National Legislation on Labour and Social Rights
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Informaciones escritas proporcionadas por el Gobierno
Una Misión de Alto Nivel de la OIT visitó Argelia del 21 al 23 de mayo 2019 en el marco de la aplicación de las conclusiones de la 107.ª reunión de la Comisión de Aplicación de Normas, celebrada en junio de 2018.
El hecho de que Argelia haya aceptado el desplazamiento de esta Misión de Alto Nivel de la OIT pone claramente de relieve el interés que otorga a la promoción y la aplicación de los convenios internacionales de la OIT.
Argelia ha indicado en diversas ocasiones que siempre ha velado por reforzar y adaptar su marco legislativo en vigor de conformidad con los convenios de la OIT y con las recomendaciones realizadas por los órganos de control de la OIT.
En el contexto de las reformas legislativas, se ha adoptado un nuevo enfoque que consiste en desvincular la ley núm. 90-14 de 2 junio de 1990, modificada y completada, relativa a las modalidades de ejercicio del derecho sindical del proyecto de Código del Trabajo. Este enfoque tiene por objetivo ganar tiempo en los procedimientos de adopción, teniendo en cuenta el número de disposiciones que incluye en comparación con el enfoque de un Código del Trabajo que reagrupa diversos textos y que el diálogo sobre una sola ley puede permitir alcanzar fácilmente un consenso.
Se realizarán modificaciones en las disposiciones del artículo 4 de la ley núm. 90-14 de 2 de junio de 1990 antes mencionada a fin de tener en cuenta las conclusiones de la Comisión de Expertos y eliminar toda barrera constitucional para el establecimiento de federaciones y confederaciones cualquiera que sea el sector de actividad que cubran los sindicatos.
De igual manera, se realizarán modificaciones en las disposiciones del artículo 6 de la ley antes mencionada y se redactarán de conformidad con el Convenio núm. 87, teniendo en cuenta las experiencias internacionales en materia de nacionalidad del trabajador a la hora de crear organizaciones sindicales y en cumplimiento del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111).
Además, se reforzarán las disposiciones en materia de protección de los delegados sindicales a fin de que éstos puedan mejorar su libertad de ejercicio de los derechos sindicales.
A este efecto, el proyecto de enmienda de la ley núm. 90-14 de 2 de junio de 1990 antes mencionada se someterá a la concertación social con todas las organizaciones de empleadores y de trabajadores. Este proyecto de ley será prioritario con arreglo a los procedimientos establecidos en la materia.
El calendario de examen de este proyecto de ley se comunicará a la Oficina Internacional del Trabajo teniendo en cuenta la situación que está atravesando Argelia.
En lo que respecta al registro de los sindicatos en la práctica, cabe señalar que, el 3 de abril de 2019, el Gobierno inició un proceso para el tratamiento de los expedientes de solicitud de registro de organizaciones sindicales.
En este marco, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social se ha dirigido a los interesados con miras a pedirles que completen los expedientes ya sea proporcionando los elementos administrativos que faltan o suprimiendo las observaciones ya formuladas. Se ha elaborado un calendario de encuentros, los cuales se están llevando a cabo.
Asimismo, se han realizado sesiones de trabajo y se han proporcionado aclaraciones en relación con los expedientes administrativos de los miembros fundadores o con el estatuto de la organización sindical.
Estas medidas han dado como resultado el registro de 11 nuevas organizaciones, de las cuales una era de empleadores, lo que lleva a que el número de organizaciones registradas ascienda a 75 sindicatos de trabajadores y 42 asociaciones de empleadores, a saber un total de 117 organizaciones, mientras que en junio de 2018 eran 101.
Además, en lo que respecta a los sindicatos mencionados en el informe de la Comisión de Expertos, resulta necesario proporcionar la siguiente información:
En lo que respecta al Sindicato Autónomo de Abogados de Argelia (SAAA), el Sindicato Autónomo Argelino de Trabajadores del Transporte (SAATT) y el Sindicato de Docentes de la Enseñanza Superior (SESS): después de los comunicados difundidos en los órganos de información a los que no se ha respondido, se ha invitado por correo a los interesados a que se pongan en contacto con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que se les informe sobre las medidas adoptadas por el Gobierno.
El Gobierno utilizará todos los medios posibles para ponerse en contacto con los interesados a fin de ayudarles en la tarea de actualizar sus expedientes.
En lo que respecta al expediente de la Confederación General Autónoma de Trabajadores de Argelia (CGATA), el Gobierno había indicado que su presidente no es un asalariado. Además, este proyecto de confederación no incluye ninguna organización sindical registrada.
En lo que respecta a los alegatos de violación del Convenio núm. 87, presentados por la Confederación Sindical de Fuerzas Productivas (COSYFOP), el Sindicato Nacional del Sector Industrial (SNSI) y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Sector Energético (SNT ENERGIE), el Gobierno había proporcionado toda la información y los documentos que rebaten los alegatos procedentes de personas que utilizaron el estatus de sindicatos registrados sin respetar las disposiciones legales y estatutarias en materia de reglas para convocar a los órganos de deliberación de esos sindicatos y sin la presencia de ningún miembro de estos sindicatos.
En lo que respecta a los casos de reincorporación de los funcionarios de la administración, cuyo despido puede considerarse un acto de discriminación antisindical, el Gobierno informó sobre la situación, a través de su delegación, durante los trabajos de la Comisión de junio de 2018. Esta situación evoluciona significativamente gracias al seguimiento de estos casos con las instituciones y empresas interesadas. Este seguimiento ha permitido resolver 83 de los 86 casos registrados y se ha proporcionado información detallada a este respecto a la Misión de Alto Nivel.
El número total de trabajadores afectados asciende a 86, repartidos en diferentes sectores (57 trabajadores reintegrados, nueve trabajadores indemnizados, un caso retirado, 12 trabajadores que están siendo regularizados, tres trabajadores despedidos por faltas profesionales y penales, tres casos pendientes ante las jurisdicciones competentes y un caso que no concierne al personal de la enseñanza superior). A saber, se han resuelto 83 casos.
Además, el Gobierno quiere precisar que el tratamiento de los expedientes de constitución de los siguientes sindicatos: el Sindicato Nacional Autónomo de Trabajadores de la Fabricación y Transformación de Papel y Embalaje, el Sindicato Nacional Autónomo de Trabajadores de la Manufactura de Madera y Derivados y el Sindicato Nacional Autónomo de Trabajadores del EUREST de Argelia (SNATEA) ha puesto de relieve que la competencia territorial de sus organizaciones sindicales es de carácter local (wilaya o municipio). Por consiguiente, su registro con arreglo a las disposiciones del artículo 10 de la ley núm. 90-14 de 2 de junio de 1990 antes mencionada puede realizarse a nivel de wilaya (departamento), de sede y de municipio. A este efecto, se ha informado a los interesados.
El Gobierno ha recordado que el Sindicato Nacional Autónomo de Trabajadores de la Electricidad y el Gas (SNATEGS) fue disuelto voluntaria y unánimemente por sus miembros fundadores durante una asamblea general que se celebró el 17 de octubre de 2017, en presencia de un agente judicial que levantó acta a este efecto. Esta acta se transmitió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el cual tomó nota de ella, y se ha enviado un expediente completo a la Oficina Internacional del Trabajo. Este expediente se entregó a la misión que se desplazó hasta Argel.
En este marco, cabe indicar que el Consejo de Estado desestimó la demanda del Sr. Raouf Mellal en el asunto de la disolución voluntaria del SNATEGS (resolución del Consejo de Estado núm. 18/2436 de 19 de julio de 2018). Además, el Ministerio de Justicia ha indicado que no se ha dictado ninguna sentencia en la que se afirme que el Sr. Raouf Mellal es el presidente.
En lo que respecta a los alegatos de actos de intimidación y de violencia contra trabajadores y sus organizaciones sindicales, el Gobierno afirma que los trabajadores y sus organizaciones sindicales ejercen libremente los derechos y las libertades que les reconocen la Constitución y el derecho de manifestación pacífica respetando el orden público.
Por último, cabe señalar que es importante tomar nota de que Argelia ha recibido la Misión de Alto Nivel siguiendo los términos de referencia propuestos por la OIT y que se han reunido todas las condiciones para llevar a cabo esta misión, ya sea con los sectores y administraciones o con los interlocutores socioeconómicos.
Discusión por la Comisión
Representante gubernamental — Puedo asegurarle, señor Presidente que mi delegación no escatimará esfuerzos para facilitarle la tarea en la dirección de los debates en un clima constructivo y sereno y que contribuirá activamente al fortalecimiento del mecanismo de control de nuestra Organización para una aplicación justa de los convenios internacionales del trabajo.
Permítame expresar el asombro de mi Gobierno al ver a Argelia inscrita en la lista de casos individuales, aunque encontramos con mucho placer a nuestros amigos trabajadores, empleadores y delegados gubernamentales del mundo entero en este espacio tan importante que es la Comisión.
En la 107.ª reunión de la Conferencia en junio de 2018, la Comisión había hecho recomendaciones relativas a la aplicación del Convenio por parte de nuestro país. Pidió celebrar consultas amplias con los interlocutores económicos y sociales sobre el proyecto de Código del Trabajo, examinar algunas disposiciones de la ley núm. 90-14 relativas especialmente a la constitución de federaciones y confederaciones, al reconocimiento del derecho sin discriminación alguna a la constitución de sindicatos, a garantizar el ejercicio de la libertad sindical sin restricciones y por último, proporcionar explicaciones relativas a la reintegración de los trabajadores sindicalistas despedidos y la disolución del SNATEGS.
Además, la Comisión ha decidido enviar una misión de alto nivel para informar sobre la evolución de la aplicación de las recomendaciones de la Comisión. La aceptación de mi país de la Misión de Alto Nivel constituye la señal más patente del compromiso del Gobierno de Argelia con la promoción de los principios y derechos fundamentales del trabajo y de las normas internacionales del trabajo, como lo ha afirmado la OIT que, además ha manifestado su reconocimiento por los esfuerzos de Argelia a este respecto. La preparación del desplazamiento de la misión, así como el desarrollo de sus trabajos han sido organizados en condiciones perfectas. Esto prueba y confirma el compromiso de mi país para la aplicación de las decisiones a través de contactos permanentes y de alto nivel para examinar y estudiar en forma conjunta el mejor enfoque para la aplicación de las conclusiones de la honorable Comisión.
