National Legislation on Labour and Social Rights
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Discusión por la Comisión
Representante gubernamental — El actual Gobierno civil, elegido democráticamente, se ha dedicado a transformar el país, que ha pasado de ser un Estado autoritario a ser una unión federal democrática. Myanmar ha comenzado a gozar de más libertades y derechos democráticos desde que surgió el Gobierno civil hace tres años. Aunque nuestra transición democrática está en proceso y el país encara numerosos problemas, entre ellos las limitaciones constitucionales y los conflictos armados que discurren en algunas partes de Myanmar, se observan mejoras en muchas esferas, como en los sectores sanitario, educativo y socioeconómico. Estos cambios positivos se verán reforzados por la aplicación actual del Plan de Desarrollo Sostenible de Myanmar, que presenta una Hoja de ruta unificadora y coherente para todas las futuras reformas. Dicho Plan está en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el ODS 8.
En un país pluriétnico como Myanmar, es muy difícil construir la unidad a partir de la diversidad. Por consiguiente, el Gobierno se está esforzando por lograr una paz sostenible, una verdadera reconciliación nacional y un desarrollo integral, sin dejar de adoptar prácticas democráticas, valores en materia de derechos humanos y el principio de inclusión. Como parte de su programa de paz, el Gobierno ya ha convocado tres reuniones de la Conferencia de Paz de la Unión o Conferencia de Panglong del Siglo xxi, y acordó establecer 51 principios básicos en total para formar una unión federal democrática que garantice la seguridad y prosperidad de todos, creando una sociedad pacífica y armoniosa. Tenemos previsto celebrar tres reuniones más de aquí a 2020 para finalizar esos principios fundamentales.
Un total de diez organizaciones étnicas armadas ya han suscrito el Acuerdo Nacional de Alto el Fuego. Asimismo, las fuerzas armadas habían anunciado el alto el fuego unilateral en los estados de Kachin y Shan por cuatro meses a partir del 21 de diciembre y se prolongó nuevamente en abril. Permítaseme ceder la palabra al Embajador Kyaw Moe Tun para que les informe de los asuntos relacionados con el Convenio núm. 29.
Otro representante gubernamental — Myanmar se suma a la declaración conjunta de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN) que ha de presentar Tailandia. Dicha declaración refleja los progresos, las acciones y las medidas del Gobierno de Myanmar en la labor de eliminación del trabajo forzoso. Puesto que necesitamos una Constitución que pueda proteger realmente los derechos democráticos del pueblo, el partido en el poder ha tomado recientemente una iniciativa audaz para enmendar las disposiciones antidemocráticas de la Constitución de 2008. A tal efecto, se formó un comité parlamentario conjunto y la enmienda de la Constitución está en proceso. Nuestra lucha democrática aún está muy vigente.
Dado que nos comprometemos firmemente a eliminar el trabajo forzoso, el Departamento de Administración General, que se encarga de muchas cuestiones y asuntos relacionados con el trabajo forzoso, ha sido transferido del Ministerio del Interior, cuyos miembros son designados por las autoridades militares, al Ministerio de la Oficina del Gobierno de la Unión, de carácter civil, para llevar a cabo efectivamente las acciones que contribuyan a esa eliminación.
Confiamos en que todos los esfuerzos desplegados para impulsar las reformas democráticas cumplan una función de promoción y protección de los derechos humanos, entre ellos los derechos laborales. Teniendo presente ello, nuestro Gobierno ha estado alentando a todas las partes interesadas pertinentes a intensificar el proceso de reformas de la legislación laboral, fortalecer la filosofía del diálogo social tripartito e impartir educación y formación a las personas que participan activamente en la promoción y protección de los derechos laborales en estrecha cooperación con la OIT. Quisiera aprovechar esta oportunidad para dar las gracias a la OIT por su asistencia continua.
Al ser un incipiente Estado democrático, Myanmar encara muchos problemas abrumadores. Sin embargo, nuestro Gobierno está decidido a superar todos los problemas para obtener los beneficios y mejorar la situación de todos los que viven en el país. Gracias a nuestros esfuerzos encaminados a reformar las instituciones públicas y fortalecer el Estado de derecho para crear una sociedad justa y equitativa, se han realizado importantes progresos en muchas esferas, por ejemplo, en la de la promoción y protección de los derechos laborales, cuyos progresos son constantes.
El Gobierno de Myanmar actúa con una firme voluntad política y una inquebrantable determinación cuando se trata de la eliminación del trabajo forzoso. El Presidente de Myanmar, en su mensaje del 1.º de mayo de este año por el Día de los Trabajadores, recalcó los esfuerzos desplegados por el Gobierno para crear un entorno y condiciones propicios para que el pueblo de Myanmar pueda ejercer plenamente los derechos humanos y vivir en democracia dentro de la ley. El Presidente resaltó, entre otros, la promoción de los derechos de los trabajadores y la erradicación del trabajo infantil y del trabajo forzoso.
Una de las causas profundas del trabajo forzoso en Myanmar son los conflictos internos de decenios de duración pues siempre hemos afrontado conflictos internos desde que nos independizamos en enero de 1948. Dado que comprendimos que el desarrollo, ya fuera político, económico y social o cultural, no podía alcanzarse sin la paz y la estabilidad, el actual Gobierno se ha esforzado por poner fin a los conflictos armados en el país y hemos experimentado una rápida transformación social, económica y política en los últimos años.
Quisiéramos dar las gracias a la OIT por su notable contribución a la eliminación del trabajo forzoso en Myanmar a lo largo de los últimos años. La OIT adoptó resoluciones relativas a la situación del trabajo forzoso en Myanmar en las reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) celebradas, respectivamente, en 1999 y 2000. Se observa que las quejas sobre trabajo forzoso han disminuido considerablemente gracias a los constantes esfuerzos desplegados por el Gobierno en estrecha cooperación con la OIT, esfuerzos que incluyen actividades de sensibilización, talleres, seminarios y cursos de formación. Nuestros esfuerzos combinados con nuestra dedicación dieron finalmente buenos resultados y todas las sanciones impuestas a Myanmar se levantaron en la 102.ª reunión de la CIT celebrada en 2013. Como resultado de nuestro firme compromiso para eliminar el trabajo forzoso, los nuevos casos de reclutamiento de menores están disminuyendo, y estamos comprometidos a resolver todos los casos de ese tipo. Esperamos con interés que nuestros interlocutores cooperen de forma constante y constructiva en este sentido.
Desde que se estableció en 2007 por medio de la firma entre el Gobierno de Myanmar y la OIT, el Protocolo de Entendimiento Complementario tuvo resultados favorables y cumplió satisfactoriamente su objetivo de erradicar el trabajo forzoso en Myanmar. Dicho protocolo se prolongó cada año y estuvo en vigor hasta el final de diciembre de 2018. Después de que caducó, Myanmar ha estado trabajando en estrecha colaboración con la OIT a fin de seguir implementando las actividades y medidas necesarias para eliminar el trabajo forzoso en el marco del Programa de Trabajo Decente por País (PTDP) que se suscribió hace poco. Por lo tanto, se está preparando el plan de acción de duración determinada para instituir un mecanismo apropiado de presentación de quejas. En enero de 2019 celebramos un taller para adquirir un conocimiento más profundo y una mejor comprensión y aprender las mejores prácticas de otros países en ese ámbito. Dicho taller contó con la participación activa de miembros del Parlamento y del grupo de trabajo de alto nivel y el grupo de trabajo técnico y representantes de la OIT, el Gobierno, los trabajadores y los empleadores. Hemos estado elaborando el nuevo plan de acción en consulta y cooperación con la OIT y los mandantes tripartitos. La negociación se encuentra en su etapa final y se someterá el proyecto correspondiente a la aprobación del Consejo de Ministros.
En el nuevo plan de acción de duración determinada se establecen cuatro prioridades: la institucionalización de un mecanismo nacional de presentación de quejas sobre trabajo forzoso; la ejecución de actividades de formación y sensibilización sobre el trabajo forzoso; el fomento de la capacidad para poner fin al trabajo forzoso, y la movilización de los interlocutores tripartitos para prevenir el trabajo forzoso en el sector privado. Elaboramos este plan de acción en el marco del PTDP para establecer las políticas pertinentes y facilitar la coordinación entre los ministerios relacionados. Ya hemos preparado la nota conceptual para implantar el mecanismo nacional de presentación de quejas en cuanto el Consejo de Ministros apruebe el nuevo plan de acción.
Deseo informarlos de que, en marzo y mayo de 2019, los miembros del grupo de trabajo de alto nivel se reunieron con los representantes de los ministerios y las organizaciones pertinentes y sostuvieron conversaciones fructíferas sobre la institución del mecanismo nacional de presentación de quejas y sobre los procedimientos provisionales para resolver las quejas. En efecto, antes de establecer el mecanismo nacional de presentación de quejas, el grupo de trabajo de alto nivel cooperará con los ministerios y organizaciones relacionados y estará en coordinación con éstos para resolver las quejas sobre trabajo forzoso presentadas por cualquier organización o persona, incluida la OIT.
Además de trabajar con la OIT, se ha encarado la cuestión del reclutamiento de menores con la colaboración del equipo de tareas de las Naciones Unidas sobre vigilancia y presentación de informes en el país. Además, el Gobierno de Myanmar está cooperando activamente con el Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados para prevenir las violaciones contra los niños en el marco de los conflictos y hacer frente a éstas.
A fin de afianzar su compromiso, en enero de 2019 el Gobierno estableció el Comité interministerial para la prevención de seis violaciones graves durante los conflictos armados. El Comité celebró dos reuniones consecutivas en abril y mayo de 2019 y deliberó sobre la ejecución del nuevo plan de acción.
Al mes de marzo de 2019, el Tatmadaw (las fuerzas armadas) ya había liberado a 987 menores en total para que regresaran con sus padres o tutores por haber sido objeto de reclutamientos ilícitos. Se impusieron medidas disciplinarias militares a un total de 448 oficiales y militares de otra graduación y, con arreglo al derecho civil, se condenó a un año de cárcel a un civil que había facilitado y fomentado los reclutamientos ilícitos. A fin de velar por el interés superior de los niños, se revisó la Ley sobre la Infancia (1993) que está en vigor. Por consiguiente, la Ley sobre los Derechos del Niño se ha ampliado de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Se han agregado muchos capítulos a la ley vigente y uno de los capítulos importantes incluye disposiciones que prohíben que cualquier persona cometa delitos graves, como el reclutamiento y utilización de niños en los conflictos armados.
Permítaseme ahora referirme a las actividades de sensibilización, que son uno de los componentes importantes de la eliminación del trabajo forzoso. A pesar de que hemos logrado muchos avances concretos en la promoción y protección de los derechos laborales gracias a nuestros esfuerzos constantes en las actividades y programas de sensibilización, todavía hace falta superar varios problemas. Por lo tanto, seguiremos ofreciendo más cursos de formación y sensibilización, en particular la formación de instructores. Los seminarios de sensibilización se están celebrando por todo el país y los folletos de sensibilización se están distribuyendo en muchas partes del país en ocho idiomas étnicos. Además, en los periódicos, la radio, los programas de televisión y los medios de comunicación se resaltan puntos importantes de la sensibilización sobre el trabajo forzoso y por todo el país se colocan carteles publicitarios para sensibilizar a la gente en colaboración con la OIT. De julio de 2018 a marzo de 2019, se realizaron en total 9 221 actividades, que incluyeron talleres de sensibilización, seminarios y conversaciones sobre el trabajo forzoso en los que participaron más de 360 000 personas de varios municipios de distintos estados y regiones. Además, se han distribuido más de 96 000 folletos por todo el país. En enero de 2019 impartimos, en estrecha cooperación con la OIT, cursos de formación de instructores sobre la eliminación del trabajo forzoso en que participaron los miembros del grupo de trabajo de alto nivel y del grupo de trabajo técnico, algunos de los cuales eran oficiales del Tatmadaw y la policía. Por otro lado, la OIT organizó 34 talleres y los empleados organizaron otras diez sesiones de formación y sensibilización sobre el trabajo forzoso en todo el país. No se puede negar que la filosofía del diálogo social tripartito se ha fortalecido a nivel nacional en Myanmar y cumple una función importante en nuestra labor realizada para eliminar el trabajo forzoso. El Foro nacional de diálogo tripartito, establecido en 2014, se congrega tres veces al año y durante las reuniones se celebran debates, se toman decisiones y se adoptan resoluciones con respecto a los asuntos laborales y, en particular, las reformas legislativas.
Reconocemos el papel desempeñado por el Funcionario de Enlace en la promoción y protección de los derechos laborales, así como en la eliminación del trabajo forzoso. Seguiremos trabajando en estrecha cooperación con la OIT y los demás interlocutores pertinentes al realizar nuestros esfuerzos por promover y proteger los derechos laborales sobre la base de la comprensión y la confianza mutuas. Esperamos que la OIT pueda mantener su enfoque constructivo y su cooperación genuina con Myanmar en beneficio de su pueblo. Deseamos expresar nuestro sincero agradecimiento al actual Funcionario de Enlace, Sr. Rory Mungoven, por su ardua labor y su valiosa contribución al desarrollo del sector del trabajo en Myanmar. Esperamos con interés que su sucesor brinde el mismo nivel de cooperación.
Tenemos la suerte de celebrar el centenario del establecimiento de la OIT y, por lo tanto, se deberían reconocer debidamente nuestros incansables esfuerzos desplegados para eliminar el trabajo forzoso. Creo que ha llegado el momento de seguir reforzando las relaciones entre la OIT y Myanmar. Deseamos instar a la OIT a que trasforme la actual oficina de enlace en oficina de país, teniendo en cuenta la cooperación de larga data entre Myanmar y la OIT.
Para concluir, me gustaría expresar nuestro sincero agradecimiento a los países que apoyaron nuestros esfuerzos desplegados para eliminar el trabajo forzoso.
Miembros empleadores — Acabamos de tomar nota de los comentarios formulados por el Gobierno y varios de esos comentarios resultan ser muy útiles en el contexto de este caso. En el contexto histórico, Myanmar no es un nuevo Estado Miembro de la OIT. Se incorporó a la OIT en 1952 y ha ratificado 24 convenios, a saber, tres convenios fundamentales y 21 convenios técnicos. De ello se desprende que Myanmar ha alcanzado un entendimiento de larga data de los tipos de obligaciones que tiene en virtud de los instrumentos internacionales del trabajo, de manera que no puede haber confusión con respecto al hecho de que el país sabe lo que tiene que hacer.
