personas empleadas, de las cuales 4 553 eran desempleados de larga duración, 2 409 eran de etnia romaní, 414 padecían discapacidad, 161 eran ciudadanos extranjeros, 9 habían cumplido penas de prisión, 8 eran jóvenes procedentes del sistema de protección de la infancia, 7 eran refugiados y 7 eran repatriados. Además, a nivel nacional, de las 224 287 personas empleadas, 118 074 procedían de zonas urbanas (52,64 por ciento) y 106 213 de zonas rurales (47,36 por ciento). A 31 de diciembre de 2021, el número total de desempleados era de 234 757, de los cuales 108 393 eran mujeres y 126 364 hombres. Por lugar de residencia, el número de desempleados a finales de diciembre de 2021 comprendía 71 404 desempleados de zonas urbanas y 163 353 de zonas rurales.
La Comisión pide al Gobierno que proporcione una evaluación específica del impacto de la «Estrategia Nacional de Empleo 2021-2027» en la corrección de los desequilibrios estructurales identificados por la Comisión Europea. En concreto, se ruega que se faciliten datos que muestren la evolución de la brecha de empleo entre hombres y mujeres y las tasas de participación de las personas con discapacidad y los trabajadores poco calificados desde la aplicación de la Estrategia. Le pide también que informe sobre las medidas específicas adoptadas para subsanar la brecha entre las zonas urbanas y rurales en materia de oportunidades de empleo, dado que el desempleo rural (163 353) sigue siendo más del doble que el de las zonas urbanas (71 404).
La economía informal y el trabajo no declarado. La Comisión toma nota de que el Consejo de la Unión Europea, en sus Recomendaciones para Rumania de 2024, destaca la necesidad de reforzar el cumplimiento y la administración tributarios. Además, la Comisión Europea identifica la elevada presión fiscal sobre los trabajadores con salarios bajos como una barrera estructural importante para la incorporación al mercado de trabajo formal, lo que contribuye a la persistencia de la economía informal. Si bien el Gobierno ha introducido medidas para definir y sancionar el trabajo no declarado (Ordenanza de Emergencia núm. 53/2017), siguen existiendo dificultades para garantizar una transición efectiva a la economía formal. La Comisión pide al Gobierno que facilite información detallada sobre las medidas específicas adoptadas o previstas para facilitar la transición a la economía formal, en consonancia con la Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015 (núm. 204). En concreto, se ruega que se informe sobre: i) el impacto de las recientes medidas legislativas y las inspecciones laborales en la reducción de la incidencia del trabajo no declarado y ii) las medidas adoptadas o previstas para reducir la elevada presión fiscal sobre los trabajadores con salarios bajos a fin de eliminar los desincentivos al empleo formal, tal como recomiendan los organismos internacionales.
Empleo juvenil. La Comisión observa que la tasa de desempleo de los jóvenes (1524 años) en 2022 se situó en el 22,8 por ciento y que hoy sigue estando muy por encima de la media de la Unión Europea (14,5 por ciento), según el informe de 2024 de la Comisión Europea sobre Rumania. Además, la tasa de jóvenes que ni trabajan, ni estudian ni siguen ninguna formación (15-29 años) sigue siendo una de las más altas de la Unión Europea (19,8 por ciento en 2022). En este contexto, la Comisión toma nota de la preocupación expresada por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (CESCR), en sus observaciones finales de 20 de marzo de 2024, por el elevado número de jóvenes que ni trabajan, ni estudian ni siguen ninguna formación (Е/C.12/ROU/CO/6). La Comisión observa además que, en 2023, la Agencia Nacional de Empleo elaboró el Programa de empleo para jóvenes en riesgo de marginación social con el objetivo general de promover la participación de esta categoría de trabajadores en el mercado de trabajo mediante la prestación de apoyo social personalizado por parte de las agencias territoriales de empleo y la inyección de estímulos a los empleadores para que contraten a jóvenes en riesgo de marginación social. Dado que la tasa de jóvenes que ni trabajan, ni estudian ni siguen ninguna formación sigue siendo una de las más altas de la Unión Europea, la Comisión pide al Gobierno que explique si se ha realizado una evaluación que dé cuenta de las razones por las que las medidas anteriores no han logrado reducir dicha tasa y cómo el nuevo «Programa de empleo para jóvenes en riesgo de marginación social» (2023) aborda las barreras específicas a las que se enfrenta este grupo. Le pide asimismo que proporcione datos estadísticos concretos sobre el número de jóvenes en situación de riesgo que se han integrado en un empleo sostenible o en una formación a través de este nuevo programa, desglosados por sexo y zona (urbana o rural).
La minoría romaní. La Comisión toma nota de la preocupación expresada por el CESCR en sus observaciones finales sobre la discriminación generalizada que sufren las personas romaníes, en particular las mujeres y los niños, en el acceso a la atención de la salud, la educación, una vivienda adecuada, el empleo y los servicios públicos (Е/C.12/ROU/CO/6). La Comisión también observa que el Gobierno no ha proporcionado información en respuesta a sus observaciones anteriores sobre esta cuestión. La Comisión deplora la falta de información proporcionada por el Gobierno en respuesta a sus observaciones anteriores, en particular a la luz de las conclusiones del CESCR sobre la discriminación generalizada, de 2024. La Comisión insta al Gobierno a que proporcione información específica sobre las medidas activas del mercado de trabajo adoptadas para combatir la discriminación contra la minoría romaní y promover su acceso a un empleo digno. Le pide que tenga a bien proporcionar datos estadísticos sobre la participación de las personas romaníes en los programas de formación profesional y empleo, y sobre los resultados obtenidos.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y la ejecución de las políticas de empleo. El Gobierno informa de que, en aplicación de la Ley núm. 367/2022 sobre el diálogo social, se consultó a los interlocutores sociales en la Comisión de Diálogo Social del Ministerio de Trabajo y en el Consejo Nacional Tripartito sobre la propuesta de Estrategia Nacional de Empleo 2021-2027. Además, los interlocutores sociales son miembros del comité interministerial encargado de supervisar la aplicación de dicha Estrategia y que contribuye a la elaboración del Plan de acción anual para su aplicación. El Gobierno también indica que, a nivel de las prefecturas, existen comisiones de diálogo social en las que se celebran consultas sobre la cuestión del empleo a nivel local, con la participación de las autoridades provinciales (Inspecciones Territoriales del Trabajo/Agencia Provincial de Empleo). Sin embargo, la Comisión observa que el Gobierno no responde a sus observaciones anteriores. Por lo tanto, la Comisión reitera su solicitud al Gobierno para que proporcione información actualizada sobre la forma en que se consulta efectivamente a los interlocutores sociales y estos participan en la elaboración del Programa Nacional de Empleo cada año. La Comisión también reitera su solicitud al Gobierno para que facilite información sobre las medidas adoptadas o previstas para garantizar que en estas consultas incluyan a representantes de otros segmentos de la población activa económicamente, como los representantes de la comunidad romaní, las personas con discapacidad, las mujeres y los jóvenes, así como de las personas que trabajan en la economía informal.
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