Me remito a las cuestiones planteadas y a las observaciones y recomendaciones formuladas por la Comisión. De este modo, en lo que se refiere a la evolución y al balance desde la última reunión, cabe recordar los siguientes puntos: la Comisión había solicitado la aceptación de la Misión de Alto Nivel, fue aceptada y tuvo lugar; esta misión debía trabajar en libertad; éste ha sido el caso y así se ha señalado en el informe de la misión que ha agradecido a las máximas autoridades argelinas por la acogida y cooperación durante su estadía; la Oficina ha establecido términos de referencia y mi país ha dado su consentimiento sin ninguna reserva, tanto para las entrevistas con los departamentos ministeriales propuestos como para con las organizaciones sindicales de los trabajadores y los empleadores. El informe subraya que no se ha producido ningún obstáculo o dificultad y precisa que se reunían todas las condiciones para permitir un buen desarrollo de la misión.
La Misión de Alto Nivel ha recordado la importancia del proceso de reforma legislativa en curso en Argelia en materia de fortalecimiento del pluralismo sindical, y de hecho el Gobierno ha desatendido las recomendaciones de la Comisión de Expertos.
En este contexto, reiteramos a la honorable Comisión las informaciones comunicadas a la Misión de Alto Nivel relativas a la aplicación de un nuevo enfoque para llevar a cabo las enmiendas solicitadas, en especial con respecto a ciertas disposiciones de la ley núm. 90-14 relativas a las modalidades de ejercicio del derecho de sindicación.
Este enfoque consiste en disociar las modificaciones solicitadas a dicha ley del proceso global de finalización del Código del Trabajo, lo que ahorrará tiempo para su adopción, debido a que sólo se tratará de ciertas disposiciones de una sola ley en lugar del examen sobre la adopción de un documento tan importante como es el Código del Trabajo que comprende más de 750 artículos.
Según este enfoque, ya está en marcha la revisión de las disposiciones del artículo 4 de la ley núm. 90-14 para ocuparse de las recomendaciones de la Comisión de Expertos en relación con la creación de «federaciones» o de «confederaciones», permitiendo así aclarar las disposiciones del artículo 4 en relación con el artículo 2 de la misma ley.
En cuanto al artículo 6, su enmienda permitirá a los trabajadores extranjeros constituir las organizaciones sindicales que estimen convenientes y afiliarse a ellas, y estamos dispuestos a beneficiar de toda experiencia internacional disponible en la materia a nivel de la OIT.
Respecto al proyecto de Código del Trabajo, mi país es partidario de un enfoque inclusivo que permita alcanzar el consenso buscado entre los diferentes interlocutores y el Gobierno. Esta inquietud es tanto más legítima para todos los interlocutores habida cuenta de la importancia e impacto de este Código en el mundo del trabajo. Además, es importante recordar que no se ha señalado ninguna dificultad de gestión de las relaciones socioprofesionales en el mundo del trabajo dado que Argelia dispone de un cuerpo legislativo y reglamentario desde 1900 y que no registra ningún vacío jurídico en materia de reglamentación del trabajo.
Por lo demás, los interlocutores sociales y económicos habían explicado en junio de 2018 que estaban de acuerdo con la iniciativa adoptada por el Gobierno para la finalización de ese Código.
Por último, cabe señalar que la reglamentación vigente desde 1990 está conforme con los grandes principios de los convenios. Sin embargo, necesita una actualización después de varios años de aplicación y a la luz de las enmiendas propuestas por la OIT, que seguirá haciéndose cargo en estrecha colaboración con el conjunto de los interlocutores socioeconómicos.
En cuanto al registro de las organizaciones sindicales, y como lo ha señalado la Misión de Alto Nivel, las adaptaciones y/o las modificaciones serán propuestas en los textos sobre el ejercicio del derecho de sindicación para dar más efectividad a los derechos y consolidarlos. La misión había propuesto poner a nuestra disposición algunas experiencias internacionales sobre la materia. Ello nos permitiría disponer de ejemplos concretos que nos servirán de base.
Además, y de conformidad con las nuevas medidas decididas por el Gobierno en abril sobre la aceleración de los procedimientos de registro, se ha iniciado el procedimiento de registro de 20 nuevos sindicatos, de los cuales 13 son organizaciones sindicales de trabajadores y siete organizaciones sindicales de empleadores, teniendo en cuenta que el número total de organizaciones registradas hasta el día de hoy es de 121 contra 101 en junio de 2018. Es importante señalar que esta operación de registro de sindicatos constituye un hito y un progreso importante y que ha afectado a organizaciones repartidas tanto en el sector de la administración como en el sector económico.
Con respecto al SNATEGS, se han transmitido todas las informaciones corroboradas por documentos que prueban la disolución automática de ese sindicato por sus propios miembros fundadores en presencia de un agente de la autoridad judicial y sin interferencia alguna de la administración.
Se ha hecho referencia a supuestas obstrucciones al ejercicio del derecho de sindicación y a actos de intimidación. En este sentido, cabe señalar que las organizaciones sindicales ejercen libremente los derechos y libertades que les reconoce la Constitución y el derecho a la manifestación pacífica dentro del respeto al orden público.
Por lo demás, prueba de ello son las manifestaciones organizadas por las corporaciones o la población que se desarrollan en mi país en un ámbito pacífico lejos de cualquier obstáculo, y ello es considerado como un ejemplo a nivel internacional.
Asimismo, se han adoptado medidas en lo que se refiere a los expedientes relativos a los despidos de los trabajadores o de los sindicalistas. El número de trabajadores afectados alcanzaba a 86. Hoy en día se ha procedido a la solución de 83 casos, y la información sobre ellos se ha incluido en el informe de la Misión de Alto Nivel que se ha entrevistado sobre este tema con los sectores interesados, incluso con el Ministerio de Justicia. Nosotros proseguiremos la tramitación de los casos restantes y tenemos la mejor disposición para recibir toda la documentación y experiencia internacional de la OIT, conforme a lo propuesto por la Misión de Alto Nivel para reforzar y mejorar la gestión de este tipo de situaciones.
Por último, mi país reitera su compromiso con las libertades fundamentales del trabajo, definidas por los convenios internacionales en la materia, y velará por la defensa y la promoción del derecho de sindicación.
En cuanto al diálogo social, las actividades cotidianas en materia de negociación y de adopción de los instrumentos de gestión de las relaciones de trabajo entre los interlocutores sociales (empleadores y trabajadores) revelan que hasta la fecha se ha procedido a la firma de 18 588 acuerdos colectivos, 3 841 convenios colectivos a nivel de las empresas, 82 convenios colectivos y 167 acuerdos colectivos a nivel de ramas de actividades.
Asimismo, los pactos y acuerdos tripartitos a nivel nacional logrados en los encuentros de diálogo y de concertación social entre el Gobierno y los interlocutores económicos y sociales, han permitido desarrollar los diferentes programas relativos al mundo del trabajo, reforzar la protección social así como el diálogo social y trabajar para el establecimiento de una concertación permanente.
Esta constatación demuestra que la libertad sindical se ejerce normalmente en mi país y que Argelia está comprometida con los derechos humanos, con el cumplimiento de los convenios y de las normas internacionales, la promoción del diálogo social y el intercambio de experiencias exitosas y las buenas prácticas a nivel internacional.
Para concluir, estimamos que las explicaciones e informaciones presentadas a la honorable Comisión demuestran concretamente la voluntad del Gobierno para mejorar los procedimientos, reforzar la protección del derecho de sindicación y acelerar la modificación de la ley núm. 90-14 y una mejor gestión de los casos individuales. Esto forma parte de la aplicación de las recomendaciones de la reunión de junio de 2018.
A este respecto, les informo que el Gobierno se compromete a regularizar a corto plazo todas las solicitudes de registro de sindicatos presentadas a la administración.
Por consiguiente, pido a la Comisión que considere estos logros y progresos, así como los proyectos y programas previstos que se concretarán ajustándose plenamente a la nueva dinámica existente en mi país, y a este respecto subrayo que las preocupaciones de la Comisión son igualmente las del Gobierno que velará por llevarlas a buen término.
Miembros trabajadores — Desde nuestra última reunión, un viento de libertad y esperanza sopla en Argelia. Ha aportado una serie de cambios pero sobre todo promesas para el futuro. El país está experimentado en la actualidad una fase de transición y esperamos ver que las aspiraciones legítimas de la población puedan realizarse en un futuro próximo.
Es en ese contexto que el Gobierno argelino ha aceptado que se lleve a cabo la Misión de contacto de Alto Nivel recomendada por nuestra Comisión el año pasado. El informe de la misión actualiza y precisa ciertas constataciones, pero también permite poner de manifiesto nuevos elementos muy inquietantes.
Es importante retomar los diferentes aspectos.
Con respecto al nuevo Código del Trabajo que es un proyecto desde 2011, es decir desde hace más de ocho años, todavía no ha sido adoptado. Del mismo informe de la misión se desprende que no ha habido ninguna coordinación con los representantes de los empleadores y de los trabajadores desde 2017. No obstante, sabemos que el Gobierno desea cambiar de método procediendo primeramente a una revisión de ciertas disposiciones consideradas como prioritarias del anteproyecto de Código del Trabajo. En una segunda etapa se llevará a cabo la reforma de forma más completa. Es evidente que hay que asegurarse de que este nuevo método ayudará efectivamente a lograr resultados en forma rápida.
En todo caso, no puede servir de pretexto para posponer por tiempo indefinido la reforma de las partes que no serán revisadas. El proceso dura desde hace bastante tiempo y los trabajadores argelinos no pueden esperar todavía ocho años adicionales.
Seguimos lamentando que no haya habido una mejora del artículo 6 de la ley núm. 90-14 de 2 de junio de 1990, que limita el derecho de fundar una organización sindical a las personas de nacionalidad argelina, de origen o adquirida, desde al menos diez años.
Como lo recuerda la Comisión de Expertos en su Estudio General consagrado a los convenios fundamentales, esto implica que todos aquellos que permanecen en el territorio de un Estado, tengan o no un permiso de residencia se benefician de los derechos sindicales previstos por el Convenio, sin ninguna diferencia basada en la nacionalidad
Tampoco se ha registrado ningún cambio con respecto a las disposiciones que tienen por efecto limitar la constitución de federaciones y confederaciones.
Observamos que en las informaciones comunicadas por el Gobierno, éste se compromete a efectuar las adaptaciones necesarias sobre estos aspectos. Esto constituye un avance significativo pero deseamos que el Gobierno pase de las palabras a los hechos.
A este respecto, el informe de la misión observa que, al igual que para determinadas partes del anteproyecto de Código del Trabajo, el Gobierno abordará en forma prioritaria la modificación de la ley núm. 90-14. Sin embargo, un compromiso de este tipo no es suficiente. Como lo sugiere la misión, es necesario que esté acompañado de un calendario preciso que fije las diferentes etapas y que se implique a los representantes de los empleadores y de los trabajadores.