Myanmar ratificó el Convenio en 1955. No obstante, después de más de cincuenta años, lamentablemente Myanmar aún está muy lejos de alcanzar el objetivo de dar pleno cumplimiento a este Convenio. Tomamos nota del apoyo continuo proveniente de la cooperación actual del Gobierno de Myanmar para encarar la situación, en particular el establecimiento de una comisión de encuesta en 1997 y la suscripción de varios memorandos de entendimiento en 2002, 2007 y, más recientemente, en 2018. Tomamos nota también de que la Comisión ha examinado este asunto 15 veces en total, aunque la mayoría de esas ocasiones se dieron en el régimen anterior, por lo que estamos observando un número relativamente pequeño de casos en el régimen civil democrático que se eligió hace poco.
Con todo, tomamos nota de que, incluso este año, por ejemplo, la Comisión de Expertos incluyó una doble nota a pie de página en este caso, lo cual significa que sigue ocupando un lugar destacado en la lista de preocupaciones de las que se ocupa anualmente esta Comisión. La Comisión de Expertos formuló comentarios sobre la obligación de Myanmar en virtud del artículo 1 del Convenio de suprimir, lo más pronto posible, el empleo del trabajo forzoso u obligatorio en todas sus formas y, por eso, estamos aquí. Se dice lo más pronto posible, no se indica el número de casos, pero el hecho es que la eliminación está tardando demasiado.
Tomamos nota de que recientemente, en marzo de 2019, el Consejo de Administración de la OIT analizó el punto de seguimiento de la Resolución relativa a las demás medidas sobre la cuestión de Myanmar adoptadas por esta Conferencia en 2013. Tomamos nota de que, en marzo de 2019, el Consejo de Administración manifestó su honda preocupación por la persistencia del trabajo forzoso, haciendo notar las observaciones de la Comisión de Expertos relativas al Convenio, e instó al Gobierno a que intensificara su ya estrecha cooperación con la OIT para eliminar el trabajo forzoso, en particular con los auspicios del PTDP que se suscribió hace poco, elaborando un plan de acción de duración determinada que, según lo que hemos oído decir al Gobierno, ya está listo para ser presentado al Consejo de Ministros y prevé la institución de un procedimiento de tramitación de quejas eficaz y la correspondiente transición. Con respecto a las observaciones de la Comisión de Expertos, observamos algunas cuestiones. En primer lugar, observamos que dicha Comisión se centra en el uso del trabajo forzoso por las fuerzas armadas. En la memoria no se examinan casos o prácticas que se dan en la economía en general. Esta es una observación importante porque permite ubicar las cuestiones que estamos estudiando en el contexto de una situación que está mejorando y no deteriorándose. En otras palabras, ahora nos encontramos frente a los últimos rezagos, aunque sean muy graves. Por lo tanto, cabe señalar que Myanmar, en términos generales, puede considerarse como un caso de mejora con algunos aspectos negativos que todavía falta resolver.
En el informe de la Comisión de Expertos se señaló que, según el informe sobre las conclusiones detalladas de la Misión Internacional Independiente de Investigación sobre Myanmar (Report of the detailed findings of the Independent International Fact-Finding Mission on Myanmar) que se presentó el 17 de septiembre de 2018, persiste el recurso al trabajo forzoso por las fuerzas armadas, especialmente en los estados de Kachin y Shan, así como entre los grupos étnicos rakhine y rohingya. La Comisión de Expertos señaló también que casi todo el personal militar que, según las constataciones, estaba involucrado en casos de trabajo forzoso había recibido sólo sanciones disciplinarias, y en este punto me gustaría añadir lo siguiente: al tomar nota del comentario formulado por el Gobierno según el cual, varios militares habían sido sancionados y un civil que también estaba involucrado había sido encarcelado por un año, observaría que parece haber una disparidad entre el nivel de sanciones aplicadas en el fuero militar y el de las aplicadas en el fuero civil, por lo que agregaría este asunto a la lista de cuestiones que hay que examinar. Se debería dar un trato en el que haya igualdad o transparencia independientemente de quién sea el autor del delito.
Reiteramos el firme compromiso del Grupo de los Empleadores de eliminar completamente el trabajo forzoso, que se define en el artículo 2 del Convenio. Consideramos que toda forma de trabajo forzoso es inaceptable y condenamos plenamente el empleo del trabajo forzoso por el ejército en esas esferas. El Grupo de los Empleadores insta al Gobierno a que adopte medidas integrales, urgentes y transparentes para acelerar el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes del Convenio a este respecto.
Con relación a las sanciones, en el artículo 25 del Convenio se establece que el hecho de exigir ilegalmente trabajo forzoso u obligatorio será objeto de sanciones penales y que todo Miembro que ratifique este Convenio tendrá la obligación de cerciorarse de que las sanciones impuestas por la ley son eficaces y se aplican estrictamente.
La Comisión de Expertos tomó nota con satisfacción de la adopción de la Ley sobre la Administración de Distritos y Aldeas, de 2012, que deroga la Ley de Aldeas y la Ley de Ciudades de 1907 y establece que el empleo del trabajo forzoso por cualquier persona es un delito penal que puede ser castigado con penas de prisión y multas. No obstante, la Comisión tomó nota de que no se habían adoptado medidas para enmendar el artículo 359 de la Constitución de Myanmar, que exime de la prohibición del trabajo forzoso a «las obligaciones asignadas por la República de la Unión, de conformidad con la ley y en aras de los intereses del pueblo» y que podría interpretarse de modo tal que permita la imposición generalizada de trabajo forzoso a la población en varias circunstancias. Sobre este punto, el Grupo de los Empleadores señala que el país todavía no ha podido llevar a cabo una revisión de la Constitución, pero que la Consejera de Estado anunció hace poco su intención de proceder a efectuar dicha revisión. Por lo tanto, pedimos al Gobierno que proporcione información al respecto para comprender las medidas que ha adoptado o tiene previsto adoptar para materializar la revisión de la Constitución sin demora.
Si bien Myanmar todavía no ha erradicado el trabajo forzoso, las medidas que acabo de exponer son importantes para alcanzar ese objetivo. Hay otras más, y mis colegas de Myanmar aportarán más detalles sobre algunas de ellas en breve. Valoramos positivamente las medidas y el apoyo ofrecidos por la OIT al Gobierno y las numerosas observaciones y debates que han realizado hasta ahora la Comisión de Aplicación de Normas, la Comisión de Expertos y el Consejo de Administración. Dicho esto, y reconociendo que sigue habiendo un número inaceptable de casos de trabajo forzoso, instamos al Gobierno a que intensifique su estrecha cooperación con la OIT para acelerar el fin del trabajo forzoso sin más demora y con la mayor eficiencia posible. Se deberían desplegar esfuerzos concretos destinados a completar la labor que se está realizando para instituir un mecanismo nacional que sea permanente, eficaz y confiable para tramitar las quejas sobre trabajo forzoso.
El Grupo de los Empleadores considera que el Convenio núm. 29 es importante no sólo porque es uno de los convenios fundamentales, sino también, y sobre todo, porque su esencia misma reside en la necesidad de proteger la dignidad humana y la libertad contra la opresión y la esclavitud. Por lo tanto, es esencial que Myanmar aplique y haga cumplir plenamente las disposiciones de este Convenio, tanto en la legislación como en la práctica.
Observamos que, en diciembre de 2018, caducaron el Memorando de Entendimiento sobre un plan de acción para eliminar todas las formas de trabajo forzoso y el Protocolo de Entendimiento Complementario en que se establecía el mecanismo de presentación de quejas. Sin embargo, hemos oído decir al Gobierno que esa labor ha avanzado y pronto se presentará al Consejo de Ministros en relación con el plan de acción y que esto permite sentar las bases para completar la labor relativa al mecanismo de presentación de quejas. Por lo tanto, también podemos tener cierto grado de confianza en que en el marco del nuevo PTDP que recibió el dictamen positivo del Foro nacional de diálogo tripartito en septiembre de 2018, que se ajusta al Plan de Desarrollo Sostenible de Myanmar más amplio, se proseguirán y redoblarán los esfuerzos desplegados hasta la fecha para eliminar el trabajo forzoso y el trabajo infantil en el país.
Observamos también que, en mayo, se hizo llegar un nuevo proyecto de mecanismo de presentación de quejas a los interlocutores sociales para que formularan comentarios al respecto y que, en los últimos días, se ha hecho llegar igualmente información que sirve para sustentar y explicar dicho proyecto. Los empleadores de Myanmar están firmemente comprometidos a trabajar en forma constructiva con el Gobierno para llevar esto a buen término.
Asimismo, quisiéramos compartir con ustedes que el sector privado, por medio de la Cámara de Comercio y la MGMA, ofrecerá pronto un nuevo servicio de auditoría laboral en el que se incorpora un capítulo específico sobre el trabajo forzoso. Ello permitirá promover una toma de conciencia y ayudar a las empresas a evaluar la presencia de cualquier forma de práctica de trabajo forzoso en sus operaciones. Además, en los últimos tiempos, la Cámara de Comercio organizó, con el apoyo de la OIT y la participación de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), un gran foro sobre la responsabilidad empresarial y los derechos humanos en Myanmar, que también será útil para hacer un inventario de las iniciativas existentes y promover una toma de conciencia sobre la importancia de la movilización de las empresas para prevenir cualquier forma de trabajo obligatorio o forzoso.
No nos equivoquemos, los empleadores estamos firmemente comprometidos a eliminar el trabajo forzoso en Myanmar y trabajaremos junto con los trabajadores, el Gobierno y la OIT para lograr progresos reales que serán medidos por los dos principales indicadores que son los siguientes: el número de casos de trabajo forzoso que reciben el Gobierno y la OIT y se resuelven, y el número de casos de reclutamiento de menores liberados del trabajo forzoso.
En efecto, gracias a los esfuerzos de la OIT y los interlocutores tripartitos, observamos que el número de quejas presentadas en virtud del Protocolo de Entendimiento Complementario ha disminuido. El año pasado hubo 130 quejas comprendidas en el mandato del Protocolo de Entendimiento Complementario, cuya gran mayoría (108) se referían a casos de reclutamiento de menores, 76 de los cuales se presentaron al Gobierno. Durante el presente año, la OIT cerró también 431 casos de años anteriores. A pesar de que todavía no se ha alcanzado el objetivo de la erradicación total del trabajo forzoso, estas cifras son alentadoras. Estamos convencidos de que estos esfuerzos junto con el compromiso permanente del Gobierno nos conducirán finalmente a la erradicación total del trabajo forzoso en Myanmar.
Por ello, a modo de sugerencia, recomendamos y pedimos encarecidamente al Gobierno que prosiga sus esfuerzos para garantizar la eliminación del trabajo forzoso en todas sus formas, tanto en la legislación como en la práctica. Instamos en particular al Gobierno a que enmiende cualquier legislación nacional que sea incompatible con el Convenio núm. 29, en particular la Ley sobre la Administración de Distritos y Aldeas de 2019 y el Código Penal, para imponer y aplicar sanciones disuasorias a quienes perpetren actos de trabajo forzoso y garantizar que esa disuasión se aplique de forma equitativa e imparcial tanto en el caso de los funcionarios civiles como en el del personal de las fuerzas armadas. Con respecto a la realización de actividades de sensibilización y fomento de la capacidad para impedir el empleo del trabajo forzoso, observamos también que es evidente que el país debe intensificar los esfuerzos para llegar a las regiones y estados.
En consecuencia, tal como hemos oído, ha habido una larga historia de conflictos internos en Myanmar y, en algunos estados, resulta mucho más difícil promover una toma de conciencia simplemente porque es mucho más difícil acceder a ellos mediante cualquier forma de diálogo significativo, lo cual plantea un gran problema. Sin embargo, es necesario seguir realizando esfuerzos en ese sentido. Por último, instamos al Gobierno a que recopile y proporcione periódicamente información sobre los progresos realizados a la OIT, a esta Conferencia y, en un sentido más amplio, a la población mayoritaria, de manera que la población del propio país tenga confianza en que las cosas que más temen no ocurrirán en el futuro.
Resaltaríamos también los progresos muy considerables que finalmente se están realizando para eliminar las prácticas de trabajo forzoso, y observamos que los casos sobre los que se han comenzado a presentar quejas se centran principalmente en las fuerzas armadas. Por lo tanto, ahora se debe dar prioridad a dichos casos para cerrar la brecha completamente. Al reconocer los progresos que se han realizado, puedo concluir diciendo que esperamos que la próxima vez que examinemos el caso de Myanmar en esta Conferencia sea un caso de progreso.
Miembros trabajadores — En 2013, la Comisión decidió poner fin a todas las sanciones restantes que se habían impuesto al Gobierno de Myanmar, de conformidad con la resolución de la Conferencia de 2000. En virtud de esa resolución, se autorizó a las Estados Miembros a que adoptaran medidas con arreglo al artículo 33 de la Constitución de la OIT para obligar a Myanmar a cumplir las recomendaciones contenidas en el informe de la comisión de encuesta de 1998 sobre violaciones graves y sistemáticas del Convenio. La decisión de 2013 se tomó a raíz de la adopción por el Gobierno en 2012 de una estrategia conjunta creada con la OIT para erradicar el trabajo forzoso antes del final de 2015. Desgraciadamente, el Gobierno fracasó en su intento: ni antes del final de 2015 ni al final de 2018, que fue el plazo establecido en el marco de un plan de acción renovado. En efecto, muchas de las actividades comprendidas en los planes de 2012 y 2018 no se realizaron nunca o se realizaron de forma incompleta. Como resultado de una voluntad política insuficiente, sigue habiendo casos de imposición de trabajo forzoso y, en particular, de reclutamiento forzoso del Tatmadaw, sobre todo en las zonas de conflicto con las comunidades étnicas.