En este sentido, tomamos nota del compromiso del Gobierno de comunicar a la Oficina un calendario de los trabajos. Insistimos para que el Gobierno no utilice esta opción como una nueva maniobra dilatoria.
Asimismo, la misión ha señalado un problema que el Grupo de los Trabajadores no ha cesado de denunciar en el seno de esta Comisión. En efecto, resulta que el Gobierno ha demostrado su arbitrariedad en sus decisiones de registro de las organizaciones sindicales. Es así como a ciertas confederaciones se les niega el registro sobre la base de que tienen afiliados de varios sectores, mientras que otras que se encuentran en la misma situación son registradas. Compete al Gobierno adoptar una posición coherente procediendo al registro de las organizaciones que reagrupan varias ramas de actividad, profesiones o sectores y, si es necesario, proceder a una adaptación de la ley.
Otro problema fundamental que ha sido señalado por la misión se refiere a la aplicación de ciertas disposiciones que tienen como consecuencia limitar en los hechos la libertad sindical. Esto concierne a la ausencia de una protección eficaz contra el despido y la discriminación sindical, pero también a la dificultad para obtener una reintegración en caso de una decisión judicial favorable. Asimismo, esto se refiere también a la limitación del acceso a las funciones sindicales al exigir la calidad de asalariado para ejercer sus funciones.
Esta situación presenta dos problemas mayores de contabilidad con el Convenio. Por una parte, el despido de un responsable sindical le hace perder esta calidad, lo que deja la vía libre a una injerencia del empleador en el funcionamiento de la organización sindical. Por otra parte, y en forma más amplia, esta exigencia constituye igualmente una injerencia de las autoridades en el funcionamiento de las organizaciones sindicales que, en virtud del Convenio, tienen el derecho de elegir libremente a sus representantes.
Lamentamos constatar que el Gobierno no parece haber tomado conciencia del problema puesto que en las informaciones que ha comunicado a nuestra Comisión, indica que la CGATA no podía ser registrada puesto que su presidente no tiene la calidad de asalariado. Invitamos al Gobierno a aprovechar la revisión de la ley anunciada para solucionar este aspecto suprimiendo dicha condición.
Asimismo, el Gobierno confirma su rechazo a reconocer ciertas organizaciones basándose en que éstas se habrían apropiado del estatuto de sindicatos registrados sin respetar las disposiciones legales y estatutarias. Se trata de una prueba suplementaria de la injerencia practicada por el Gobierno en los asuntos internos de los sindicatos, puesto que se arroga el derecho a decidir lo que es conforme o no a los estatutos de una organización.
Además, el Gobierno pretende haber pedido a las organizaciones actualizar sus expedientes, pero el procedimiento requiere muchísimo tiempo. A modo de ejemplo, el SESS espera desde el 10 de abril que se le entregue la prueba de su registro.
Como lo menciona la Comisión de Expertos en su informe, en la práctica el registro de los sindicatos sigue suscitando otros problemas. Se trata en este caso de los plazos excesivamente largos para el registro de los sindicatos o del rechazo sin motivo por parte de las autoridades para registrar los sindicatos autónomos, y esto desde hace muchos años. Acabamos de ver un ejemplo concreto de este fenómeno.
Asimismo, la misión constató este punto y pudo advertir que, en muchos casos, las decisiones de rechazo han sido lapidarias, no motivadas y por consiguiente, arbitrarias. Recordemos que en términos del artículo 2 del Convenio, la constitución de una organización sindical no puede estar sometida a una autorización previa. Precisemos, de paso, que debido a este no reconocimiento de varias organizaciones, éstas se encuentran excluidas de la participación en las estructuras y consultas tripartitas de modo que no han sido consultadas sobre las diferentes reformas y revisiones.
Como lo señala la Comisión de Expertos en su Estudio General sobre los convenios fundamentales, el cumplimiento de ciertas formalidades previas al registro es compatible con el Convenio sólo si se reúnen dos condiciones:
— que no confiera a las autoridades un poder discrecional para rechazar la constitución de una organización, y
— que esta exigencia no constituya un obstáculo de modo que constituya una prohibición pura y simple.
La situación de Argelia es de hecho el ejemplo de estos dos casos en concreto: las autoridades tienen un poder discrecional para rechazar el registro, y el no registro es similar a una prohibición. En efecto, sin registro la organización sindical no es reconocida, y, por consiguiente, no es consultada. No dispone de los derechos más elementales como el de abrir una cuenta bancaria o alquilar un local.
Además, es paradójico constatar que las organizaciones no reconocidas son aquellas que han recurrido a los órganos de la OIT para defender sus derechos. Asimismo, se han intentado procedimientos judiciales contra una organización y un responsable sindical sobre la base de elementos de una queja dirigida al Comité de Libertad Sindical.
Cabe observar que el Gobierno insiste y persiste en cuanto a la disolución del SNATEGS. Mantiene que éste ha sido objeto de una disolución voluntaria y finge ignorar que se han dictado sentencias judiciales pronunciándose sobre la identidad de los responsables de la organización y que no son los verdaderos responsables que han procedido a la disolución.
De paso, no podemos dejar de asombrarnos ante la facilidad con la cual se puede disolver un sindicato, mientras que su constitución y registro requieren numerosas formalidades y un tiempo considerable.
Invitamos al Gobierno argelino a garantizar la seguridad y las libertades fundamentales de todos los sindicalistas, y en particular de aquellos que han respondido y se han reunido con la misión.
Asimismo, les invitamos a dejar de recurrir a las prácticas de clonación y a la creación de sindicatos ficticios. Este tipo de práctica socava la credibilidad del Gobierno que, sin embargo, pretende desear restablecer la confianza con la OIT y sus órganos de control.
Hace un momento he mencionado el problema de la discriminación sindical y la cuestión de la reintegración. La Misión de Alto Nivel ha podido constatar a través de casos concretos hasta qué punto es difícil para un responsable sindical despedido obtener su reintegración. Observamos que se despide a los sindicalistas miembros de organizaciones que todavía no han sido registradas. Dado que, en virtud de la legislación actual, que no está en conformidad con el Convenio, hay que ser asalariado o funcionario para ser responsable sindical, dichas personas pierden de facto su calidad de sindicalista lo que hace imposible su reintegro.
Además, en muchos casos, los responsables sindicales que obtienen decisiones judiciales de reintegro se enfrentan con empleadores que se niegan a ejecutarlas. En otros casos, los trabajadores son reintegrados pero con la condición de cesar sus actividades sindicales. Por consiguiente, son objeto de un chantaje que les impone elegir entre su sustento y sus derechos sindicales. A este respecto, el informe de la Comisión observa que fuera de los sindicatos reconocidos, en los hechos la libertad de organización no está garantizada.
Por último, lamentamos nuevamente el abismo que separa la situación en Argelia de los principios y fundamentos de la OIT. Sin embargo y contrariamente a las sesiones anteriores, esta vez tenemos razones para esperar que se puedan introducir cambios importantes en un futuro próximo y ello a pesar de la mala voluntad demostrada por el Gobierno. Hasta hace poco tiempo, muchas cosas que parecían inconcebibles en el país se han hecho realidad. No obstante, resta un largo camino y sólo la determinación de la población será decisiva. En todo caso, la nuestra seguirá intacta para defender los derechos sindicales de los trabajadores y crear las condiciones para un futuro mejor.
Miembros empleadores — Quisiera agradecer al distinguido delegado del Gobierno por su presentación ante nosotros hoy. Los empleadores comienzan recordando que este caso ha sido discutido en la Comisión en 2014, 2015, 2017 y recientemente en 2018. El caso se refiere ante todo a cuestiones relativas a los obstáculos para la constitución de organizaciones de trabajadores, incluido el registro de los sindicatos en la legislación y en la práctica en Argelia. En las consideraciones previas de este caso, el Gobierno ha manifestado repetidamente que estas cuestiones se abordarían en un nuevo Código del Trabajo. El Grupo de los Empleadores valora positivamente que, tras las conclusiones de la Comisión en 2018, el Gobierno haya aceptado una misión de alto nivel que, como lo señalaron los miembros trabajadores, tuvo lugar en mayo de 2019. Los empleadores acogen con satisfacción el hecho de que la misión se realizó y consideramos que ahora se debe trabajar en el seguimiento de la Misión de Alto Nivel. Asimismo, agradecemos los comentarios de hoy del Gobierno relativos a la Misión de Alto Nivel como una prueba de su compromiso de cumplir plenamente con las normas internacionales del trabajo, así como la prueba de la voluntad de su Gobierno para participar en los contactos de alto nivel y colaborar con la OIT. Asimismo, los empleadores se sienten alentados al escuchar que el Gobierno se ha comprometido a hacer enmiendas al Código del Trabajo, en consulta con las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores. Celebramos también los comentarios de hoy del Gobierno centrados específicamente en sus esfuerzos para aplicar las conclusiones de la Comisión de 2018. Por consiguiente, hay una serie de medidas positivas que señalar en este caso. Estamos de acuerdo con el portavoz de los trabajadores en que nos sentimos alentados por la cantidad de cambios que se han realizado y que el futuro parece prometedor. Los empleadores señalan que formulan estas declaraciones con un optimismo prudente. Los empleadores toman nota de que el Gobierno se ha comprometido a revisar el Código del Trabajo que se encuentra en la etapa de redacción, pero también debemos ser prudentes al señalar que desde 2011 se ha iniciado este proceso. El Grupo de los Empleadores toma nota con preocupación de que en Argelia no ha habido consultas con las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores desde 2017. Sin duda esto tiene que cambiar. Comprendemos la información presentada por el Gobierno en el sentido de que las nuevas reformas legales consisten en reformas de la ley de 2 junio de 1990, así como los esfuerzos para consolidar las disposiciones relativas a la protección de los sindicatos específicamente y que se ha comunicado un calendario del plan de trabajo de la ley a la OIT, así como el compromiso de consultar a las organizaciones de trabajadores y de empleadores. Comprendemos que algunas medidas se han adoptado desde el 3 de abril de 2019, el Gobierno ha iniciado un proceso de registro de los sindicatos que se ha traducido en 11 nuevos registros de organizaciones sindicales, incluida una organización de empleadores. Además, entendemos que ha habido un compromiso del Gobierno para colaborar con las partes interesadas respecto al SAAA, el SAATT y el SESS. También entendemos que el Gobierno ha proporcionado información y documentos sobre las alegaciones de la COSYFOP, del SNSI y del SNT ENERGIE. Observamos que se están haciendo esfuerzos y alentamos a que se siga en esta vía, Por consiguiente, el Grupo de los Empleadores toma nota de que el Gobierno debe aprovechar esta oportunidad para reafirmar su compromiso de adoptar todas las medidas necesarias para completar la reforma del Código del Trabajo sin más demora, y también debería reafirmar su compromiso para completar este proceso en consulta con las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores sin más dilación.
Miembro trabajadora, Argelia — Para contribuir a proporcionar un panorama de las prácticas con respecto a los sindicatos en Argelia, especialmente en el contexto del Convenio que nos ocupa, desearía aportar las siguientes precisiones.
La pluralidad sindical ha sido reconocida desde los acontecimientos de 1988 y está consagrada en la Constitución de 1989. Se ha adoptado una ley sobre la libertad sindical en 1990, lo que condujo a la creación de varios sindicatos en muchos sectores, especialmente en el sector público. A este respecto existen documentos en apoyo. La Unión General de Trabajadores de Argelia (UGTA) presentó un documento relativo a la creación de varios sindicatos. Existen más de 60 sindicatos en Argelia y no cabe duda que la misión de la OIT que ha estado recientemente en Argelia dispone de toda la documentación que prueba estos hechos. Recientemente se han registrado 20 sindicatos suplementarios, que se adicionan a esa cifra.
Con respecto a la discusión sobre la libertad sindical, no podemos negar que la pluralidad sindical es una realidad en Argelia, como ha testimoniado la UGTA. Si hubiera una política desfavorable a los sindicatos en Argelia, su número no sería tan elevado y las prisiones estarían llenas de sindicalistas.
Sobre la base de informaciones presentadas por la UGTA, podemos afirmar que los sindicatos son libres de participar en las consultas tripartitas. La UGTA fue fundada en 1956 en el momento de la revolución de liberación nacional y, por consiguiente tiene una calidad que le permite participar en las negociaciones tripartitas en todos los sectores de la economía y los servicios. Por lo tanto, nos preguntamos si todos los empleadores y los trabajadores hacen participar a sus sindicatos en este nivel de diálogo tripartito independientemente de su nivel de representación. Todos los sindicatos existentes en la función pública participan también en estos diálogos tripartitos organizados por sector, de conformidad con el Código del Trabajo de Argelia.
La misión tripartita ha encontrado a una serie de sindicalistas disidentes que han abandonado la UGTA. Los ha escuchado detenidamente y esto es un elemento importante en la historia de nuestro movimiento sindical que ha sido teatro del martirio de 400 militantes sindicalistas, encabezados por su secretario general. La lógica nos impone interrogarnos sobre las tareas de esta misión y si ella podía interferir en los asuntos internos de los sindicatos.
Hoy en día no existe sindicato que no sea testigo de tales injerencias. La cuestión es saber si estas injerencias terminarán y por otra parte es un elemento comunicado por la misión tripartita, lo que nos lleva a interrogarnos sobre la verdadera naturaleza de las intenciones de quienes intentan utilizar las estructuras de la OIT, que celebra este año su centenario, utilizando el derecho para defender la mentira.
Por esta razón la UGTA, como organización que tiene una larga historia de honestidad, solicita la reevaluación de la cuestión y atenerse a los hechos como tales, y no como algunos quieren presentarlos para lograr objetivos no declarados y contrarios a los intereses del movimiento sindical argelino y de otros países del mundo.
Hoy en día Argelia es testigo de manifestaciones pacíficas que llaman al cambio. Esto también ha sido observado por la misión tripartita que visitó Argelia y que ha saludado la buena fe del Gobierno para cumplir con sus obligaciones, incluida la reciente aprobación del registro de 20 sindicatos. Sin embargo, Argelia se encuentra inscrita en la lista de casos individuales.
No obstante, la Argelia de ayer no es aquella de después de la fecha del 22 de febrero. La Argelia de hoy busca la estabilidad para proteger los intereses de los trabajadores.
Miembro empleador, Argelia — En nombre de la delegación de los empleados públicos de Argelia, quiero confirmar la disponibilidad de nuestra organización y su compromiso con los principios de las instancias internacionales y especialmente de la OIT. Nuestro país ha adherido a las principales recomendaciones, en particular con la ratificación de los ocho convenios fundamentales.
Nos complace observar los progresos registrados por mi país en el plan social, sin embargo, hay muchas cosas que necesitan convertirse en realidad. Llamamos la atención de esta augusta asamblea sobre los esfuerzos y las acciones ya concretizadas y les pedimos considerar los compromisos contraídos por nuestro Gobierno y tomar nota de la propuesta de establecer un calendario de aplicación de estas recomendaciones.
Agradecemos la ayuda de su Organización, en particular por el envío de una delegación de alto nivel que nos ha permitido vislumbrar un futuro mejor, en particular por el desarrollo del diálogo social mediante el tripartismo que constituye una línea de acción para mi país. Insistimos sobre los progresos logrados y al mismo tiempo solicitamos considerar los cambios políticos que se desarrollan en nuestro país y que nos parecen un buen augurio para un futuro mejor, tanto en el plano económico como social.
Quería hacer esta aclaración para decir que no existe sólo el aspecto de las medidas que habrían de adoptarse, existe también el hecho de que hay progresos, en particular por los cambios políticos que se están produciendo en mi país.
Miembro gubernamental, Senegal — Agradecemos a la delegación argelina por las respuestas proporcionadas a las preocupaciones expresadas en el informe de la Comisión de Expertos relativas a la aplicación del Convenio. El Senegal acoge con satisfacción el conjunto de medidas adoptadas últimamente por Argelia en el contexto actual caracterizado por las profundas trasformaciones en los planos político, económico y social, a pesar del período de transición que atraviesa particularmente delicado.
Por lo demás, deben señalarse ciertos logros que nos parecen fundamentales: la aceptación por parte de Argelia de la Misión de Alto Nivel de la OIT, que tuvo lugar del 21 al 23 de mayo de 2019; el compromiso del Gobierno de ajustar la legislación nacional a las normas de la OIT y la concertación en que basa en la elaboración de dicha legislación nacional; y el diálogo social que parece estar instaurado en el seno del país como lo demuestran las consultas tripartitas y ampliadas.
En definitiva, el Senegal alienta a Argelia para que prosiga sus esfuerzos loables con miras a la aplicación del Convenio para lograr, cuando proceda, reformas consensuales que garantizan una estabilidad económica y social.
Por último, el Gobierno del Senegal exhorta a la Oficina para que siga apoyando a las partes interesadas para privilegiar a nivel nacional un diálogo social inclusivo y un tripartismo productivo preservando el interés superior del país.
Miembro trabajadora, España — Hace un año, en esta misma sala, recordé el informe de la Unión Europea (UE), del 6 de abril de 2018, sobre el estado de las relaciones entre la Unión Europea y Argelia en virtud de la política europea de vecindad. En su punto 3, recuerda que los sindicatos autónomos argelinos tienen dificultades para registrarse o reunirse a pesar de la ratificación del Convenio. Y en su punto 6 se indica que la promoción del diálogo social, particularmente a través del desarrollo de sindicatos autónomos, también debería ser parte de las mejoras en el entorno económico y del mercado laboral.
Partiendo de estas premisas fundamentales y un año más, constatamos que la represión en Argelia, contra los sindicatos independientes, sigue siendo una constante con despidos arbitrarios, suspensión de dirigentes sindicales y represión brutal de protestas pacíficas. Así lo indican las sucesivas ediciones del índice global de los derechos de la Confederación Sindical Internacional (CSI).
La Argelia de hace un año no es la Argelia que hoy conocemos, y ese elemento no puede ser obviado por esta Comisión. Durante meses, el pueblo argelino y con él las organizaciones sindicales autónomas han salido de manera masiva a las calles a manifestarse en contra del quinto mandato del Sr. Bouteflika, en un contexto de fuertes movilizaciones estudiantiles y de otros sectores de la sociedad argelina. Al inicio de estas movilizaciones y con un movimiento sindical aún pendiente de legalizar, el presidente de la CGATA, Sr. Rachid Malaoui, hoy aquí presente con nosotros en Ginebra, afirmaba que Argelia estaba en una encrucijada de caminos y así su movimiento sindical.
Y es en este contexto convulso, política y socialmente, en el que tiene lugar la Misión de Alto Nivel de la OIT en Argelia del pasado mayo, con muchas ilógicas limitaciones; aun así, nos felicitamos por la recomendación urgente hecha al Gobierno de Argelia en el informe de esta importante misión de la OIT de proceder de urgencia al registro de la CGATA, del Sindicato Argelino de Funcionarios de la Administración Pública (SAFAP) y del SESS y de dar las facilidades necesarias para los trámites. La CGATA no ha conseguido aún su registro oficial en Argelia, siendo acosados en diferentes momentos sus líderes sindicales y sus afiliados y afiliadas.
El Gobierno sigue usando los mismos métodos de despidos arbitrarios para impedir el trabajo sindical y utilizando el argumento de la falta de registros de organizaciones. Todos vimos como el pueblo argelino decidió en estos meses pasados recuperar su lugar, su honor y su dignidad.
El resultado del debate de esta Comisión debería estar a la altura de la dignidad del pueblo argelino que lucha por sus libertades democráticas; debería obligar al Gobierno de Argelia a cumplir con el Convenio, y debería evitar que en 2020 nos veamos de nuevo en esta misma sala para constatar que nada cambió.
Miembro gubernamental, Burkina Faso — Mi país reafirma su compromiso con los principios y valores del Convenio. La cuestión de la defensa de la libertad sindical es una preocupación fundamental de nuestra Organización. En efecto, de la Constitución de 1919 a la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de 1998, pasando por la Declaración de Filadelfia de 1944, la OIT ha hecho de la promoción de la libertad sindical su principal objetivo.
El Gobierno argelino ha sido interpelado por nuestra Comisión respecto de la aplicación en el derecho y en la práctica, de ciertas disposiciones pertinentes del Convenio ratificado en 1962. La delegación de mi país toma nota con satisfacción de las informaciones útiles proporcionadas por el Gobierno argelino y de los diferentes esfuerzos realizados por este país hermano para dar pleno efecto a los principios contenidos en el Convenio. Nos complace constatar que sobre todas las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos, Argelia ya ha iniciado consultas, ha aportado ciertas respuestas y ha manifestado su voluntad de aportar las correcciones necesarias para garantizar una plena aplicación del Convenio en el terreno. Po resta razón, alentamos al Gobierno argelino a proseguir sus esfuerzos y a solicitar la asistencia técnica de la OIT en el marco de las reformas previstas.