En la actualidad, los militares que son tratantes de personas suelen explotar a los adultos y los niños que terminan en situaciones de trabajo forzoso para realizar actividades relacionadas con la minería, la pesca y otras ocupaciones de Myanmar. Otros son llevados al extranjero mediante la trata, por ejemplo, a Tailandia y Malasia, para trabajar en la pesca, la agricultura, la construcción, las fábricas y otras ocupaciones. Algunos son brutalmente asesinados por sus tratantes y abandonados en fosas comunes a lo largo del camino. A pesar de que se han impulsado reformas jurídicas para castigar la imposición de trabajo forzoso en Myanmar, muy pocos han tenido que rendir cuentas. Aquéllos que han sido castigados, en su mayoría soldados de rango inferior, sólo han recibido sanciones administrativas que no se corresponden, en absoluto, con la gravedad de sus delitos.
En los últimos años, hemos visto un Gobierno que sigue renuente a actuar con transparencia, encarcelando a los periodistas para obstruir la supervisión internacional, en particular de las Naciones Unidas. Observamos que el Protocolo de Entendimiento Complementario, mediante el cual se contrajeron firmes compromisos en 2007, ya está obsoleto y no ha sido sustituido por un sistema nacional operativo que transmita confianza a los interlocutores sociales y las víctimas. Si bien se ha de instituir un nuevo mecanismo administrado por el Gobierno conforme a lo dispuesto en el PTDP de 2018, todavía hace falta ver si será eficaz puesto que los propios militares perpetran actos de trabajo forzoso y el Gobierno no ha demostrado hasta la fecha su capacidad o voluntad de adoptar medidas eficaces para prevenir el trabajo forzoso, hacer que los autores de los actos rindan cuentas imponiéndoles sanciones eficaces y ofrecer a los sobrevivientes una compensación adecuada.
Estamos sumamente preocupados por el hecho de que sólo seis años después de celebrar la última sesión especial de la Comisión sobre Myanmar, estemos examinando una vez más las violaciones generalizadas en relación con el trabajo forzoso. La Comisión incluyó una doble nota a pie de página en el caso de Myanmar expresando su profunda preocupación por la persistencia del trabajo forzoso impuesto por el Tatmadaw en los estados de Kachin y Shan, así como entre los grupos étnicos rakhine y rohingya.
En el informe de 2018 de la Misión Independiente de Investigación sobre Myanmar se proporciona un gran volumen de información fiable sobre la imposición de trabajo forzoso en los últimos años, especialmente por el Tatmadaw. Con respecto al trabajo forzoso en los estados de Kachin y Shan, la Misión verificó un patrón de utilización sistemática por las fuerzas armadas del trabajo forzoso. En el estado de Rakhine, la Misión informó también de las atrocidades cometidas, en particular contra los niños y las mujeres.
Asimismo, la Misión informó de testimonios concordantes según los cuales, varios hombres y mujeres fueron asesinados por el Tatmadaw en el contexto del trabajo forzoso porque se negaron a trabajar, trataron de escapar de los soldados o, simplemente, no podían seguir trabajando. Es verdad que el Gobierno ha realizado esfuerzos para prevenir el reclutamiento forzoso de niños en el ejército, pero se siguen recibiendo informes fiables que indican que ese reclutamiento continúa. En su informe de febrero de 2019 presentado al Consejo de Administración, la oficina de enlace de la OIT notificó 116 casos de reclutamiento forzoso que se registraron en 2018, aunque señaló una disminución del número de casos. La OIT informó también de que, en agosto de 2018, se había licenciado a 75 niños reclutados, incluidos 42 menores objeto de casos presentados por la OIT. Lamentablemente, se siguen recibiendo informes que indican que el Gobierno ha adoptado medidas punitivas contra los ex niños soldados. En el informe de los Estados Unidos sobre la trata de personas correspondiente a 2013 se explica, por ejemplo, que el Tatmadaw presentó cargos de fraude contra un grupo de menores por mentir acerca de su edad, en lugar de enviarlos a los servicios de protección.
En otro caso, un ex niño soldado fue declarado culpable de los cargos de difamación y condenado a dos años de cárcel en abril de 2018 por hablar con los medios de comunicación internacionales. Tal como ha señalado en reiteradas ocasiones el Grupo de los Trabajadores, los que cometen violaciones relacionadas con el trabajo forzoso no han sido castigados o han recibido sanciones que no se corresponden con la gravedad del delito.
La Comisión de Expertos resalta que, desde 2007, el mecanismo de presentación de quejas ha dado lugar a la imposición de medidas disciplinarias militares de cualquier tipo sólo a 377 soldados, de los cuales apenas el 17 por ciento eran oficiales. Con todo, nos hemos enterado por medio de informes anteriores que esas medidas disciplinarias pueden consistir, por ejemplo, en una suspensión temporal del servicio o un descenso de grado.
Además, sólo se ha sancionado a una persona de conformidad con el Código Penal y el informe no indica exactamente cuál fue la sanción, lo cual resulta absolutamente inaceptable.
Recordamos un informe anterior de la oficina de enlace de la OIT que se refería a las quejas que recibió con respecto a la práctica del trabajo forzoso en campos de trabajo de centros penitenciarios. Allí, los reclusos se veían obligados a trabajar en canteras o en plantaciones explotadas por las autoridades penitenciarias con fines comerciales particulares. Alternativamente, se les hace trabajar en plantaciones privadas cerca de los centros penitenciarios para beneficio particular de las autoridades, sin remuneración alguna.
La Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar expresó también su profunda preocupación por el uso del trabajo penitenciario forzoso y, en particular, por la colocación de grilletes a los reclusos como castigo. Otras fuentes han informado del grave abuso del trabajo penitenciario. Esto es muy preocupante en sí mismo, pero lo es aún más si se tiene en cuenta que el Gobierno ha seguido deteniendo y encarcelando a muchas personas en los últimos años, simplemente por ejercer su derecho a la libertad de expresión y de reunión y asociación.
Además, el trabajo forzoso también es un fenómeno persistente en el sector privado. En 2016, la OIT realizó una encuesta detallada sobre la agricultura y el trabajo infantil, concretamente en la pesca continental y el cultivo de caña de azúcar y frijoles. Las conclusiones de esa encuesta fueron alarmantes y señalaban que, en los tres subsectores, los niños se encontraban en condiciones de trabajo forzoso. Varios informes fidedignos han indicado que los hombres, las mujeres y los niños se hallan en situaciones de trabajo forzoso en la agricultura, la pesca y la búsqueda de jade y otras piedras preciosas.
El empleo del trabajo forzoso en la industria del jade ha captado la atención internacional en los últimos años. En un informe publicado por Global Witness en 2015 se expusieron las violaciones de los derechos humanos en dicha industria en el estado de Kachin. Las minas se encuentran custodiadas por el Tatmadaw, y la presencia de grupos étnicos armados ha dado lugar al aumento de los abusos cometidos, como violaciones e imposición de trabajo forzoso alrededor de los emplazamientos mineros. Aquéllos que arriesgan su vida para extraer el jade en esta industria de varios miles de millones de dólares reciben poco por su trabajo, y la gran mayoría de los beneficios van a parar al bolsillo del ejército y los comerciantes.
Además, expresamos nuestra preocupación por las políticas y prácticas estatales discriminatorias que se ejercen contra la población rohingya. Las denominadas operaciones de limpieza, que se iniciaron en 2017, han desembocado en una catástrofe humanitaria que ha traído aparejada la expulsión de más de 700 000 personas del estado de Rakhine. La vulnerabilidad extrema de los rohingyas ha causado, entre otros problemas, un gran aumento del riesgo de imposición de trabajo forzoso, tanto por los agentes estatales como no estatales. Por ejemplo, muchas mujeres y niñas que huyeron del ejército al país vecino de Bangladesh han sido objeto de trata con fines de explotación sexual, mientras que, en el caso de otras, la trata tiene por finalidad destinarlas al trabajo doméstico. Los niños de la comunidad rohingya que huyen de la violencia también han sido secuestrados mientras estaban en tránsito y vendidos para contraer matrimonios forzosos en Indonesia, Malasia e India. Los que son desplazados internos también corren un mayor riesgo de ser víctimas de trabajo forzoso.
Por último, recordamos que quienes se han visto expuestos al trabajo forzoso, en particular en el estado de Rakhine, han sido encarcelados por las autoridades. Por ejemplo, en octubre de 2017, Kyaw Moe Tun, que informó de casos de trabajo forzoso en dicho estado, fue declarado culpable de difamación y provocación al delito en virtud del artículo 505 del Código Penal y sentenciado a dieciocho meses de prisión.
Los acontecimientos que tienen lugar en Myanmar requieren la adopción de medidas urgentes por parte del Gobierno y la comunidad internacional.
Miembro empleadora, Myanmar — Quisiera dar las gracias a la Comisión por darme la posibilidad de formular comentarios sobre las observaciones contenidas en el informe y presentar una reseña de la contribución aportada por la Federación de Cámaras de Comercio e Industria de la República de la Unión de Myanmar (UMFCCI) y el sector privado, en general, para velar por el cumplimiento del Convenio por Myanmar.
El PTDP de Myanmar que se suscribió en septiembre de 2018 tiene un importante resultado que tiene que ver con el fortalecimiento de la protección contra las formas inaceptables de trabajo, especialmente el trabajo forzoso y el trabajo infantil. Los empleadores estamos firmemente comprometidos a eliminar el trabajo forzoso en el país y trabajamos junto con los interlocutores sociales, el Gobierno y la OIT para demostrar los progresos relacionados con los dos principales indicadores definidos, a saber, el número de casos de trabajo forzoso que reciben el Gobierno y la OIT y se resuelven y el número de casos de reclutamiento de menores liberados.
Gracias a los esfuerzos de la OIT y de los interlocutores tripartitos, el número de quejas presentadas en virtud del Protocolo de Entendimiento Complementario ha disminuido drásticamente. A pesar de que todavía no se ha alcanzado el objetivo de la erradicación total del trabajo forzoso, los empleadores han observado cifras muy alentadoras que ya se conocían y esos progresos deberían reconocerse.
Cabe señalar también que, en los últimos diez meses, se han alcanzado varios logros e hitos recientes. En septiembre, el Tatmadaw licenció y liberó a 75 reclutas menores de edad, incluidos 42 menores objeto de casos presentados por la OIT. Se contrató a un consultor por un breve período de tres meses para apoyar el proceso de presentación de quejas.
En cuanto al plan de acción sobre el trabajo forzoso, se ha acordado elaborar un manual de formación sobre directrices relacionadas con las reglas de conducta y un programa de formación y los días 14 y 15 de enero de este año tuvo lugar la primera sesión de formación de instructores. A fin de fomentar la colaboración, se celebraron varios diálogos con directivos y funcionarios de asuntos políticos.
Myanmar se encuentra ahora en una fase crítica ya que, después de haber recibido el apoyo de la OIT durante muchos años, es esencial establecer un mecanismo nacional e institucionalizado de presentación de quejas para tramitar las quejas sobre trabajo forzoso. Es necesario que el sistema inspire confianza a todas las partes interesadas. A este respecto, todavía resulta necesario el apoyo de la OIT.
En calidad de interlocutores sociales y representantes del sector privado, debemos desempeñar el papel que nos corresponde para abogar por un sistema muy transparente, comunicando públicamente los datos relacionados con los casos. Somos conscientes de que esta cuestión es sumamente delicada y sensible, pues los actos de trabajo forzoso son perpetrados tanto por los agentes estatales como no estatales y tanto en situaciones ordinarias como de conflicto. El Ministerio de Trabajo presentó hace poco, durante la celebración del último Foro nacional de diálogo tripartito a fines de mayo de 2019, un proyecto de sistema para instituir el mecanismo nacional de presentación de quejas. Las quejas podrían ser recibidas por los interlocutores sociales y muchas organizaciones de la sociedad civil distintas. De todas maneras, se debería afinar el sistema, se están distribuyendo cartas del Gobierno para pedir que se formulen comentarios con respecto al mecanismo propuesto, lo cual parece que va por buen camino.
Para consolidar el proceso, la OIT organizó en Ginebra un taller de intercambio de conocimientos sobre mecanismos nacionales de presentación de quejas y reclamaciones con el apoyo del Servicio de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (FUNDAMENTALS), resaltando los modelos adoptados por varios países, como Reino Unido, Brasil, Qatar y Uzbekistán.
En cuanto a la ausencia de acciones con respecto a la enmienda del artículo 359 de la Constitución, que exime de la prohibición del trabajo forzoso a las obligaciones asignadas por la República de la Unión de conformidad con la ley — y en aras de los intereses del pueblo y que podría interpretarse de modo tal que permita la imposición generalizada de trabajo forzoso —, el país todavía no ha podido llevar a cabo una revisión de la Constitución, pero la Consejera de Estado anunció hace poco su intención de proceder a efectuar dicha revisión. Si ello sucede, nos aseguraremos de que se preste atención al mencionado artículo.
En lo que se refiere al informe sobre las conclusiones detalladas de la Misión Internacional Independiente de Investigación, reiteramos el firme compromiso del sector privado de eliminar completamente el trabajo forzoso, y consideramos inaceptable el empleo de ese tipo de trabajo en el país. El Gobierno debería velar por la plena aplicación de la legislación nacional y el Código Penal, incluyendo la imposición de sanciones adecuadas a los responsables.
En lo atinente a la formación y el fomento de la capacidad, es evidente que el país debe intensificar los esfuerzos para llegar a todas las regiones y estados. A este respecto, no cabe duda de que resultaría útil adoptar un enfoque más descentralizado.
La UMFCCI y la MGMA, con el apoyo del proyecto OIT-ACT/EMP, han ampliado considerablemente los departamentos de trabajo y relaciones laborales. El 23 de mayo de 2019 se puso en funcionamiento un nuevo servicio de auditoría laboral en el que se incorpora un capítulo específico sobre el trabajo forzoso: dicho servicio ayudará a sensibilizar y apoyar a las empresas al evaluar la presencia de cualquier forma de práctica de trabajo forzoso en sus operaciones. Está previsto realizar las primeras visitas a los lugares de trabajo en la semana del 24 al 28 de junio. La UMFCCI y la MGMA cuentan también con líneas telefónicas especiales para que las empresas afiliadas presten asesoramiento en relación con la práctica correcta de las horas extraordinarias y eviten cualquier violación que podría desembocar a la larga en formas de trabajo obligatorio o forzoso.
Además, los días 30 y 31 de mayo, la Cámara organizó, con el apoyo de la OIT y la participación de la OIE, un gran foro sobre la responsabilidad empresarial y los derechos humanos en Myanmar, que también fue útil para hacer un inventario de las iniciativas existentes y promover una toma de conciencia sobre la importancia de la movilización de las empresas para prevenir cualquier forma de trabajo obligatorio o forzoso.