Observador, IndustriALL Global Union — Me complace hablarles en nombre de IndustriALL. En efecto, mis colegas de la COSYFOP y yo mismo nos hemos reunido con la Misión de contacto de Alto Nivel en mayo. Lo que hemos vivido después de las conclusiones de la Comisión de 2018 ha sido horrible. Ha habido condenas, encarcelamientos y detenciones. Personalmente he sido detenido brutalmente el 23 de abril de 2019 y he sufrido tortura física y psicológica en la comisaría. Me han desnudado y esposado, me han sentado en una silla de fierro para interrogarme sobre mis actividades sindicales. He podido constatar que cada vez que ha habido conclusiones de la Comisión, ha habido más represión y amenazas respecto a mis compañeros y a mí mismo para obligarnos a aceptar la disolución administrativa del sindicato SNATEGS por ordenanza núm. 296 del 16 de mayo de 2017 del Ministerio de Trabajo.
Además, durante la discusión de este caso en la Comisión, en 2017, el representante gubernamental declaró que no se había pronunciado ninguna ordenanza administrativa para retirar el registro del SNATEGS el 16 de mayo de 2017, y este mismo representante gubernamental reitera hoy día que ha obtenido un fallo favorable en lo que se refiere a la anulación de esta ordenanza, esta última no debería existir.
Tratándose de la pretendida disolución voluntaria, y como consecuencia de la pérdida de todos los procesos contra nosotros por el Sr. Boukhlafa Abdallah, el Ministerio de Trabajo presentó una denuncia en mi contra por usurpación de función, en abril. El Ministerio ha utilizado su influencia para obtener una condena en mi contra. En cuanto a la COSYFOP, inscrita en el Ministerio de Trabajo con el núm. 30/1991, el Ministerio ha declarado que los órganos de la COSYFOP han sido convocados de forma ilegal.
No obstante, quiero confirmarles que no existe ningún conflicto interno que el Gobierno argelino pueda utilizar contra la COSYFOP para desacreditarla. No pedimos al Gobierno argelino que nos registre o que nos ofrezca facilidades. Lo que le pedimos es poner término a esta opresión contra los sindicatos, a estas prácticas arbitrarias que obstaculizan la protección del derecho de sindicación y la libertad sindical. La Misión de Alto Nivel había pedido al Gobierno poner término a las prácticas de opresión, en particular con los sindicatos y las personas que se reunieron con la misión. Es la razón por la que deseo informarles que uno de nuestros compañeros, el Sr. Mounit Batraoui, que se reunió con la misión ha sido objeto de intimidación y acoso. Por otra parte, los sindicalistas despedidos no han sido reintegrados y se ha censurado el sitio web de la COSYFOP. Convendría recordarle al Gobierno que el Ministerio de Trabajo es un interlocutor de los sindicatos y no un superior jerárquico o un juez que decide sobre la legitimidad de los congresos o de las elecciones, máxime que la ley prohíbe a la administración interferir en los asuntos internos de los sindicatos.
Miembro gubernamental, República Bolivariana de Venezuela — La República Bolivariana de Venezuela saluda la amplia información brindada por el honorable representante del Gobierno de Argelia respecto al cumplimiento del Convenio. Valoramos los avances en el marco de la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.
Vale recordar que en la pasada sesión de esta Comisión, manifestamos preocupación de que en este caso se consideren denuncias provenientes de personas u organizaciones que no pertenecen al mundo del trabajo, lo cual no es pertinente y menos aún si todo ello tiene enfoque político. Debemos tener presente la situación por la que atraviesa Argelia. Es innegable el valor que ha de dársele a la aceptación por parte del Gobierno de Argelia, de una visita de alto nivel de la OIT que visitó al país del 21 al 23 de mayo de 2019, lo cual demuestra su interés para colaborar con los mecanismos de control de esta Organización.
Merece que esta Comisión tenga en cuenta que el Gobierno de Argelia viene reformando y adaptando su marco legislativo de conformidad con los convenios de la OIT y las recomendaciones realizadas por la Comisión de Expertos.
Encomiamos al Gobierno argelino para que continúe con las enmiendas legislativas que tiene previstas en materia de federaciones y confederaciones sindicales, sobre la nacionalidad de los trabajadores a la hora de crear sindicatos y sobre la protección de los delegados sindicales en el marco de sus derechos sindicales, entre otros aspectos.
Confiamos en que las conclusiones de esta Comisión, producto de este debate, sean objetivas y equilibradas, lo cual dará lugar a que sin duda el Gobierno de Argelia pueda considerarlas y valorarlas en el marco del cumplimiento que viene dándole al Convenio.
Miembro trabajador, Congo — Tomo la palabra en nombre de los trabajadores del Congo, así como de los trabajadores de la Organización Sindical de Trabajadores del África Central (OSTAC) sobre el caso de Argelia, relativo al Convenio núm. 87, ratificado por Argelia en 1962.
Después de escuchar la intervención del representante del Gobierno argelino, observamos que Argelia ha ratificado ocho convenios fundamentales, y que después de la Misión de Alto Nivel de la OIT realizada del 21 al 23 de mayo de este año y de los intercambios que han seguido sobre las reformas legislativas relativas a los textos de ley, Argelia ha sido interpelada por nuestra Comisión, por lo tanto hay motivos para creer que las gestiones emprendidas para modificar y completar ciertas disposiciones del Código del Trabajo (ley núm. 90-14 de 2 de junio de 1990) constituyen un progreso que debemos celebrar. De este modo, el proyecto de enmienda de esta ley, que será sometido a la concertación social con todas las organizaciones sindicales de empleadores y de trabajadores puede ser una señal importante que indica que Argelia desde ahora está en línea con las disposiciones del Convenio. Sentimos que hay progresos en Argelia y que la voluntad de las autoridades encargadas de las cuestiones de trabajo y empleo es una realidad.
La celebración de la Misión de Alto Nivel de la OIT tuvo lugar sobre la base de los términos de referencia propuestos por la OIT. Por consiguiente, demos a Argelia la oportunidad y el tiempo para cumplir con las disposiciones del Convenio y para reintegrar a los trabajadores despedidos cuyo proceso de reintegro está muy avanzado, según las informaciones comunicadas por el Gobierno.
Miembro gubernamental, Estados Unidos — En 2018, la Comisión expresó su preocupación respecto a los progresos del Gobierno en cuanto a la situación en materia de libertad sindical en Argelia, ya que esta cuestión se ha examinado por más de una década en todo el sistema de control de la OIT.
La Comisión insta al Gobierno para que adopte medidas para garantizar que los trabajadores y empleadores puedan actuar libres de intimidación y establecer un proceso de registro de sindicatos transparente de conformidad con las normas internacionales del trabajo. A este respecto, tomamos nota de la aceptación del Gobierno de una Misión de Alto Nivel en el país en mayo de 2019. Acogemos con agrado este avance y esperamos con interés el examen detallado de la misión.
Al mismo tiempo, instamos al Gobierno a que siga aplicando las conclusiones de la Comisión de 2018, en especial:
- asegurar que el registro de los sindicatos en la legislación y en la práctica esté de conformidad con el Convenio;
- tramitar las solicitudes pendientes de registro de los sindicatos que hayan cumplido los requisitos establecidos en la ley y permitir el libre funcionamiento de los sindicatos;
- velar por que apruebe el nuevo Código del Trabajo en consulta con los interlocutores sociales, especialmente los más representativos;
- enmendar el artículo 4 de la ley núm. 90-14 a fin de suprimir los obstáculos al establecimiento por los trabajadores de las organizaciones, federaciones y confederaciones que estimen convenientes;
- enmendar el artículo 6 de la ley núm. 90-14 a fin de reconocer el derecho de todos los trabajadores, sin distinción alguna, a constituir sindicatos, y
- proporcionar más información sobre la rápida integración de los funcionarios del Gobierno despedidos por motivo de discriminación antisindical.
Miembro gubernamental, Egipto — Hemos escuchado con mucha atención la declaración del Gobierno de Argelia y el hecho de que se han tenido en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Expertos. Estimamos que la situación en Argelia es positiva y que el país se encuentra en una encrucijada. Debemos tener en cuenta los esfuerzos realizados por el Gobierno, que siempre participa en el diálogo social, pese a las dificultades que afronta. Creemos que el Gobierno de Argelia creará un clima positivo. El Gobierno de Argelia desea trabajar sobre la base del diálogo social y asegura que el pluralismo sindical existe en el país.
En 1990 la ley fue revisada y sigue en curso de revisión. Pensamos que este país merece ser alentado y debemos felicitar a Argelia y asegurar que prosiga su avance. La situación es prometedora y debemos proporcionar más tiempo a Argelia.
Miembro gubernamental, República Árabe Siria — Hemos leído y escuchado con gran atención la declaración del Gobierno de Argelia. Sentimos que los esfuerzos realizados son serios y que el futuro es prometedor. Se han tomado medidas para permitir al Gobierno de Argelia cumplir con las recomendaciones de la Comisión de Expertos de modo que pueda respetar plenamente el Convenio. En Argelia se están llevando a cabo reformas profundas de manera seria. Creemos que la Misión de Alto Nivel de la OIT en Argelia fue exitosa y que todos los esfuerzos realizados por el Gobierno son positivos. Recordemos que el derecho al trabajo y a la no discriminación o a no distinguir entre los trabajadores argelinos y los trabajadores extranjeros son elementos que se están tomando en cuenta. El Gobierno de Argelia está haciendo grandes esfuerzos para adoptar las reformas. La Misión de Alto Nivel fue acogida calurosamente en Argelia y por ello pensamos que el Gobierno argelino debería ser considerado digno de nuestra confianza. Se requiere mayor tiempo y el contexto es difícil a pesar de la asistencia técnica proporcionada por la OIT.
Observadora, Internacional de Servicios Públicos (ISP) — El Gobierno argelino se obstina en no adoptar las medidas necesarias. Por ejemplo, los secretarios judiciales de la sección de justicia del Sindicato Nacional Autónomo del Personal de la Administración Pública (SNAPAP) han sido objeto de despidos arbitrarios e injustos tras una huelga general, sin haber recibido hasta hoy una indemnización por el daño sufrido ni el pago de sus salarios. De igual manera, el coordinador nacional del SESS ha sido detenido arbitrariamente el 13 de julio de 2016 y luego declarado inocente, dado que el expediente estaba vacío. Éstas son las intimidaciones de las que somos víctimas.
Además, después de la creación de la sección del SNAPAP en el seno de la Universidad de Belgaid, el presidente de la Universidad ha presionado a los delegados para que se retiren de la sección y ha iniciado procedimientos judiciales sumarios para impedir la creación de una sección sindical. Se ha depositado una queja contra el responsable de la coordinación de Wilaya, Sr. Salim Mecheri, y de esta forma descabezar el sindicato.
Por otra parte, los Sres. Mellal Raouf, Kouafi Abdel Kader, Ben Zein Suleiman, Suleimani Mohammed Amin Zakariya Benhadad han sido condenados a penas de prisión debido a sus declaraciones a la prensa. Ello también se aplica al SNATEGS. Nos llevan ante los tribunales a pesar de los derechos de los que deberíamos beneficiarnos.
En cuanto al registro de la CGATA, hemos escuchado al Ministro pero sepan que el Gobierno argelino, los empleadores y tantos otros han hecho declaraciones erróneas en cada reunión de la Comisión. En efecto, el Ministerio de Trabajo se niega a registrar a varios sindicatos, y ello es una prueba de la obstinación de este Gobierno. Este Gobierno desprecia las recomendaciones de la Comisión de Expertos y esto se aplica a la CGATA y a muchos otros sindicatos, el de los docentes de la enseñanza superior, el SESS, por ejemplo. Por esta razón me pregunto y les pregunto si existe una verdadera libertad sindical. El Ministro entrega listas de sindicatos inexistentes en el terreno y yo le insto a darnos los nombres de sus dirigentes. En mi opinión esos sindicatos no existen. Se trata de sindicatos fantasmas.
Miembro gubernamental, Mauritania — Felicitamos a la delegación argelina por su informe exhaustivo y pertinente relativo a la aplicación del Convenio. Saludamos que Argelia haya acogido la Misión de Alto Nivel de la OIT, lo que indica su voluntad de cooperar de manera constructiva con la OIT para la aplicación de sus convenios internacionales.
El informe presentado por Argelia indica, sobre todas las cuestiones planteadas, que las autoridades han aportado respuestas satisfactorias y que han adoptado las medidas adecuadas, de conformidad con los convenios pertinentes de la OIT y las recomendaciones de sus órganos de control. Para concluir, habida cuenta de la situación que vive Argelia, es conveniente que todos sus interlocutores la apoyen de forma constructiva reconociendo sus esfuerzos para el cumplimiento de todas las recomendaciones de la OIT y la prevención de la paz social.
Miembro trabajador, Argentina — La Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma) se suma a los otros compañeros, pidiendo al Gobierno de Argelia que aplique inmediatamente las recomendaciones de la misión de la OIT y proceda al registro inmediato e incondicional de la CGATA y otros sindicatos independientes.
El informe de los expertos toma nota con preocupación de la lista proporcionada por la CSI y la CGATA, de nueve organizaciones sindicales que habían solicitado su registro y que han acabado por abandonar su empeño, debido a las peticiones de las autoridades y al tiempo transcurrido sin que hubiera podido lograr su registro.
Queremos recordar al Gobierno de Argelia que la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, de 1998, establece claramente que los derechos fundamentales como son los del Convenio deben ser respetados por todos los Estados Miembros de esta casa aunque no lo hayan ratificado, más aún en este caso donde Argelia lo ratificó en 1962.
En este sentido, el reciente registro de 11 nuevas organizaciones sindicales del Gobierno, es indicativo de que el Gobierno sólo entrega el registro a esas organizaciones que no presentan quejas, lo que demuestra el bajo respeto que el Gobierno argelino le otorga a la OIT y a sus recomendaciones.
Además, recordamos al Gobierno que el ejercicio de actividades sindicales legítimas y el derecho de sindicación no deberían depender del registro oficial de esas organizaciones. En este sentido, recordamos que el Convenio, en su artículo 2, establece que los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir la organización que estimen conveniente.
Asimismo, denunciamos abiertamente la represión brutal de la policía a las manifestaciones callejeras que tuvieron lugar algunos días antes de la misión de la OIT y la detención de nuestros compañeros sindicalistas. Esto agrava la situación, ya que además de violarse la libertad sindical, en este caso se violaron las libertades públicas que son la precondición necesaria para la existencia de la libertad sindical.
Además, denunciamos las amenazas recientes pronunciadas por el Ministro de Trabajo argelino, Sr. Mourad Zemali, contra los líderes sindicales independientes de la CGATA y sus afiliados algunos días después de la llegada de la misión de la OIT, acusándolos de estar detrás de «la estigmatización» del Gobierno argelino ante la Comisión.
Es evidente la falta de respeto que las autoridades argelinas ponen en los convenios ratificados cuando escuchamos al Gobierno que promete enmendar el artículo 4 del Código del Trabajo sin definir un marco de tiempo claro.
Considerando que este mismo Código del Trabajo ha estado estancado por más de veinte años por estas razones, rogamos a esta Comisión que lo intime hacerlo con suma urgencia.
Miembro gubernamental, Egipto — Quisiera comenzar agradeciendo al jefe de la delegación de Argelia por la importante información proporcionada sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para garantizar la aplicación del Convenio.
Estamos convencidos que las reformas emprendidas por Argelia, ya sea sobre la legislación vigente o en otros ámbitos, es una reforma digna de respeto y comprensión. Creemos también que esto está en consonancia con el espíritu y la naturaleza del Convenio. Además, quiero mencionar que Argelia acogió con beneplácito la Misión de Alto Nivel de la OIT a principios de este año y que el Gobierno ha manifestado que está trabajando para adaptar las estructuras en el país y ponerlas plenamente en conformidad con los términos del Convenio.
Asimismo, tomamos nota de que la reforma administrativa en curso tiene un gran alcance. Se nos ha mencionado el trabajo que está realizando el Gobierno y lo elogiamos. También valoramos el hecho de que el Gobierno de Argelia exprese su firme compromiso con la justicia social y la paz. El representante de Argelia manifestó claramente que la reforma está en curso y que está en consonancia con las recomendaciones de la Comisión de Expertos sobre las disposiciones del Convenio.
Asimismo, se ha afirmado que se promueve el sindicalismo sin ninguna restricción en el país. Por lo tanto, el Gobierno está buscando aplicar plenamente el Convenio que se ha ratificado. Sabemos que se ha preparado un calendario que se ha transmitido a la Oficina y ello demuestra la seriedad de Argelia y su disposición para asumir sus responsabilidades en términos de diálogo social.
Celebramos, asimismo, lo que se ha logrado hasta la fecha y también acogemos con beneplácito el trabajo que actualmente se está llevando a cabo para asegurar que la libertad sindical pueda disfrutarse plenamente en Argelia. Agradecemos al Gobierno de Argelia todo lo que está haciendo, el serio enfoque adoptado para la reforma y estamos convencidos de que se lograrán resultados fructíferos y positivos.
Observador, Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes Tabaco y Afines (UITA) — Lamentamos y denunciamos la instrumentalización permanente de los sindicatos clonados de nuestro afiliado, el Sindicato Nacional Autónomo del Personal de la Administración Pública (SNAPAP).
En sus conclusiones, la Misión de Alto Nivel ha citado específicamente el clonaje, la creación de organizaciones ficticias, falsas, sin nombre, sin legitimidad, como una práctica antisindical sistemáticamente desplegada por el Gobierno argelino.
Cada vez que el SNAPAP constituye una sección en una administración dada, los servicios de seguridad, con la ayuda de la administración local presionan a los delegados para hacerles saber la prohibición de adherir a otra organización que no sea el SNAPAP clonado bajo pena de represalias. La seguridad nacional ha presionado nuevamente al propietario de la nueva sede del SNAPAP para que anule el contrato de alquiler.
El SNAPAP se ha visto obligado a abandonar la anterior sede nacional debido a las presiones ejercidas sobre el antiguo propietario del local y dado que el sindicato ha estado varios meses sin electricidad, tras la decisión adoptada por la SONELGAZ, sociedad pública de gas y electricidad de cortar la electricidad y ello en pleno invierno. El caso se encuentra hasta ahora ante la justicia.
La UITA apoya firmemente las recomendaciones de la misión, y pedimos la aplicación de medidas urgentes y concretas para que las trabajadoras y los trabajadores argelinos puedan ejercer sus derechos fundamentales, y cito el informe, en un entorno libre de injerencias e intimidaciones.
Miembro gubernamental, Turquía — Queremos agradecer al Gobierno de Argelia por haber proporcionado una respuesta detallada. Acogemos con beneplácito la voluntad del Gobierno argelino de dialogar y proporcionar mayor información. Tomamos nota de los esfuerzos de Argelia para trabajar estrechamente con la OIT en diversos ámbitos. Como miembro de la OIT, Argelia ha ratificado 42 convenios, incluidos los fundamentales y los tres prioritarios. La Constitución de Argelia y su legislación laboral nacional consagran el derecho de sindicación y huelga para todos los ciudadanos. El Gobierno argelino también se compromete a resolver los problemas relativos a las relaciones y condiciones de trabajo en el país. Cabe recordar que las medidas adoptadas por el Gobierno argelino para enriquecer el diálogo social demuestran la voluntad y el compromiso del Gobierno para continuar sus esfuerzos para mejorar las condiciones de la libertad sindical y la protección de los derechos sindicales.
Argelia aceptó la visita de una Misión de Alto Nivel de la OIT en mayo de 2019. Se ha comprometido a reforzar y adaptar su actual marco legislativo para ponerlo en conformidad con las normas de la OIT. Alentamos al Gobierno argelino para que siga tomando medidas a este respecto. Creemos que con el mecanismo del diálogo social, las recientes enmiendas del Gobierno argelino relativas a la libertad sindical promoverán los derechos y libertades de los sindicatos. Por estas razones, nos sumamos a la solicitud de que la Comisión debería tomar en cuenta los esfuerzos realizados por Argelia en consulta con los interlocutores sociales.
Creemos que Argelia seguirá trabajando con la OIT y los interlocutores sociales dentro del espíritu de una cooperación constructiva, con respecto a la OIT y las normas internacionales del trabajo y cumpliendo con su obligación de presentar informes y los convenios ratificados.