Asimismo, me complace anunciar que la UMFCCI estaba refrendando oficialmente la participación como miembro de la OIE el 9 de junio, un día antes de la celebración de la CIT. Al formar parte de esta red mundial se apoyará la labor de la Cámara consistente en asegurarse de que se diseñen las mejores estrategias y planes para erradicar completamente el trabajo forzoso en cualquier práctica empresarial.
La UMFCCI valora nuestra condición de integrantes de los mandantes tripartitos. Con confianza y respeto y con el objetivo de mejorar la situación de todos, hemos establecido una relación estrecha entre los órganos tripartitos.
Hemos logrado recibir el proyecto denominado Fondo Visión Cero, que fue concedido por el G-20, en febrero de 2017 en Hamburgo (Alemania). Ayer fue mencionado por la Sra. Angela Merkel, Canciller de Alemania, durante el discurso que pronunció en la plenaria, y recibimos recursos del Fondo Japonés de Base Comunitaria para construir el Centro de Formación sobre Seguridad y Salud en el Trabajo que fue terminado hace poco. El Centro comenzará a impartir cursos de formación en materia de seguridad y salud en el trabajo, beneficiando al conjunto de interlocutores sociales, todo lo cual no habría sido posible sin la dedicada labor de los mandantes tripartitos. Si bien es cierto que tenemos una democracia y una economía jóvenes, este logro tripartito fue acogido con entusiasmo por el Ministerio de Trabajo de Alemania hace una semana en Berlín, cuando nos reunimos para proporcionar información actualizada sobre los progresos del mencionado proyecto.
Otro logro importante de la Cámara es la obtención de un proyecto bienal de colaboración público-privada del Fondo Mundial (2019-2020) en materia de acceso a la salud, en el cual participan como socios dos ONG locales y la internacional Novartis, empresa farmacéutica con sede en Suiza. La Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) es nuestro principal receptor. El proyecto se solicitó en marzo de 2018 y se aprobó en agosto de 2018 para llegar a las zonas propensas a sufrir conflictos en las que la infraestructura es precaria para entregar puntualmente los medicamentos y recibir el tratamiento correspondiente. Se han escogido, para este año, las zonas de Rakhine, Chin y Sagaing y, para el próximo, las zonas de Kachin, Shan, Mon y Mandalay. El objetivo es utilizar, a través de la red de la Cámara, el servicio de bienes de consumo de rápida rotación que prestan las empresas privadas para llevar los medicamentos necesarios a las zonas remotas, vinculando la fuente de los medicamentos para llegar a los lugares en los que hacen falta.
Además de este proyecto, se organizarán actividades paralelas, promoviendo el Pacto Mundial de las Naciones Unidas para las empresas de esas zonas, la toma de conciencia sobre el respeto de los derechos humanos y laborales, el trabajo forzoso, el trabajo infantil, la seguridad y salud en el trabajo, etc.
Soy el coordinador de la UMFCCI para este proyecto. A principios de marzo estuve en la región de Sagaing para conocer el proyecto y promover el Pacto Mundial de las Naciones Unidas. Entre la tercera semana de marzo y principios de abril, me preparé dos veces para ir a Rakhine, pero fue en vano porque surgieron imprevistos en las zonas que visitaríamos. Estoy volviendo a considerar la posibilidad de ir a finales de este mes de junio y haciendo preparativos.
La UMFCCI trabaja en estrecha colaboración con el Ministerio de Educación de Myanmar, en el contexto de la consolidación del capital humano, para prestar un enérgico apoyo a la cooperación con la OIT a la hora de impartir formación y capacitación profesionales de corta duración en los campamentos de desplazados internos de Kachin y Rakhine con un enfoque incluyente, crear acceso a la actividad empresarial y el empleo y evitar la explotación. Gracias a la OIT, participamos en el taller conjunto de la OIT y el Ministerio de Educación sobre evaluación de los mercados de trabajo en Rakhine y, el 22 de mayo, se publicó oficialmente el informe correspondiente para ofrecer empleos decentes a los necesitados, estableciendo vínculos entre la formación profesional y las industrias de manera que se evitara la explotación.
Nos reunimos una vez cada cuatro meses en el Foro nacional de diálogo tripartito y ya lo hemos hecho en 13 ocasiones. Los interlocutores sociales nos encontramos a menudo durante el proceso de reformas de la legislación laboral y nuestra alianza parece volverse más sólida.
La fortaleza cada vez mayor del proceso tripartito permite garantizar el firme compromiso de los interlocutores sociales de invertir toda su energía y tiempo necesarios para erradicar por fin el trabajo forzoso en Myanmar, y seguiremos trabajando para lograrlo.
Se trabaja sin cesar para fortalecer las alianzas, pero resulta muy desalentador enterarse de que el caso sobre el trabajo forzoso con doble nota a pie de página ha vuelto a aparecer. Tal vez nos falte información, aunque también cabe la posibilidad de que la Comisión no haya sido informada de la evolución del proceso. Sea como fuere, lo importante es que seguimos yendo por la dirección correcta.
Esperemos que el caso sobre el cumplimiento por Myanmar del Convenio núm. 29 sea un caso de progreso la próxima vez.
Miembro trabajadora, Myanmar — Los trabajadores de Myanmar se oponen a la violencia y la coerción de cualquier tipo en las comunidades o en el lugar de trabajo. Hemos estado luchando arduamente para establecer una sociedad moderna basada en la igualdad de todas las etnias y en el diálogo social.
La aplicación de este Convenio en Myanmar se examinó por primera vez en una reclamación presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT en 1924. La Confederación de Sindicatos de Myanmar (CTUM), que en aquella época se denominaba Federación de Sindicatos de Birmania (FTUB), estaba documentando casos de trabajo forzoso, así como las atrocidades cometidas por la junta militar, para sustentar el examen del caso por la OIT. En aquel tiempo, estaba prohibido el acceso a las zonas controladas por el ejército birmano y las organizaciones étnicas armadas. Estas zonas también son ricas en recursos naturales, como madera, oro, piedras preciosas, petróleo y gas, y están situadas en los estados de Kachin, Shan, Karen y Rakhine, donde se imponía el trabajo forzoso.
En la actualidad se puede transitar libremente ahí, aunque el acceso a las zonas afectadas es limitado. Se han presentado quejas según las cuales, se sigue coaccionando a los agricultores y aldeanos expulsados para que construyan carreteras en obras públicas subcontratadas o generen beneficios para las empresas de propiedad del personal militar cómplice de los delitos de trabajo forzoso. Sin embargo, Myanmar debe trabajar más arduamente para llegar a ser un país en el que se hayan erradicado todas las formas de trabajo forzoso.
En las zonas de conflicto y las controladas por el ejército no existe el cumplimiento de la ley, la inspección del trabajo ni la libertad sindical. En algunas partes del sector industrial y de la confección, todavía hay personas que realizan horas extraordinarias de trabajo involuntario y no retribuido. Ha habido algunos casos en los que los inspectores del trabajo solían interpretar erróneamente la ley y ponían un tope a la reclamación máxima de los pagos atrasados de las horas extraordinarias en lugar de todo el período de trabajo.
Los sindicatos manifiestan su profunda preocupación por el hecho de que en el proyecto de enmiendas de la Ley de Organizaciones Sindicales se sigue excluyendo al sector informal y al sector público. En dicho proyecto, la inscripción de los sindicatos aún está limitada por ocupaciones sumamente específicas, así como por procedimientos de solicitud intrusivos, que harán que los trabajadores sean más vulnerables al trabajo forzoso.
La pobreza, los conflictos armados continuos y el desplazamiento forzoso están impulsando a miles de agricultores, aldeanos y trabajadores desposeídos a aceptar condiciones de trabajo forzoso sin otra alternativa. La Cámara Alta del Parlamento estimó que, en 2016, había 2 millones de acres de tierra en todo el país que podían considerarse confiscadas. Alrededor de 11 000 acres de tierra han sido devueltos a los agricultores.
Se necesita un proceso más inclusivo y transparente a nivel municipal para devolver y restituir las tierras. El procedimiento aún resulta complicado debido a las concesiones comerciales colusorias, la clasificación errónea y la falta de documentación. Queda mucho por hacer para restablecer los derechos legítimos a la tierra y la indemnización de los agricultores y aldeanos desposeídos.
Antes que nada, incumbe al Gobierno garantizar que los aldeanos desplazados por los conflictos armados no pierdan sus tierras. En la actualidad, aproximadamente 5 millones de trabajadores de Myanmar están trabajando en el extranjero. Son vulnerables al cobro de comisiones de contratación ilegales, la ineficacia de la administración y la corrupción organizada que hacen que se vean sometidos a la imposición de condiciones de trabajo forzoso, la migración ilegal y la trata de personas.
Si bien nuestras leyes establecen un límite de alrededor de 100 dólares de los Estados Unidos para los cobros que se realizan a los trabajadores de Myanmar que buscan empleo en el extranjero, muchos trabajadores terminan endeudados después de pagar una comisión mucho más alta de 600 a 800 dólares de los Estados Unidos a las agencias de contratación o los intermediarios y, con frecuencia, los contratos son falsos o sustitutivos.
Por ejemplo, en Singapur, una trabajadora doméstica emigrante de Myanmar fue colocada para trabajar para dos hogares sin días de vacaciones ni de licencia. No se le permitía abandonar el lugar de trabajo ni modificar las condiciones laborales si no pagaba una indemnización de seis meses de salario al intermediario. En otros casos, los trabajadores enviados a Tailandia fueron repatriados puesto que no se había conseguido ningún empleo para ellos. Otros pasaron a ser trabajadores indocumentados después de que dieron cuenta de que el visado y los permisos de trabajo tramitados por los intermediarios eran falsos.
La servidumbre doméstica involuntaria, los matrimonios forzosos contraídos al otro lado de la frontera en China y la trata con fines de explotación sexual siguen representando el 70 por ciento de los casos que notificó la policía de lucha contra la trata de personas de Myanmar en 2018. Estas víctimas de sexo femenino, que se estima que son miles, no pueden presentar quejas y se consideran casos de extralimitación del tiempo de permanencia en el país de destino sin la debida reparación y rehabilitación.
Myanmar es un país en transición. Para examinar las quejas, los sindicatos participan, con la asociación de agencias de contratación de migrantes y la policía de lucha contra la trata, en la junta de seguimiento tripartita. Se ha incluido hasta ahora 22 agencias en una lista negra y se han ofrecido reparaciones a los querellantes. Se trata de un avance muy pequeño con respecto a la gravedad del problema y se necesita el apoyo de la OIT.
Debemos velar por la aplicación coherente y efectiva de este Convenio en todas las legislaciones nacionales, y lo óptimo sería poder incluir las normas internas de los órganos públicos en los códigos disciplinarios del ejército.
A tal efecto, pedimos el establecimiento de una comisión parlamentaria sobre trabajo forzoso. Se deberían conceder facultades de investigación a la comisión para supervisar el cumplimiento de las recomendaciones formuladas por las instituciones internacionales sobre el trabajo forzoso y la trata de personas, incluidas las conclusiones de esta Comisión.
Miembro gubernamental, Tailandia — Tengo el honor de hacer uso de la palabra en nombre de la ASEAN. La Asociación reconoce que el proceso de reformas democráticas en Myanmar está cobrando impulso y produciendo resultados tangibles en el campo de la promoción y protección de los derechos laborales, lo cual incluye la eliminación del trabajo forzoso.
La ASEAN considera que la cooperación de larga data de Myanmar con la OIT favorece también los esfuerzos desplegados por el Gobierno para eliminar el trabajo forzoso. La Asociación acoge con beneplácito la suscripción del PTDP entre Myanmar y la OIT que se dio en septiembre de 2018, pues traerá consigo reformas más positivas y eficaces para promover y proteger los derechos laborales. La ASEAN también espera que se finalice pronto el plan de acción que está preparándose en el marco de dicho Programa, en particular la institución de un mecanismo nacional del Gobierno de Myanmar para la presentación de quejas a fin de poner fin al trabajo forzoso.
La ASEAN reconoce las medidas eficaces adoptadas por Myanmar para eliminar el trabajo forzoso en cooperación con la OIT, pero desea proponer que se tomen medidas más innovadoras para intensificar las actividades de sensibilización en todo el país a fin de prevenir los casos de trabajo forzoso, no sólo en el sector público, sino también en el sector privado. La Asociación exhorta a la OIT y la comunidad internacional a que mantengan con Myanmar una colaboración constructiva y a que apoyen los esfuerzos desplegados por el Gobierno para eliminar el trabajo forzoso.
Miembro gubernamental, Rumania — Hago uso de la palabra en nombre de la Unión Europea (UE) y sus Estados miembros. La República de Macedonia del Norte y Albania, países candidatos, Bosnia y Herzegovina, país del Proceso de Estabilización y Asociación y posible candidato, Noruega, país miembro de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y del Espacio Económico Europeo, así como la República de Moldova y Georgia, se suman a esta declaración. La UE y sus Estados miembros están comprometidos a promover, proteger y respetar los derechos humanos y los derechos laborales, en particular la libertad sindical, la libertad de reunión y la abolición del trabajo forzoso. Respaldamos el papel indispensable que desempeña la OIT en la elaboración, promoción y supervisión de la aplicación de las normas internacionales del trabajo y, en particular, de los convenios fundamentales. La UE y sus Estados miembros están comprometidos también a promover la ratificación universal de las normas fundamentales del trabajo, su aplicación efectiva y su cumplimiento. Deseamos recordar la importancia que atribuimos a las mejoras obtenidas con respecto a los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho en Myanmar. En ese sentido, es esencial cumplir el Convenio núm. 29. Si bien reconocemos los progresos realizados en los últimos años, lamentamos tomar nota de que este caso ha comenzado a examinarse como un caso grave en relación con la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso.
Basándose en el informe de la Comisión de Expertos, se siguen notificando casos de trabajo forzoso y, en particular, de reclutamiento de menores por el Tatmadaw, que fueron confirmados por la Misión Independiente de Investigación establecida por el Consejo de Derechos Humanos (CDH), sobre todo en los estados de Kachin y Shan, así como entre los grupos étnicos rakhine y rohingya. A menudo, las víctimas recibían alimentos insuficientes y de mala calidad, no tenían acceso al agua y su alojamiento era inadecuado, y algunas eran tratadas con violencia si oponían resistencia, trabajaban lentamente o descansaban. Las víctimas de sexo femenino también eran objeto de violencia sexual.