Miembro gubernamental, Zimbabwe — Zimbabwe toma la palabra para agradecer al Gobierno de Argelia, al portavoz del Grupo de los Trabajadores y al Grupo de los Empleadores y los otros delegados por sus presentaciones. Esto ha puesto en perspectiva los temas del debate. La delegación de Zimbabwe toma nota de los documentos de la Comisión de Expertos sobre Argelia y de las cuestiones planteadas sobre las violaciones del Convenio. La delegación de Zimbabwe toma nota con satisfacción de que el Gobierno de Argelia ha iniciado reformas profundas encaminadas a cumplir con el Convenio y con los comentarios de la Comisión de Expertos. Somos conscientes de que la reforma legislativa es un proceso y que Argelia necesita tiempo para introducir las modificaciones necesarias en la ley. Además, tomamos nota del hecho de que el Gobierno de Argelia ha respondido a todos los comentarios de la Comisión de Expertos respecto al registro de los sindicatos. En su informe, Argelia presentó que ha registrado 75 sindicatos de trabajadores y 42 sindicatos de empleadores desde la revisión de la ley. Esto es una señal positiva de que Argelia desea y está preparada para trabajar con la OIT, los sindicatos de trabajadores y empleadores para encontrar una solución definitiva a las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos. Sobre la base de las presentaciones del Gobierno de Argelia, la delegación de Zimbabwe acoge con satisfacción los avances realizados en el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Expertos. Consideramos que el Gobierno de Argelia ha respondido positiva y detalladamente a las cuestiones específicas planteadas por la Comisión de Expertos. En este sentido, la delegación de Zimbabwe insta a la OIT a que siga prestando asistencia técnica al Gobierno de Argelia para cumplir con el Convenio y las observaciones de la Comisión de Expertos.
Miembro gubernamental, Brasil — El Brasil agradece al Gobierno de Argelia por la presentación de la información detallada para el examen de esta Comisión y por la información preliminar sobre el caso proporcionada por el Gobierno y que está disponible en la página web. El Brasil toma nota de que este caso ha sido presentado a la Comisión en múltiples ocasiones. Esta exposición excesiva no contribuye a la finalidad de promover los objetivos de los convenios de la OIT. Más bien, un examen universal en el que todos los gobiernos de todas las regiones del mundo, tanto desarrollados como en vías de desarrollo, serían llamados a presentarse ante esta Comisión, serviría a los objetivos universales de los convenios fundamentales de la OIT, en forma más convincente y creíble. En los últimos años, se ha puesto a Argelia en la lista corta en 2014, 2015, 2017, 2018, y nuevamente ahora en 2019 (cinco veces en seis años, en relación con el Convenio núm. 87). El caso de Argelia es otra reiteración de una práctica lamentable, seleccionar países en desarrollo.
La falta de aviso previo, el carácter poco transparente de la selección de los casos, y la negociación de las conclusiones, dificultan gravemente el establecimiento de un diálogo constructivo y dan la importancia que se merecen a las presentaciones de las diferentes partes. Una OIT fuerte, eficaz y legítima, adaptada a los desafíos del mundo del trabajo y el multilateralismo, es de interés para todos, gobiernos, trabajadores y empleadores. Esto puede lograrse a través de la cooperación, el diálogo y la colaboración.
El Brasil toma buena nota de la voluntad del Gobierno de Argelia de cooperar con la OIT, como ha demostrado en sus argumentos y del compromiso con esta Comisión, y sus evidentes esfuerzos para cumplir con las normas internacionales del trabajo y examinar su legislación nacional cuando sea pertinente.
El Brasil reitera que sólo las normas bien definidas, que el Gobierno ha aceptado mediante un proceso de ratificación normal, podrían plantear preguntas y solicitudes de aclaración ante esta Comisión. La Oficina, esta Comisión y la OIT en su conjunto deberían reconocer el papel importante de los gobiernos, las instituciones nacionales y de las organizaciones en la interpretación de las normas con el objeto de adaptar las circunstancias y las capacidades nacionales.
Observador, Confederación Sindical Internacional (CSI) — Hablo en nombre de la CGATA a la que está afiliado el SESS. La CGATA recuerda a la Comisión que Argelia vive un período de fuerte inestabilidad política, ya que desde el 22 de febrero el pueblo sale por millones cada semana para exigir una segunda República. Consideramos también que los representantes del Gobierno aquí presentes no tienen ninguna legitimidad para el pueblo argelino.
Además, la central sindical UGTA que siempre ha tenido el papel de sindicato del poder es desprestigiada por sus militantes que no dejan de hacer reuniones para exigir su restitución a los verdaderos sindicalistas. Se ha impedido la salida del territorio nacional de su secretario general dada la decisión del verdadero poder en Argelia, es decir el ejército, de hacer saltar unos fusibles culpables de depredación para intentar calmar vanamente al pueblo argelino.
En lo que se refiere a las recomendaciones de la Comisión de Expertos y al incumplimiento del Convenio, subrayamos que la Misión de Alto Nivel vino en un período de inestabilidad política. La credibilidad de esta institución que es la OIT y especialmente la Comisión, está en juego, dado que la Misión de Alto Nivel ha puesto en evidencia que se ha negado el registro a las organizaciones sindicales que han presentado quejas. Además, la misión recomienda al Gobierno proceder urgentemente al registro de la CGATA y del SESS.
Esta visita ha demostrado que el número de organizaciones sindicales a las que se le ha denegado el registro es importante, lo que indica que gran parte de las organizaciones sindicales temen recurrir a la OIT en vista de la represión que ha vivido la CGATA y su afiliado, el SESS. De igual manera, otro de los afiliados, en este caso el SNAPAP, ha sufrido la clonación denunciada aquí mismo en varias ocasiones.
No sólo no ha habido progresos en materia de consulta a los interlocutores sociales sobre el proyecto de Código del Trabajo, sino que las autoridades acaban de inventar un nuevo procedimiento para la huida hacia delante, diciendo que ciertos artículos serán corregidos sin revisar todo el Código del Trabajo. De este modo, hemos esperado cerca de dieciocho años el Código del Trabajo anunciado, ya que la primera queja data de 2001. Ahora se debe iniciar un nuevo procedimiento por una cantidad de años que ignoramos. De igual manera, cabe señalar que los delegados sindicales despedidos no han sido reintegrados a pesar de todas las promesas.
Tenemos confianza en la Comisión para recuperar nuestros derechos. Pedimos la aplicación inmediata y no condicional de las recomendaciones de la Comisión. Solicitamos que se elabore un calendario estricto para el registro de la CGATA y del SESS, así como para la reintegración de los delegados sindicales despedidos y la modificación del Código del Trabajo.
Miembro gubernamental, Namibia — Presidente, Namibia se felicita de la información proporcionada por el representante del Gobierno de Argelia sobre la aplicación del Convenio. Namibia se complace en observar que la visita de la Misión de Alto Nivel de la OIT tuvo lugar del 21 al 23 de mayo de 2019. La Misión de Alto Nivel pudo reunirse con algunos departamentos ministeriales e interlocutores sociales y recopiló documentos y pruebas de la situación de los sindicatos.
Además, el Gobierno de la República de Namibia toma nota de que el Gobierno de Argelia sigue comprometido a dar cumplimiento a los comentarios de la Comisión de Expertos con respecto a las reformas legislativas. El aumento de registros de los sindicatos de 101 en junio de 2018 a 121 en junio de este año, según la presentación de Argelia, es una indicación de que el registro de sindicatos en Argelia se conforma al Convenio, tanto en la ley como en la práctica. Por lo tanto, pedimos a la OIT que siga proporcionando asistencia técnica a Argelia. Por último, esta Comisión debería tomar nota en sus conclusiones de los progresos realizados por el Gobierno de Argelia.
Miembro gubernamental, Sudán — La delegación de Sudán desea agradecer al representante del Gobierno por la información proporcionada con respecto al cumplimiento de los requisitos del Convenio, ratificado por Argelia en 1962.
Mi delegación cree que el Gobierno argelino ha hecho grandes esfuerzos para facilitar el trabajo de la Misión de Alto Nivel, así como para aplicar las reformas. Esto merece nuestras felicitaciones ya que el país se encuentra viviendo tiempos difíciles. El Gobierno de Argelia se ha comprometido a respetar plenamente el Convenio núm. 87, y el número de sindicatos registrados ha aumentado considerablemente en un año. Presidente, opinamos que el Gobierno de Argelia debe recibir ayuda para cumplir con sus reformas y merece asistencia técnica.
Miembro gubernamental, Malí — Siguiendo los argumentos expuestos por el Ministro de Trabajo de Argelia, es importante que el Gobierno de Malí le preste su total apoyo. Sin embargo, le invitamos a proseguir y reforzar los esfuerzos emprendidos en el sentido del apaciguamiento del clima social.
Miembro gubernamental, Cuba — Mi delegación reafirma la importancia de continuar promoviendo el tripartismo y el diálogo social en cada país para así resolver las diferencias que se suscitan en el mundo del trabajo y favorecer una mayor protección de los derechos de los trabajadores y las libertades sindicales, lo cual debe ser un objetivo permanente para todos.
Por ello, alentamos al Gobierno de Argelia a que continúe los esfuerzos realizados con este fin, al tiempo que reconocemos los pasos dados hasta el momento. Hacemos votos para que se continúe fortaleciendo la legislación que protege estos derechos. Hacemos énfasis también, en la necesidad de continuar fomentando, en el marco de la OIT, las medidas y programas que fomenten la asistencia técnica a los países y den espacio a los gobiernos para que emprendan acciones dirigidas a resolver los desafíos que enfrenta el mundo del trabajo en un ambiente de cooperación e intercambio.
Miembro gubernamental, Líbano — Después de las informaciones proporcionadas por el Gobierno argelino en su completa y detallada respuesta relativa a la aplicación de las normas del Convenio, felicitamos al Gobierno argelino por los esfuerzos realizados y por todas las medidas emprendidas, ya sea en el plano de la legislación o en el plano de las reformas ya iniciadas y las medidas prácticas aplicadas actualmente.
Felicitamos e instamos al Gobierno argelino a reforzar el diálogo tripartito con los interlocutores sociales. Exhortamos al Gobierno argelino a realizar consultas con los sindicatos de trabajadores en el marco de la reforma al Código del Trabajo para que esté en conformidad con los convenios internacionales.
Por otra parte, exhortamos a la Oficina Internacional del Trabajo a reforzar la cooperación con el Gobierno argelino, y a proporcionar mayor cooperación técnica para consolidar los progresos alcanzados.
Miembro gubernamental, Etiopía — Etiopía desea agradecer al Gobierno de Argelia por la información proporcionada. Hemos escuchado del informe del Gobierno de Argelia que está trabajando para la modificación de sus leyes pertinentes en consulta con los interlocutores sociales y que el calendario para la revisión de la ley se comunicará a la Oficina de la OIT. Asimismo, el Gobierno de Argelia nos ha informado que existe un ambiente propicio para que los trabajadores se organicen en sindicatos de su elección y para ejercer libremente sus derechos de conformidad con el Convenio.
Además, el Gobierno de Argelia indica su aceptación y su disposición para la visita de una misión de alto nivel que, en nuestra opinión es una muestra del interés que asigna a la promoción y aplicación del Convenio. De lo expuesto, mi delegación está convencida de que hay progresos en Argelia en conformidad con las recomendaciones del Comité. A la luz de los avances logrados y los cambios producidos en Argelia hacia la adaptación de su legislación nacional con el Convenio del caso y el clima positivo reinante para los sindicatos para ejercer sus derechos, alentamos al Gobierno de Argelia a intensificar sus esfuerzos para trabajar en estrecha colaboración con los interlocutores sociales en aras de la promoción del diálogo social, afirmar su compromiso con el pleno cumplimiento del Convenio en la legislación y en la práctica y también esperamos la asistencia técnica de la OIT a este respecto.
Miembro gubernamental, Níger — Níger felicita al Gobierno argelino por las informaciones detalladas proporcionadas a raíz de las observaciones de la Comisión de Expertos. Asimismo, Níger saluda la voluntad demostrada por Argelia de colaborar con los órganos de control de la OIT recibiendo a la Misión de Alto Nivel después de la 107.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo. A pesar de la situación que atraviesa el país, cabe señalar los esfuerzos considerables realizados para ajustarse al Convenio.
Para proseguir con estos esfuerzos, la OIT debe continuar prestando asistencia a los mandantes tripartitos argelinos para seguir adelante. Por último, rendimos homenaje al conjunto de esfuerzos para la aplicación del Convenio y alentamos a los mandantes argelinos a continuar en ese sentido.
Representante gubernamental — Me complace volver a tomar la palabra para agradecer a los oradores, tanto gubernamentales, trabajadores y empleadores, a aquellos que han apoyado a mi país, como a los que han solicitado precisiones o los que han solicitado que se hagan esfuerzos. También deseo agradecer a la Misión de Alto Nivel que se trasladó a Argelia y que ha logrado garantizar la neutralidad del informe. Tenía la obligación de precisarlo a título personal y de mi Gobierno.
Tomamos nota de las consultas, interrogantes, así como de las propuestas. De este modo, subrayo y recuerdo una vez más el compromiso del Gobierno de hacerse cargo, en el marco de un proceso rápido y organizado en relación con la nueva dinámica del país; los resultados logrados, desde la última reunión de 2018, permiten observar resultados concretos.
Asimismo, se ha iniciado un proceso, en particular, con el inicio de la revisión de la ley núm. 90-14, y digo bien que se ha iniciado un proceso, la resolución de la casi totalidad de los casos individuales de despido (83 sobre 86), y un compromiso para proseguir la amplia concertación sobre el Código del Trabajo que será completado. He señalado en mi comunicación que se estudiarán las disposiciones de los artículos 6 y 4. Es un compromiso.
Con respecto al registro de los sindicatos, se ha adoptado un compromiso y se tratará el conjunto de expedientes presentados.
Asimismo, continuamos nuestra cooperación con la OIT para llevar a cabo todos estos trabajos y proyectos. La disponibilidad del Gobierno argelino es total, y velaremos por ejecutar esos programas para lograr los objetivos esperados. No se trata de promesas, sino de compromisos y hemos abordado explícitamente los artículos relativos a las federaciones, las confederaciones y sobre la nacionalidad para crear una organización sindical.
Estamos mirando hacia el futuro, y el balance presentado comienza a dar sus frutos. La lista de las organizaciones sindicales registradas se dio a conocer a la misión de contactos directos y hoy día podemos entregar inmediatamente la lista de las organizaciones sindicales relativas tanto a la administración como al sector económico, así como todo elemento de información necesario.
Aceptamos la Misión de Alto Nivel, mientras que algunos que habían pedido esta misión en 2017 en 2018 se negaron a reunirse en 2019. Habría que preguntarse sobre dicho cambio de postura. Dejo a la Comisión la libertad de hacer su interpretación.
El Gobierno indica nuevamente su disponibilidad y su espeto a la OIT para avanzar, y juntos velaremos por lograr los objetivos esperados, al tiempo que subrayamos que el Gobierno argelino protege a todos sus ciudadanos, sin excepción y aquellos que se han presentado como víctimas viajan tanto al interior como al exterior, e incluso se encuentran en esta misma sala. Por ende, no hay represión.
Como conclusión desearía que juntos velemos por reforzar esta cooperación con la OIT para terminar sus programas, y pido que haya justicia en el enfoque relativo al examen del caso.
Miembros empleadores — El Grupo de los Empleadores ha tomado debida nota de las observaciones del Gobierno y está deseoso de examinarlas en mayor detalle en un análisis minucioso del informe de la Misión de Alto Nivel. Asimismo, tomamos cuidadosa nota de la discusión de hoy en nuestra Comisión y agradecemos la participación activa de aquellos que han intervenido.
El Grupo de los Empleadores agradece el compromiso del Gobierno de trabajar para el cumplimiento de las obligaciones del Gobierno de conformidad con el Convenio después de la Misión de Alto Nivel y, en particular, agradece el compromiso del Gobierno para hacerlo en forma rápida. Por consiguiente, el Grupo de los Empleadores aprovecha esta oportunidad para alentar al Gobierno a que adopte todas las medidas necesarias para completar la reforma del Código del Trabajo sin mayor demora y al hacer esta recomendación alentamos al Gobierno a que se comprometa con este proceso en un tiempo determinado. Desde el punto de vista de los empleadores, este proceso de reforma deberá completarse con consultas de buena fe con las organizaciones nacionales de trabajadores y de empleadores, así como en un espíritu de compromiso con el diálogo social continuo en el país.
Miembros trabajadores — Mis agradecimientos por sus aportes a los delegados que han participado en esta discusión. Hace muchos años que el Gobierno argelino promete adaptar su legislación para ponerla en conformidad con el Convenio, y el Grupo de los Trabajadores pide al Gobierno que transmita a la Oficina, a la mayor brevedad, un calendario preciso retomando las etapas de la reforma prioritaria de la ley núm. 90-14 y del anteproyecto de Código del Trabajo.
Asimismo, invitamos al Gobierno a aprovechar la oportunidad de esta reforma para introducir una serie de modificaciones. Insistimos en particular sobre los siguientes elementos: en primer lugar, adoptar las disposiciones que garanticen una protección eficaz contra el despido y la discriminación sindical; en segundo lugar, garantizar una reintegración rápida de los delegados sindicales como consecuencia de una decisión judicial favorable y en tercer lugar, suprimir la condición que exige la calidad de asalariado para poder ejercer las funciones sindicales.
Estos elementos no son exhaustivos y llamamos al Gobierno a poner en práctica el conjunto de recomendaciones que figuran en el informe de la Misión de Alto Nivel.
Además, invitamos al Gobierno a proceder al registro del conjunto de organizaciones sindicales que están a la espera de un reconocimiento y en particular el SESS, la CGATA y el SNAPAP.
Por último, pedimos al Gobierno que envíe un informe detallado a la Comisión de Expertos que contenga los proyectos de reforma para que la Comisión pueda examinarlos en la próxima reunión en noviembre.
Argelia se encuentra en una encrucijada importante de su historia y nadie puede predecir el rumbo que tomará. Es fundamental aprovechar esta oportunidad para sentar las bases de una sociedad fundada sobre la libertad y escribir una historia hecha de igualdad y dignidad. En definitiva, se trata de sembrar la justicia para cosechar la paz.
Conclusiones de la Comisión
La Comisión tomó nota de las declaraciones orales formuladas por el Gobierno y de la discusión que tuvo lugar a continuación.
La Comisión acogió con agrado que el Gobierno aceptara una misión de alto nivel en mayo de 2019. La Comisión expresó su preocupación por la persistencia de las restricciones al derecho de los trabajadores a constituir las organizaciones, federaciones y confederaciones sindicales que estimen convenientes y a afiliarse a ellas, y tomó nota con preocupación de la continua ausencia de progresos tangibles para poner la legislación en conformidad con el Convenio.
Teniendo en cuenta la información comunicada por el Gobierno y la discusión que tuvo lugar a continuación, la Comisión insta al Gobierno a:
- asegurar que el registro de los sindicatos en la legislación y en la práctica esté de conformidad con el Convenio núm. 87;
- tramitar las solicitudes pendientes de registro de los sindicatos libres e independientes que hayan cumplido los requisitos establecidos por la legislación, y permitir la constitución y el funcionamiento libres de los sindicatos;
- reexaminar la decisión de disolver el sindicato SNATEGS;
- proporcionar sistemática y rápidamente a las organizaciones sindicales toda la información necesaria y detallada para que puedan adoptar medidas correctivas o realizar trámites adicionales para su registro;
- enmendar el artículo 4 de la ley núm. 90-14 a fin de suprimir los obstáculos para el establecimiento por los trabajadores de las organizaciones, federaciones y confederaciones que estimen convenientes, con independencia del sector al que pertenezcan;
- enmendar el artículo 6 de la ley núm. 90-14 a fin de reconocer el derecho de todos los trabajadores, sin distinción, a constituir sindicatos;
- adoptar todas las medidas adecuadas para garantizar que, sea cual sea la afiliación sindical, el derecho de libertad sindical pueda ejercerse en condiciones normales, respetando las libertades públicas y en un clima libre de violencia, presión y amenazas;
- asegurar la investigación imparcial y el derecho al debido proceso, con miras a garantizar el Estado de derecho;
- reintegrar a los funcionarios del gobierno despedidos por motivo de discriminación antisindical, según proceda, y
- asegurar que el nuevo proyecto de Código del Trabajo se adopte sin más demora y esté de conformidad con el texto del Convenio núm. 87.
Tomando nota de la Misión de Alto Nivel de la OIT que visitó recientemente el país, la Comisión insta al Gobierno a aplicar plenamente las recomendaciones formuladas y a informar a la Comisión de Expertos, antes de su siguiente reunión, que se celebrará en noviembre de 2019, sobre los progresos realizados.
Representante gubernamental — Mi delegación toma nota de las conclusiones de la Comisión. Reitera su compromiso de dar curso a las recomendaciones formuladas por la Comisión de Expertos. Se han realizado progresos, y el Gobierno proseguirá su labor en esta línea. Se establecerán programas, lo que permitirán tener toda la visibilidad necesaria de las medidas que se adoptarán a corto plazo y de las que exigirán acciones encaminadas a celebrar amplias consultas con todos los interlocutores sociales, como se señaló durante los debates. Se comunicará a la Comisión, antes de noviembre de 2019, la puesta en práctica de las conclusiones de la Misión de Alto Nivel, así como los progresos y avances realizados, tal como se indica en las decisiones.