El trabajo forzoso sigue siendo un fenómeno persistente en el país, pese a que la OIT y los Estados Miembros han colaborado continuamente para resolver la cuestión desde hace más de dos decenios. En 2012, se suscribió el Memorando de Entendimiento sobre una estrategia conjunta relativa a la eliminación del trabajo forzoso y posteriormente, en enero de 2018, se firmó otro Memorando de Entendimiento en el que se acordó un nuevo plan de acción para la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso para el año 2018, antes de la transición al PTDP, en septiembre de 2018.
La UE y sus Estados miembros también están colaborando activamente con el Gobierno para mejorar la situación de los derechos laborales en el país, por ejemplo, a través de la Iniciativa en pro de los derechos laborales de Myanmar. A este respecto, reiteramos nuestro firme compromiso de apoyar al país. En octubre de 2018 y febrero de 2019, la UE envió misiones de alto nivel al país en el contexto del aumento de la colaboración en el marco del acuerdo del Sistema de Preferencias Arancelarias Generalizadas para los países menos adelantados («Todo menos armas»). El Sistema de Preferencias Arancelarias Generalizadas de la UE exige que los países se rijan por los principios de los convenios fundamentales del trabajo. Gracias a ello, surgió la oportunidad de entablar un diálogo amplio con las autoridades nacionales sobre cuestiones relativas a los derechos laborales, entre otras. Las conversaciones continuaron durante una reunión de altos funcionarios que se celebró en Bruselas a mediados de mayo y continuarán durante el diálogo sobre derechos humanos que se sostendrá el 14 de junio en el país.
En el contexto del debate de hoy día en relación con la persistencia del trabajo forzoso, acogemos con beneplácito que el Gobierno siga colaborando con la OIT, según parece, para aplicar el mecanismo de presentación de quejas sobre trabajo forzoso que ésta dirige hasta que se instituya un mecanismo nacional adecuado de ese tipo y se consulte, con el Foro nacional de diálogo tripartito, la institución de dicho mecanismo. Al mismo tiempo, deseamos expresar nuestra profunda preocupación con respecto a varias cuestiones:
- Los progresos realizados para instituir el mecanismo nacional de presentación de quejas sobre trabajo forzoso: se observa que se acordó con el Ministerio de Trabajo, Inmigración y Población una nueva versión de un plan de acción nacional para instituir el mecanismo, pero no ha sido refrendada por otros ministerios, en particular por el Ministerio de Defensa, que dirige el Tatmadaw. Incluso, después de su institución, seguirá siendo vital que se facilite, en la práctica, el acceso al mecanismo de presentación de quejas, sobre todo a las víctimas de las zonas de conflicto, se investiguen independientemente las quejas y se brinde protección a las víctimas. Mientras tanto, se debe seguir cooperando con el mecanismo de presentación de quejas que dirige la OIT.
- La falta de acciones judiciales contra los infractores por la vía penal: varios miembros del personal militar recibieron como castigo únicamente la imposición de medidas disciplinarias y sólo una persona fue castigada de conformidad con el Código Penal, pero es esencial aplicar estrictamente las disposiciones de la Ley sobre la Administración de Distritos y Aldeas, de 2012, y de dicho Código para hacer que el recurso al trabajo forzoso sea un delito penal y disuadir a los autores de los actos. Además, los castigos deberían ser eficaces y aplicarse estrictamente.
- El artículo 359 de la Constitución permanece sin cambios a pesar de las promesas hechas anteriormente por el Gobierno: el artículo exime de la prohibición del trabajo forzoso a «las obligaciones asignadas por la República de la Unión, de conformidad con la ley y en aras de los intereses del pueblo» y, por tanto, podría interpretarse como una imposición generalizada de trabajo forzoso a la población.
Observamos que el Parlamento está debatiendo la introducción de modificaciones en la Constitución y esperamos que el artículo 359 se enmiende durante el proceso. Sin embargo, nos preocupa que ahora estemos en un punto de inflexión, pese a los progresos realizados en los últimos años en temas laborales. Por lo tanto, instamos al Gobierno a que adopte las medidas necesarias, a saber, seguir fomentando la capacidad de diversos actores, dar instrucciones claras a los militares para que no recurran al trabajo forzoso, realizar investigaciones adecuadas e imponer sanciones suficientemente disuasorias y finalizar el plan de acción sobre el trabajo forzoso, que se está elaborando con el apoyo de la OIT, para abordar las preocupaciones de la Comisión sin demora.
Si bien este debate se centra en la eliminación del trabajo forzoso, instamos también al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para:
- velar por que las versiones actuales de la Ley de Organizaciones Sindicales y la Ley sobre Solución de Conflictos Laborales se ajusten a las normas internacionales del trabajo. Observamos que esta última ley se adoptó en mayo y, aunque todavía no se ha evaluado completamente, reconocemos algunos progresos realizados, como la eliminación de las penas de prisión. No obstante, subsisten varias lagunas, como la falta de cobertura del sector público. Por otro lado, todavía no hemos visto los progresos que debían realizarse en relación con el proyecto de ley de organizaciones sindicales. De hecho, la versión actual, si se adopta, representaría un retroceso. Instamos al Gobierno a que revise dicha versión de manera tripartita haciendo uso de la asistencia técnica de la OIT para salvar las diferencias que existen entre ésta y las normas internacionales del trabajo;
- ratificar el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138). Observamos que se alcanzó un consenso tripartito con respecto a la cuestión. Instamos al Gobierno a que ratifique rápidamente el Convenio núm. 138, pues será un paso muy importante en la ratificación de los otros cinco convenios fundamentales de la OIT;
- armonizar la versión actual de la Ley sobre los Derechos del Niño con las normas internacionales del trabajo relativas al trabajo infantil. Tomamos nota de que se examinará durante la presente sesión parlamentaria;
- adoptar la lista ya finalizada de trabajos peligrosos para combatir con eficacia el trabajo infantil;
- aplicar medidas basadas en el diálogo tripartito para resolver las cuestiones que limitan la libertad sindical en la práctica;
- adoptar medidas eficaces para velar por la protección de las libertades civiles de los trabajadores, por ejemplo, mediante la revisión de la Ley sobre el Derecho de Reunión y Manifestación Pacíficas en consonancia con las recomendaciones de la misión de contactos directos de la OIT que se llevó a cabo en octubre de 2018, lo cual sigue siendo especialmente vital habida cuenta de los cargos presentados en febrero de 2019 contra varios sindicalistas en Mandalay;
- adoptar nuevas medidas para mejorar la seguridad y salud en el trabajo. Si bien reconocemos las mejoras introducidas en la ley como un avance positivo, instamos al Gobierno a que la aplique de forma efectiva y la revise periódicamente, sobre todo para seguir ampliando su ámbito de aplicación.
La UE y sus Estados miembros seguirán prestando apoyo al Gobierno en ese sentido y continuaremos vigilando de cerca la situación en el país.
Miembro gubernamental, China — Observamos que, con la ayuda de la OIT, el Gobierno de Myanmar ha realizado activamente varias actividades encaminadas a promover la eliminación del trabajo forzoso y ha elaborado varios reglamentos y leyes; asimismo, se ha reducido considerablemente el trabajo forzoso. En 2018, el Gobierno suscribió con la OIT el PTDP, pues el desarrollo y la cooperación son muy importantes para la consecución del trabajo decente en los Estados Miembros.
El Gobierno de China insta a la OIT y a la comunidad internacional a que ayuden al Gobierno de Myanmar a eliminar el trabajo forzoso, prestando más asistencia para el desarrollo. Apoyamos la petición de este Gobierno de transformar la oficina de enlace de la OIT en una oficina de país de la OIT en Myanmar, y lo alentamos también a que adopte nuevos planes de acción para instituir un mecanismo de presentación de quejas sobre trabajo forzoso.
Miembro trabajadora, Japón — Si bien tomamos nota de los esfuerzos desplegados por el Gobierno de Myanmar para eliminar el trabajo forzoso mediante la prórroga del Protocolo de Entendimiento Complementario y el acuerdo relativo al primer PTDP en 2018, quisiéramos compartir nuestras preocupaciones sobre la situación del trabajo forzoso en Myanmar que se describe en el informe que presentó la Misión Independiente de Investigación al Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas en 2018.
En primer lugar, podemos tratar el caso de imposición de trabajo forzoso por las fuerzas militares de Myanmar (Tatmadaw) y por las organizaciones étnicas armadas para realizar obras públicas. Durante el período que abarca el informe, la Misión detectó un patrón de utilización sistemática de hombres, mujeres y niños para someterlos a trabajos forzosos a través de los estados de Kachin y Shan, incluso en las zonas de los estados en las que no había conflictos activos. En muchos casos, el Tatmadaw llegaba a una aldea y detenía a muchas personas que luego eran retenidas para realizar trabajos forzosos, sin avisarles ni consultarles. Eran retenidas cerca de las aldeas u obligadas a recorrer largas distancias para hacer distintos trabajos, como cocinar para el Tatmadaw, transportar cargas, excavar trincheras, talar árboles o construir carreteras, se les hacía caminar delante de los demás para mostrar las carreteras o eran utilizadas como localizadores humanos de minas terrestres para el Tatmadaw.
La duración del reclutamiento forzoso oscila entre un día y varios meses. Entre las víctimas de ese tipo de reclutamiento hay mujeres, niños de incluso 12 años y docentes. En 2012, el Gobierno y las Naciones Unidas suscribieron un plan de acción conjunto para poner fin al reclutamiento y utilización de niños soldados. En 2018, se informó de que, desde la suscripción del plan, el número total de niños liberados era de más de 924. Fueron retenidos en condiciones inhumanas, sin alimentos adecuados, agua ni otros servicios, tampoco recibían remuneración por su trabajo. Se informó de casos de violencia, tortura, violencia sexual y violaciones. Esta clase de situaciones sigue prevaleciendo en los estados de Kachin y Shan. Si bien existen casos graves de trabajo forzoso, reconocemos, una vez más, los esfuerzos desplegados por el Gobierno para eliminar este tipo de trabajo.
Aprovecho esta oportunidad para recordar la principal decisión adoptada con respecto a este caso en la última reunión del Consejo de Administración de la OIT celebrada en marzo: tras examinar el informe presentado por el Director General, el Consejo de Administración manifestó su honda preocupación por la persistencia del trabajo forzoso e instó al Gobierno a que intensificara su estrecha cooperación con la OIT para eliminar el trabajo forzoso. Asimismo, alentó al Gobierno a que promoviera el trabajo decente mediante la aplicación de políticas de inversión responsable acordes con la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social.
Deseamos que el Gobierno siga desplegando esfuerzos encaminados a mejorar la situación para eliminar el trabajo forzoso.
Miembro gubernamental, Estados Unidos — En marzo de 1997, el Consejo de Administración de la OIT estableció una comisión de encuesta para examinar los alegatos de casos graves de trabajo forzoso generalizado en Myanmar. Desde entonces, la OIT ha trabajado en estrecha colaboración con el Gobierno para poner en práctica las conclusiones subsiguientes de la comisión, comenzando con el acuerdo celebrado para nombrar un funcionario de enlace de la OIT en 2002; asimismo, se realizaron progresos importantes. En virtud del Protocolo de Entendimiento Complementario de 2007 se estableció un mecanismo conjunto de la OIT y el Gobierno para la presentación de quejas que estaba a disposición de las víctimas de trabajo forzoso. Gracias a la adopción, en 2012, de la Ley sobre la Administración de Distritos y Aldeas, el empleo del trabajo forzoso por cualquier persona pasó a ser un delito penal que podía ser castigado con penas de prisión y multas.
A pesar de los progresos realizados en los últimos años, varios informes, como el que se presentó en septiembre de 2018 sobre las conclusiones detalladas de la Misión Internacional Independiente de Investigación sobre Myanmar, señalan el recurso continuo al trabajo forzoso por el ejército, especialmente en los estados de Kachin y Shan, así como entre los grupos étnicos rakhine y rohingya.
El Protocolo de Entendimiento Complementario, que aportaba una base legal para que la OIT participara en la recepción y transmisión de las quejas sobre trabajo forzoso, caducó en diciembre de 2018, y el Gobierno no ha establecido ningún mecanismo de presentación de quejas. Si bien el Gobierno se reunió hace poco con la OIT para resolver casos pendientes y está formulando una propuesta para tener su propio mecanismo de presentación de quejas, la propuesta actual no brinda suficiente protección a las víctimas ni define un proceso fiable para realizar investigaciones independientes.
Es necesario realizar esfuerzos considerables que permitan establecer las condiciones necesarias para el funcionamiento eficaz de un mecanismo de presentación de quejas dirigido por el Gobierno. Hasta la fecha, casi todo el personal militar que, según las constataciones, estaba involucrado en casos de trabajo forzoso ha recibido sólo sanciones disciplinarias internas. Sólo uno de los autores de los actos ha recibido un castigo apropiado con arreglo al artículo 374 del Código Penal. La eficacia de cualquier mecanismo de presentación de quejas se verá afectada si sigue habiendo un cumplimiento inadecuado de la ley. Además, aunque en 2019 se negoció un plan de acción con la OIT, todavía falta que el Gobierno consiga el apoyo de todos los ministerios y entidades necesarios y, en particular, del ejército. Para eliminar completamente todas las formas de trabajo forzoso, instamos al Gobierno a que adopte todas las medidas necesarias, entre las cuales figuran las siguientes:
- desarrollar y poner en marcha, en estrecha cooperación con la OIT, un mecanismo accesible, fiable y verificable para recibir y solucionar las quejas sobre trabajo forzoso;
- aprobar y ejecutar el plan de acción de 2019;
- resolver todos los casos pendientes que se presentaron a través del mecanismo del Protocolo de Entendimiento Complementario;
- enjuiciar a los responsables con arreglo al artículo 374 del Código Penal;
- enmendar el artículo 359 de la Constitución;
- seguir realizando actividades de sensibilización y fomento de la capacidad en relación con el trabajo forzoso que incluyan, por ejemplo, la intensificación de las campañas de sensibilización pública, sobre todo en las zonas que son escenario de violencia continua.
Por último, reconociendo que el Gobierno ha aceptado recibir asistencia técnica, instamos a la OIT a que se centre en el trabajo forzoso a la hora de prestar dicha asistencia, en particular en el marco del PTDP, y a que solicite activamente el apoyo de los donantes cuando sea necesario.
Miembro empleador, Sri Lanka — La Federación de Empleadores de Ceylán (EFC) hace uso de la palabra como parte integrante del Grupo de los Empleadores y en solidaridad con las reclamaciones presentadas por el portavoz de dicho Grupo y nuestra colega empleadora de Myanmar, la Federación de Cámaras de Comercio e Industria de Myanmar.
Deseamos encomiar las intervenciones realizadas por nuestros colegas para aliviar y, finalmente, eliminar el trabajo forzoso, específicamente las realizadas para mejorar el cumplimiento de las leyes y las normas internacionales del trabajo, como la auditoría especial en la que se dio máxima importancia a la eliminación de las prácticas relacionadas con el trabajo forzoso, lo cual es una contribución notable.
Los esfuerzos desplegados por las Cámaras de Comercio de Myanmar, junto con los interlocutores tripartitos, para mejorar las condiciones socioeconómicas del país, en particular el bienestar de los trabajadores, son progresivos y merecen un mayor reconocimiento y aliento. Esperamos que, la próxima vez, el caso de Myanmar sea uno de progreso si esta Comisión de Expertos debe examinarlo.
Miembro gubernamental, República Bolivariana de Venezuela — El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela agradece la presentación de los distinguidos representantes de Myanmar con relación al cumplimiento del Convenio. Valoramos los avances del Gobierno de Myanmar para erradicar el trabajo forzoso, logrando significativos avances en estrecha colaboración con la OIT.
Destacamos el proceso de reformas democráticas que está produciendo resultados tangibles en Myanmar en el campo de la promoción y protección de los derechos laborales incluida la eliminación del trabajo forzoso, valoramos el PTDP, firmado en septiembre de 2018 entre Myanmar y la OIT, teniendo presente que éste no sólo es un avance significativo en la Agenda de Trabajo Decente, sino también es una contribución efectiva a las reformas para promover y proteger los derechos laborales.
Nos congratulamos que los casos de trabajo forzoso han disminuido significativamente, y hacemos un llamado para que la OIT y la comunidad internacional continúen colaborando con el Gobierno de Myanmar para proseguir con los esfuerzos de erradicar el trabajo forzoso.
El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela espera que las conclusiones de esta Comisión, producto de este debate, sean objetivas y equilibradas y así el Gobierno de Myanmar podrá proseguir con el cabal cumplimiento del Convenio.
Miembro trabajadora, Canadá — Al desplegar sus esfuerzos para dar cumplimiento al Convenio, el Gobierno de Myanmar debe subsanar las deficiencias de las políticas agrarias que acarrean el riesgo de ocasionar que las comunidades enteras sean vulnerables a las condiciones y prácticas que el Convenio trata de eliminar.
Según la clasificación del Gobierno, aproximadamente un tercio de la superficie total de tierras del país son tierras desocupadas, vírgenes o sin explotar. Las comunidades gestionan activamente gran parte de estas tierras como tierras de cultivo o bosques productivos basándose en el derecho consuetudinario y la práctica. Los que usan esas tierras suelen carecer de documentos oficiales para poder hacerlo.
En virtud de la Ley de Ordenación de Tierras Desocupadas, Vírgenes y sin Explotar, que fue enmendada en septiembre de 2018, todas las personas que ocupaban o usaban esas tierras recibieron una notificación en la que se les daba seis meses para solicitar un permiso oficial de uso de la tierra y si no lo hacían, corrían el riesgo de ser expulsados y condenados a una pena de hasta dos años de cárcel por entrar sin autorización a las tierras en las que habían vivido o trabajado durante toda su vida.
Un gran número de personas de Myanmar no tenía conocimiento de las enmiendas ni de los plazos y no pudo presentar reclamaciones. Otras personas desplazadas por los conflictos armados no estuvieron en condiciones de solicitar un permiso de uso de sus tierras.
Esta política puede empeorar los conflictos por tierras en distintos lugares, como los estados de Kachin y Shan, donde hay más de 100 000 desplazados internos. Existe un riesgo considerable de que los inversionistas reciban los permisos de uso de vastas zonas clasificadas como tierras desocupadas, vírgenes o sin explotar, pero que pertenecen a personas que han sido desplazados internos o se han convertido en refugiados.
Aunque en la ley enmendada se excluyen «las tierras en régimen consuetudinario designadas conforme a la cultura tradicional de las poblaciones étnicas», la tenencia consuetudinaria todavía no tiene una definición jurídica en esta ley ni en ninguna otra, con lo cual los administradores, que pueden estar implicados en casos de apoderamiento de tierras, tienen la libertad de determinar lo que se considera «consuetudinario».
La ley genera incentivos para que las autoridades se apropien de tierras de las comunidades tradicionales y da lugar a que las empresas privadas puedan reclamar esas tierras. Por ejemplo, cuando las empresas o las personas presentan solicitudes para usar tierras desocupadas, existe un plazo de objeción de treinta días, y se muestra una notificación fuera de las oficinas locales del Gobierno. Es poco probable que muchos residentes de los campamentos puedan ver esas notificaciones, ni mucho menos tomar medidas al respecto con las «pruebas necesarias».
En Kachin, un estado azotado por varios decenios de guerra civil, las tierras desocupadas han comenzado a escasear y están perdiéndose para expandir las plantaciones bananeras. Cada vez resulta más difícil ganarse la vida. Existen casos documentados en los que las milicias gubernamentales obligaron a los agricultores a producir cultivos comerciales y, posteriormente, acordaron «arrendar» su tierra para que sea usada por empresas con plantaciones bananeras. Les dicen a los pobladores locales que obtendrán una compensación por el uso de la tierra, pero los 36 dólares de los Estados Unidos que reciben por acre incluyen los cultivos y todo su trabajo. Por otro lado, las empresas utilizan plaguicidas que han causado la contaminación del agua y los agricultores temen que el impacto en su tierra y su único medio de ingresos sea irreversible.
Existen dificultades para adoptar medidas contra las empresas, pues la mayoría de los emplazamientos para las plantaciones se encuentran en zonas de conflictos y dichas empresas hacen negocios bajo la protección de las fuerzas armadas.
Es necesario que las políticas agrarias resuelvan estas cuestiones y no despojen a las personas de los medios de subsistencia estables ni expongan a las comunidades enteras a las prácticas de explotación que el Convenio trata de corregir.
Miembro gubernamental, Canadá — El Canadá da las gracias al Gobierno de Myanmar por la información proporcionada hoy día. Recordando su declaración sobre Myanmar formulada en la 335.ª reunión del Consejo de Administración que se celebró en marzo de 2019, el Canadá toma nota de los esfuerzos desplegados por el Gobierno para abordar y eliminar el recurso al trabajo forzoso y los progresos realizados hasta la fecha con respecto a la reforma de la legislación laboral.
Con todo, no cabe duda de que queda mucho por hacer para poner fin, de manera efectiva, al empleo del trabajo forzoso en el país. En particular, el Canadá sigue profundamente preocupado por la persistencia del trabajo forzoso, en condiciones violentas e inhumanas, que impone el Tatmadaw en los estados de Kachin, Shan y Rakhine de Myanmar. Observamos también con desazón que el personal militar que recurre al trabajo forzoso recibe, en la mayoría de los casos, sólo sanciones disciplinarias en lugar de sanciones penales con arreglo al Código Penal.
Tomamos nota de que aún no se ha adoptado ninguna medida para enmendar el artículo 359 de la Constitución de Myanmar, que permite eventualmente la imposición arbitraria o generalizada de trabajo forzoso a la población. El Canadá reitera también sus preocupaciones por la ausencia de un mecanismo formal e independiente para tramitar las quejas sobre trabajo forzoso y prestar apoyo a las víctimas.
Por lo tanto, instamos al Gobierno de Myanmar a que adopte medidas inmediatas para realizar lo siguiente: en primer lugar, fortalecer sus esfuerzos encaminados a garantizar la eliminación del trabajo forzoso en todas sus formas, tanto en la legislación como en la práctica y en consonancia con las normas internacionales, en particular el trabajo forzoso impuesto por los militares, el sector público o las autoridades civiles; en segundo lugar, fortalecer los esfuerzos para garantizar que se enjuicie a los responsables y se ponga fin a las impunidades y que las sanciones impuestas por la ley para castigar el recurso al trabajo forzoso sean eficaces y se apliquen estricta y uniformemente contra los responsables; en tercer lugar, enmendar el artículo 359 de la Constitución para aclarar que no se puede imponer trabajo forzoso a la población en ninguna circunstancia, y, por último, garantizar, en coordinación con la OIT, la institución oportuna de un mecanismo independiente de presentación de quejas, de alcance nacional, que permita hacer un seguimiento adecuado y eficaz y proteger a las víctimas.
Instamos al Gobierno de Myanmar a que garantice que todas las reformas estén en consonancia con las normas internacionales del trabajo y el resultado de un diálogo tripartito verdadero y efectivo. A ese respecto, tomamos nota de la ampliación del proceso tripartito nacional y de la celebración del Foro nacional de diálogo tripartito en mayo de 2019, y alentamos al Gobierno a que tenga en cuenta las inquietudes y comentarios de las partes interesadas durante los procesos legislativos y de formulación de políticas.
Por último, alentamos al Gobierno de Myanmar a que siga trabajando en estrecha cooperación con la OIT para alcanzar esos objetivos.
Observador, Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF) — Me referiré a la cuestión de la trata de personas y el trabajo forzoso en el sector de la pesca en el contexto de la migración tanto interna como externa. Dicho sector es uno de los principales componentes de la economía de Myanmar y da empleo a un total de 3,3 millones de personas. En un informe de la OIT de 2015 sobre la migración laboral interna en Myanmar se constató que en la industria pesquera local se imponían condiciones de trabajo que incluían violencia física, servidumbre por deudas, pago de salarios insuficientes respecto de lo establecido inicialmente y falta de alimentos. En torno al 39 por ciento de los participantes en la encuesta realizada por la OIT en la industria pesquera se encontraba en una situación de trabajo forzoso, en comparación con el 26 por ciento en general, y el 26 por ciento de los encuestados en dicha industria eran víctimas de trata de personas, en comparación con el 14 por ciento en general. Convendría que los encargados de la formulación de políticas adoptaran un enfoque sectorial para elaborar planes de acción destinados a combatir la trata de personas y el trabajo forzoso en la industria pesquera local.
Ahora me referiré a la situación de los pescadores migrantes de Myanmar. Los trabajadores migrantes de Myanmar constituyen una gran proporción de la fuerza laboral pesquera en Tailandia. La Red de Derechos de los Pescadores (FRN), que es una iniciativa de la ITF para formar un sindicato independiente de pescadores en Tailandia, sindica principalmente a los pescadores migrantes. En la actualidad, más del 90 por ciento de los pescadores birmanos que la FRN ha entrevistado sólo en los últimos doce meses, han dicho que se encuentran en una situación de servidumbre por deudas de más de 20 000 bahts, que equivalen a unos 600 dólares de los Estados Unidos, lo cual representa una deuda lo suficientemente grande como para no poder saldarla rápidamente. La explotación de los pescadores birmanos es muy común.
El periódico The Guardian informó de que varios migrantes rohingyas, sometidos a trata en campamentos letales ubicados en la selva, fueron vendidos para que trabajaran en embarcaciones pesqueras tailandesas como esclavos. La contratación engañosa y coercitiva, que incluye agentes o intermediarios sin escrúpulos, incluso del propio país de Myanmar, es uno de los factores clave que ocasiona que los pescadores atraviesen situaciones de explotación.
El Gobierno de Myanmar ha dado algunos pasos positivos para resolver la cuestión. En 2018, Tailandia y Myanmar suscribieron un Memorando de Entendimiento sobre Cooperación para el Empleo de Trabajadores, que incluye medidas relativas a la trata de personas. Myanmar también es miembro del Foro de Asia sudoriental dirigido por la OIT cuya finalidad es poner fin a la trata y el trabajo forzoso de los pescadores y, desde febrero de este año, la OIT junto con el Ministerio de Trabajo y la ITF han ayudado a dirigir las actividades de orientación previa a la partida para los pescadores que van a trabajar en Tailandia. Sin embargo, pese a estas iniciativas, queda mucho más por hacer, tal como lo indican nuestras estadísticas. El Gobierno de Myanmar debería, por lo menos, ratificar y aplicar efectivamente el Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188) y seguir al pie de la letra los Principios generales y directrices prácticas para una contratación equitativa de la OIT. El Gobierno también debería seguir trabajando con la OIT y la ITF para impartir formación previa a la partida y tratar asuntos conexos.
Miembro gubernamental, India — Deseamos dar las gracias a la delegación de Myanmar por su presentación relativa a este punto del orden del día y la información exhaustiva y actualizada que se ha comunicado en ella. Tomamos nota, con satisfacción, de los importantes progresos desplegados por el Gobierno de Myanmar para fomentar el PTDP de la OIT, fortalecer el diálogo social tripartito y realizar reformas laborales, entre otras cosas, de conformidad con este contexto y estas prioridades nacionales.
Como país vecino y amigo, somos plenamente conscientes de este contexto, del ambicioso programa político, económico y social que aplica el Gobierno civil de Myanmar elegido democráticamente, y comprendemos los problemas que afronta a la hora de impulsar el proceso de paz, crear instituciones y fortalecer el Estado de derecho, en particular en pro de la protección y promoción del trabajo para crear una sociedad justa y equitativa para todos sus ciudadanos.
Agradecemos sinceramente el compromiso constante asumido por el Gobierno de Myanmar para crear empleos decentes, promover una inversión responsable, fortalecer la filosofía del tripartismo y una alianza de colaboración social, incluyendo la libertad sindical, realizar reformas laborales y eliminar el trabajo forzoso con los auspicios del PTDP que se suscribió hace poco.
Otras iniciativas positivas del Gobierno son el desarrollo de un plan de acción actualizado que incluye la institución de un mecanismo nacional de presentación de quejas, en estrecha cooperación y consulta con los interlocutores sociales, y el aumento de los esfuerzos encaminados a fomentar la toma de conciencia y la capacidad por medio de la impartición de formación para eliminar el trabajo forzoso. La incidencia del trabajo forzoso en Myanmar ha disminuido considerablemente y no cabe duda de que sigue una tendencia decreciente gracias a las medidas adoptadas no sólo por el Gobierno de Myanmar, sino también por su Parlamento, a través de enmiendas apropiadas de la Constitución Nacional.
Apoyamos la cooperación continua y la colaboración constructiva de Myanmar con la OIT. La OIT y la comunidad internacional deberían colaborar de forma constructiva con el Gobierno de Myanmar y prestarle toda la ayuda y asistencia técnica necesarias en los esfuerzos que realiza a fin de ayudarlo a cumplir sus objetivos generales en materia de políticas económicas y sociales a escala nacional, promoviendo el trabajo decente y eliminando el trabajo forzoso. Le deseamos al Gobierno de Myanmar todo el éxito posible en sus esfuerzos.
Miembro trabajadora, Malasia — Según las estimaciones del informe del Índice Mundial de la Esclavitud sobre Myanmar, 575 000 personas viven en condiciones de esclavitud moderna. De cada 1 000 personas, 11 eran víctimas de esclavitud en Myanmar. Asimismo, según dicho informe, uno de los principales factores que desencadenaron esta situación fue la aparición de casos de desplazamiento masivo, secuestro, violencia sexual y asesinatos de personas de la población rohingya.
Hace cuatro meses, el Sr. U Myo Aung, Secretario Permanente del Ministerio de Trabajo, Inmigración y Población, dijo a los medios de comunicación que el número de trabajadores de Myanmar en el extranjero había llegado a 5 millones. Sin embargo, en mi opinión, la cifra real es mucho mayor que ésta porque, hasta 2017, ya había más de 450 000 trabajadores de Myanmar sólo en Malasia. Muchos de estos trabajadores de Myanmar huyeron del país en busca de mejores oportunidades en los países vecinos, como Tailandia y Malasia, para después ser objeto de acoso y convertirse en víctimas, incluso antes de salir de Myanmar.
Se informa de que, en Myanmar, existe un centro de atención integral en el que se tramitan los visados de salida de los trabajadores. Dicho centro afirma que es el proveedor exclusivo de servicios para gestionar visados y servicios consulares de las embajadas de Myanmar en China, Francia, Italia, Japón, Malasia y Singapur. Los costos de los visados han aumentado varias veces y, además de las tasas de visado, los trabajadores tienen que pagar comisiones de servicio.
Se informa de que, antes de diciembre de 2015, los trabajadores de Myanmar que viajaban a Malasia pagaban 6 dólares de los Estados Unidos pero, a partir de 2016, pagan la enorme suma de 83 dólares de los Estados Unidos en concepto de comisión de servicio, comisión de sistema y comisión de autorización de seguridad de inmigración, además de las tasas de visado. Dichas tasas han subido vertiginosamente diez veces más y los exámenes médicos han aumentado de 10 a 56 dólares de los Estados Unidos. Estas sumas no incluyen los cientos de dólares que se pagan a las agencias de empleo que consiguen los trabajos. Muy pocos trabajadores están en condiciones de pagar esas nuevas comisiones adicionales, de manera que piden préstamos con altas tasas de interés, hipotecan sus propiedades o las venden completamente para pagar el viaje al extranjero en busca de mejores medios de subsistencia, lo cual los conduce a que sean víctimas de servidumbre por deudas y vivan de ingresos prestados por el resto de sus vidas. Varias empresas agrupadas o, en algunos casos, los futuros empleadores de los trabajadores, generan esta situación que da lugar a la servidumbre por deudas. Son prestamistas o facilitan los préstamos. Una vez que se embarcan, los trabajadores pierden su libertad y tienen que trabajar largas jornadas para y liquidar las deudas.
Pese a los esfuerzos desplegados por la OIT en el marco de varios programas, la servidumbre por deudas no deja de aumentar. Por lo tanto, Myanmar, que es uno de los países que han ratificado el Convenio, debería negociar un acuerdo intergubernamental con Malasia lo antes posible para poner fin a dicha servidumbre y proteger a los trabajadores migrantes que viajan a Malasia en busca de mejores medios de subsistencia.
Miembro empleador, Singapur — Creo que hemos oído muchas cosas sobre los comentarios formulados por la Comisión y también sobre los casos presentados, o casos anteriores, pero, a mi entender, las estadísticas están disminuyendo, lo cual es una buena señal y reconoceré el mérito de los empleadores e, incluso, de los sindicalistas que trabajan con el Gobierno brindando una cooperación muy estrecha. A este respecto, debemos formular una declaración imparcial y me parece que lo que es más importante es seguir adelante. ¿Cuáles son los planes de acción que los interlocutores sociales también van a establecer con la ayuda de la OIT? Considero que son importantes. Debemos hacer hincapié en ello, trabajar en ello, y pienso que podríamos ver la luz al final del túnel.
Algo en lo que me gustaría volver a hacer hincapié es precisamente que la formación impartida a los empleadores debería continuar. Asimismo, deberíamos establecer normas y directrices a nivel nacional para que los empleadores se ajusten a ellas. Estimo que este es un avance importante. Del mismo modo, los dirigentes sindicales que están sobre el terreno deben orientar a los empleadores. También necesitamos gente que esté sobre el terreno para poner sobre aviso a los empleadores.
Por último, no deberíamos olvidar que el Gobierno de Myanmar desempeña un papel importante. Podemos observar que el tripartismo es importante aunque el país tenga menos de tres años de democracia, pero creo que estamos viendo el tripartismo en acción y necesitamos que resuelva esas cuestiones nacionales con la ayuda de la OIT.
Miembro gubernamental, Nicaragua — Agradecemos los representantes gubernamentales por el informe presentado a esta Comisión, con relación al Convenio. Igualmente, agradecemos los esfuerzos del Gobierno en la aplicación del Convenio, lo que demuestra su compromiso decidido en cumplir con todas las obligaciones bajo el Convenio referido.
También celebramos el Memorando de Entendimiento para el Plan de Acción sobre la eliminación del trabajo forzoso (2018), firmado entre el Gobierno y la OIT, y alentamos a la Organización a seguir trabajando en conjunto con el Gobierno y brindar toda la cooperación y asistencia técnica necesarias para seguir logrando progresos palpables en el país. Felicitamos los esfuerzos del Gobierno de Myanmar por la implementación en curso del Plan de Desarrollo Sostenible de Myanmar (2018-2030) que está en línea con los ODS, incluso el ODS 8.
Aplaudimos que, en estrecha colaboración con la OIT, el Gobierno intensifica y alienta el proceso de reformas de la legislación laboral, fortalece la cultura del diálogo tripartito y capacita a las personas que participan principalmente en la protección y promoción de los derechos laborales. Alentamos al Gobierno a que se siga trabajando en aras de lograr más progresos significativos para la erradicación del trabajo forzoso y le auguramos todo lo mejor para la consecución de todos los objetivos a este respecto.
Miembro gubernamental, Belarús — Belarús es partidario de un enfoque universal y equitativo de todos los países y deseamos dar las gracias a la delegación de Myanmar por el informe que ha presentado. Acogemos con beneplácito sus esfuerzos realizados por mejorar la situación de los trabajadores y el sistema legislativo. Tomamos nota de la actitud abierta de Myanmar para cooperar con la OIT y, en particular, elaborar y aplicar un plan de acción nacional. Apoyamos las actividades del Gobierno para promover la paz, fomentar el diálogo social y cumplir sus obligaciones dimanantes de los principios de la OIT. Acogemos con beneplácito los esfuerzos desplegados por el Gobierno y alentamos a la comunidad internacional a que siga apoyando a Myanmar.
Miembro gubernamental, Suiza — Suiza apoya la declaración formulada por la UE y desea agregar algunos puntos. Suiza acoge con agrado las diversas medidas adoptadas por el Gobierno en colaboración con la Organización Internacional del Trabajo, así como los importantes progresos realizados en los últimos años con respecto a la eliminación del trabajo forzoso. No obstante, Suiza lamenta profundamente que, pese a los esfuerzos desplegados por el Gobierno, sigue habiendo casos de recurso al trabajo forzoso en Myanmar.
El recurso al trabajo forzoso por parte de las fuerzas armadas de Myanmar (Tatmadaw) en contra de ciertas etnias minoritarias es motivo de gran preocupación y debe condenarse firmemente. Las medidas adoptadas por el Gobierno para luchar contra toda forma de trabajo forzoso son positivas, pero hay que intensificar los esfuerzos y seguir realizándolos para eliminar el mencionado recurso en todos los estados de Myanmar. En ese sentido, la delegación suiza alienta al Gobierno a que continúe llevando a cabo actividades de formación y sensibilización y cooperando con la OIT.
Por otra parte, la puesta en práctica efectiva de las leyes y su estricta aplicación son elementos indispensables para luchar plena y completamente contra el trabajo forzoso. Se deben realizar investigaciones exhaustivas, y los casos de delitos penales deben ser objeto de sanciones que sean lo suficientemente disuasorias y se apliquen estrictamente a todos los autores sin excepción. Por lo tanto, Suiza insta al Gobierno de Myanmar a que adopte las medidas necesarias para garantizar la aplicación estricta de la legislación nacional.
Por último, Suiza insta al Gobierno de Myanmar a que ratifique el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105) y el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930. Suiza seguirá apoyando los programas de la OIT en Myanmar.
Miembro gubernamental, Federación de Rusia — Antes que nada, quisiéramos expresar nuestro agradecimiento al Gobierno de Myanmar por las explicaciones detalladas que ha dado hoy día sobre las medidas adoptadas para cumplir las obligaciones dimanantes del Convenio. Hemos observado en el informe que el Gobierno está realizando una labor considerable en estrecha cooperación con la OIT. En Myanmar se están desplegando esfuerzos para llevar a cabo reformas democráticas. Una de las esferas importantes tiene que ver con garantizar la protección de los derechos de los trabajadores y, a pesar de las dificultades existentes, hay una labor constante para brindar garantías contra el trabajo forzoso. Tomamos nota en particular de los pasos que se han dado para ejecutar el programa por país destinado a fomentar el trabajo decente, que se suscribió en septiembre de 2018, y tomamos nota también de las reformas que se han introducido en la legislación laboral.
Acogemos con beneplácito la contribución de la OIT y su estrecha cooperación con el Gobierno de Myanmar. Acogemos con beneplácito también la labor realizada con los interlocutores sociales para elaborar un nuevo plan de acción en cuyo marco se creará un mecanismo nacional de presentación de quejas. En nuestra opinión, todas estas medidas ya han tenido un efecto positivo si se consideran conjuntamente. El número de casos de trabajo forzoso se ha reducido y continúa disminuyendo. Esperamos que esta tendencia no cambie.
Exhortamos a la OIT y a la comunidad internacional en su conjunto a que sigan cooperando con el Gobierno de Myanmar para garantizar el pleno cumplimiento de las obligaciones del país en virtud de este Convenio.
Representante gubernamental — Hemos escuchado muy atentamente todas las intervenciones. Al volver al país, la delegación de Myanmar examinará debidamente esas opiniones, orientaciones y preocupaciones para conseguir un mejor cumplimiento del Convenio. Quisiera afirmar nuevamente que la institución del mecanismo nacional de presentación de quejas, en el marco del PTDP, se encuentra en la etapa final de aprobación. Todos los ministerios, en particular el Ministerio de Defensa, ya han dado su consentimiento para instituir dicho mecanismo. Asimismo, aplicamos los procedimientos provisionales necesarios para recibir continuamente las quejas presentadas por cualquier persona y cualquier organización. A ese respecto, seguiremos trabajando en estrecha cooperación con la OIT.
De hecho, necesitamos una Constitución que esté en consonancia con las normas democráticas, tal como mencionamos en nuestras observaciones preliminares. A fin de enmendar la Constitución, se formó el Comité Parlamentario Conjunto. Hasta la fecha, dicho Comité se ha reunido cerca de 20 veces desde su creación en febrero de este año. Tal como mencionamos antes, entre las dificultades con las que tropezamos se encuentran las limitaciones constitucionales, por lo que el Gobierno actual fijó como máxima prioridad del país la introducción de enmiendas en la Constitución. Nos estamos esforzando por transformar el país en una unión federal democrática. Tal como la Consejera de Estado ha recalcado, seguiremos por la senda de la evolución, no de la revolución. Todos en Myanmar estábamos de acuerdo en que deseábamos vivir en una unión federal democrática, no bajo un régimen autoritario. En efecto, es necesario contar con la cooperación constructiva de la comunidad internacional para lograr que Myanmar continúe yendo por buen camino hacia su democratización. Por lo tanto, tomamos muy en serio todos los alegatos de violaciones relacionadas con el trabajo forzoso. Estamos dispuestos a resolver esas cuestiones y podemos hacerlo. El Gobierno está plenamente comprometido a emprender acciones legales contra los responsables si hay pruebas fidedignas de cualquier violación de los derechos humanos, lo cual incluye el trabajo forzoso.
Algunos oradores se refirieron al informe de la Misión de Investigación presentado al CDH. En lo que respecta a dicha Misión, nuestra postura es clara. Myanmar se ha opuesto categóricamente a la mencionada Misión desde su establecimiento. Rechazamos también su informe basado en narraciones. Con todo, tomamos muy en serio todos los alegatos, incluso los que aparecen en el informe de la Misión de Investigación. El Gobierno de Myanmar ha declarado en repetidas ocasiones que no tolerará las violaciones de los derechos humanos y emprenderá acciones contra los responsables de acuerdo con la ley si los alegatos están respaldados por elementos de prueba suficientes. Por lo tanto, este Gobierno ha establecido una comisión de encuesta independiente que investigará todos los alegatos de violaciones de los derechos humanos tras el atentado terrorista cometido en agosto de 2017 por el Ejército de Salvación Rohingya de Arakán (ERSA) en la parte septentrional de Rakhine. El mandato de la comisión es lograr la rendición de cuentas y la reconciliación. La comisión está llevando a cabo su mandato con independencia, imparcialidad y objetividad. La comisión de encuesta independiente investigará los alegatos de violaciones de los derechos humanos basándose en pruebas concretas. Por lo tanto, recopilará toda la información necesaria y analizará las pruebas estableciendo una subcomisión. La comisión está buscando apoyo técnico de expertos externos en distintos campos tales como información y comunicación, derecho, ciencia forense e investigación criminal. Cada miembro de la comisión nombrará también su propio personal de apoyo y sus expertos. La comisión ha invitado públicamente a que se presenten informes sobre los alegatos de violaciones de los derechos humanos y ha recibido más de 40 informes de ese tipo. Asimismo, está solicitando acceso a los campamentos de refugiados de Cox’s Bazar en Bangladesh. Instamos al Gobierno de Bangladesh a que facilite la visita de la comisión a los campamentos para reunirse con las presuntas víctimas de abusos. La labor de la comisión se basará en pruebas y, por tanto, la comunidad internacional debería apoyar dicha labor. Nuestras puertas están abiertas para recibir todo tipo de quejas en las que se hagan críticas constructivas. Las quejas pueden presentarse a través de muchos canales, como los ya existentes, las redes sociales, la Comisión Nacional de derechos humanos, la Presidencia y el Parlamento, entre otros. Nos gustaría reiterar nuestro compromiso asumido para eliminar el trabajo forzoso. A ese respecto, seguiremos cooperando con la OIT y los interlocutores. Por consiguiente, quisiéramos pedir a todos nuestros socios que amplíen la asistencia y la cooperación constructiva que brindan al Gobierno a favor de sus esfuerzos encaminados a eliminar el trabajo forzoso.
Miembros trabajadores — Lamentablemente, parece que la comunidad internacional cantó victoria sobre la erradicación del trabajo forzoso en Myanmar con demasiada rapidez. Si bien se han adoptado medidas, el carácter generalizado del trabajo forzoso sigue siendo motivo de honda preocupación, sobre todo si se tiene en cuenta la participación de los agentes estatales. Este caso merece ser objeto de un seguimiento riguroso por parte de la OIT y la comunidad internacional. Expresamos nuevamente nuestra profunda preocupación por la caducidad del Protocolo de Entendimiento Complementario, al tiempo que no existe ningún otro mecanismo fiable en su lugar. No es el momento de perder todo lo conseguido en relación con la supervisión independiente de la imposición de trabajo forzoso en el país.
Con respecto a la situación de los rohingyas, se debe prestar atención con urgencia a este asunto y recurrir al verdadero liderazgo. El trabajo forzoso persistirá mientras siga habiendo tantas personas en una situación de alta vulnerabilidad que sean ciudadanos indocumentados en su propio país. Más de 700 000 viven ahora en la frontera de Bangladesh en campamentos precarios sin perspectivas a corto plazo de poder regresar a casa en condiciones en las que su seguridad y protección estén garantizadas. Su desalojo forzoso de Myanmar ha generado una crisis de derechos humanos y, en particular, una vulnerabilidad extrema a la trata de personas en vista de su situación desesperada. Los que son desplazados internos también corren el riesgo de que el ejército y los tratantes de personas los sometan a una explotación flagrante, sobre todo para la extracción de los recursos naturales.
Desde luego, nuestras preocupaciones con respecto al trabajo forzoso no terminan ahí. Como hemos oído, muchos otros, entre ellos trabajadores de otras zonas étnicas, son víctimas de trabajo forzoso impuesto por los militares o particulares, por ejemplo, en la agricultura, la pesca y la minería. En efecto, los informes sobre trabajo forzoso y otras violaciones de los derechos humanos cometidas en el sector de la extracción de piedras preciosas son poco prometedores y señalan casos en los que se induce a los trabajadores a desarrollar una adicción a potentes opiáceos para impedir que salgan de su situación de explotación.
El empleo del trabajo forzoso como castigo en las cárceles, en particular para obtener beneficios privados, suscita graves preocupaciones y debe ser detenido inmediatamente. Se debe poner fin también al encarcelamiento de los disidentes por ejercer las libertades básicas. Asimismo, quisiera hacerme eco de las preocupaciones planteadas por el delegado de los trabajadores de Myanmar con respecto a la situación precaria de la libertad sindical, tanto en la legislación como en la práctica. Como la Comisión de Expertos ha explicado, y de lo cual se ha hecho eco esta Comisión, existe un vínculo directo entre la falta de libertad sindical y la imposición de trabajo forzoso. Nos inquieta profundamente lo prescrito por el Gobierno con respecto a dicha libertad, como explicamos ante esta Comisión precisamente el año pasado, y nos preocupa que la hostilidad del Gobierno mostrada hacia las organizaciones de trabajadores dé lugar a que los trabajadores se vean expuestos a un mayor riesgo de trabajo forzoso. Asimismo, hemos oído que la desposesión de la tierra ha generado graves problemas de vulnerabilidad a la exposición al trabajo forzoso.
Tememos que Myanmar pueda ser nuevamente un caso que se presente periódicamente ante esta Comisión si las cosas continúan como van. Por lo tanto, instamos enérgicamente al Gobierno de Myanmar a que respete las conclusiones de la Comisión y las aplique lo antes posible. Creemos también que se debería enviar una misión de contactos directos a Myanmar para que haga un seguimiento de las conclusiones de esta Comisión y la informe al respecto el próximo año. Alentamos encarecidamente a la Secretaría de la OIT y la oficina de enlace a que sigan trabajando intensamente con el Gobierno para poner fin a estas violaciones sumamente graves y a que continúen presentando información conexa al Consejo de Administración.
Miembros empleadores — Creo que hay un reconocimiento, y por lo que hemos oído decir también a muchos gobiernos, de que Myanmar era hace muchísimos años un lugar conocido a nivel mundial por su represión y opresión y, en los últimos años, se ha convertido en lo que se denomina un amanecer de la democracia, pero todavía está en ciernes. Si se pudiera hacer una comparación con una crisálida que se convertirá en mariposa, se diría que todavía nos falta mucho para llegar a ser la mariposa, pero estamos yendo en la dirección que, a mi juicio, el mundo reconocerá finalmente.
Ahora bien, sigue habiendo demasiadas cosas que van mal, y no creo que nadie diga lo contrario. Tal como ha señalado la Comisión de Expertos, los casos de reclutamiento en las fuerzas armadas siguen siendo el aspecto central y más documentado de las preocupaciones que esta Comisión ha planteado, y hago notar que el Gobierno ha indicado que adoptará medidas con respecto a los asuntos en los que haya pruebas fidedignas. Me parece que, al menos en el caso de las fuerzas armadas, hay un conjunto de procesos bien documentados y que prácticamente todos cuentan con una serie de documentos. Por lo tanto, eso es lo que pedimos al Gobierno para que reconozca su propia responsabilidad y siga haciendo lo que dice que ya está realizando.
Sin embargo, lo que queda pendiente son los sectores ajenos al ejército que no están documentados, y nos hemos enterado de varias cuestiones basadas en pruebas parciales y, en cierta medida, circunstanciales que se refieren a casos de trabajo forzoso en otros sectores como la agricultura y demás. He de señalar que muchos de esos casos han ocurrido fuera del país, lo cual no quiere decir fuera del ámbito de responsabilidades del país, sino fuera de sus fronteras físicas, y por supuesto traen consigo su propio tipo de problemas.
Desde esa perspectiva, creo que una de las cosas que dirían los empleadores es que no se trata sólo de un problema de Myanmar, porque cuando estas cuestiones surgen afuera, aunque estén relacionadas con los ciudadanos de Myanmar, surgen a la vista de otros países o dentro de sus jurisdicciones. Por lo tanto, exhorto a todos, sobre todo a los que están en la proximidad inmediata de Myanmar, a que también desempeñen el papel que les corresponde para identificar y suprimir esos tipos de prácticas o ayudar a eliminarlas. Por ejemplo, la pesca que se realiza en las zonas marítimas que no pertenecen a Myanmar incumbe, en gran medida, a otras personas. En consecuencia, todos tienen un papel que desempeñar aquí y exhortamos a todos a que así lo hagan.
El otro aspecto relacionado con el alcance de este ejercicio es asegurarse de adoptar un enfoque equilibrado y equitativo al resolver esas cuestiones y considerar la posibilidad de imponer sanciones, pues, como acabo de mencionar, el ejército es al parecer la fuerza principal y sin duda alguna el caso más documentado, pero hay que poner los pies sobre la tierra a medida que avanzamos. Asimismo, nos enteramos de pequeños fragmentos de pruebas según los cuales, el castigo impuesto a los militares que perpetran actos de trabajo forzoso está en un nivel muy bajo y consiste en medidas disciplinarias en lugar de sanciones o penas, mientras que hay pruebas que demuestran que, por ejemplo, los civiles involucrados en los mismos tipos de actividades han purgado penas que incluyen varios años de cárcel. Uno de los motivos de preocupación basado en pruebas es la falta de equilibrio en esos casos, y los empleadores desean exhortar al Gobierno a velar por la aplicación equilibrada y equitativa del sistema y las medidas por las que se opten, sean cuales fueren, para imponer sanciones disuasorias a los autores de delitos de trata de personas y trabajo forzoso en toda la economía, sin restricciones.
Lo que pensamos y hemos oído es que para combatir el trabajo forzoso se necesita un medio para identificarlo, el método más eficaz del que hemos tenido conocimiento es el desarrollo del mecanismo nacional de presentación de quejas, y a este respecto digo también que nos referimos a este en singular, pero hemos oído decir al Gobierno que el mecanismo propuesto es, de hecho, un conjunto polifacético de canales a través de los cuales toda persona puede ingresar y plantear sus preocupaciones.
La creación y finalización de ese proceso son una prioridad absoluta, y observamos que el Gobierno ha indicado que el plan de acción será presentado al Consejo de Ministros; dicho plan es el medio a través del cual se expondrá el resto del proceso de presentación de quejas, a lo cual hay que conceder la mayor prioridad posible, en nuestra opinión. Ello concuerda con la necesidad de garantizar también la armonización de la legislación pertinente. Nos enteramos de que la Constitución no está en plena sintonía con algunas de las demás iniciativas que se están tomando, de manera que la armonización de ésta y la legislación interna forma parte de esa prioridad, pero la fisonomía, o la portada si deseamos verlo de ese modo, de la prioridad es la creación de ese mecanismo de presentación de quejas.
A tal efecto, instamos al Gobierno de Myanmar a que mantenga y refuerce su relación con organizaciones como la OIT que, como todos han admitido, ha prestado muchísima asistencia en los últimos años. Se reconoce que la existencia de la oficina de enlace, tanto en el pasado como en el presente, resulta ser sumamente útil. Todavía se pueden seguir fortaleciendo esos mecanismos, al igual que las capacidades internas de los empleadores, los trabajadores y el Gobierno, así como los órganos que se encuentran dentro de éste y tratan esas cuestiones. En consecuencia, pedimos encarecidamente que el proceso cooperativo que está vinculado con la OIT y los interlocutores sociales se centre en ello como cuestión principal.
Por lo tanto, creo que, precisamente con ello, resumiríamos el tipo de recomendaciones que daríamos. En primer lugar, elogiamos al Gobierno por los progresos realizados; seguimos preocupados por las cuestiones que siguen pendientes; reconocemos que dichas cuestiones se centran cada vez más en determinados aspectos, lo cual demuestra que hay otros aspectos que se manejan a medida que transcurre el tiempo. Instamos al Gobierno a que continúe con ese proceso. Le recomendamos que adopte medidas inmediatas para reformar los programas legislativos nacionales y, en particular, introducir el plan de acción sobre la armonización con la Constitución. Instamos al Gobierno a que suministre información periódica, no sólo para mantener al tanto a la OIT a través de cualquiera de sus mecanismos de presentación de informes, sino también para establecer mecanismos transparentes de ese tipo en su propio país, de manera que todos los ciudadanos puedan observar que esas cuestiones son resueltas, o que se presentan y tramitan quejas y todo el país pueda observar el proceso y confiar en él, lo cual, a mi entender, es una parte sumamente importante de cualquier democracia. Por último, le recomendamos que siga trabajando en estrecha colaboración con sus interlocutores sociales para instituir un mecanismo permanente y eficaz de presentación de quejas a nivel nacional que permita tramitar las quejas sobre trabajo forzoso bajo un régimen de sanciones eficaces y disuasorias.
Conclusiones de la Comisión
La Comisión tomó nota de la información oral proporcionada por el representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.
La Comisión tomó nota de los esfuerzos indicados por el Gobierno para eliminar el trabajo forzoso, acogió con agrado dichos esfuerzos e instó al Gobierno a proseguirlos. Sin embargo, la Comisión expresó su preocupación por el recurso persistente al trabajo forzoso.
Teniendo en cuenta la discusión del caso, la Comisión insta al Gobierno a:
- adoptar todas las medidas necesarias para cerciorarse de que, en la práctica, los militares o las autoridades civiles ya no impongan el trabajo forzoso;
- hacer cumplir estrictamente la Ley sobre la Administración de Distritos y Aldeas de 2012 y el Código Penal, a fin de asegurar que se investigue y enjuicie efectivamente a todos los responsables de perpetrar prácticas de trabajo forzoso, y que se les impongan penas proporcionales al delito cometido en todos los casos y cumplan dichas penas;
- asegurar que las víctimas de trabajo forzoso tengan acceso a recursos efectivos y a servicios integrales de apoyo a las víctimas sin temor a represalias;
- abstenerse de imponer cualquier castigo a aquéllos que se hayan pronunciado en contra de los incidentes de trabajo forzoso o los que hayan denunciado;
- aumentar la visibilidad de las actividades de sensibilización y de creación de capacidad orientadas al público en general y a las autoridades administrativas, con miras a disuadir de la utilización del trabajo forzoso;
- proporcionar información detallada sobre los progresos realizados en el marco del Programa de Trabajo Decente por País, e
- intensificar su cooperación con la OIT mediante la elaboración de un plan de acción de duración determinada, con miras a establecer un procedimiento efectivo para la tramitación de quejas y a asegurar la transición hacia dicho procedimiento.
A este respecto, la Comisión alienta al Gobierno a acogerse a la asistencia técnica de la OIT a fin de dar cumplimiento a las recomendaciones.
Representante gubernamental — Tomamos nota de la recomendación formulada por la Comisión. Quiero expresar nuestro agradecimiento a la OIT y a los diversos países por su apoyo a Myanmar en su esfuerzo por eliminar el trabajo forzoso. Deseo reafirmar nuestro compromiso de acabar con el trabajo forzoso. Quiero pedir a la OIT y a los Estados Miembros que sigan brindando su asistencia a Myanmar para lograr este objetivo.